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lunes, 11 de enero de 2016

RESOLUCIÓN de 30 de diciembre de 2015, por la que se modifica la Resolución de 9 de diciembre de 2015, por la que se convocan contratos predoctorales para la formación de Doctores. (UNIVERSIDAD LA LAGUNA)

En el BOC de hoy se ha publicado:


Publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 244, de fecha 17 de diciembre de 2015, la Resolución de 9 de diciembre de 2015 de este Vicerrectorado, por la que se efectúa convocatoria de contratos predoctorales para la formación de doctores, y habiéndose advertido errores en su redacción, se procede a efectuar las siguientes rectificaciones:
Primero.- Modificar la base 8 de la convocatoria, cuyo contenido queda como sigue:
"8.- Director o co-director de tesis.
8.1. Los solicitantes deberán contar con un director o co-director para la elaboración de la tesis doctoral correspondiente, quién además avalará la solicitud. El director o co-director de la tesis deberá participar (en el equipo de investigación o en el equipo de trabajo) en un proyecto de investigación en el que participe la ULL concedido o vigente en los años 2013, 2014 o 2015.
8.2. El director o co-director de la tesis deberá tener vinculación con la ULL, bien funcionarial o laboral, bien a través de convenios con la ULL que contemplen la dirección de tesis doctorales. Tanto la duración del contrato como la vigencia del convenio del director o co-director de la tesis debe de coincidir al menos con la duración del contrato predoctoral.
8.3. Un director o co-director de tesis solo podrá respaldar una solicitud de ayuda. En el caso de se avale más de una solicitud se desestimará todas las solicitudes afectadas.
8.4. El director o co-director de la tesis deberá estar encuadrado en alguna de las líneas de investigación que se integren en el correspondiente programa de doctorado.
8.5. Todas las menciones que se hagan en la presente convocatoria referidas al director de la tesis se entienden hechas al co-director de la tesis, en el caso de que sea este el que avale la solicitud."
Segundo.- Modificar la letra a) del punto 2 del número 3 del Anexo 2 de la convocatoria, de forma que donde dice: "a) Investigador principal proyecto de investigación vigente a fecha 1 de enero de 2013", debe decir: Investigador principal proyecto de investigación concedido o vigente en los años 2013, 2014 o 2015".
Tercero.- Modificar la letra b) del punto 2 del número 3 del Anexo 2 de la convocatoria, de forma que donde dice. "Miembro proyecto de investigación/equipo de trabajo vigente a fecha 1 de enero de 2013", debe decir: "Miembro proyecto de investigación/equipo de trabajo concedido o vigente en los años 2013, 2014 o 2015".
Cuarto.- Eliminar la letra K) de la base novena de la convocatoria y el Anexo 10 de la convocatoria.
Quinto.- En la letra h) de la base 9.3 de la convocatoria, donde dice: "Currículum vitae normalizado del solicitante y documentos acreditativos de los méritos alegados", debe decir: "Currículum en formato CVN de la FECYT (editor de currículum vitae de la FECYT: https://cvn.fecyt.es/editor/#HOME), y documentos acreditativos de los méritos alegados".
Sexto.- La presente Resolución supone la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes. Dado que la Universidad de La Laguna cerrará sus instalaciones en el periodo comprendido entre el 31 de diciembre de 2015 y el 6 de enero de 2016, ambos inclusive, el plazo de presentación de solicitudes comenzará el 8 de enero de 2016. En caso de que la publicación de la presente modificación sea en dicha fecha o posterior, el plazo se iniciará al día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.
Contra la presente Resolución podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición, ante el órgano que la dictó, en el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de Canarias de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Alternativamente, podrá recurrirse en vía contencioso-administrativa ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.
La Laguna, a 30 de diciembre de 2015.- El Vicerrector de Investigación, Francisco Almeida Rodríguez.

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