Se convoca proceso selectivo para la provisión por funcionario de carrera de 7 plazas de Agentes Bomberos, mas las vacantes que se produzcan hasta la finalización de proceso selectivo, de la plantilla del Servicio de Extinción de Incendios y Salvamento, pertenecientes a la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Clase Bomberos, Grupo C, SubgrupoC2, que figuran en la Oferta de Empleo Público del año 2009 y se encuentran dotadas presupuestariamente con el sueldo anual, pagas extras, residencia, trienios y demás retribuciones que le correspondan con arreglo a la legislación vigente y convenios establecidos por esta Corporación con los órganos de representación sindical.Los aspirantes que accedan a estas plazas tendrán la obligación de la conducción de los vehículos del servicio y quedarán sometidos desde el momento de su toma de posesión, al régimen de incompatibilidades vigente.
A las presentes pruebas selectivas les será de aplicación la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público y en aquello que no esté derogado o no se oponga a la citada Norma, la Ley 7/1985 de 2 de abril; Ley 30/1984 de 2 agosto, R.D. Legislativo 781/1984 de 17 de abril; R.D. 896/91 de 7 de Junio, las Bases de la presente convocatoria y el R.D. 364/1.995 de 10 de marzo por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso en la Administración del Estado.
Base segunda. Requisitos que deben reunir los aspirantes para tomar parte del proceso selectivo.
Para participar en esta convocatoria será necesario reunir los requisitos que a continuación se indican, de acuerdo con las condiciones generales de capacidad para el ingreso al servicio de laAdministración Local, establecidas en el artículo 56 del Estatuto Básico del Empleado Público:
a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, en los términos previstos en la Ley 17/1993, de 23 de diciembre y Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo.
b) Tener cumplidos 18 años de edad.
c) Estar en posesión del título de Graduado Escolar, Formación Profesional de 1º Grado o equivalente o en condiciones de obtenerlo en la fecha de expiración del plazo de admisión de instancias.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario o despido delmismo carácter del servicio del Estado,Comunidades Autónomas o Administración Local, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.
e) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal ejercicio de las funciones a desempeñar.
f) No estar en situación de segunda actividad.
g) Estar en posesión de los permisos de conducir B, BTP y C.
Base Tercera. Presentación de instancias y derechos de examen.
Quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas objeto de la presente convocatoria, deberán presentar instancia conforme almodelo impreso establecido por el Ayuntamiento, dirigida al Sr/a.Alcalde/sa-Presidente/a, que será facilitado por el Registro General de este Ayuntamiento.
La instancia solicitando participar deberá acompañarse necesariamente de la siguiente documentación:
a) Fotocopia acompañada del original para su compulsa del Documento Nacional de Identidad, vigente en el momento de finalización del plazo de presentación de instancias.
b) Fotocopia acompañad de original para su compulsa de la Titulación exigida.
c) Recibo o justificante del pago de los derechos de examen.
d) Declaración Jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinario o despido del mismo carácter del servicio del Estado, Comunidades Autónomas o Administración Local, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.
e)Certificado médico oficial de no padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal ejercicio de las funciones a desempeñar.
f) Declaración Jurada de no estar en situación de segunda actividad.
g) Fotocopia acompañada del original para su compulsa de los permisos de conducir B, BTP y C.
Las instancias solicitando tomar parte en el proceso selectivo se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana, y en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
La tasa por derechos de examen se establece en la cantidad de 40,00 euros, y serán satisfechos mediante ingreso o transferencia a la cuenta corriente número 2052-8069-18-3510000900 (La Caja de Canarias), de la que es titular el Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana, debiendo hacerse constar el D.N.I., nombre del aspirante y concepto.
En ningún caso la presentación y pago de los derechos de examen en entidad bancaria supondrá la sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud ante el Registro de Entrada de este Ayuntamiento.
El plazo de presentación de instancias será de veinte días naturales, contados desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
(...)
Base sexta. Nombramiento como funcionario en prácticas, fase de curso selectivo y prácticas.
1. Funcionarios en prácticas y curso selectivo.
Presentada por los aspirantes la documentación a que se refiere la base anterior, la Alcaldía-Presidencia procederá a su nombramiento como funcionarios en prácticas y habrán de superar un curso selectivo de formación, organizado por el Ilustre Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana.
Dicho curso tendrá como motivo primordial la adquisición de conocimientos y la preparación específica y práctica de los aspirantes en el desempeño de las funciones propias de la plaza.
Los funcionarios en prácticas, durante la celebración del curso selectivo en el período de prácticas, estarán sometidos a los horarios, programas, pruebas y demás sistemas de calificación que establezcan los organismos facultados para su organización. Una vez finalizado el referido curso selectivo, por la Jefatura del Servicio se emitirá certificación acreditativa de haber superado el mismo.
Los aspirantes que no superen el curso selectivo perderán todos los derechos a ser nombrados funcionarios de carrera mediante resoluciónmotivada de la autoridad que haya efectuado la convocatoria.
2. Período de prácticas.
Los aspirantes habrán de superar un período de prácticas profesionales, cuya duración será de 1.200 horas, en el Servicio de Extinción del Incendios del Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana, del cual se descontarán los períodos de Incapacidad Transitoria (IT), y cualquier otra circunstancia que imposibilitara la prestación del servicio activo, pudiendo comenzar éstas desde el momento del nombramiento como funcionarios en prácticas.
A tal fin, a los funcionarios en prácticas se les asignarán dos tutores/instructores, funcionarios de carrera del Servicio de Extinción de Incendios del Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana, nombrados por el Sr. Alcalde-Presidente a propuesta del Jefe del Servicio de Extinción de Incendios del Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana, los cuales deberán emitir un informe debidamente motivado al final del período de prácticas sobre la valoración de las prácticas y labores desarrolladas por los funcionarios en prácticas.
La calificación de este período será de Apto o No Apto. Los aspirantes que no superen el período de prácticas, perderán todos los derechos a ser nombrados como funcionarios de carrera, mediante resolución motivada de la autoridad que haya efectuado la convocatoria.
Base séptima. Nombramiento como funcionarios de carrera y toma de posesión.
Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que hayan superado, la fase de oposición, curso selectivo y prácticas, serán nombrados funcionarios de carrera por el Alcalde-Presidente, de conformidad con el orden de puntuación determinado por la suma de puntuaciones obtenidas en los ejercicios segundo, tercero y cuarto.
Los nombramientos deberán publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia.
Los aspirantes nombrados funcionarios de carrera deberán tomar posesión en el plazo de UN MES, contado desde la fecha de notificación de su nombramiento.
Decaerán de su derecho quienes no tomaran posesión en dicho plazo.
Base octava. Desarrollo del proceso selectivo.
El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primer apellido de la letra J, según lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para laAdministración Pública de 26.01.10.
DESARROLLO DE LA FASE DE OPOSICIÓN
Presentación del Certificado Médico:Con anterioridad a la realización del primer ejercicio, los aspirantes deberán presentar el Certificado Médico extendido en impreso oficial y firmado por colegiado en ejercicio, en que se haga constar expresamente que el aspirante reúne las condiciones físicas y sanitarias necesarias y suficientes para la realización de las pruebas de aptitud física en que consiste el primer ejercicio de la fase de oposición, así como, no padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones de acuerdo con el ANEXO III.
El certificado médico se expedirá y se presentará en el plazo que se establezca para ello y que se indicará en la Resolución que apruebe la lista definitiva de admitidos y excluidos, según lo establecido en la base séptima de la presente convocatoria.
Los aspirantes que no presentasen el certificado médico en el plazo establecido para ello, resultará eliminados del proceso selectivo.
El Tribunal convocará a los aspirantes que hayan presentado el certificado médico en los términos establecidos en los párrafos que preceden, a la realización del primer ejercicio, pruebas físicas.
Primer ejercicio: Pruebas Físicas.
De carácter obligatorio y eliminatorio para todos los aspirantes.
El ejercicio consistirá en la superación de las pruebas físicas que se especifican en el ANEXO II.
Este ejercicio se calificará de APTO o NO APTO, de conformidad con las marcas mínimas para Hombres o Mujeres que en cada ejercicio se indican.
Para la realización de este ejercicio el Tribunal estará necesariamente asistido por al menos un licenciado en educación física.
Las aspirantes que no pudieran realizar las pruebas físicas establecidas en la convocatoria por embarazo o parto, debidamente acreditados, realizarán todas las demás, quedando condicionado su ingreso en el Centro de Formación a la superación de aquéllas y a que, de acuerdo con su calificación global en la convocatoria, en relación con la de los demás aspirantes, le corresponda. Atal fin, la interesada podrá realizar las indicadas pruebas físicas en el momento que se establezca para la siguiente convocatoria. Si en esta fecha tampoco pudiera realizarlas debido a otro embarazo o parto, debidamente acreditados, podrá realizarlas en el mismo momento de una inmediata segunda convocatoria, sin que en estos casos le sea de aplicación los límites de edad.
La incorporación al Centro de Formación se realizará con los admitidos en la convocatoria en que supere las pruebas físicas.
En caso de que la interesada no pudiera realizar las pruebas físicas en la fecha prevista para ello en la segunda convocatoria posterior a la de superación del resto de las pruebas, cualquiera que fuera la causa, perderá todo derecho a la misma.
Segundo Ejercicio. Prueba tipo test.
De carácter obligatorio y eliminatorio para todos los aspirantes que hayan superado el primer ejercicio.
Consistirá en contestar por escrito, en un tiempo máximo de una hora, un cuestionario de 90 preguntas, con cuatro respuestas alternativas para cada una, de entre las cuáles una de ellas podrá indicar “ninguna es correcta”, basándose en el contenido del programa indicado en el ANEXO I de esta convocatoria.
El Tribunal calificador puntuará este ejercicio entre 0 y 10 puntos. La fórmula de corrección para el test será la siguiente:
Puntuación = Aciertos, menos Errores partido por tres, menos No contestadas partido por cinco; y todo
ello partido por nueve, (total preguntas (90) partido por 10).
Errores No Contestadas
Aciertos ———————————————-
3 5
Puntuación——————————————————————-
Total Preguntas
—————————-
10
Dado el carácter eliminatorio de este ejercicio será preciso obtener, para aprobarlo, la puntuación mínima de 5.
El Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que este ejercicio sea corregido sin que se conozca la identidad de los aspirantes. El Tribunal, excluirá a aquellos candidatos en cuyos ejercicios figuren marcas o signos que permitan conocer la identidad del aspirante.
Si el Tribunal lo estima conveniente, una vez realizada la corrección y hecho público el resultado, se hará pública la Plantilla de corrección del ejercicio.
Tercer ejercicio: Test de aptitudes y actitudes personales.
El Tribunal convocará para la realización de este ejercicio al número de aspirantes de entre los primeros clasificados en los dos primeros ejercicios, que considere necesario para garantizar la cobertura de las plazas convocadas.
Si de entre los llamados y una vez realizado el ejercicio fuera necesario una nueva convocatoria se llamará a los aspirantes que el Tribunal considere necesario para garantizar la adecuada cobertura de las plazas convocadas, siguiendo el orden de los que estén incluidos en la lista de calificación de los dos primeros ejercicios.
De carácter obligatorio para todos los aspirantes que hayan superado los anteriores. Consistirá en la realización de un ejercicio de evaluación psicológica o prueba psicotécnica destinada a realizar las pruebas escritas pertinentes para valorar las variables que a continuación se detallan y aquellas otras que se consideren oportunas para el puesto a ocupar. Asimismo se podrá realizar una entrevista al aspirante para contrastar los resultados obtenidos en dichas pruebas. Las variables a valorar son:
a. Personalidad: incidiendo en la ausencia de patologías y factores tales como perseverancia, responsabilidad y sentido de la jerarquía.
b. Capacidad de liderazgo.
c. Sentido de la iniciativa.
d. Sentido de la disciplina y autoridad.
e. Autocontrol de impulsos y emociones.
f. Estabilidad emocional.
g. Sociabilidad y empatía.
h. Capacidad de automotivación.
Para el planteamiento, valoración y calificación de esta prueba, así como para la realización de las entrevistas en su caso, el Tribunal estará necesariamente asistido por al menos un licenciado en psicología.
El ejercicio será eliminatorio y se calificará de apto o no apto. En ningún caso se publicarán las listas de NO APTOS en los tablones de anuncio.
El Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que este ejercicio sea corregido sin que se conozca la identidad de los aspirantes. El Tribunal, excluirá a aquellos candidatos en cuyos ejercicios figuren marcas o signos que permitan conocer la identidad del aspirante.
Calificación final de la oposición.
Una vez finalizada la realización del Tercer ejercicio, los aspirantes que hayan resultado Aptos en el mismo serán ordenados por la puntuación obtenida en el segundo ejercicio de mayor a menor y el Tribunal propondrá para pasar a la fase de Reconocimiento Médico a los que lo hayan superado.
La calificación final de la oposición vendrá dada por la puntuación obtenida en el segundo ejercicio.
En caso de producirse empate, en la puntuación total obtenida en el segundo ejercicio, se decidirá por el de mayor edad.
Las listas de aspirantes presentados a cada ejercicio y con las puntuaciones obtenidas, se expondrán debidamente firmadas por el secretario con el visto bueno del presidente del Tribunal en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y el local donde se haya celebrado la prueba correspondiente. En ningún caso se publicarán las listas de NO APTOS en la prueba de aptitudes y actitudes personales.
Prueba de Reconocimiento Médico
Los aspirantes que hayan superado la fase de oposición, de acuerdo con la calificación final obtenida, serán propuestos para pasar al Reconocimiento Médico en cantidad igual a las plazas convocadas.
En caso de que entre los aspirantes que hayan pasado al Reconocimiento médico se produzca alguna baja voluntaria o por descalificación en las pruebas médicas, se avisará a los titulares de las puntuaciones sucesivas inmediatamente inferiores, siempre que hayan superado las pruebas con la calificación mínima imprescindible.
Esta prueba consistirá en la superación de un reconocimiento médico y será calificado como apto o no apto por la correspondiente Comisión Técnica, colaboradora del Tribunal, de acuerdo con el baremo que figura en el ANEXO III, debiendo el aspirante autorizar a dicha Comisión para la realización de las exploraciones médicas necesarias, la extracción y analítica de sangre y la analítica de orina.
La no presentación al RECONOCIMIENTO MÉDICO, o la negativa a realizar las pruebas estipuladas, supondrá la exclusión de la oposición.
Este ejercicio será juzgado por una Comisión Técnica colaboradora del Tribunal encargado de juzgar la Oposición, que estará formada por personal del Servicio de Prevención del Excmo.Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana y personal auxiliar en su caso, cuyo titular ostentará la presidencia de la Comisión y como vocal figurará un facultativo designado por la Comunidad Autónoma de Canarias.
Las funciones de la Comisión Técnica serán las siguientes:
a) Marcar los tipos de exploración médica que estime conveniente para el diagnóstico de las patologías incluidas en el cuadro.
b) Solicitar los informes que estime pertinentes al examinar (historial clínico de los aspirantes) a especialistas ajenos a la Comisión Técnica.
c)Elevar al Tribunal Calificador que juzgue las pruebas selectivas los resultados en forma de APTO o NO APTO.
d) Informar al interesado, previa petición por escrito, de su causa de exclusión; salvo si existiese enfermedad aguda susceptible de tratamientos, en cuyo caso se le informaría directamente o a sumédico de cabecera.
En ningún caso se publicarán las listas de NO APTOS por motivos de exclusión médica en los tablones de anuncio.
e) Realizar, durante el reconocimiento médico y en cualquier momento del proceso selectivo, control de consumo de estimulantes o cualquier tipo de droga que altere las condiciones físicas de los aspirantes, siendo eliminados de las pruebas selectivas los que resulten positivos.
ANEXO I. TEMAS
Tema 1. La Constitución de 1.978. Idea general. Derechos y Deberes Fundamentales.
Tema 2. La Monarquía. El Poder Legislativo. El Gobierno. El Poder Judicial.
Tema 3. La Administración Central y Periférica del Estado. Las Comunidades Autónomas.
Tema 4. El Estatuto de Autonomía de Canarias.
Tema 5. El Régimen Local español. El Municipio: Organización y competencias.
Tema 6. El personal al servicio de las Corporaciones Locales: Sus clases. La oferta de empleo público y las relaciones de puestos de trabajo. Derechos y deberes de los funcionarios locales. Especial referencia a los derechos colectivos. El régimen de incompatibilidades. La Seguridad Social de los funcionarios locales.
Tema 7. Concepto y regulación del procedimiento administrativo. Su iniciación, ordenación, instrucción y finalización.Referencia a los recursos administrativos.
Tema 8. Las Haciendas Locales: Referencia a los ingresos. Las Ordenanzas Fiscales.
Tema 9. El ciudadano ante la Administración. Derechos del ciudadano en su trato con el Ayuntamiento. El funcionario al servicio del público.
Tema 10. Conocimiento del Municipio. Principales aspectos de su historia, geografía, cultura y festejos.
Tema 11. Conocimiento del Municipio. Principales aspectos urbanísticos, sus calles,monumentos, plazas. Ubicación de sus principales edificios públicos.
Tema 12. Prevención y protección: Definición. Instalaciones propias de un edificio (suministro eléctrico, agua, aparatos elevadores, instalaciones de protección contra incendios en edificios). Norma Básica de Autoprotección.
Tema 13. Excarcelación y rescate en accidentes de tráfico.
Tema 14.Ascensores.Rescate de víctimas.Materiales de intervención.
Tema 15. Teoría del fuego: Modelos teóricos (triángulo y tetraedro). Puntos y temperaturas de referencia.Calor y temperatura (conceptos y diferencias). Transferencias del calor.Reacción, oxidación reducción, velocidad de propagación y factores influyentes.
Tema 16. Tipos de fuego. Fases en el desarrollo de un incendio. Fenómenos de FLASHOVER. Explosiones, sus tipos y características.Mecanismos de extinción y procesos de supresión de incendios, incluyendo en estos las técnicas de extinción de incendios de viviendas, industriales, navales, en el transporte y forestales.
Tema 17. Causas y efectos de un incendio en un edificio. Propagación y actuación de los bomberos.
Tema 18. Mercancías peligrosas. Clasificación e identificación, señalización y pautas de actuación.
Tema 19.Agentes o productos extintores: Extinción de incendios.
Tema 20. Tipos de extintores e instalaciones fijas: Hidrantes. Mangueras. Lanzas. Sistemas de unión entremangueras. Motobombas. Causas por la cual se efectúa la aspiración de una bomba.Efectos de la entrada de aire. Instalaciones fijas de extinción.
Tema 21. Extintores comerciales de pequeña potencia: Material de primera intervención. Sistemas de impulsión. Denominación de los extintores según el agente extintor. Agentes impulsores. Utilización de los
extintores (tabla sinóptica).
Tema 22. Vehículos de incendios. Características técnicas e instrucciones de uso (normas de seguridad, limitaciones operativas, utilización en el escenario del incendio, rendimiento como vehículos de extinción para todos los que aporten agentes extintores).
Tema 23. Los incendios y la electricidad.
Tema 24. Seguridad Personal del bombero. Equipos de protección Personal (ERA, trajes bunquerizados para incendio estructural, trajes de aproximación y de penetración total, equipos especialesN.B.Q., guantes, botas, arnés, cuerdas de salvamento, casco). Características técnicas de estos equipos e instrucciones de utilización. Limpieza y mantenimiento. Descontaminación de equipos.
Tema 25. Ley 2/1985, de 21 de enero. Protección civil.Normas reguladoras.BOE núm. 22 de 25 de enero de 1985 y R.D.407/1992, de 24 de abril, por el que se aprueba la norma básica de protección civil (BOE de 1 de mayo de 1992).
Tema 26. Documento Básico de Seguridad en Caso de Incendio del CTE (Código Técnico de Edificación).
Tema 27. Principios generales del socorrismo: Concepto de socorrismo. Actuación del socorrista.
Tema 28. Quemaduras y shocks: Concepto y clasificación. Actuación y tratamientos. Quemaduras químicas. Quemaduras por fricción. Shock: Causas. Actuación en caso de shock.
Tema 29. Asfixias por obstrucciones. Asfixias por gases.Asfixia por paradas cardio-respiratoria.Asfixia celular.
Tema 30.Respiración artificial. Introducción.Causas de parada respiratoria. Tiempo y recuperaciones. Parada cardiaca. Masaje cardiaco externo. Regla de los “cinco”.
Tema 31. Intoxicaciones. Actuación.
Tema 32. Hemorragias y fracturas. Actuaciones.
(..)
Animo!!!
suerte a todos los que se presenten,les cuento mi caso y el de muchos que fuimos a las ultimas plazas de bomberos de S btme de tirajana,eran 4 plazas,pasamos las pruebas físicas 185 opositores si no recuerdo mal y de esos 185 que fuimos al teorico solo aprobaron 4,los 4 que finalmente aprobaron,todos con notas de 9 y picos,uno de ellos su nujer estaba en el tribunal y todo,flipad¡
ResponderEliminarpues como eso sea verdad vaya gracia
ResponderEliminarde todos modos no tenia pensado presentarme pero gracias por la informacion
La verda k eso pasa y no se quien puede meter mano en el asunto porque la verdad que esto es una Verguenza con MAYUSCULAS, estar estudiando tanto para que se la lleve quien menos merece y no esta ni en condiciones de hacer estas labores. en sus consciencis que da que han entrado por la puerta de atrás y jamás podrán decir que se ha sido por sus propios méritos. a mi se me caería la cara de verguenza k sepan k yo haya entrado así y que me estén señalando día a día.
ResponderEliminarNo hay que irse tan lejos. Mirad los 25 aprobados del teórico de bomberos que al menos 10 que se sabe han entrado gracias a filtraciones antes del examen(todos con relación con el serv.bombero: padre, hermanos...)y sino sólo mirad el que quedo 1º y preguntad quien es el padre...
Lo siento pero os dejo, que me está entrando tos
amigos mios.....................................
Muy bueno!
ResponderEliminarcaraduraaaaaaaaaaaaaaaaaa es lo q tienen algunos....yo soy de la p local y pasa lo mismo, en la natacion,con uno de aguimes casi se tiene q tirar a salvarlo y ahora vete y lo veras de patrulla...solo espero q un dia no se le presente el caso de tener q ir a sacar a alguien del agua...de verguenza!!!!! asi va el pais manda cojones....y de estas plazas de bomberos jajaajaj porq ya estan todas dadas..
ResponderEliminarmejor les diera verguensa a estos enchufados y se pusieran a entrenar y estudiar dia tras dia, como los que nos lo curramos durante años. pedaso de mamones ,parasitos de los ....,y por lo que he oido, san bartolomes es peor que las palmas,haci que se metan las plazas por el culo, que yo ni me presento. pero sera posible que nadie regule estos abusos?
ResponderEliminar¿sabes cunado salen las listas provicionales de las siete plazas de bombero?
ResponderEliminarTodavia no se sabe nada...a seguir esperando!!!
ResponderEliminarAlguien sabe en que pagina aparecera la lista provisional de admitidos?
ResponderEliminarSi sale en el boletin oficial de Las Palmas se publicará aquí. Un saludo.
ResponderEliminarchavales, si se quejan de esos enchufes no vengan a Puerto del Rosario ni a La Oliva en Ftv. porque da risa, el enchufe de 380 v que se respira, luego van de bomberazos cuando algunos hay que decirle corre muchacho o sácalo a nadar, enchufismo puro y duro,ni idea de las emergencias, rezan para que no ocurra nada por tener miedo jejeje, vengan y vean, la culpa son de estos políticos. encima hay hasta tres hermanos de una misma familia dos en puerto y uno en la oliva. ahora sí sus exámenes han sido de nueve largos, jejeje. es decir todo igual en decrimento de las emergencias, por eso no se llega a tomar esto en serio mientras siga basura de este tipo existiendo. NO CALLAR Y PROTESTAR AL IGUAL QUE IMPUGNAR QUE HABLAR NO SE HACE NADA, LAS COSAS HAY QUE DEMOSTRARLAS PARA QUE SE LES CAIGAN LAS TANGAS A ESTOS ENCHUFADOS.
ResponderEliminarLlevo opositando a Bombero 6 años y en esos años una de las 15 opos a las q me he presentedo fue San Bartolome y me demostraron q son los mas corruptos q he visto y ademas con mucho descaro pero no se puede demostrar cuando los q aprueban ya estan hartos de hacer el examen,La mayoria de los suspendidos tenian notas negativas.Yo saque un - 1,5 y asi todos.Hay q presenarse y currarselo x si acaso hay alguna posibilidad pero hay q tener la idea de conseguir pruebas para impugnar porq lo q se oye es q tambien van a estar dadas.Suerte Señores.Cabrones de politico no dan tregua y dejan la corrupcion q se produzca a la orden del dia.Q diga q no cogeria una cuña y no la aprovecharia,pero no deberia haber esa posibilidad.
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