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sábado, 11 de noviembre de 2017

Convocatoria pública para la provisión del cargo de Juez de Paz sustituto del Juzgado de Paz del municipio (FASNIA)

En el BOP del 30/10 se ha publicado en la página 30880:

Convocatoria pública para la provisión del cargo de Juez de Paz Sustituto del Juzgado de Paz del municipio de Fasnia. Don Damián Pérez Viera, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Fasnia. Hace saber: 1º.- Que está próximo a finalizar el periodo de cuatros años para el que fue nombrado el actual Juez de Paz Sustituto del Juzgado de Paz de esta Localidad. 2º.- Que la elección de Juez de Paz se efectuará por el Pleno del Ayuntamiento de Fasnia entre las personas que, reuniendo las condiciones legales, así lo soliciten. Si no hubiera solicitantes, el Pleno elegirá libremente con sujeción al procedimiento legalmente establecido en la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y Reglamento número 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz. 3º.- Los Jueces de Paz percibirán una retribución con arreglo a los módulos que se fijen en la Ley de Presupuestos Generales del Estado en función del número de habitantes de derecho de la localidad. La percepción de dicha retribución será compatible con las percepciones ordinarias obtenidas por los interesados en el ejercicio de actividades profesionales o mercantiles y en ningún caso supondrá reconocimiento de dependencia alguna con respecto al Ayuntamiento. 4º.- Los Jueces de Paz serán nombrados para un período de cuatro años por la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Canarias. 5º.- Podrán ser nombrados Jueces de Paz, quienes, aun no siendo Licenciados en Derecho, reúnan los siguientes requisitos: a) Ser español y mayor de edad. b) No estar impedido física o psíquicamente para la función judicial. c) No haber sido condenado por delito doloso mientras no hayan obtenido la rehabilitación. d) No haber sido procesado o inculpado por delito doloso en tanto no sean absueltos o se dicte auto de sobreseimiento. e) Estar en pleno ejercicio de sus derechos civiles. 6º.- Con tal finalidad, se abre un período de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que todas las personas interesadas que reúnan los citados requisitos puedan presentar en este Ayuntamiento, por escrito dirigido a esta Alcaldía, su correspondiente solicitud, acompañada de los documentos siguientes: a) Copia compulsada del D.N.I. b) Certificado Médico de no estar impedido física o psíquicamente para la función judicial. c) Declaración jurada de compatibilidad para el cargo. d) Currículum. Lo que se hace público para general conocimiento. En Fasnia, a 13 de octubre de 2017. El Alcalde-Presidente, Damián Pérez Viera.

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