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viernes, 18 de noviembre de 2011

Bases específicas que han de regir la convocatoria para cubrir mediante el sistema de concurso-oposición libre y con el carácter de funcionario de carrera, cuatro plazas de técnico de administración general (SANTA LUCIA DE TIRAJANA)

En el Boletín Oficial de Las Palmas de hoy se ha publicado en las páginas 20323 y siguientes:

Por el presente se hace público que, atendiendo al requerimiento efectuado por la Viceconsejería de
Administración Pública, Servicio de Administración Local Ref.: 04/1/LLG, de fecha 27 de octubre de 2011,
remitida inicialmente vía fax a esteAyuntamiento el día 31 de octubre pasado con registro de salida de laAdministración requirente Registro General 590.967, número Registro VAP 13046, del mismo día 31 de octubre de 2011 y, posteriormente, mediante oficio original con entrada en este Ayuntamiento el día 03 de noviembre de 2011, registro de entrada número 39488, por el que se requiere se proceda a la subsanación o anulación del Decreto de laConcejalíaDelegada deÁrea de fecha 23 de septiembre de 2011, por el que resultaron aprobadas la convocatoria y Bases que han de regir el proceso selectivo convocado para cubrir cuatro plazas de Técnico de Administración General, perteneciente a la Escala deAdministraciónGeneral, Subescala Técnica,GrupoA, SubgrupoA1, publicadas en el Boletín Oficial de La Provincia número 129, de 7 de octubre, BOE número 257, de 25 de octubre de 2011 y remitidas a la Dirección General de Función Pública con registro de entrada en aquella Administración de fecha 4 de octubre de 2011- resolución con registro de salida de este Ayuntamiento número 26640, de 03 de octubre de 2011), por la Concejalía Delegada de área se ha dictado Decreto de fecha 09 de noviembre, acordando
la subsanación de las Bases que quedan del siguiente modo:
BASES ESPECÍFICAS QUE HAN DE REGIR LACONVOCATORIAPARACUBRIR,MEDIANTE
EL SISTEMADE OPOSICIÓN LIBRE Y CON ELCARÁCTER DE FUNCIONARIO DE CARRERA,
CUATRO PLAZAS DE TÉCNICO DE ADMINISTRACIÓN GENERAL
1. NORMAS GENERALES
1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir con carácter de funcionario de carrera cuatro plazas (4) de
Técnico de Administración General, mediante el sistema de Oposición Libre, encuadrada en la Escala de
Administración General, Subescala Técnica, Clase Técnico Superior, perteneciente al Grupo A(Subgrupo A1) según artículo 76 en relación con la Disposición transitoria tercera de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, dotada con los emolumentos correspondientes a dicho Grupo, derecho a trienios, dos pagas extraordinarias y demás retribuciones que correspondan con arreglo a la legislación vigente, con la Relación de Puestos de Trabajo de este Ayuntamiento y Acuerdo Regulador de las Condiciones de Trabajo del Personal Funcionario, así como de conformidad con lasBasesGenerales que aparecen publicadas como las definitivas en el Boletín Oficial de la Provincia número 97, de 28 de julio de 2008 y en el BoletínOficial de Canarias número 167, de 21 de agosto de 2008.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 149, viernes 18 de noviembre de 2011 20323
PLAZAS CONVOCADAS:
Nª PLAZA Nº R.P.T. DENOMINACION DEL PUESTO
1.112 1,150 TENICO DE ADMINISTRACION GENERAL
(DISCIPLINA URBANISTICA, MULTAS DE TRAFICO Y SANCIONES)
1.248 1,374 TECNICO DE ADMINISTRACION GENERAL
(CONTRATACION ADMINISTRATIVA)
1.249 1,375 TECNICO DE ADMINISTRACION GENERAL
(COORDINACION DE SERVICIOS VARIOS)
1.250 1,376 TECNICO DE ADMINISTRACION GENERAL
(APERTURAS)
FUNCIONES A DESEMPEÑAR
CONCARÁCTERGENERAL: Funciones comunes al ejercicio de la actividad administrativa, y en consecuencia
funciones predominantemente burocráticas mediante la realización de tareas de gestión, estudio y propuesta de
carácter administrativo de nivel superior.
CON CARÁCTER ESPECÍFICO:
- Organización, coordinación, supervisión, apoyo, seguimiento y control de tareas administrativas ordinarias
del personal a su cargo. Elaboración, control y gestión del presupuesto del departamento.
- Elaboración y control de los informes jurídicos del Departamento a su cargo.
- Control del personal del Departamento, emitiendo informe a efectos de productividad, percepción de
servicios extraordinarios, permisos y licencias y con carácter disciplinario.
- Tramitación bajo su responsabilidad de los expedientes administrativos correspondientes al Departamento.
- Y las demás tareas que le encomiende la Secretaría General o Jefe de Servicio si lo hubiera o Concejal del
Área correspondiente, referida a su Área de Adscripción, conforme a la Relación de Puestos de Trabajo.
Con la presentación de instancias los distintos aspirantes deberán declarar conocer el contenido íntegro de las obligaciones inherentes a las plazas convocadas, así como el procedimiento a seguir durante el proceso selectivo, reconociendo asimismo conocer las normas generales de procedimiento que aparecen publicadas definitivamente en el Boletín Oficial de la Provincia número 97, de 28 de julio de 2008 y en el Boletín Oficial de Canarias número 167, de 21 de agosto de 2008.
La fecha de celebración del primer ejercicio de oposición se anunciará conjuntamente con la lista definitiva
de aspirantes admitidos y excluidos, en la que se consignará los miembros del Tribunal Calificador, de manera nominativa, siempre que en dicha fecha ya hubiesen sido designados todos sus miembros.
El texto íntegro de estas bases se hará público en el Boletín Oficial de la Provincia, así como un extracto de
las mismas en el Boletín Oficial de Canarias y en el Boletín Oficial del Estado. A partir de esta primera
publicación todos los demás anuncios se harán públicos, en los términos indicados en las presentes bases, únicamente en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón de Edictos del Ilustre Ayuntamiento de Santa Lucía.
SEGUNDA: ASPECTOS GENERALES DE LA
CONVOCATORIA:
Los aspectos generales de la convocatoria son los
que aparecen publicados definitivamente en el Boletín
Oficial de la Provincia número 97, de 28 de julio de
2008 y en el Boletín Oficial de Canarias número 167,
de 21 de agosto de 2008, en los que se insertan los
requisitos de acceso, forma y plazo de presentación
de instancias, procedimiento a seguir, criterios de
valoración y cálculo de calificaciones, las normas
relativas a la composición y funcionamiento del
Tribunal de Selección, nombramiento de asesores y
colaboradores, procedimiento de abstención y recusación
y forma en que deben hacerse públicas las listas de
admitidos y excluidos, las notas de los distintos
ejercicios y fases y el nombramiento tanto en prácticas
como de carrera, procediendo únicamente en el
presente caso reseñar los aspectos específicos a que
se refiere la presente convocatoria.
Quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas
deberán hacerlo cumplimentando el impreso establecido
por el Ayuntamiento de Santa Lucía que figura como
Anexo II de las presentesBases, que les será facilitado,
gratuitamente a través de Internet consultando la
página web http://www.santaluciagc.com( apartado
Ayuntamiento, opciónOferta Pública de Empleo). Este
impreso deberá obtenerse por duplicado al objeto de
queelinteresadosequedeconcopiaselladadelainstancia
presentada en el Registro General del Ayuntamiento.
TITULACIÓNREQUERIDA: se precisará estar en
posesión del título de Licenciado en Derecho, en
Ciencias Políticas, Económicas o Empresariales,
Intendente Mercantil o Actuario, de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 169.2 a) del Real
Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, cuya
fotocopiacompulsadahabrádepresentarseconjuntamente
con la instancia solicitando tomar parte en el proceso
o comomejora de la solicitud inicial dentro del plazo
concedido para la presentación de instancias.
CATEGORÍA DEL TRIBUNAL: Primera.
PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN: Oposición
Libre
TASA POR DERECHOS DE EXAMEN: 36 €,
que habrán de abonarsemedianteAutoliquidación que
se efectuará en el impreso establecido a tal efecto por
el Ayuntamiento de Santa Lucía y que estará a
disposición de los aspirantes en la Caja Municipal.
El abono de la autoliquidación se podrá realizar en
la Caja Municipal.
De conformidad, asimismo, con lo previsto en el
artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, el importe de la tasa por
derechos de examen podrá hacerse efectivomediante
giro postal o telegráfico o mediante transferencia. A
tales efectos:
a) El giro postal o telegráfico deberá ir dirigido a:
“Ayuntamiento de Santa Lucía-OficinasMunicipales
de Vecindario. Tesorería. Pruebas selectivas de
“TÉCNICO DE ADMINISTRACIÓN GENERAL”,
.Avenida de las Tirajanas, s/n”.
b) La orden de transferencia deberá hacerse a favor
del “Ayuntamiento de Santa Lucía. Derechos de
Examen”, remitiéndose el importe de la tasa a la
Cuenta corriente de “La Caja de Canarias 2052-8018-
01-35-00004905”, debiendo indicarse en el impreso
el nombre y apellidos del aspirante, y haciéndose
constar la inscripción a las pruebas selectivas de
“TÉCNICO DE ADMINISTRACIÓN GENERAL”
Tanto en caso de giro postal o telegráfico como en
caso de transferencia bancaria deberá figurar como
remitente el propio aspirante quien hará constar en
el espacio de la solicitud, destinado para ello, la clase
de giro o transferencia, su fecha y su número.
En caso de que el pago de los derechos de examen
se haga por una de estas dos vías, el pago de la tasa
deberá acreditarse en el momento de presentar la
instancia mediante copia compulsada del resguardo
acreditativo del giro postal o telegráfico o de la orden
de transferencia.
No procederá devolución alguna de los derechos de
examen en los supuestos de exclusión por causa
imputable al interesado/a, tales como no cumplir los
requisitos o no aportar los documentos exigidos en
la convocatoria.
En ningún caso el abono de los derechos de examen
eximirá de la presentación en tiempo y forma de la
solicitud correspondiente de participación en el
proceso selectivo, siendo causa de exclusión su no
presentación aún cuando se hayan abonado los derechos
de examen.
PERIODODE PRACTICAS: SEISmeses, contados
desde la fecha del nombramiento como funcionario
en prácticas para ocupar la plaza en cuestión.
REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES: Para ser
admitidos a la realización de las pruebas selectivas,
los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española.
También podrán acceder como personal funcionario,
en igualdad de condiciones que los españoles a los
empleos públicos, con excepción de aquellos que
directa o indirectamente impliquen una participación
en el ejercicio del poder público o en las funciones
que tienen por objeto la salvaguardia de los intereses
del Estado o de las Administraciones Públicas los
nacionales de EstadosMiembros de laUnión Europea
y cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de
los españoles y de los nacionales de otros Estados
miembros de laUnión Europea, siempre que no estén
separados de derecho y sus descendientes y los de su
cónyuge siempre que no estén separados de derecho,
sean menores de veintiún años o mayores de dicha
edad dependientes.
Finalmente serán de aplicación las anteriores
previsiones correspondientes a los nacionales de los
Estadosmiembros de laUnión Europea a las personas
incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados
Internacionales celebrados por la Unión Europea y
ratificados por España en los que sean de aplicación
la libre circulación de trabajadores.
En caso de aspirantes extranjeros, la convocatoria
determinará la forma de acreditar un conocimiento
adecuado del castellano.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño
de las tareas inherentes a la plaza y/o puesto de trabajo
convocados.
c) Tener cumplidos 16 años y no exceder, en su caso,
de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) No haber sido separado mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas o de los órganos
constitucionales o estatutarios de las Comunidades
Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución
judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario
oparaejercerfuncionessimilaresalasquedesempeñaban
en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido
separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional
de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación
equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria
o equivalente que impida, en su Estado, en losmismos
términos el acceso al empleo público.
e) Estar en posesión de la titulación requerida para
eldesempeñodelpuestoocorrespondientehomologación
del mismo en caso de titulación extranjera.
Todos los requisitos enumerados, con carácter
general y específico, deberán poseerse el día de
finalización del plazo de presentación de solicitudes,
y deben mantenerse en el momento de la toma de
posesión como funcionario de carrera.
Debe tenerse en cuenta que toda la documentación
que se presente, tanto para poder concurrir como
para acreditar méritos deberá estar traducida al
castellano por interprete oficial o, en caso de
administraciones pertenecientes a comunidades
autónomas españolas con lengua propia, debidamente
traducida al castellano por la Administración que la
emite, en caso contrario no podrán ser admitidos los
documentos que se presenten de otro modo que no
sea el reseñado.
Del mismo modo, en caso de que se presenten
titulaciones extranjeras (tanto de acceso como de
méritos) que se pretendan hacer valer deberán estar
debidamente homologadas por el Ministerio de
Educación y Ciencia o Administración competente
en la que se reseñe la titulación con que se equipara.
TERCERA: PROCEDIMIENTODE SELECCIÓN
Y FASES DELMISMO:
La selección se efectuará por el sistema de oposición
libre, por expresa disposición del artículo 169 2 a) del
Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril,
por el que se aprueba el Texto Refundido de Régimen
Local.
El programa que han de regir las pruebas selectivas
es el que figura en Anexo I de esta convocatoria.
FASE DE OPOSICIÓN:
Durante el desarrollo de las pruebas correspondientes
a la fase de oposición no se permitirá el uso de
teléfonosmóviles, que deberán permanecer apagados
durante el tiempo de realización de las pruebas.
La fase de oposición consistirá en los siguientes
ejercicios (de carácter obligatorio y eliminatorios
entre sí y en ellos se adoptarán las medidas precisas
en orden a garantizar el anonimato de los aspirantes):
A) EJERCICIO TEÓRICO:
PRIMER EJERCICIO: Consistirá en el desarrollo,
por escrito, durante un tiempomáximo de 90minutos,
de 1 tema del programa anexo. Para ello se extraerán
al azar 3 temas de los que integran la parte general
del temario, y el opositor elegirá de entre ellos el tema
a desarrollar.
SEGUNDO EJERCICIO: Consistirá en desarrollar
por escrito, en el plazo máximo de dos horas, 20
preguntas relacionadas con los temas que integran la
parte específica del temario anexo.
Se valorará especialmente la capacidad del opositor
para ceñirse a la cuestión planteada y la claridad en
la exposición, sin divagaciones ni extensiones
innecesarias.
B) EJERCICIO PRÁCTICO:
PRIMER EJERCICIO: Consistirá en el desarrollo
por escrito, durante un tiempo máximo de dos horas,
de la emisión de un informe jurídico sobre un supuesto
práctico determinado por el Tribunal antes de su
realización, relacionado con el temario que se incorpora
como Anexo a la presente convocatoria.
SEGUNDO EJERCICIO: Consistirá en desarrollar
por escrito, durante un periodomáximo de dos horas,
la redacción de una propuesta de resolución de
expediente, según el supuesto que planteará el Tribunal
antes de la iniciación del ejercicio, relacionado con
lasmaterias contenidas en el temario que se incorpora
como Anexo a la presente convocatoria.
Durante el desarrollo de las pruebas correspondientes
al ejercicio práctico los aspirantes podrán hacer uso
de los textos legales y colecciones de jurisprudencia
de los que acudan provistos.
En todos los ejercicios de la fase de oposición se
valorará la capacidad de raciocinio, la sistemática en
el planteamiento y formulación de conclusiones, la
racionalidad en la interpretación, el conocimiento de
la Jurisprudencia aplicable y la adecuada aplicación
de la normativa jurídica.
CRITERIOS DE VALORACIÓN:
Cada uno de los ejercicios de la fase de oposición
se calificarán hasta unmáximo de diez puntos, siendo
necesario para pasar al ejercicio siguiente el obtener
un mínimo de cinco puntos.
La calificación para cada ejercicio y aspirante se
determinará por lamedia resultante de las calificaciones
otorgadas por cadamiembro del Tribunal, eliminando,
en todo caso, las puntuaciones máxima y mínima
cuando entre éstas exista una diferencia igual o
superior a tres puntos.
Finalizado y calificado cada ejercicio, el Tribunal
hará público en el lugar de celebración de losmismos
y, en todo caso, en el Tablón de Anuncios del
Ayuntamiento, la relación de los aspirantes que hayan
superado el mismo, con especificación de las
puntuaciones obtenidas.
CALIFICACIÓN FINAL DE LA FASE DE
OPOSICIÓN: Los ejercicios que integran la fase de
oposición se valorarán de 0 a 10 puntos y todos ellos
tendrán carácter eliminatorio entre sí, no superándose
si no se alcanza una puntuación mínima de cinco
puntos en cada uno de ellos. De tal manera que si no
se supera uno de ellos el aspirante quedará
automáticamente eliminado y no podrá pasar al
siguiente. La calificación final de la fase de oposición
será siempre lamedia aritmética entre las puntuaciones
obtenidas entre los ejercicios teóricos y entre los
ejercicios prácticos y luego lamedia entre la total del
teórico y la total del ejercicio práctico. En cualquiera
de los casos, no se podrán superar los ejercicios, así
como la fase de oposición si no se alcanza unmínimo
de cinco puntos respectivamente.
CUARTA. INCIDENCIAS.
El Tribunal Calificador queda autorizado para
resolver las dudas que se presenten y tomar los
acuerdos necesarios para el buen funcionamiento del
procedimiento de selección en todo lo no previsto en
estasBases, en laLey 7/2007, de 12 de abril, delEstatuto
Básico del Empleado Público, el Real Decreto
896/1991, de 7 de Junio, Real Decreto 364/1995, de
10 de Marzo, Ley 7/85, de 2 de Abril, Real Decreto
Legislativo 781/1986, de 18 de Abril y demás
disposiciones legales y reglamentarias de aplicación.

La fase de oposición consistirá en los siguientes
ejercicios (de carácter obligatorio y eliminatorios
entre sí y en ellos se adoptarán las medidas precisas
en orden a garantizar el anonimato de los aspirantes):
A) EJERCICIO TEÓRICO:
PRIMER EJERCICIO: Consistirá en el desarrollo,
por escrito, durante un tiempomáximo de 90minutos,
de 1 tema del programa anexo. Para ello se extraerán
al azar 3 temas de los que integran la parte general
del temario, y el opositor elegirá de entre ellos el tema
a desarrollar.
SEGUNDO EJERCICIO: Consistirá en desarrollar
por escrito, en el plazo máximo de dos horas, 20
preguntas relacionadas con los temas que integran la
parte específica del temario anexo.
Se valorará especialmente la capacidad del opositor
para ceñirse a la cuestión planteada y la claridad en
la exposición, sin divagaciones ni extensiones
innecesarias.
B) EJERCICIO PRÁCTICO:
PRIMER EJERCICIO: Consistirá en el desarrollo
por escrito, durante un tiempo máximo de dos horas,
de la emisión de un informe jurídico sobre un supuesto
práctico determinado por el Tribunal antes de su
realización, relacionado con el temario que se incorpora
como Anexo a la presente convocatoria.
SEGUNDO EJERCICIO: Consistirá en desarrollar
por escrito, durante un periodomáximo de dos horas,
la redacción de una propuesta de resolución de
expediente, según el supuesto que planteará el Tribunal
antes de la iniciación del ejercicio, relacionado con
lasmaterias contenidas en el temario que se incorpora
como Anexo a la presente convocatoria.
Durante el desarrollo de las pruebas correspondientes
al ejercicio práctico los aspirantes podrán hacer uso
de los textos legales y colecciones de jurisprudencia
de los que acudan provistos.
En todos los ejercicios de la fase de oposición se
valorará la capacidad de raciocinio, la sistemática en
el planteamiento y formulación de conclusiones, la
racionalidad en la interpretación, el conocimiento de
la Jurisprudencia aplicable y la adecuada aplicación
de la normativa jurídica.
CRITERIOS DE VALORACIÓN:
Cada uno de los ejercicios de la fase de oposición
se calificarán hasta unmáximo de diez puntos, siendo
necesario para pasar al ejercicio siguiente el obtener
un mínimo de cinco puntos.
La calificación para cada ejercicio y aspirante se
determinará por lamedia resultante de las calificaciones
otorgadas por cadamiembro del Tribunal, eliminando,
en todo caso, las puntuaciones máxima y mínima
cuando entre éstas exista una diferencia igual o
superior a tres puntos.
Finalizado y calificado cada ejercicio, el Tribunal
hará público en el lugar de celebración de losmismos
y, en todo caso, en el Tablón de Anuncios del
Ayuntamiento, la relación de los aspirantes que hayan
superado el mismo, con especificación de las
puntuaciones obtenidas.
CALIFICACIÓN FINAL DE LA FASE DE
OPOSICIÓN: Los ejercicios que integran la fase de
oposición se valorarán de 0 a 10 puntos y todos ellos
tendrán carácter eliminatorio entre sí, no superándose
si no se alcanza una puntuación mínima de cinco
puntos en cada uno de ellos. De tal manera que si no
se supera uno de ellos el aspirante quedará
automáticamente eliminado y no podrá pasar al
siguiente. La calificación final de la fase de oposición
será siempre lamedia aritmética entre las puntuaciones
obtenidas entre los ejercicios teóricos y entre los
ejercicios prácticos y luego lamedia entre la total del
teórico y la total del ejercicio práctico. En cualquiera
de los casos, no se podrán superar los ejercicios, así
como la fase de oposición si no se alcanza unmínimo
de cinco puntos respectivamente.
CUARTA. INCIDENCIAS.
El Tribunal Calificador queda autorizado para
resolver las dudas que se presenten y tomar los
acuerdos necesarios para el buen funcionamiento del
procedimiento de selección en todo lo no previsto en
estasBases, en laLey 7/2007, de 12 de abril, delEstatuto
Básico del Empleado Público, el Real Decreto
896/1991, de 7 de Junio, Real Decreto 364/1995, de
10 de Marzo, Ley 7/85, de 2 de Abril, Real Decreto
Legislativo 781/1986, de 18 de Abril y demás
disposiciones legales y reglamentarias de aplicación.
En caso de que por el número de aspirantes que
concurran al proceso, se haga aconsejable el
nombramiento de personal colaborador en aras de
garantizar el buen funcionamiento del procedimiento
selección, el Tribunal Calificador podrá nombrar el
número de colaboradores que considere necesario
para ello, haciendo pública la relación de personal
colaborador nombrado en el mismo Anuncio en que
se haga pública la fecha de la primera prueba de la
fase de oposición.
El nombramiento de Asesores Especialistas se
llevará a cabo, en su caso, en la forma que determinan
las Bases Generales que aparecen publicadas
definitivamente en el Boletín Oficial de la Provincia
número 97, de 28 de julio de 2008 y en elBoletínOficial
de Canarias número 167, de 21 de agosto de 2008.
El régimen de dietas e indemnizaciones será el que
se fija en las referidas Bases Generales tanto para el
TribunalCalificador como para el personal colaborador
y/o asesores especialistas.
QUINTA. NORMAS FINALES:
a) La presente convocatoria y cuantos actos
administrativos se deriven de ella y de la actuación
del Tribunal podrán ser impugnados, en los casos y
en la forma establecidos por la Ley de Régimen
jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común. Asimismo,
laAdministraciónpodrá,ensucaso,procederalarevisión
de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto
en dicha Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deRégimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
b) Con la presentación de instancias, los aspirantes
reconocen y aceptan íntegramente el contenido de las
presentes bases y de las Bases Generales que rigen
el procedimiento y que aparecen publicadas
definitivamente en el Boletín Oficial de la Provincia
número 97, de 28 de julio de 2008 y en elBoletínOficial
de Canarias número 167, de 21 de agosto de 2008, y
se someten a las normas que en ellas se contemplan.
c) En todo lo no previsto en las Bases será de
aplicación la normativa de general y pertinente
aplicación.
ANEXO I-TEMARIO
A) PARTE GENERAL
Tema 1. El sistema constitucional: La constitución
española de 1978. Antecedentes. Estructura.
Características generales. Principios que informan
la Constitución de 1978. Título preliminar de la
Constitución. La reforma constitucional.
Tema 2. Los derechos fundamentales y las libertades
públicas en la Constitución. Garantías y tutela de los
derechos fundamentales y las libertades públicas en
la Constitución. Suspensión.
Tema 3.Defensor del pueblo en la Constitución. Su
ley orgánica. Relaciones de este con la administración.
Tema 4. La Jefatura del Estado: LaCorona. Funciones
constitucionales. Sucesión. Regencia. Refrendo.
Tema 5. Las Cortes Generales: Composición.
Atribuciones. Funcionamiento. Organización. La
elaboración de las Leyes.
Tema 6. El gobierno y la administración en la
Constitución. La Ley 50/97 de 27 de noviembre del
Gobierno. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes
Generales.
Tema 7. El Poder Judicial. El Consejo General del
Poder Judicial. Organización. Competencias. La
regulación constitucional de la justicia.
Tema 8. Los principios rectores de la política social
y económica.Valoración de losmismos. La Economía
y la Hacienda en la Constitución. El Tribunal de
Cuentas.
Tema 9. La organización territorial del Estado en
la Constitución. LaAdministración Local. El principio
de Autonomía Local y su garantía institucional. Su
contenido en laConstitución y en el ordenamiento básico
estatal. La jurisprudencia del Tribunal Constitucional.
Tema 10. La organización territorial del Estado en
la Constitución (continuación): Las Comunidades
Autónomas, vías de acceso a la autonomía. Los
estatutos de autonomía. Régimen de competencias.
Relación entre elEstado y lasComunidadesAutónomas.
Tema 11. La justicia constitucional. El Tribunal
Constitucional:Naturaleza.Organización. Funciones.
Composición. Competencias. La jurisprudencia
constitucional. Los conflictos constitucionales.
Tema 12. Los procesos constitucionales. Proceso
de declaración de inconstitucionalidad. Recurso de
amparo constitucional.
Tema 13. Los Tratados Internacionales en la
Constitución Española: Especial referencia alDerecho
de la Unión Europea, sus fuentes y relaciones con el
ordenamiento jurídico español.
Tema 14. De la Comunidad Europea a la Unión
Europea. Los tratados constitutivos y el tratado de la
Unión Europea. Estado natural de la ampliación de
la Unión Europea. La Europa de los 27. El Tratado
de Lisboa.
Tema 15. Instituciones que integran la Unión
Europea (I): Composición y funciones del Consejo,
la Comisión y el Parlamento Europeo.
Tema 16. Instituciones que integran la Unión
Europea (II): Composición y funciones del Tribunal
de Justicia y el Tribunal General. El Tribunal de
Cuentas. El Consejo Económico Social. El Comité
de las Regiones. El Banco Europeo de Inversiones.
Tema 17. La Política regional de la Unión Europea.
Los fondos estructurales. La cohesión económica y
social.
Tema 18. Las libertades básicas del sistema
comunitario: libre circulación de mercancías, de
trabajadores, de establecimiento y prestación de
servicios y capitales.
Tema 19. La Administración Pública. Funciones y
poderes del Estado. Administración y Gobierno. La
Administración y el Derecho. Régimen anglosajón y
sistema continental europeo o régimen administrativo.
Tema 20. El concepto del Derecho administrativo.
Actividad administrativa del Derecho privado.
Relaciones del Derecho administrativo con otras
disciplinas y ciencias. La llamada Ciencia de la
Administración.
Tema 21. El principio de legalidad. Las fuentes del
Derecho público. Concepto. Enumeración. Jerarquía.
La ley como fuente del Derecho administrativo.
Clases. Disposiciones del Gobierno con fuerza de
ley: Decretos-Leyes y otras medidas excepcionales.
Legislación delegada.La reserva deLey.ElReglamento.
Concepto. Clases. Procedimiento de elaboración.
Límites de la potestad reglamentaria. Defensa contra
los reglamentos ilegales. Instrucciones. Circulares.
Tema 22. La costumbre. La práctica administrativa.
Los principios generales del Derecho. Los Tratados
Internacionales: Su valor en el Derecho Interno.
Jurisprudencia y Doctrina.
Tema 23. La personalidad jurídica de las
Administraciones Públicas.LaAdministración delEstado
como persona jurídica. Las ComunidadesAutónomas.
La diversificación de Administraciones Públicas.
Tipología de los entes públicos. Capacidad Jurídica
de los entes públicos.
Tema 24. La relación jurídico-administrativa.
Nacimiento.Modificación. Extinción. Contenido de
la relación. Potestad. La potestad administrativa.
Potestades regladas. Potestades discrecionales.
Discrecionalidad y conceptos jurídicos indeterminados.
Límites y fiscalización de la discrecionalidad.Derecho
subjetivo. Interés legítimo. El ciudadano y la
Administración. La capacidad del ciudadano frente
a la Administración. Sus causas modificativas.
Derechos del ciudadano frente a la Administración.
Tema 25. Los actos administrativos: concepto.
Elementos. Clases. Requisitos. La eficacia de los
actos administrativos. Ejecutoriedad. Efectos. La
ejecución forzosa de los actos administrativos.
Principios generales. Medios de ejecución forzosa.
Notificación. Publicación. Invalidez de los actos
administrativos. Nulidad y anulabilidad. La revisión
de oficio. Conversión, conservación y convalidación.
Corrección de errores materiales y de hecho.
Tema 26. La Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.Ámbito de aplicación.Objeto
de la Ley. Principios Generales. Estructura. El
ProcedimientoAdministrativo: concepto. Interesados.
Iniciación. Subsanación y mejora de la solicitud.
Medidas provisionales. Ordenación. Términos y
plazos.
Tema27.ProcedimientoAdministrativo(continuación):
Instrucción.Alegaciones.La prueba en el Procedimiento
Administrativo. Informes. Participación de los
interesados. Finalización. Terminación convencional.
Resolución. Desistimiento y renuncia. Caducidad.
Procedimientos especiales.
Tema 28. La obligación de la Administración de
resolver. El silencio administrativo. Efectos. Los
recursos administrativos: Concepto. Principios
generales. Interposición del recurso. Suspensión de
la ejecución.Audiencia de los interesados.Resolución.
Clases: Recurso de Alzada. Recurso de Reposición.
Recurso de revisión.
Tema 29. El recurso económico-administrativo. La
materia económico-administrativa.Actos impugnables
ante los tribunales económico-administrativos. El
recurso de reposición previo a la vía económicoadministrativa.
Tramitación de las reclamaciones.
Administración y jurisdicción. El juez ordinario y la
legalidad administrativa. La reclamación previa al
ejercicio de acciones civiles y laborales contra la
Administración.
Tema 30. Los conflictos jurisdiccionales. Concepto.
Regulación.Requisitos.Conflictos positivos.Conflictos
negativos.Órgano decisorio.La jurisdicción contenciosoadministrativa.
Naturaleza. Extensión. Límites.
Sistemas de organización. Órganos jurisdiccionales
y sus competencias. El recurso contenciosoadministrativo.
Las partes. Procedimiento en Primera
o única instancia. Procedimiento abreviado. El recurso
contencioso administrativo (continuación): Recursos
contra Providencias, Autos y Sentencias. Ejecución
de sentencias. Procedimientos especiales.
Tema 31. La potestad sancionadora. Principios de
lapotestadsancionadoraydelprocedimientosancionador.
La responsabilidad de lasAdministraciones Públicas.
Planteamiento. Evolución. Fundamento. Principios de
la responsabilidad. La acción de responsabilidad.
Procedimientos de responsabilidad patrimonial.
Tema 32. La expropiación forzosa: La potestad
expropiatoria. Sujetos.Objeto. La “causaexpropiandi”.
Contenido. El procedimiento expropiatorio. La
declaración de necesidad de la ocupación. La garantía
patrimonial en la expropiación. Las expropiaciones
especiales.
Tema 33. La organización administrativa. Concepto.
Modelos organizativos. Presupuestos constitucionales.
La competencia en la constitución y su desarrollo.Teoría
del Organo y oficio Público. Doctrina. Clases de
órganos. Creación. Relaciones entre estos. Conflictos
de competencias. Principios de la organización
administrativa. Eficacia. Competencia. Jerarquía.
Descentralización. Desconcentración. Coordinación.
Autonomía. Tutela y control.
Tema 34. Principios reguladores de laOrganización
y Funcionamiento de la Administración General del
Estado en su Ley Reguladora. Órganos centrales y su
estructura. Órganos territoriales. Especial referencia
al Delegado del Gobierno en las Comunidades
Autónomas. Estructura de los servicios periféricos.
Tema 35. La administración Institucional. Clases
de entes institucionales. Las Corporaciones Públicas.
Colegios y Cámaras. Los Organismos Autónomos.
Concepto.Regulación legal.Creación.Clases.Control.
La denominada “Administración Independiente”.
Entidades Públicas Empresariales.
Tema 36.Los órganos consultivos de laAdministración
española. Clases de órganos consultivos. El Consejo
de Estado: Antecedentes. Regulación actual.
Composición.Organización.Atribuciones. El Consejo
Económico y Social.
Tema 37. La Administración Local. Concepto y
evolución en España. Entidades que comprende. La
legislación de Régimen local. La reforma del Régimen
local en España. LaCarta Europea deAutonomía Local.
Tema 38.Relaciones entre laAdministración central,
la autonómica y la Local. Principios generales.
Fórmulas de cooperación, colaboración y coordinación.
Técnicas de control. La disolución de las Entidades
Locales.
Tema 39. La función pública. Naturaleza de la
relación entre el funcionario y la Administración.
Personal al servicio de la Administración Local.
Clases. Estructura. El personal al servicio de las
Entidades locales: Selección. Provisión de puestos de
trabajo. La carrera administrativa. Adquisición y
pérdida de la condición de funcionario. Situaciones
administrativas.
Tema 40. El personal al servicio de las Entidades
locales (continuación): Derechos y deberes.
Incompatibilidades. Responsabilidad civil y penal
de las autoridades y personal al servicio de las
Administraciones Públicas. Régimen disciplinario.
Tema 41. El personal al servicio de las Entidades
locales (continuación):Derechos económicos y sistema
retributivo. Derechos pasivos de los funcionarios
locales. Antecedentes a la regulación vigente: la
MutualidadNacional de Previsión de laAdministración
Local. La integración de laMUNPALen el Régimen
General de la Seguridad Social.
Tema 42. La planificación de los recursos humanos
en la Administración Pública. Los planes de Empleo.
Oferta de Empleo. Las relaciones de puestos de
trabajo. Los sistemas de provisión.
Tema 43. Canarias:Historia-Geografía y Economía.
El régimen autonómico de canarias. El Estatuto de
Autonomía. El Parlamento de Canarias. El Gobierno
y la administración Pública de laComunidadAutónoma
de Canarias. Régimen Económico y Fiscal.
Tema 44. Santa Lucía:Historia, Economía, Población,
situación geográfica, barrios principales,monumentos
históricos. Principales Centros Oficiales. Centros y
Servicios Municipales. Centros Privados de interés
general. El Sureste deGranCanaria: historia, economía,
población y principales características de la Comarca.
B) PARTE ESPECÍFICA
Tema 45. Elmunicipio: concepto doctrinal y legal.
Organización y competencia del régimen común. El
municipio:Creación.Modificación. Extinción.Nombre
y capitalidad. Poblaciónmunicipal. Concepto. Padrón
municipal.
Tema 46. Órganos de gobierno de los municipios
de régimen común: ElAlcalde.Antecedentes históricos.
Elección.Atribuciones.Moción de censura y cuestión
de confianza. Los Tenientes de Alcalde. El Pleno.
Composición. Funciones. La Junta deGobierno Local.
Régimen de sesiones del Pleno y de la Junta de
Gobierno. Los órganos complementarios.
Tema 47.Regímenesmunicipales especiales. Especial
referencia al régimen de organización de losmunicipios
de gran población.
Tema 48. La provincia. Concepto. Naturaleza
jurídica. Antecedentes históricos. Función de la
provincia en el régimen español. La provincia.
Organización y competencias de las provincias de
régimen común. La cooperación provincial a los
servicios municipales.
Tema 49. Los órganos de gobierno provinciales. El
Presidente. Los Vicepresidentes. El Pleno de la
Diputación Provincial. Funciones. La Junta de
Gobierno. Órganos Complementarios.
Tema 50. Elección de concejales y diputados.
Elección de otras Autoridades Locales. Normas
electorales. La Comarca. Las Mancomunidades
municipales. LasÁreasMetropolitanas. Las Entidades
de ámbito territorial inferior almunicipal.Organización
y competencias.
Tema 51. Régimen de la impugnación y suspensión
de los actos y acuerdos locales en caso de conflicto
con laAdministración del Estado y de lasComunidades
Autónomas. La impugnación por las Corporaciones
Locales de las disposiciones y actos de otras
Administraciones Públicas que lesionen su autonomía.
Tema 52. La potestad reglamentaria de las Entidades
Locales. Órganos titulares. Las Ordenanzas y
Reglamentos. Distinción. Clases. Procedimiento de
elaboración y aprobación. La publicación de las
normas locales. Límites a la potestad reglamentaria
local. Impugnación ante los Tribunales. Los Bandos.
Naturaleza. Publicación. Límites. Impugnación.
Tema 53. Singularidades del Procedimiento
Administrativo y delActoAdministrativo en la esfera
local. Los recursos administrativos y la revisión de
los actos en vía administrativa en la Administración
Local.
Tema 54. Los bienes de las Entidades locales.
Clases. El dominio público local. Bienes comunales.
Los bienes patrimoniales de las Entidades Locales.
Losmontes vecinales enmano común. Los bienes de
las Entidades territoriales de ámbito inferior al
municipal.
Tema 55. Las formas de la actividad de las Entidades
Locales. La intervención administrativa local en la
actividad privada. Estudio especial del régimen de
Licencias.
Tema 56. El servicio público en la esfera local.
Losmodos de gestión. Estudio especial de la gestión
directa. La gestión indirecta. Concesión. Gestión
interesada. Concierto. Arrendamiento. Sociedad
Mercantil de Capital Mixto. El Consorcio.
Tema 57. La actividad económica en la esfera local.
Antecedentes. Situación actual. Especial referencia
al monopolio.
Tema 58. Los contratos administrativos.Naturaleza
jurídica. Legislación aplicable.Organos de contratación.
Objeto de los contratos. Precio. Requisitos para
contratar con la Administración. Perfección y
formalización de los contratos. Invalidez.Actuaciones
preparatorias. Procedimientos de contratación.
Adjudicación de los contratos.
Tema 59. Ejecución ymodificación de los contratos.
Revisión de precios. Cumplimiento. Resolución.
Cesión de contratos y subcontratación.
Tema 60. Clases de contratos. Contrato de obras.
Contrato de concesión de obras públicas. Contrato de
gestión de servicios.Contrato de suministros.Contratos
de servicios.
Tema 61. La formación histórica del urbanismo en
España. El urbanismo en la Constitución de 1978:
Competencias urbanísticas del Estado y de las
Comunidades Autónomas. La sentencia del Tribunal
Constitucional 61/1997.
Tema 62. Legislación estatal y de la Comunidad
Autónoma de Canarias en el marco del urbanismo.
Reparto de competencias enmateria de suelo: Estado,
Comunidad Autónoma de Canarias, losMunicipios,
los Cabildos.
Tema 63. El sistema de planeamiento en la legislación
urbanística Canarias: Directrices de Ordenación,
Planes Insulares, Planes Territoriales, Planeamiento
Urbanístico. Proyectos de Actuación Territorial y
Calificaciones Territoriales.
Tema 64. Clasificación y categorización del suelo
y Derechos y Deberes de los propietarios ,según la
clasificación y categorización del suelo, en la legislación
urbanística Canaria. Situaciones básicas del suelo
según la legislación estatal vigente.
Tema 65. En la Comunidad Autónoma Canarias:
Formulación, tramitación y aprobación de los planes
generales, planes parciales y planes especiales de
ordenación urbanística. Formulación, tramitación y
aprobación de laModificación, Revisión, Suspensión
de los Planes Generales, Planes Parciales, y Planes
Especiales de Ordenación urbanística. Vigencia y
efectos de la aprobación definitiva de los planes
generales de ordenación.
Tema 66. Evaluación ambiental de los planes de
ordenación urbanística; formulación, tramitación y
aprobación de estos; formulación, tramitación y
aprobación de supuestos de exclusión de procedimientos
de evaluación ambiental en la Comunidad Autónoma
de Canarias,
Tema 67. Ordenanzas municipales de edificación
y urbanización en la normativa urbanística canaria:
objeto, límites, tramitación, aprobación ymodificación
Tema 68. Normativa sectorial relevante en la
ordenación del territorio y los espacios naturales de
Canarias
Tema 69.Ejecución del Planeamiento en laComunidad
Autónoma de Canarias: concepto, formulación y
aprobación de los sistemas de ejecución, actuaciones
asistemáticas, sistemas generales convenios urbanísticos.
Tema 70. Los patrimonios públicos de suelo en la
legislación Canaria: Regulación Legal, constitución,
naturaleza, gestión y bienes integrantes; destino de
los bienes integrantes del patrimonio público de suelo;
enajenación de los bienes de los patrimonios públicos
de suelo.
Tema 71. Proyecto de urbanización: concepto,
formulación, tramitación y aprobación en laComunidad
Autónoma de Canarias. Ejecución de los Sistemas
Generales en la Normativa Urbanística Canaria.
Tema 72. IntervenciónAdministrativa en laEdificación
yUsos del Suelo. Licencias urbanísticas: actos sujetos
a licencia, procedimiento y competencias para su
otorgamiento, eficacia temporal y caducidad según
la normativa urbanística canaria.Alcance del silencio
administrativo
Tema 73. Licencia urbanísticas en precario. La
licencia urbanística y otras autorizaciones
interrelacionadas. Régimen jurídico del fuera de
ordenación según la legislación urbanística canaria.
Tema 74. Disciplina Urbanística: Legislación
aplicable, Protección de la legalidad y restablecimiento
del orden jurídico perturbado en la Comunidad
Autónoma de Canarias. Régimen sancionador:
principios inspiradores, infracciones urbanísticas,
personas responsables de las infracciones urbanística.
Procedimiento sancionador.Delitos contra la ordenación
del territorio.
Tema 75. Deber de conservación: regulación legal,
contenido y alcance. Orden de ejecución: regulación
legal, carácter, finalidad. Declaración de ruina:
Regulación Legal, concepto y procedimiento y
competencia para la declaración en la Comunidad
Autónoma de Canarias.
Tema 76.Competencias atribuidas de losMunicipios
y de las Islas en la Ley 7/2011 de 5 de Abril de
Actividades Clasificadas y Espectáculos Públicos.
Tema 77. Ley 7/2011 de 5 de Abril, de Actividades
Clasificadas y Espectáculos Públicos y otrasmedidas
complementarias: objeto, ámbito de aplicación y
categorización de las actividades; instrumentos de
intervención administrativa previa; consultas previas;
relación entre los instrumentos de intervención
previstos en la ley y las autorizaciones sectoriales.
Tema 78. La promoción de la accesibilidad y la
supresión de las barreras arquitectónicas.Disposiciones
generales. Supuestos.Medidas de control y fomento.
Régimen sancionador.
Tema 79. Regulación legal en la Comunidad
Autónoma de Canarias de las ventas no sedentarias.
Licencias Comerciales específicas
Tema 80. El sistema tributario español con especial
referencia a la LeyGeneral Tributaria. La LeyGeneral
Tributaria: disposiciones generales del ordenamiento
tributario, los tributos y disposiciones generales en
la aplicación de los tributos.
Tema 81. La Ley General Tributaria: obligados
tributarios, elementos de cuantificación de la obligación
tributaria principal y de la obligación de realizar
pagos a cuenta.
Tema 82. La deuda tributaria: disposiciones generales,
el pago, la prescripción, otras formas de extinción.
Las garantías de la deuda tributaria. El procedimiento
de apremio.
Tema 83. La Ley Orgánica de Financiación de las
Comunidades Autónomas. Naturaleza. Estructura.
Principios generales. El Consejo de Política Fiscal y
Financiera. Recursos de las ComunidadesAutónomas.
El Fondo de Compensación Interterritorial.
Tema 84. Legislación aplicable en materia de
haciendas locales. Las competencias de las Entidades
locales enmateria tributaria. Imposición y ordenación
de los tributos locales. La gestión tributaria en la
Administración local. El recurso de reposición en el
ámbito tributario local.
Tema 85. Regulación legal de tasas, contribuciones
especiales y precios públicos. Subvenciones y otros
ingresos de derecho público en las Entidades locales.
Las operaciones de crédito en el ámbito local.
Tema 86. Regulación legal de los impuestos
obligatorios de las entidades locales: el Impuestos sobre
Bienes Inmuebles, el Impuesto sobre Vehículos de
TracciónMecánica y el Impuesto sobre Actividades
Económicas.
Tema 87. Regulación legal de los impuestos
potestativos de las entidades locales: el Impuesto
sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de
NaturalezaUrbana y el Impuesto sobreConstrucciones,
Instalaciones y Obras. La cesión de la recaudación
de impuestos del Estado y la participación de las
entidades locales en los tributos del Estado. Régimen
especial de Canarias.
Tema 88. Presupuesto de las Entidades Locales.
Principios. Integración y documentos de que constan.
Procesos de aprobación del presupuesto local.Ejecución
y liquidación del presupuesto. Principios generales
de ejecución del presupuesto. Créditos extraordinarios
y suplementos de crédito. Transferencias de crédito.
Liquidación del presupuesto.
Tema 89. Autorización de gastos y ordenación de
pagos.Programasdeinversiones.Régimenpresupuestario
de las empresas dependientes de los Entes Locales.
Control e intervención de las Entidades Locales.
Cuentas. Sujeción al régimen de contabilidad pública.
Cierre del ejercicio económico. Censura de cuentas.
Tema 90.Derecho del trabajo: naturaleza y fuentes.
Criterios de aplicación de la norma laboral. El convenio
colectivo. Los sindicatos y las organizaciones
empresariales. Configuración y régimen jurídico de
los convenios colectivos.

Asimismo, y dado que la rectificación afecta a los requisitos de acceso, deberá tenerse en cuenta que, tal como señala el Decreto de subsanación, se inicia nuevamente el plazo de presentación de instancias desde el día siguiente al de la publicación del texto íntegro de la rectificación en el Boletín Oficial de la Provincia y hasta VEINTE DÍAS NATURALES después de la última publicación del extracto de la misma en cualquiera de los Boletines Oficiales correspondientes en que deba llevarse a cabo tal publicación (Boletín Oficial de Canarias y Boletín Oficial del Estado).
Santa Lucía, a nueve de noviembre de dos mil once.
LACONCEJALADELEGADADEÁREA(Decreto 15/06/2011, BOP80 - 22/06/2011),María del Pino Sánchez
González.


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