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domingo, 31 de marzo de 2019

Rectificación de error material detectado en el acta publicada en el B.O.P. nº 153, de 21/12/18, de las Resoluciones números 1756/18 a 1766/18, por las que se aprueban las bases específicas de la convocatoria por turno libre de diferentes plazas de la plantilla de personal funcionario del Cabildo (CABILDO INSULAR GRAN CANARIA)

En el BOP del 22/03 se ha publicado en la  página 2854:

Se hace público que mediante resolución número 291/2018 de la Sra.Consejera de Gobierno deRecursos Humanos, Organización, Educación y Juventud. se ha dispuesto la rectificación de error material detectado en el acto de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas número 153, de 21 de diciembre de 2018, de las resoluciones números 1756/2018 a 1766/2018, por las que se aprueban las Bases Específicas de la convocatoria por turno libre de diferentes plazas de la plantilla de personal funcionario del Cabildo de Gran Canaria, cuyo texto se inserta a continuación: “Rectificar el error material detectado en el acto de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas número 153, de 21 de diciembre de 2018, de lasresoluciones números 1756/2018 a 1766/2018 de la Consejera de Recursos Humanos, Organización, Educación y Juventud, porlas que se aprueban lasBases específicas de la convocatoria por turno libre de diferentes plazas de la plantilla de personal funcionario del Cabildo de Gran Canaria, procediéndose a publicar elrégimen de recursos que contra las mismas procedan, en vía administrativa y judicial, el órgano ante el que hubieran de presentarse y el plazo para interponerlos“. Quedando el régimen de recursos redactado de la siguiente manera: Se indica expresamente que el presente acuerdo pone fin a la vía administrativa y que contra el mismo podrá interponer, con carácter potestativo y en el plazo de UN MES a contar desde el día siguiente a la presente publicación, Recurso Potestativo de Reposición ante el Consejo de Gobierno Insular de esta Corporación, conforme lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o, en caso de no desear hacer uso de dicha potestad y, de conformidad con el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, podrá interponer Recurso Contencioso Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Las Palmas de Gran Canaria, en el plazo de DOS MESES, contados desde el día siguiente al de la presente publicación. Las Palmas de Gran Canaria, a dieciocho de marzo de dos mil diecinueve. LACONSEJERADE GOBIERNO DERECURSOS HUMANOS, ORGANIZACIÓN, EDUCACIÓN Y JUVENTUD, P.D. Consejo de Gobierno Insular (Acuerdo de 30-06-2015), María Isabel Santana Marrero.

1 comentario:

  1. Buenas tardes, podrían darme información sobre test de exámenes para practicar sobre la plaza de técnica especialista informador del Cabildo de Gran Canaria
    Gracias y saludos

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