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domingo, 23 de junio de 2019

Modificación de las bases de la convocatoria para la selección de cinco plazas de policía local (INGENIO)

En el BOP del 19/06 se ha publicado en las páginas 6023-6025:

ANUNCIO sobre modificación de las Bases de la convocatoria para la selección de cinco (5) plazas de Policía Local, subgrupo C1, vacantes en la plantilla de funcionarios de este Ilustre Ayuntamiento de la Villa de Ingenio, dos (2) correspondientes a la oferta de empleo público de 2018, y tres (3) correspondientes a la oferta de empleo público de 2019. La Junta de Gobierno Local, por acuerdo de fecha 7 de junio de 2019, ha procedido a la modificación de las bases de la convocatoria para cubrir cinco (5) plazas de Policía Local, subgrupo C1, vacantes en la plantilla de funcionarios de este Ilustre Ayuntamiento de la Villa de Ingenio, dos (2) correspondientes a la oferta de empleo público de 2018, y tres (3) correspondientes a la oferta de empleo público de 2019, cuya convocatoria fue publicada íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas número 50, de fecha 26 de abril de 2019. Esta modificación se lleva a efecto atendiendo el requerimiento de subsanación formulada por la Dirección General de Seguridad y Emergencias del Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 74, miércoles 19 de junio de 2019 6023 Gobierno de Canarias. Las modificaciones de las bases son del siguiente tenor literal: “1º. En la Base Tercera, en el subapartado del plazo de presentación de instancias, donde dice que el plazo será de VEINTE (20) DÍAS NATURALES, debe decir, y así se modifica, VEINTE (20) DÍAS HÁBILES. 2º. La Base Séptima: Pruebas selectivas, quedará redactado, en su apartado 5. Pruebas Médicas, de la siguiente forma: “5. PRUEBAS MÉDICAS. De carácter obligatorio y eliminatorio, consistirá en un reconocimiento médico exhaustivo realizado por médicos colegiados, en el que se determinará la existencia o inexistencia de alguna causa de exclusión de los/as aspirantes por enfermedad o defecto físico que impida o dificulte el normal desarrollo de las funciones policiales, conforme al catálogo de exclusiones aprobado por la Orden de 24 de marzo de 2008, por la que se desarrolla el Decreto 178/2006, de 5 de diciembre, que establece las condiciones básicas de acceso, promoción y movilidad de los miembros de los Cuerpos de la Policía Local de Canarias (BOC número 61, de 26/03/2008). No obstante, en todo caso, y de forma inexcusable, el Tribunal Médico tendrá en cuenta, y así debe observar y aplicar lo previsto en la Orden PCI/154/2019, de 19 de febrero, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de noviembre de 2018, por el que se aprueban instrucciones para actualizar las convocatorias de pruebas selectivas de personal funcionario, estatutario y laboral, civil y militar, en orden a eliminar ciertas causas médicas de exclusión en el acceso al empleo público. Para llevarlo a cabo se configurará una lista de los/as aspirantes que hayan superado todas las pruebas anteriormente indicadas, por orden de puntuación. A tal efecto, sólo serán sometidos a reconocimiento médico para acreditar que reúne las condiciones físicas de salud necesarias para el desempeño de las funciones de Policía Local, un número de aspirantes igual al número de plazas convocadas, por orden de puntuación obtenida, de tal modo que en caso de que alguno de los aspirantes no supere el reconocimiento médico serán sucesivamente llamados los siguientes aspirantes en la lista configurada y por el orden que en la misma se contemple. Si se hubiese procedido a la acumulación de vacantes conforme a la base primera serán sumadas las necesarias para llegar al total de plazas a cubrir. Dicho reconocimiento será realizado por un Tribunal Médico compuesto por especialistas en la materia, y su composición se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, por si concurriera alguna de las causas de recusación o abstención legalmente establecidas. El Tribunal Médico que realice los reconocimientos médicos se atendrá a los parámetros especificados en el Anexo VI de la Orden de 24 de marzo de 2008, por la que se desarrolla el Decreto 178/2006, de 5 de diciembre, que establece las condiciones básicas de acceso, promoción y movilidad de los miembros de los Cuerpos de la Policía Local de Canarias. En todo caso, y de forma inexcusable, el Tribunal Médico tendrá en cuenta, y así debe observar y aplicar lo previsto en la Orden PCI/154/2019, de 19 de febrero, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de noviembre de 2018, por el que se aprueban instrucciones para actualizar las convocatorias de pruebas selectivas de personal funcionario, estatutario y laboral, civil y militar, en orden a eliminar ciertas causas médicas de exclusión en el acceso al empleo público. Esta prueba se calificará como apto/a o no apto/a, siendo eliminados del proceso selectivo aquello/as aspirantes calificados como no apto/as”. 3º. En el Anexo V. PRUEBAS MÉDICAS, se introducen las siguientes modificaciones, del siguiente tenor literal: a) El primer párrafo queda redactado de la siguiente forma: “Los aspirantes han de estar exentos de toda enfermedad orgánica, de toda secuela de accidente y de cualquier deficiencia física o psíquica que pueda constituir una dificultad en la práctica profesional, teniendo como base los criterios que se indican a continuación, pero teniendo en cuenta que, en todo caso, y de forma inexcusable, el Tribunal Médico tendrá que observar y aplicar lo previsto en la Orden PCI/154/2019, de 19 de febrero, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de noviembre de 2018, por el que se aprueban instrucciones para actualizar las convocatorias de pruebas selectivas de personal funcionario, estatutario y laboral, civil y 6024 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 74, miércoles 19 de junio de 2019 militar, en orden a eliminar ciertas causas médicas de exclusión en el acceso al empleo público”. b) El apartado 10, queda redactado de la siguiente forma: “10. Índice de Masa Corporal. Será igual o menor de 28, según la fórmula peso en kilogramos dividido por talla en metros elevado al cuadrado (kg/talla2)”. Lo que se publica para general conocimiento, en la Villa de Ingenio, a once de junio de dos mil diecinueve. EL ALCALDE EN FUNCIONES, Juan Díaz Sánchez.

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