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sábado, 6 de agosto de 2016

Orden AAA/1343/2016, de 28 de julio, por la que se corrigen errores en la Orden AAA/1094/2016, de 30 de junio, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos Autónomos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

En el BOE del 4/08 se ha publicado:


Advertido error en la Orden AAA/1094/2016, de 30 de junio (BOE del 7), por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos Autónomos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, debe corregirse en los siguientes términos:
En la página n.º 47680, en el Anexo I, Descripción del proceso selectivo, apartado 1, donde dice:
«Los aspirantes que superen este cuarto ejercicio habrán superado la fase de oposición y su calificación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios».
debe decir:
«Los aspirantes que superen este tercer ejercicio habrán superado la fase de oposición y su calificación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios».
Contra la presente Orden se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Ministra de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Madrid, 28 de julio de 2016.–La Ministra de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, P.D. (Orden AAA/838/2012, de 20 de abril), El Subsecretario de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, Jaime Haddad Sánchez de Cueto.

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