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jueves, 31 de julio de 2014

Orden ECC/1381/2014, de 24 de julio, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Diplomados en Estadística del Estado.

En el Boletín Oficial del Estado de hoy se ha publicado:


En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 228/2014, de 4 de abril, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2014, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública,
Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo de Diplomados en Estadística del Estado
La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres, por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución española, la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 28 de enero de 2011, por el que se aprueba el I Plan para la igualdad entre mujeres y hombres en la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes
Bases comunes
Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado (BOE del 27), modificadas por Orden PRE/2061/2009, de 23 de julio (BOE del 30).
Bases específicas
La presente convocatoria se publicará, entre otras, en las páginas web www.060.es y www.mineco.es y www.ine.es.
1. Descripción de las plazas
Se convoca proceso selectivo para cubrir 6 plazas del Cuerpo de Diplomados en Estadística del Estado, Código 0619, por el sistema general de acceso libre.
2. Proceso selectivo
El proceso selectivo se ajustará a lo dispuesto en el artículo 61 del Estatuto Básico del Empleado Público, y se realizará mediante el sistema de oposición, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I.
Incluirá la superación de un curso selectivo y, en su caso, un período de prácticas. Para la realización de este curso selectivo, los aspirantes que hayan superado la fase de oposición serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.
Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto debidamente acreditado, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal, y en todo caso la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.
3. Programa
El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como anexo II a esta convocatoria.
4. Titulación
Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o Grado al finalizar el plazo de presentación de instancias. Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite en su caso, la homologación. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario.
5. Selección de funcionarios interinos
De acuerdo con el artículo 3 del Real Decreto 228/2014, de 4 de abril, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2014, en relación con el artículo 10 de la Ley 7/2007 de 12 de abril y con la Instrucción Conjunta de las Secretarías de Estado de Hacienda y Presupuestos y para la Función Pública de 17 de noviembre de 2010, el Tribunal elaborará una lista de candidatos con todos los que hayan superado al menos un ejercicio de la oposición, ordenados por la suma total de la puntuación obtenida en cada uno de los ejercicios, con la finalidad de que la selección de funcionarios interinos del Cuerpo de Diplomados en Estadística del Estado se realice mediante procedimientos ágiles.
Para poder iniciar el procedimiento de gestión de la lista de candidatos será necesaria la autorización de la Dirección General de la Función Pública. Este procedimiento de gestión se hará público en la página web del Instituto Nacional de Estadística.
6. Solicitudes
6.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán hacerlo constar en el modelo de solicitud 790 que será facilitado gratuitamente en Internet en la página www.060.es (Trabajo-Modelo 790) o en el Portal del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas https://ips.redsara.es (Procesos selectivos de empleo público-inscripción en los procesos selectivos).
6.2 La presentación se realizará por cualquiera de los medios siguientes:
1. Los interesados podrán realizar el pago telemático de las tasas y el registro electrónico de su solicitud a través de Internet en el Portal del ciudadano www.060.es (Trabajo-Inscripción en pruebas selectivas) o en el Portal Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas https://ips-redsara.es (Procesos selectivos de empleo público-inscripción en los procesos selectivos).
La presentación de solicitudes por esta vía conllevará, en su caso, el pago telemático de la tasa de derechos de examen.
En aquellos casos en que deba aportarse documentación adicional junto con la solicitud telemática de participación, de conformidad con lo previsto en las bases específicas, ésta deberá ser presentada en los lugares previstos en el párrafo siguiente.
2. Igualmente, podrán presentarse en el Registro General del Ministerio de Economía y Competitividad (paseo de la Castellana, 162, 28071 Madrid), Registro General del INE (paseo de la Castellana, 183, 28071 Madrid), así como en los Registros de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno de la Administración General del Estado, y se dirigirán a la Subsecretaría del Ministerio de Economía y Competitividad, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado duodécimo de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado.
6.3 Pago de la tasa de derechos de examen. El ingreso del importe correspondiente a los derechos de examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos.
En aquellos supuestos en los que se haya optado por realizar la presentación de la solicitud a través del Registro Telemático del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, el ingreso del importe se realizará en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo, del Ministro de Hacienda, por la que se establecen los supuestos y condiciones generales para el pago por vía telemática de las tasas que constituyen recursos de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, así como en sus resoluciones de desarrollo.
6.4 La presentación de solicitudes se realizará en el plazo de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la fecha de publicación de la presente orden en el «Boletín Oficial del Estado». La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.
6.5 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del anexo IV.
7. Tribunal
7.1 El Tribunal calificador, de este proceso selectivo es el que figura como anexo III a esta orden y se someterá a lo dispuesto en el capítulo II del título II de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
7.2 El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.
Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes.
7.3 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Instituto Nacional de Estadística, Secretaría General, servicio de selección, calle Capitán Haya, 51, de Madrid teléfono 91 583 95 37, dirección de correo electrónico serviciodeseleccion@ine.es.
8. Desarrollo del proceso selectivo
El orden de actuación de los aspirantes en la fase de oposición se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra «C», según lo establecido en la Resolución de la Secretaria de Estado de Administraciones Públicas, de 5 de febrero de 2014 (BOE de 13 de febrero 2014), por la que se hace público el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado.
Toda la información que afecte a la presente convocatoria y al desarrollo del proceso selectivo estará disponible en los portales: www.060.es, www.mineco.es, y www.ine.es
9. Norma final
Al presente proceso selectivo le serán de aplicación la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente orden.
Contra la presente Orden se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Ministro de Economía y Competitividad en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante los Jugados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Madrid, 24 de julio de 2014.–El Ministro de Economía y Competitividad, P. D. (Orden ECC/ 1695/2012, de 27 de julio), el Subsecretario de Economía y Competitividad, Miguel Temboury Redondo.
ANEXO I
Descripción del proceso selectivo
I. Proceso selectivo
El proceso selectivo constará de las siguientes fases:
I.A) Oposición.
I.B) Curso selectivo.
I.A) Fase de oposición. Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de Organismos internacionales estarán exentos de la realización de aquellos ejercicios que la Comisión Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo internacional correspondiente.
La fase de oposición constará de los siguientes ejercicios:
Primer ejercicio: Consistirá en la contestación, por escrito, en un tiempo máximo de dos horas y media, de 60 cuestiones propuestas por el Tribunal sobre los programas de Estadística Teórica Básica, Estadística Descriptiva, Economía, Demografía y Derecho Público y Organización del Estado.
Segundo ejercicio: Consistirá en el desarrollo por escrito, en un tiempo máximo de cuatro horas, de dos temas extraídos al azar: uno del programa de Estadística Teórica Básica y otro del programa de Estadística Descriptiva.
Tercer ejercicio: Será práctico. Consistirá en la contestación por escrito, en un tiempo máximo de cuatro horas, de 10 cuestiones prácticas propuestas por el Tribunal sobre los programas de Estadística Teórica Básica, Estadística Descriptiva, Economía y Demografía.
Si alguna de las aspirantes no pudiera realizar algún ejercicio de la fase de oposición por embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, el Tribunal aplazará la realización del ejercicio, quedando la situación de la aspirante condicionada a la realización del mismo y a la finalización de la fase de oposición.
El aplazamiento del ejercicio no podrá demorar la fase de oposición de forma que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a la resolución de la misma en tiempos razonables y, en todo caso, la realización del mismo habrá de tener lugar antes de la publicación de la lista de opositores que superen la fase de oposición.
I.B) Curso selectivo. Todos los aspirantes que superen la fase de oposición realizarán un curso selectivo organizado por la Escuela de Estadística. Se iniciará en el plazo máximo de dos meses contados desde la finalización del plazo previsto para la presentación de documentos, y tendrá como finalidad primordial la adquisición de conocimientos en orden a la preparación específica de los aspirantes para el ejercicio de las funciones propias del Cuerpo de Diplomados en Estadística del Estado.
La duración del curso selectivo será de un mes. Su calendario y programa, así como las normas internas que hayan de regularlo serán establecidos oportunamente por la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística.
El carácter selectivo del curso exigirá la superación por los aspirantes de unas pruebas prácticas en relación con las áreas básicas de formación que se imparten.
Con el fin de adecuar el disfrute de las vacaciones anuales, se establece que las vacaciones de estos funcionarios, por necesidades del servicio y de acuerdo con el artículo 74 del texto articulado de la Ley de Funcionarios Civiles del Estado, aprobado por Decreto 315/1964, de 7 de febrero, abarcarán del 1 al 31 de agosto del año en que se realice el curso selectivo.
Los aspirantes que no superen el curso selectivo de acuerdo con el procedimiento de calificación previsto en esta convocatoria, perderán el derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera, de acuerdo con lo previsto en el artículo 24.1 del Real Decreto 364/1995, mediante resolución motivada de la autoridad convocante, a propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.
Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor, debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán incorporarse al inmediatamente posterior, intercalándose en el lugar que les corresponda de acuerdo con la puntuación obtenida.
II. Valoración
II.A) Fase de oposición. Todos los ejercicios son eliminatorios, no pudiendo pasar de un ejercicio al siguiente los opositores que no hubiesen alcanzado la calificación mínima de 5 puntos. La valoración máxima en cada ejercicio será de 10 puntos.
La calificación del primer ejercicio será el resultado de obtener la media ponderada de la puntuación obtenida en las cuestiones propuestas de acuerdo con los siguientes coeficientes: Estadística Teórica Básica (coeficiente 2), Estadística Descriptiva (coeficiente 2), Economía (coeficiente 2,5), Demografía (coeficiente 2), y Derecho Público y Organización del Estado (coeficiente 1,5). Para superar el ejercicio será necesario, además, no haber sido calificado con 0 en ninguno de los programas.
La calificación del segundo ejercicio será el resultado de obtener la media aritmética de la puntuación obtenida en cada uno de los temas, los cuales se valorarán individualmente de 0 a 10. Para superar el ejercicio será necesario, además, no haber sido calificado con cero en ninguno de los temas.
La calificación del tercer ejercicio será el resultado de obtener la media aritmética de la puntuación obtenida en cada una de las cuestiones prácticas, las cuales se valorarán individualmente de 0 a 10.
La calificación final de cada opositor se obtendrá sumando la calificación de cada ejercicio ponderada con arreglo a los siguientes coeficientes: Primer ejercicio (coeficiente 3); segundo ejercicio (coeficiente 3); tercer ejercicio (coeficiente 4).
II.B) Curso selectivo. El curso se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para superarlo obtener como mínimo 5 puntos. Dicha calificación será otorgada por la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística, a propuesta del órgano responsable del curso selectivo.
III. Elección de destinos
La calificación final del proceso selectivo y la prioridad para la elección de destino, vendrá determinada por la suma total de las puntuaciones alcanzadas en cada uno de los ejercicios de la fase de oposición.
En caso de empate el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:
1.º Por la mayor puntuación alcanzada en el tercer ejercicio.
2.º Por la mayor puntuación alcanzada en el primer ejercicio.
3.º Por la mayor puntuación alcanzada en el segundo ejercicio.
ANEXO II
Programa
Estadística Teórica Básica
Tema 1. Fenómenos aleatorios. Conceptos de probabilidad. Propiedades. Independencia de sucesos. Teorema de Bayes.
Tema 2. Variables aleatorias. Variables discretas. Función de probabilidad. Variables continuas. Función de densidad. Propiedades.
Tema 3. Esperanza matemática. Propiedades. Varianza. Propiedades. Función característica y función generatriz de momentos. Acotación de Tchebychev.
Tema 4. Distribución binomial. Propiedades. Distribución de Poisson. Propiedades. Relación entre ellas. Otras distribuciones discretas.
Tema 5. Distribución uniforme. Distribución exponencial. Distribución Pareto. Propiedades.
Tema 6. Distribución normal. Tablas y propiedades. Utilización de la distribución normal para aproximar probabilidades de binomial y de Poisson.
Tema 7. Distribuciones de varias variables aleatorias. Distribuciones conjuntas y marginales. Independencia entre variables aleatorias. Ejemplos.
Tema 8. Esperanza de vectores aleatorios. Esperanza de sumas y productos de variables aleatorias. Covarianza. Correlación. Transformaciones lineales de variables aleatorias.
Tema 9. Distribución normal multivariante. Propiedades.
Tema 10. Distribución X2 de Pearson, F de Fisher y t de Student.
Tema 11. Procesos estocásticos discretos. Análisis de series temporales. Procesos autorregresivos. Procesos de medias móviles. Procesos ARMA. Procesos ARIMA.
Tema 12. Introducción a la inferencia. Estimación puntual. La distribución de un estimador en el muestreo. Propiedades de los estimadores.
Tema 13. Métodos de obtención de estimadores. Método de los momentos. Método de máxima verosimilitud. Propiedades.
Tema 14. Estimación de parámetros en poblaciones normales. Propiedades de la media muestral. Propiedades de la varianza muestral.
Tema 15. Estimación por intervalos. Conceptos básicos. Ejemplos de intervalos en poblaciones normales.
Tema 16. Contraste de hipótesis. Contraste de significación. Nivel crítico de un contraste. Ejemplos de contrastes.
Tema 17. El enfoque de Neyman y Pearson. Hipótesis alternativa. Errores tipo I y II de un contraste. Potencia de un test. Intervalos de confianza y contraste de hipótesis.
Tema 18. Contrastes de ajuste. Contraste X2 de Pearson. Aplicaciones. Contraste de Kolmogorov-Smirnov. Otros contrastes de ajuste.
Tema 19. Censo y muestra: ventajas e inconvenientes. Concepto de muestreo probabilístico: población, marco y muestra. Estimadores insesgados. Errores de muestreo y ajenos al muestreo. Selección con probabilidades iguales. Selección con probabilidades desiguales.
Tema 20. Muestreo aleatorio simple en una población finita. Estimadores. Errores de muestreo. Intervalos de confianza. Tamaño de la muestra. El estimador de razón.
Tema 21. Muestreo estratificado. Concepto. Principios fundamentales. Afijación de la muestra. Estimadores. Errores de muestreo.
Tema 22. Muestreo de conglomerados sin submuestreo: estimadores. Muestreo de conglomerados con submuestreo. Selección sistemática.
Estadística Descriptiva
Tema 1. Concepto de estadística. Las unidades estadísticas. Variables cualitativas y cuantitativas. Variables discretas y continuas. Distribuciones unidimensionales de frecuencias. Distribuciones acumuladas. Tablas estadísticas. Representación gráfica.
Tema 2. Medidas de síntesis de una distribución de frecuencias. Medidas de posición. Media aritmética, geométrica y armónica. Cálculo de las mismas y propiedades. Aplicaciones.
Tema 3. Medidas de posición robustas. Mediana, moda y cuantiles. Cálculo de las mismas y propiedades. Aplicaciones.
Tema 4. Medidas de dispersión. Recorrido, varianza y desviación típica. Otras medidas de dispersión. Cálculo de las mismas y propiedades. Aplicaciones.
Tema 5. Momentos. Cálculo y aplicaciones. Medidas de simetría y curtosis.
Tema 6. Medidas de concentración. Curva de Lorenz. Índice de Gini.
Tema 7. Interpolación. Concepto y métodos. Interpolación lineal y parabólica. Fórmula de Lagrange.
Tema 8. Distribuciones estadísticas bidimensionales. Tabla de doble entrada. Representaciones gráficas.
Tema 9. Distribuciones marginales y condicionales. Independencia y asociación de las variables.
Tema 10. Momentos en las distribuciones bidimensionales. Concepto de covarianza. Correlación. Significado.
Tema 11. Distribuciones n-dimensionales. Distribuciones marginales y condicionales.
Tema 12. Momentos en las distribuciones n-dimensionales. Correlación múltiple y parcial.
Tema 13. Ajuste por el método de mínimos cuadrados. Varianza residual. Su interpretación.
Tema 14. Recta de regresión. Coeficiente de correlación lineal y cálculo del mismo. Posiciones de las rectas de regresión según el valor del coeficiente de correlación.
Tema 15. Series temporales. Componentes de una serie temporal. Modelo aditivo y multiplicativo. Métodos para la determinación de la tendencia.
Tema 16. El análisis de las series temporales. Métodos elementales para la determinación de las variaciones estacionales y los movimientos cíclicos.
Tema 17. Números índices. Los índices simples. Propiedades de los índices simples. Índices complejos. Índices de Laspeyres y Paasche. Índice de Precios de Consumo. Índice de Producción Industrial.
Economía
Tema 1. Economía, actividad económica y sistema económico. La interrelación entre macroeconomía y microeconómica. La intervención pública: formas e implicaciones.
Tema 2. El SEC-2010. Características Generales. Aplicaciones y principios fundamentales: los flujos y los stocks. Las unidades y los sectores institucionales: principales definiciones.
Tema 3. Las principales operaciones de bienes y servicios y de distribución en el SEC-2010.
Tema 4. La sucesión de las cuentas y los agregados contables en el SEC-2010.
Tema 5. Las tablas de origen y destino y el marco input-output. Descripción general. Herramienta estadística y de análisis. Tablas de origen y destino más detalladas.
Tema 6. Otros sistemas de cuentas en el marco del SEC-2010. Las cuentas trimestrales. Las cuentas regionales.
Tema 7. El mercado de bienes y servicios y la función IS. El mercado de activos financieros y la función LM. El modelo IS-LM en una economía cerrada. Variaciones y opciones de política económica.
Tema 8. Inflación y desempleo. Conceptos básicos, medición y principales explicaciones teóricas.. La curva de Phillips: aspectos básicos y críticas.
Tema 9. El equilibrio externo. Balanza de pagos: concepto y estructura según el VI Manual del FMI. El mercado de divisas y el tipo de cambio.»
Tema 10. La Unión Económica y Monetaria: Antecedentes y evolución. Instituciones de la UE. El Sistema Estadístico Europeo: composición y funcionamiento. El Código de Buenas Prácticas de las Estadísticas Europeas.
Demografía
Tema 1. La Demografía. Estructura de la población. Los fenómenos demográficos. El envejecimiento y el crecimiento de las poblaciones.
Tema 2. El esquema de Lexis. Tasas y cocientes en demografía. Análisis transversal y longitudinal.
Tema 3. La mortalidad. Tasas brutas y específicas. Tablas completas y abreviadas. Esperanza de vida.
Tema 4. La nupcialidad. Tasas brutas y específicas. Duración del matrimonio. Uniones de hecho.
Tema 5. La natalidad y la fecundidad. Tasas brutas y específicas. Número de hijos por mujer. El rango de los nacimientos.
Tema 6. Estructura de población. Pirámides de población. El envejecimiento de la población.
Tema 7. La población futura. Procedimientos matemáticos de estimación: Fórmulas de Makeham, Gomperts y curva logística. Método de las componentes.
Tema 8. Los Censos Demográficos en España: Población, Viviendas y Edificios. Objetivos. Métodos de Recogida. Características investigadas.
Tema 9. El movimiento natural de la población en España y los movimientos migratorios.
Tema 10. El padrón municipal. Naturaleza y finalidad. Modelo de gestión. Aprovechamiento con fines estadísticos.
Derecho Público y Organización del Estado
Tema 1. La Constitución española. Contenido y estructura. Los Derechos y Deberes Fundamentales y Libertades Públicas. La Corona. Las Cortes Generales. El Poder Judicial. El Tribunal Constitucional.
Tema 2. La Administración Pública: principios constitucionales informadores. Organización de la Administración del Estado: Órganos superiores y directivos. La Administración periférica del Estado. La Organización Territorial del Estado: Comunidades Autónomas y Corporaciones Locales.
Tema 3. El Derecho Administrativo. Fuentes. La ley. Clases de Leyes. El Reglamento. El acto administrativo. Concepto y clases. Eficacia y validez de los actos. Revisión, anulación y revocación. El control jurisdiccional de la Administración.
Tema 4. La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: ámbito de aplicación y principios informadores. El procedimiento administrativo. Los derechos de los ciudadanos en sus relaciones con las Administraciones Públicas.
Tema 5. El personal al servicio de las Administraciones Públicas. Normativa básica. Los derechos y deberes de los funcionarios públicos. Estructura de la Función Pública del Estado. Acceso, promoción y provisión de puestos de trabajo. Situaciones administrativas. El personal laboral. Selección y contratación.
Tema 6. El personal laboral al servicio de la Administración del Estado. Selección y contratación. Derechos y deberes. Los Convenios Colectivos. Órganos de representación.
Tema 7. La Ley 12/1989 de la Función Estadística Pública de 9 de mayo de 1989. Principios Generales de la Función Estadística Pública. La recogida de datos. Secreto estadístico. Difusión de la información estadística. Infracciones y sanciones. Los Servicios estadísticos del Estado. El Consejo Superior de Estadística.
Tema 8. Ley Orgánica del Régimen Electoral General: La Administración electoral española. La Oficina del Censo Electoral: Ubicación, competencias, organización y actuaciones en los procesos electorales. El Censo Electoral: Composición e inscripción.–Gestión continua.
Tema 9. Los Presupuestos Generales del Estado en España. El gasto público en España. Análisis funcional y su valoración. El control del gasto público en España.
Tema 10. Políticas de Igualdad de Género: La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad efectiva de mujeres y hombres. Políticas contra la Violencia de Género: La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. Políticas dirigidas a la atención de personas discapacitadas y/o dependientes: La Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.
ANEXO III
Tribunal calificador de las pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Diplomados en Estadística del Estado
Tribunal titular
Presidente: Antonio M. Salcedo Galiano, Cuerpo Superior de Estadísticos del Estado.
Vocales:
Montserrat Herrador Cansado, Cuerpo Superior de Estadísticos del Estado.
José Martínez de Dios, Cuerpo de Profesores Titulares de Escuelas Universitarias.
Mónica Ceñal Gonzalez, Cuerpo de Diplomados en Estadística del Estado.
Secretaria: M. Nieves Plaza García, Escala Técnica de Gestión de OO.AA.
Tribunal suplente
Presidente: Antonio Jesús Argüeso Jiménez, Cuerpo Superior de Estadísticos del Estado.
Vocales:
David Salgado Fernández, Cuerpo Superior de Estadísticos del Estado.
M. Pilar Grau Carles, Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad.
Teresa Paradinas Zorrilla, Cuerpo de Diplomados en Estadística del Estado.
Secretaria: M. Rosario López González, Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social.
El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todos o alguno de los ejercicios.
ANEXO IV
Instrucciones para cumplimentar la solicitud
Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y en las siguientes instrucciones particulares.
En el recuadro «Centro Gestor», se consignará «Subsecretaría».
En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», se consignará «Cuerpo de Diplomados en Estadística del Estado».
En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará «L» (Libre/Nuevo Ingreso).
En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará «Ministerio de Economía y Competitividad».
En el recuadro 19, se consignará la fecha del «Boletín Oficial del Estado» en el que haya sido publicada la convocatoria.
En el recuadro 20, «Provincia de examen», se consignará «Madrid».
En el recuadro 21, «Grado de discapacidad», los aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje de discapacidad que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.
En el recuadro 24, «Títulos académicos oficiales», se consignará el título académico que posea o esté en condición de poseer y que cumpla los requisitos de la base 4.
En el recuadro 25, apartado A, se consignará la titulación poseída.
El importe de la tasa por derechos de examen será, con carácter general, de 22,20 euros y para las familias numerosas de categoría general, la cuantía será de 11,10 euros.
El ingreso del importe correspondiente a los derechos de examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta corriente número ES06 0182-2370-49-0200203962 del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria a nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. Derechos de examen». El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria.
Estarán exentas del pago de esta tasa:
a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.
b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.
La certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o promesa escrita del solicitante. Ambos documentos deberán acompañarse a la solicitud.
c) Las familias numerosas de categoría especial, en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección de la Familia Numerosa, tendrán derecho a una exención del 100 por 100 de la tasa. La condición de familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título actualizado.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen o de encontrarse exento determinará la exclusión del aspirante.
De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios públicos, procederá la devolución de las tasas que se hubieran exigido, cuando no se realice su hecho imponible por causas no imputables al sujeto pasivo. Por tanto, no procederá devolución alguna de los derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por causa imputable al interesado.
En aquellos casos en que, con arreglo a los dispuesto en la normativa vigente, proceda la devolución de ingresos indebidos de la tasa, será necesario, para instar la devolución, solicitud expresa del interesado en la que deberán figurar inexcusablemente los siguientes datos: nombre y apellidos, NIF, domicilio y cuenta corriente (veinte dígitos), a donde ha de realizarse la transferencia bancaria de devolución, acompañando al original de la solicitud el «ejemplar para el interesado» del impreso modelo 790.
En ningún caso la presentación y pago en las oficinas a que se hace referencia supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.

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