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lunes, 15 de julio de 2019

Aprobación del listado definitivo de admitidos y excluidos de la convocatoria pública de dos plazas de Policía del Cuerpo de Policía Local y fecha de realización de la primera prueba (VILLA DE EL SAUZAL)

En el BOP del 10/07 se ha publicado en las páginas 13032 y ss:

En relación con el proceso selectivo convocado por este Ayuntamiento para la cobertura de dos (2) plazas de Policía Local, pertenecientes a la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Clase Básica, Grupo C, Subgrupo C1, mediante el sistema de oposición libre, por medio del presente se comunica que el Sr. Alcalde de este Ayuntamiento ha dictado Decreto nº 2019/0851, de fecha 1 de julio de 2019, cuyo tenor literal se transcribe a continuación: ANUNCIO En relación con el proceso selectivo convocado por este Ayuntamiento para la cobertura de DOS (2) plazas de POLICÍA LOCAL, pertenecientes a la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Clase Básica, Grupo C, Subgrupo C1, mediante el sistema de oposición libre, por medio del presente se comunica que el Sr. Alcalde de este Ayuntamiento ha dictado Decreto nº 2019/0851, de fecha 1 de julio de 2019, cuyo tenor literal se transcribe a continuación: “Vista la necesidad de aprobar la lista definitiva de admitidos y excluidos en el proceso selectivo convocado por este Ayto. para cubrir dos plazas de Policía del Cuerpo de la Policía Local mediante sistema de oposición libre y teniendo en cuenta lo siguiente: 1º. Mediante Decreto del Sr. Alcalde del Ayuntamiento de El Sauzal nº 1528/2018, de fecha 21 de septiembre de 2018, se aprobó la convocatoria y las correspondientes bases del proceso selectivo de referencia. 2º. Las bases de la convocatoria fueron publicadas en el tablón de anuncios de esta Entidad, el Boletín Oficial de la Provincia n.º 119, de fecha 3 de octubre, en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma, n.º 195 de fecha 8 de octubre, y en el Boletín Oficial del Estado nº 250, de 16 de octubre de 2018 (este último rectificado mediante anuncio publicado en el B.O.E. nº 274, de 13 de noviembre de 2018), comenzando el plazo de presentación de solicitudes el 17 de octubre y finalizando el 14 de noviembre de 2018. 3º. Mediante Decreto nº 211/2019, de fecha 20 de febrero de 2019, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de S/C de Tenerife nº 26, de fecha 1 de marzo de 2019, se aprueba la LISTA PROVISIONAL de aspirantes admitidos y excluidos en el proceso selectivo de referencia, estableciéndose un plazo de subsanación de deficiencias desde el 2 hasta el 18 de marzo de 2019, y haciendo constar que quienes dentro del plazo establecido no subsanen, serán definitivamente excluidos de la participación en el proceso selectivo. 4º. Consta informe jurídico favorable de fecha 28 de junio de 2019. A los antecedentes expuestos se considera de aplicación las siguientes CONSIDERACIONES JURÍDICAS A. Relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos. De conformidad con lo establecido en la base quinta, párrafo cuarto, de las que rigen el proceso selectivo, “finalizado el plazo de subsanación, se dictará resolución por la que se aprueba la relación definitiva de admitidos y excluidos. Dicha resolución se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia y en la página web del Ayuntamiento, contra la cual, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente, recurso de reposición ante el Sr. Alcalde del Ayuntamiento de la Villa de El Sauzal, en el plazo de un mes desde su publicación. La interposición de dicho recurso, impide Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 83, miércoles 10 de julio de 2019 13033 recurrir la misma en vía contencioso-administrativa, hasta que recaiga resolución de aquél, o su desestimación por silencio, la cual se entenderá producida si no se notifica su resolución en plazo de un mes desde su interposición. En tales supuestos, queda expedita la vía judicial pudiendo interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el siguiente a aquél en que se notifique la resolución expresa, o se produzca la desestimación por silencio del de reposición”. En cuanto a los motivos de exclusión, debe atenderse a lo dispuesto en la base segunda de las que rigen el proceso, relativa a los requisitos y condiciones de participación, en congruencia con los apartados correspondientes de las bases tercera y cuarta, destacando lo siguiente: - La base 2.4 establece como requisito de participación “estar en posesión del título de bachiller, formación profesional de segundo grado o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en el plazo de presentación de solicitudes. En los casos de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación. Asimismo, en caso de que se alegue título equivalente deberá acreditarse su equivalencia”. La base 4.c) exige en consonancia la presentación de “Copia autenticada del Título que acredite la titulación exigida o del justificante de haber abonado los derechos para su expedición. En caso de título equivalente, certificación acreditativa de la equivalencia expedida por el órgano competente con arreglo a la legislación vigente para su expedición”. De acuerdo con lo expuesto, en caso de alegar título equivalente, será necesaria la presentación de certificación acreditativa de la equivalencia, no siendo suficiente la presentación de informe de equivalencia. En caso de presentar informe de equivalencia, deberá aportarse la documentación acreditativa de la titulación equivalente alegada (títulos y/o certificados de superación de pruebas de acceso, entre otros), con expresa indicación de la normativa que determina su equivalencia con la titulación exigida. - La base 2.7 exige “estar en posesión del permiso de conducción de la clase B además del permiso de la clase A2, o estar en condiciones de obtenerlo antes de su nombramiento como funcionario en prácticas”. La base 4.d) exige la presentación de “fotocopia cotejada de los permisos de conducción de las categorías A2 y B, o manifestación de estar en condiciones de obtenerlo antes de la fecha del nombramiento como funcionario/a en prácticas”. - La base 2.8 exige la presentación de “Compromiso de llevar armas, que se tomará mediante declaración jurada o promesa, conforme al modelo que consta como Anexo III al presente”, en congruencia con lo establecido en la base 4.f). - La base 2.9 exige “Haber abonado los derechos de examen”. En este sentido la base 3.4 añade que “Estarán exentas del pago de la tasa las personas que, en el momento de presentación de la correspondiente solicitud de participación, figuren como demandantes de empleo desde al menos un mes antes a la fecha de convocatoria, siempre que en dicho plazo no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado, ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales, y que asimismo carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional. Estas condiciones deberán ser 13034 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 83, miércoles 10 de julio de 2019 acreditadas mediante certificados emitidos por la Administración competente (Servicio Canario de Empleo), y declaración Jurada conforme al modelo del Anexo II que figura en las presentes bases”. Consecuentemente, para estar exento del pago de la tasa, el interesado deberá figurar como demandante de empleo en el momento de presentación de la correspondiente solicitud de participación y desde al menos el 21/08/2018, dado que la fecha de convocatoria es de 21/09/2018. - Los apartados 10 y 11 de la base segunda determinan que el índice de corpulencia exigible a los aspirantes no podrá ser superior al 28, calculado como peso (en kilogramos)/altura (al cuadrado, en metros), y que la estatura mínima será de 1,70 metros los hombres y de 1,60 las mujeres. Estos requisitos serán acreditados mediante la aportación de certificado médico. Consecuentemente incurriran en causa de exclusión los interesados que no aporten estos certificados, o que aportándolos, no especifiquen en los mismos los datos relativos a la estatura e índice de corpulencia o peso. Efectuada consulta al libro de registro municipal, y en atención a lo expuesto, se comprueba la documentación de subsanación presentada por los interesados, con el resultado que se expone en la resolución del presente. Se detecta que en la lista provisional de admitidos y excluidos, debido a un error administrativo, no se incluyeron a los interesados Jonatan Muñoz Rivero, con DNI 78719251A, y Juan Manuel Martínez Lorenzo, con DNI 43819833A, que presentaron en plazo toda la documentación requerida. Así mismo se detecta error en el orden de los apellidos del interesado Antonio Maldonado Fernández, procediéndose a su corrección. B. Tribunal calificador. De acuerdo con la base 6.1 de las que rigen el proceso, el Tribunal Calificador de las pruebas selectivas será designado por el Sr. AlcaldePresidente, y estará constituido de la siguiente forma: a) Un presidente. Funcionario de carrera designado por el Alcalde-Presidente. b) Un Secretario. El de la Corporación u otro funcionario de carrera del Ayuntamiento de la Villa de El Sauzal. Tendrá derecho a voz pero no a voto. c) Cuatro vocales designados de la siguiente forma: 1. Un funcionario de carrera propuesto por la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias con competencia en materia de función pública. 2. Un funcionario de carrera propuesto por la Consejería competente en materia de Coordinación de Policías Locales 3. Un funcionario de carrera designado por la Subdirección de Formación de la Dirección General de Seguridad y Emergencias. 4. Un funcionario de carrera designado por el Alcalde-Presidente. El Tribunal quedará integrado, además, por sus respectivos suplentes, que serán designados simultáneamente con los titulares. La designación nominativa de los integrantes del Tribunal, tanto titulares como suplentes, se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, por si concurriera alguna de las causas de abstención o recusación. Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 83, miércoles 10 de julio de 2019 13035 C. Comienzo y desarrollo de las pruebas selectivas. De acuerdo con la base séptima de las que rigen el proceso, “la fecha, hora y lugar en que habrá de celebrarse la primera prueba del proceso selectivo se harán públicos a través de la resolución por la cual se apruebe la lista definitiva de admitidos y excluidos. Los aspirantes serán convocados para cada prueba o ejercicio que la forman, en llamamiento único, al que deberán acudir provistos con original de su Documento Nacional de Identidad o Pasaporte. Salvo causa de fuerza mayor, debidamente justificada y apreciada por el Tribunal, la no presentación de un opositor a cualquiera de los ejercicios o pruebas en el momento de ser llamado o la deficiente acreditación de su identidad determinarán su exclusión automática del proceso selectivo. El orden en que habrán de actuar los aspirantes en aquellos ejercicios que no puedan realizar conjuntamente se iniciará alfabéticamente, dando comienzo por el opositor cuyo primer apellido comience por la letra que determine el sorteo anual realizado por la Secretaría de Estado para la Administración Pública, a que se refiere el artículo 17 del Real Decreto 364/1995 de 10 de marzo, o normativa vigente en cada momento”. Según la Resolución de 15 de marzo de 2019, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado, el orden de actuación de los aspirantes se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «Q». En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «Q», el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «R», y así sucesivamente. De acuerdo con la base octava de las que rigen el proceso, el primer ejercicio de la fase de oposición es el de aptitud física, consistiendo en la realización de los ejercicios físicos siguientes:  Salto Horizontal.  Flexiones de Brazos (hombres) / Flexión brazos mantenida (mujeres).  Resistencia Aeróbica (Test de Cooper).  Adaptación al medio acuático (50 m. estilo libre). Todo ello conforme a lo descrito en el apartado 3.1 del Anexo I de la Orden de 24 de marzo de 2008, por la que se desarrolla el Decreto 178/2006, de 5 de diciembre, que establece las condiciones básicas de acceso, promoción y movilidad de los miembros de los Cuerpos de la Policía Local de Canarias (Boletín Oficial de Canarias núm. 61, de 26 de marzo de 2008). Para la realización de las pruebas los aspirantes deberán presentarse provistos de atuendo deportivo, incluido gorro y zapatillas para la piscina y entregar al Tribunal un Certificado Médico Oficial, expedido dentro de los quince (15) días anteriores a la prueba, en el que se haga constar que el/la aspirante reúne las condiciones físicas precisas para realizar cada uno de los ejercicios físicos de la Prueba de aptitud física relacionados en este apartado. La no presentación de dicho documento supondrá la exclusión del aspirante del proceso selectivo. 13036 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 83, miércoles 10 de julio de 2019 En ejercicio de las competencias atribuidas a esta Alcaldía en virtud de lo establecido en el artículo 21.1 g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, por medio del presente RESUELVO PRIMERO. Aprobar la LISTA DEFINITIVA de aspirantes admitidos y excluidos en el proceso selectivo convocado para cubrir dos plazas de Policía del Cuerpo de la Policía Local mediante sistema de oposición libre, en los siguientes términos:

(..)

TERCERO. Convocar a los aspirantes admitidos a la realización de la primera prueba de la fase de oposición, de aptitud física, de acuerdo con lo siguiente: FECHA Y HORA DE CELEBRACIÓN LUGAR DE CELEBRACIÓN ASPIRANTES CONVOCADOS. Aquellos cuyo primer apellido comience por las siguientes letras del abecedario: EJERCICIOS A REALIZAR 06/08/2019 a las 09:30 horas Estadio Francisco Peraza C/ Fuente Cañizares s/n La Laguna Desde la “R” hasta la “Z” y desde la “A” hasta la “F”. - Salto Horizontal. - Flexiones de Brazos (hombres) / Flexión brazos mantenida (mujeres). - Resistencia Aeróbica (Test de Cooper). 07/08/2019 a las 09:30 horas Estadio Francisco Peraza C/ Fuente Cañizares s/n La Laguna Desde la “G” hasta la “P”. 08/08/2019 a las 09:30 horas Piscina Municipal Los Realejos Calle San Isidro, 42, 38419. Todos los aspirantes admitidos Adaptación al medio acuático (50 m. estilo libre) Para la realización de las pruebas los aspirantes deberán: - Acudir provistos con original de su Documento Nacional de Identidad o Pasaporte. - Presentarse provistos de atuendo deportivo adecuado (incluido gorro y zapatillas para la piscina el día que se celebre la prueba de adaptación al medio acuático). 13044 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 83, miércoles 10 de julio de 2019 - Entregar al Tribunal un Certificado Médico Oficial, expedido dentro de los quince (15) días anteriores a la prueba, en el que se haga constar que el/la aspirante reúne las condiciones físicas precisas para realizar cada uno de los ejercicios físicos de la Prueba de aptitud física relacionados en este apartado. CUARTO. Publicar el correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife y en la página web del Ayuntamiento. QUINTO. Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente, recurso de reposición ante el Sr. Alcalde del Ayuntamiento de la Villa de El Sauzal, en el plazo de un mes desde su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. La interposición de dicho recurso, impide recurrir la misma en vía contencioso-administrativa, hasta que recaiga resolución de aquél, o su desestimación por silencio, la cual se entenderá producida si no se notifica su resolución en plazo de un mes desde su interposición. En tales supuestos, queda expedita la vía judicial pudiendo interponerse recurso contenciosoadministrativo en el plazo de dos meses desde el siguiente a aquél en que se notifique la resolución expresa, o se produzca la desestimación por silencio del de reposición. El recurso contencioso administrativo podrá interponerse directamente ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Santa Cruz de Tenerife, en plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación del presente acto en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife.”

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