En el Boletín Oficial de Las Palmas de ayer se ha publicado en la página 23366:
Don Francisco Javier LópezMartínez, Secretario-
Accidental del Excmo. Ayuntamiento de Arrecife
(Las Palmas).
CERTIFICO:
El decreto de esta Alcaldía, ref. RR.HH. 402/2010
de fecha veintiocho de octubre de dos mil diez, de
modificación del punto 3.1-g) del decreto de ref.
RR.HH. 371/2010, de fecha ocho de octubre de dos
mil diez, por el que se aprobaron la convocatoria y
bases que han de regir el proceso de selección para
la provisión de quince plazas de Policía Local.
DECRETO DE LA ALCALDÍA
PorDecreto de estaAlcaldía, ref. RR.HH. 371/2010,
de fecha ocho de octubre de dosmil diez, se aprobaron
convocatoria y bases que han de regir el proceso de
selección para la provisión de quince plazas de Policía
Local; en la base 3.1-g) de dicha convocatoria se
exige, como uno de los requisito que deben reunir los
aspirantes para poder participar en las pruebas selectivas
“ estar en posesión, o en disposición de obtenerlo antes
de la toma de posesión como funcionario en práctica,
del permiso de conducción de la clase A y B, con
habilitación BTP”.
El Real Decreto 818/2009,de 8 de mayo, por el
que se aprueba elReglamentoGeneral deConductores,
que entró en vigor el ocho de diciembre del dos mil
nueve, introduce modificaciones que afectan, entre
otras materias, a determinadas clases de permiso de
conducción, así como a la edad mínima para poder
obtenerlo.
Por lo expuesto anteriormente y en virtud de lo
establecido en el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985,
de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen
Local, RESUELVO:
Primero. Modificar la base 3.1-g) de la referida
convocatoria, que quedará redactada en la forma
siguiente:
“Estar en posesión, o en disposición de obtenerlo
antes de la toma de posesión como funcionario en
prácticas, del permiso de conducción de la caseAprevisto
en el Reglamento General de Conductores aprobado
por el Real Decreto 772/1997 de 30 de mayo, o el de
la clase A2 a que se refiere el Reglamento General
de Conductores, aprobado por el Real Decreto
818/2009, de 8 de mayo y la autorización (BTP)
prevista en ambos Reglamentos”.
Segundo. Publicar la anterior modificación de las
bases en el Boletín Oficial de la Provincia, Boletín
Oficial de la Comunidad Autónoma y Boletín Oficial
del Estado.
Animo!!!
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