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martes, 25 de abril de 2017

Rectificación de la bases específicas de la convocatoria para la provisión de una plaza de Auxiliar Administrativo (CABILDO INSULAR DE EL HIERRO)

En el bOP del 21/04 se ha publicado en las páginas 20030-20032:

Por la Presidencia del Excmo. Cabildo Insular de El Hierro con fecha 10 de abril de 2017 y con nº 472/17, se ha dictado la siguiente Resolución: “Por acuerdo del Consejo de Gobierno Insular del Excmo. Cabildo Insular de El Hierro, de fecha 28 de diciembre de 2015, se aprobó la Oferta de Empleo Público del Cabildo Insular de El Hierro para el año 2015 (BOP nº 10, de fecha 22 de enero de 2016). Mantenida la negociación con los representantes sindicales, según consta en el acta de la Mesa de Negociación del Personal Funcionario, celebrada con fecha 30 de junio de 2016, para la aprobación de las Bases Específicas que han de regir la convocatoria para la provisión, como funcionario de carrera, por el procedimiento de concurso-oposición libre, de una plaza de Auxiliar Administrativo, Grupo C, Subgrupo C2, vacante en la plantilla de personal funcionario del Cabildo Insular de El Hierro, modificándose aspectos puntuales de las referidas Bases. Por acuerdo del Consejo de Gobierno Insular del Excmo. Cabildo Insular de El Hierro, de fecha 04 de julio de 2016, se aprobaron las Bases Específicas que han de regir la convocatoria para la provisión, como funcionario de carrera, por el procedimiento de concurso-oposición libre, de una plaza de Auxiliar Administrativo, Grupo C, Subgrupo C2, vacante en la plantilla de personal funcionario del Cabildo Insular de El Hierro (BOP nº 92, de fecha 01 de agosto de 2016), así como delegar en la Presidencia el desarrollo del procedimiento selectivo regulado en las bases, así como los actos integrados en el mismo. Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 48, viernes 21 de abril de 2017 20031 Visto lo establecido en la base octava, “Sistema selectivo, Concurso”, que recoge: “Concurso: (puntuación máxima 2 puntos). Esta fase no tendrá carácter eliminatorio y, en ningún caso podrá aplicarse la puntuación obtenida en ella para superar los ejercicios de la fase de oposición. La valoración de los méritos sólo se realizará una vez celebrada la fase de oposición y respecto de los candidatos que hayan superado ambos ejercicios. Los méritos alegados deberán poseerse en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes, disponiendo de un plazo de 10 días hábiles para acreditarlos, a partir de la publicación de la lista de aprobados de la fase de oposición. En esta fase se valorarán los méritos alegados por los aspirantes que hubieran superado la fase de oposición y que hayan sido acreditados documentalmente, hasta un máximo de 2 puntos. Experiencia profesional: a) Por servicios prestados como personal funcionario en la Administración Pública, en puestos clasificados en el grupo C, subgrupo C2, con titulación de Educación Secundaria Obligatoria, Graduado Escolar o equivalente : 0,10 puntos por mes completo trabajado, hasta un máximo de 1 punto. Para acreditar la experiencia profesional se aportará documento administrativo o certificación expedida por el órgano competente de la Administración en donde se haya prestado los servicios, en el que se especifique el nombre, el puesto/categoría, así como período de cobertura. b) Los servicios efectivos prestados en la empresa privada como Auxiliar Administrativo, o equivalente que tengan relación con las funciones descritas en la base segunda a razón de 0,05 puntos por mes de servicio, hasta un máximo de 0,5 puntos. Para acreditar la experiencia profesional en empresa privada, se aportará certificado empresarial en el que conste la categoría empresarial y el período de cobertura, o en su defecto, contrato de trabajo. Y considerando que se debe incorporar como mérito la experiencia laboral en la Administración Pública. Vista la Resolución de la Presidencia nº 1826/16, de fecha 10 de noviembre de 2016, en la que se aprobó la lista provisional de admitidos y excluidos de la referida convocatoria (BOP nº 140, de fecha 21 de noviembre de 2016). Mantenida la negociación con los representantes sindicales, según consta en el acta de la Mesa de Negociación del Personal Funcionario, de fecha 07 de abril de 2017. Vista la Propuesta formulada por la Sra. Consejera de Recursos Humanos de fecha 10 de abril de 2017. En base a los antecedentes expuestos, y en uso de las facultades conferidas en el artículo 62 de la Ley 8/2015, de 1 de abril, de Cabildos Insulares, y a la delegación aprobada en Consejo de Gobierno Insular de fecha 4 de julio de 2016, conforme, igualmente, a lo determinado en la base sexta de la convocatoria, por medio de la presente, Resuelvo: Primero: rectificar la base octava, denominada “Sistema selectivo, Concurso” de las Bases Específicas que han de regir la convocatoria para la provisión, como funcionario de carrera, por el procedimiento de concurso-oposición libre, de una plaza de Auxiliar Administrativo, Grupo C, Subgrupo C2, vacante en la plantilla de personal funcionario del Cabildo Insular de El Hierro (BOP nº 92, de fecha 01 de agosto de 2016), en el siguiente sentido: “Concurso: (puntuación máxima 2 puntos). Esta fase no tendrá carácter eliminatorio y, en ningún caso podrá aplicarse la puntuación obtenida en ella para superar los ejercicios de la fase de oposición. La valoración de los méritos sólo se realizará una vez celebrada la fase de oposición y respecto de los candidatos que hayan superado ambos ejercicios. Los méritos alegados deberán poseerse en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes, disponiendo de un plazo de 10 días hábiles para acreditarlos, a partir de la publicación de la lista de aprobados de la fase de oposición. 20032 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 48, viernes 21 de abril de 2017 En esta fase se valorarán los méritos alegados por los aspirantes que hubieran superado la fase de oposición y que hayan sido acreditados documentalmente, hasta un máximo de 2 puntos. Experiencia profesional: a) Por servicios prestados como personal funcionario en la Administración Pública, en puestos clasificados en el grupo C, subgrupo C2, o grupo equivalente para el personal laboral, con titulación de Educación Secundaria Obligatoria, Graduado Escolar o equivalente: 0,10 puntos por mes completo trabajado, hasta un máximo de 1 punto. Para acreditar la experiencia profesional se aportará documento administrativo o certificación expedida por el órgano competente de la Administración en donde se haya prestado los servicios, en el que se especifique el nombre, el puesto/categoría, así como período de cobertura. b) Los servicios efectivos prestados en la empresa privada como Auxiliar Administrativo, o equivalente que tengan relación con las funciones descritas en la base segunda a razón de 0,05 puntos por mes de servicio, hasta un máximo de 0,5 puntos. Para acreditar la experiencia profesional en empresa privada, se aportará certificado empresarial en el que conste la categoría empresarial y el período de cobertura, o en su defecto, contrato de trabajo”. Segundo: abrir nuevo plazo de presentación de instancias que será de 20 días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación del extracto de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Estado, manteniéndose la lista provisional de admitidos y excluidos publicada en el BOP nº 140, de fecha 21 de noviembre de 2016, que será modificada una vez se cumplan los plazos establecidos en la presente convocatoria. Tercero: publíquese texto íntegro de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia, y su extracto en el Boletín Oficial del Estado a efectos del cómputo del plazo de presentación de instancias, publicándose en la página web y en el Tablón de Anuncios de la Corporación y comuníquese a los sindicatos de UGT y CCOO y al Presidente de la Junta de Personal, a los efectos oportunos”. Lo que se hace público para general conocimiento, en Valverde de El Hierro, a 12 de abril de 2017. La Presidenta, María Belén Allende Riera.

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