Vistas las propuestas formuladas por el Tribunal Calificador de los procesos selectivos para el ingreso, por el sistema general de acceso libre y por promoción interna, en el Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda Pública, convocados por Resolución de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de 11 de marzo de 2013 («Boletín Oficial del Estado» de 21 de marzo),
Esta Presidencia ha resuelto:
Primero.
Hacer públicas las relaciones de los aspirantes que han superado los procesos selectivos convocados por la citada Resolución de 11 de marzo de 2013, para el ingreso, por el sistema general de acceso libre y por promoción interna, en el Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda Pública que figuran como anexos I.1 y I.2 de esta resolución, por el orden de puntuación obtenida, con indicación del documento de identidad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración del Estado.
Segundo.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 23 del citado Reglamento, los aspirantes que figuran en los citados anexos I.1 y I.2, deberán presentar en el plazo de veinte días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado», en el Departamento de Recursos Humanos, Subdirección Adjunta de Selección y Formación, de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, calle Lérida 32-34, 28020 Madrid, en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la siguiente documentación:
A) Autorización a la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 522/2006 y la Orden/PRE/3949/2006, para realizar la consulta de identificación personal a través del sistema de verificación de datos de identidad, según el modelo que figura como anexo II a esta resolución. En caso de no autorizar la consulta deberá aportar fotocopia del documento de identidad.
B) Fotocopia compulsada del título exigido en la convocatoria o certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios para la obtención del título, o título académico de nivel superior al exigido en la convocatoria. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá aportarse fotocopia compulsada de la credencial que acredite su homologación.
C) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, según el modelo que figura como anexo III a esta resolución.
D) Los aspirantes que hayan accedido por el cupo de reserva para personas con discapacidad, deberán acreditar tal condición mediante certificación de los órganos competentes de la Comunidad Autónoma correspondiente, o en su caso, del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
Asimismo deberán solicitar, en su caso, de conformidad con los artículos 9 y 10 del Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, «BOE» del 17, la alteración de orden de prelación para la elección de plazas por los motivos establecidos en el citado artículo 9 acreditándolo debidamente y/o adaptación del puesto o puestos de trabajo correspondientes, adjuntando informe expedido por el órgano competente en esta materia que acredite la necesidad de la adaptación y la compatibilidad con el desempeño de funciones que tenga atribuido el puesto o puestos solicitados.
Además, los aspirantes que hayan superado el proceso selectivo por promoción interna, deberán presentar:
E) Certificación del Registro Central de Personal o Unidad de Recursos Humanos del Ministerio u Organismo del que dependieren para acreditar la condición de funcionarios del Cuerpo o Escala del Subgrupo C2 a que pertenezcan y la antigüedad en el mismo según modelo que figura como anexo IV a esta resolución.
F) Solicitud o renuncia de destino en la localidad donde se ubica su puesto de trabajo actual en el modelo que figura con anexo V.
Tercero.
La petición de destinos deberá efectuarse de forma telemática de acuerdo con lo establecido en la base 2 de la convocatoria, previa publicación de la oferta de los mismos en la Sede Electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria
Cuarto.
Contra la presente resolución, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Presidente de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en el plazo de un mes desde su publicación, o bien recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde su publicación, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Madrid, 17 de diciembre de 2013.–El Presidente de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, P.D. (Resolución de 24 de junio de 1999), el Director del Departamento de Recursos Humanos, Manuel José Rufas Vallés.
Para ver los anexos pinchar en el enlace de arriba.
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