en el Registro General de éste Ayuntamiento, o a
través de las demás formas previstas en el artículo 38.4
de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
ProcedimientoAdministrativo Común, se presentarán
en el plazo deVEINTEDÍASNATURALES contados
a partir del siguiente al de la publicación del anuncio
en el Boletín Oficial de la Provincia, y se dirigirán
el Sr. Alcalde - Presidente de la Corporación. A la
instancia se acompañará fotocopia legible del documento
nacional de identidad o documentación acreditativa
correspondiente, titulación exigida, yméritos a valorar
en la fase de concurso, debidamente compulsados o
cotejados por el Departamento de Personal de este
Ayuntamiento, así como tasas de derechos de examen.
Los derechos de examen que se fijan en la cantidad
de 25 euros, conforme a al ordenanza fiscal reguladora
de la tasa por derechos de examen, serán satisfechos
por los aspirantes mediante ingreso en la cuenta
corriente número 2052/8021/61/3500012705 de la
Caja deCanarias, indicando en el concepto “TÉCNICO
EN INFORMÁTICA”, así como el nombre del
aspirante. Estos no podrán ser devueltos más que en
el caso de no ser admitidos al procedimiento selectivo,
una vez elevada a definitiva la relación de aspirantes.
Si alguna de las instancias adolece de algún defecto,
se requerirá al interesado para que en el plazo de
DIEZDÍASNATURALES, subsane la falta o acompañe
los documentos preceptivos, con apercibimiento de
que, si así no lo hiciere, se archivará su instancia sin
más trámites y será excluido de la lista de aspirantes.
Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier
momento de oficio o a petición del interesado.
CUARTA. ADMISIÓN DE ASPIRANTES.
Expirado el plazo de presentación de instancias, se
dictará resolución declarando aprobada la lista
provisional de aspirantes admitidos y excluidos, con
indicación de las causas de exclusión, que se hará pública
en el Tablón de Anuncios de la Corporación,
concediéndose un plazo de CINCO DIAS HABILES
para oír reclamaciones o subsanar posibles defectos,
a partir del siguiente a la publicación del anuncio. En
las listas deberán constar en todo caso los apellidos,
nombre y número del documento nacional de identidad.
Dichas reclamaciones, si las hubiere, serán aceptadas
o rechazadas en la resolución por la que se apruebe
la lista definitiva, que se expondrán en el Tablón de
Anuncios del Ayuntamiento. De no presentarse
reclamaciones se entenderá elevada a definitiva la lista
provisional.
El resto de anuncios se harán públicos en los tablones
de edictos de este Ayuntamiento (Departamento de
Personal, calle Profesor Francisco Cruz - Telde).
Contra la aprobación de la lista definitiva de
admitidos/excluidos que pone fin a la vía administrativa
se podrá interponerRecursoContenciosoAdministrativo
ante dicho orden jurisdiccional.
QUINTA. TRIBUNAL CALIFICADOR
PRESIDENTE. Funcionario de carrera o sustituto
SECRETARIO. Funcionario de carrera o sustituto
VOCALES.
1. Funcionario de carrera o sustituto.
2. Funcionario de carrera o sustituto.
3. Funcionario de carrera o sustituto.
La actuación del Tribunal habrá de ajustarse a las
Bases de la Convocatoria. El Secretario actuará con
voz y voto.
No podrá formar parte el personal de elección o de
designación política, los funcionarios interinos y el
personal eventual. La pertenencia al órgano de selección
será a título individual, no pudiendo ostentarse ésta
en representación o por cuenta de nadie, y se tenderá
a la paridad entre mujer y hombre.
A efectos de lo dispuesto en el Real Decreto
462/2002, artículo 30 - anexo 4, sobre indemnizaciones
por Razón del Servicio, se califica al Tribunal como
de categoría de primera.
El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus
trabajos de asesores especialistas o colaboradores
para las pruebas correspondientes de los ejercicios que
estimen pertinentes, limitándose estos a prestar su
colaboración en sus especialidades técnicas, percibiendo
las mismas dietas que los componentes vocales
miembros del Tribunal y a razón de las sesiones en
las que actúen. La designación de tales asesores
deberá comunicarse al Alcalde-Presidente.
DESARROLLO DE LAS PRUEBAS.
El procedimiento selectivo se efectuará mediante
el sistema de concurso - oposición.
El inicio de los ejercicios de laOposición, será hecho
público en el Tablón de Edictos de la Corporación.
La fecha de los restantes ejercicios se publicará
oportunamente en el Tablón de Edictos.
En cualquier momento los aspirantes podrán ser
requeridos pormiembros del Tribunal con la finalidad
de acreditar su personalidad.
Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio
en único llamamiento, siendo, en todo caso, excluidos
quienes no comparezcan al mismo, dado el carácter
de unidad de acto de la convocatoria.
En cualquier momento del proceso selectivo, si el
Tribunal tuviese conocimiento de que alguno de los
aspirantes no posee la totalidad de los requisitos
exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia
del interesado, deberá proponer su exclusión al Sr.
Alcalde-Presidente del Ayuntamiento convocante,
comunicándole, asimismo, las inexactitudes o falsedades
formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión
a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.
SÉPTIMA. FASES OPOSICIÓN YCONCURSO.
La fase de Oposición será previa a la fase de
concurso.
FASE DE OPOSICIÓN.
Para la realización de los ejercicios de la fase de
oposición, se garantizará el anonimato de los aspirantes,
para lo cual el Tribunal Calificador adoptará las
medidas oportunas, y consistirá en la realización de
los siguientes ejercicios:
1º Ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito,
en un tiempomáximo de dos horas, dos temas extraídos
al azar entre los que figuran en el programa anexo a
esta Convocatoria, uno de la primera parte y otro de
la segunda.
Este ejercicio tendrá carácter eliminatorio y se
valorará de 0 a 10 puntos, debiéndose obtener para
superar el ejercicio una calificación mínima de 5
puntos, quedando excluidos aquellos aspirantes con
puntuación inferior a 5 puntos. La puntuación de
cada aspirante, será la media aritmética de las
calificaciones de losmiembros del Tribunal asistentes
a la sesión, teniendo lamisma importancia ambos temas
en su valoración, esto es, el buen nivel en la exposición
de un tema, no servirá para compensar el bajo nivel
del otro, consecuentemente, se deben superar ambos
temas con una puntuación mínima de cinco puntos.
2º) Ejercicio:De carácter obligatorio y eliminatorio
para todos los aspirantes. Consistirá en desarrollar por
escrito en un tiempomáximo de una hora, un supuesto
práctico, extraído al azar entre tres supuestos propuestos
por el Tribunal Calificador, en el momento del
comienzo de la prueba, relacionado con las funciones
propias de la plaza objeto del procedimiento selectivo.
Esta prueba se calificará de 0 a 10 puntos, debiéndose
obtener al menos 5 puntos para superar la prueba.
FASE DE CONCURSO.
Esta fase no tendrá carácter eliminatorio, se efectuará
previamente a la fase de oposición, y su valoración
se realizará de la forma siguiente:
a) Antigüedad: Por haber prestados servicios en
Administraciones Públicas o Empresas Públicas en
funciones iguales a las del objeto de la convocatoria,
0,50 puntos por año hasta un máximo de 3 puntos.
b) Por poseer titulación de licenciado en Informática
o equivalente un 1 punto.
Los puntos obtenidos en la fase de concurso, que
no podrán ser en ningún caso superior a cuatro, se
sumarán a la puntuación final, a los efectos de
establecer el orden definitivo de aspirantes aprobados.
Estos puntos no podrán ser aplicados para superar los
ejercicios de la fase de oposición.
OCTAVA. CALIFICACION DEFINITIVA:
La calificación definitiva de los aspirantes, vendrá
dada por la suma de las calificaciones de los ejercicios
de la fase de oposición y divididos por dos, y al
resultado se le sumará a la fase de concurso.
En caso de empate se resolverá a favor del aspirante
que posea mayor antigüedad. De persistir el empate,
se resolverá a favor del que hubiera obtenido mayor
SEXTA. PROCEDIMIENTO. COMIENZO Y
calificación en el primer ejercicio de la fase de
oposición, y de continuar, el segundo ejercicio.
En el Tribunal Calificador no podrá proponer un
número superior de aprobados al de plazas convocadas,
no obstante, y con el fin de asegurar su cobertura, de
producirse renuncias de los aspirantes seleccionados,
antes de su nombramiento o posesión de la plaza, el
órgano convocante podrá requerir del órgano de
selección relación complementaria de los aspirantes
que sigan a los propuesto, para su posible nombramiento.
NOVENA. RELACIÓN DE APROBADOS,
PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS Y
NOMBRAMIENTOS.
Concluidas las pruebas y a propuesta del Tribunal
Calificador, por la autoridad convocante se procederá
al nombramiento de funcionarios de interino,mediante
Resolución preceptiva.
DÉCIMA. TOMA DE POSESIÓN.
Una vez aprobada la propuesta por la Corporación,
el/la opositor/a nombrado/a deberá tomar posesión en
el plazo de TREINTA DÍAS HÁBILES, contados a
partir del siguiente en que le sea notificado el
nombramiento; aquellos que no tomen posesión en
dicho plazo, sin causa justificada, quedarán en situación
de cesantes.
DÉCIMO PRIMERA. INCIDENCIAS.
El Tribunal Calificador queda autorizado para
resolver las dudas que se presenten y tomar los
acuerdos necesarios para el buen funcionamiento de
la Oposición en todo lo no previsto en estas Bases,
en el Estatuto Básico del Empleado Público (Ley
7/2007 de 12 de abril), Real Decreto 896/1991, de 7
de junio, RealDecreto 364/1995, de 10 demarzo, Ley
7/85, de 2 de abril, RealDecreto Legislativo 781/1986,
de 18 de Abril y demás disposiciones legales y
reglamentarias de aplicación.
DECIMO SEGUNDA. IMPUGNACIÓN.
Las Bases, su Convocatoria y cuantos actos
administrativos se deriven de la misma y de la
actuación del Tribunal, podrán ser impugnados por
los interesados en los casos y en la forma establecidos
en la Legislación en vigor.
Ciudad de Telde, a 7 de diciembre de 2011.
LACONCEJALADEGOBIERNODELÁREADE
DESARROLLOLOCAL, INDUSTRIA,COMERCIO,
PYMES, IGUALDAD DE OPORTUNIDADES Y
DERECHOS DE LA MUJER, RECURSOS
HUMANOS, PREVENCIÓN DE RIESGOS
LABORALES, Sonsoles Jiménez Martín.
ANEXO I
Temario General
1. El acto administrativo: Concepto. Elementos.
Clasificación. Invalidez. Derecho positivo español.
Principios generales del procedimiento administrativo:
concepto.Clases.Fases del procedimiento administrativo:
principios.Normas reguladoras.Días y horas hábiles.
Cómputo de plazos. Fases. Referencia a los recursos
administrativos: concepto. Clases. Interposición.
Suspensión de la ejecución. Audiencia al interesado.
Resolución.
2. Organización Municipal: Concepto. Clases de
órganos. Estudio de cada uno de los órganos.
Competencias: Conceptos y clases. Legislación
española.
3. Relaciones entre Entes Territoriales: Ámbito que
comprende. Distribución de competencias.
Descentralización administrativa.Autonomíamunicipal
y tutela: Autonomía local. La tutela administrativa.
Tutela de las Corporaciones locales y sus formas de
ejercicio.
4. Los funcionarios propios de las Entidades Locales:
Estructuración y funciones. Selección y provisión de
puestos de trabajo. Nombramiento, adquisición y
pérdida de la condición de funcionario. La promoción
interna. Funcionarios interinos. El personal eventual.
5. Las situaciones administrativas de los funcionarios
locales. Derechos de los funcionarios. Deberes de los
funcionarios locales e incompatibilidades. ElDerecho
sancionador disciplinario.
Temario Específico
1. La legislación de protección de datos de carácter
personal. La LeyOrgánica 15/1999, de 13 de diciembre,
de Protección deDatos de Carácter Personal (LOPD).
2. Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico
de los ciudadanos a los Servicios Públicos.
3. Legislación de firma electrónica. La Ley 59/2003,
de 19 de diciembre, de firma electrónica y normativa
que la desarrolla. Aplicación de la firma electrónica
a los procesos de gestión. DNI Electrónico.
4. Redes de Área Local de datos. Tecnologías,
protocolos y equipamiento.
5. LAN’s inalámbricas: Wi-Fi, Wi-Max, PLC.
Bluetooth. Seguridad, normativa reguladora.Ventajas
e inconvenientes.
6. Interconexión de redes de área local.Dispositivos
de interconexión. Direccionamiento.
7. Arquitectura de las redes Internet, Intranet y
Extranet. Concepto, estructura y características. Su
implantación en las organizaciones. Políticas de
seguridad.
8. Calidad de Servicio en redes IP y LAN. Técnicas
y Protocolos. Redes privadas virtuales.
9. Seguridad perimetral de redes informáticas.
Conceptos básicos. Amenazas. Mecanismos de
Protección. Cortafuegos.
10. Seguridad en Redes: Certificados digitales y
autoridades de certificación. Firma Digital.
11. Sistema operativoWindows. Administración y
Arquitecturas del sistema. Sistemas de archivos.
12. El correo electrónico. Protocolos: SMTP, POP,
IMAP, Arquitectura. Mecanismos de seguridad.
13. Accesibilidad y usabilidad. Estándares WAI
del 3WC.
14. Fundamentos de bases de datos: Conceptos.
Modelos de datos. Lenguajes de BBDD. Gestión de
transacciones. Gestión de almacenamiento.
15. El lenguaje SQL. Características generales.
Estructura.
PorResolución de laConcejala deGobierno delÁrea
de Desarrollo Local, Industria, Comercio, Pymes,
Igualdad de Oportunidades y Derechos de la Mujer,
RecursosHumanos, Prevención de Riesgos Laborales
y Distrito Centro, número 5.087, de fecha 7 de
diciembre de 2011, se acordó aprobar la presente
convocatoria, con arreglo a las siguientes
BASES:
PRIMERA. OBJETO DE LACONVOCATORIA.
Es objeto de la presente convocatoria la cobertura
en interinidad por el procedimiento de acceso libre,
sistema de Concurso-Oposición, como funcionario de
carrera de unTÉCNICOMEDIOENINFORMÁTICA,
de la Escala de Administración Especial, encuadrada
en grupo de clasificaciónA, SubgrupoA2, establecido
en el artículo 76 de Ley 7/2007, de 12 de abril, del
Estatuto Básico del Empleado Público, vacante en la
plantilla de Personal de este Ayuntamiento.
SEGUNDA.REQUISITOSDE LOSASPIRANTES
Para tomar parte en la selección es necesario reunir
los siguientes requisitos y acreditarlos documentalmente:
a. Ser ciudadano español, nacionales de los Estados
miembros de la Unión Europea, o incluidos en el
ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales
celebrados por la Unión Europea, todo ello conforme
a las prescripciones de lo dispuesto en el artículo 57
de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico
del Empleado Público (E.B.E.P.).
b. Estar en posesión del título de Ingeniero Técnico,
Arquitecto Técnico, Diplomado Universitario o
equivalente.
c. No haber sido separado mediante expediente
disciplinario del servicio, ni hallarse inhabilitado
para el desempeño de las correspondientes funciones.
d. Poseer la capacidad funcional para el desempeño
de las tareas. No padecer enfermedad o defecto físico
que impida el normal ejercicio de la función.
Todos los requisitos deberán poseerse en el día de
finalización del plazo de presentación de solicitudes
ymantenerse hasta elmomento de la toma de posesión
como funcionario en interinidad.
TERCERA. INSTANCIAS.
Las instancias solicitando tomar parte en las pruebas
selectivas en la que los aspirantes deberánmanifestar
que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos
en la Base Segunda de la convocatoria se presentarán
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