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jueves, 31 de octubre de 2019

RESOLUCIÓN de 16 de octubre de 2019, por la que se convoca la provisión, mediante libre designación, de puestos de trabajo de Personal de Administración y Servicios Funcionario de esta Universidad.

En el BOC del 24/10 se ha publicado:


En uso de las atribuciones que me confieren la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades y los Estatutos de la Universidad de La Laguna, aprobados por Decreto de la Comunidad Autónoma de Canarias 89/2004, de 6 de julio, conforme a los establecido en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, existiendo la necesidad de cobertura de plazas vacantes en la relación de puestos de trabajo del personal de Administración y Servicios funcionario de esta Universidad, mediante el procedimiento de libre designación previsto en el artículo 51 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, debido a la especial responsabilidad y confianza que supone el ejercicio de las funciones que corresponden a los citados puestos y, con sujeción a las bases que se acompañan,
R E S U E L V O:
Convocar para su provisión, mediante el procedimiento de libre designación, puestos de trabajo de Personal de Administración y Servicios Funcionario de la Universidad de La Laguna, con sujeción a las bases que se acompañan.
BASES DE CONVOCATORIA
1. Normas generales.
1.1. Se convoca, para su provisión, por el procedimiento de libre designación, los puestos de la Universidad de La Laguna que se relacionan en el Anexo I.
1.2. La convocatoria se regirá por lo dispuesto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades; los Estatutos de la Universidad de La Laguna aprobados por Decreto 89/2004, de 6 de julio; el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio, y de acuerdo con el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado y a las presentes bases.
1.3. Los puestos convocados son los que figuran en el Anexo I, y puede consultarse la Relación de Puestos de Trabajo del personal de administración y servicios funcionario (Resolución de 7 de mayo de 2019) con las actualizaciones correspondientes, en la siguiente página web: http://www.gobiernodecanarias.org/boc/2019/098/index.html.
Las funciones de los puestos de trabajo convocados se pueden consultar en la siguiente dirección de internet: https://riull.ull.es/xmlui/bitstream/item/3804/catalogo_puestos141114.pdf.
Las retribuciones ser consultadas en la siguiente dirección de internet: https://riull.ull.es/xmlui/bitstream/handle/915/14075/B.S.%20PAS%20Funcionario%2019.pdf.
2. Requisitos de los candidatos.
2.1. Podrán participar, los funcionarios de carrera de las Escalas propias de la Universidad de La Laguna, o de Cuerpos o Escalas de otras Administraciones Públicas, clasificados en el Grupo y Subgrupo que se indica en el Anexo I, de los establecidos en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, con funciones propias de Administración General, cualquiera que sea su situación administrativa, excepto los suspensos.
Los funcionarios que presten servicios en otras Administraciones Públicas deberán adjuntar certificación que acredite el cumplimiento de los requisitos exigidos para optar al puesto solicitado.
2.2. Tales requisitos, al igual que los méritos alegados, deberá reunirse por los aspirantes a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes para tomar parte en la convocatoria.
3. Solicitudes
3.1. Quienes deseen tomar parte en este proceso de provisión de libre designación deberán hacerlo mediante el procedimiento electrónico habilitado al efecto en la Sede ULL y que estará disponible en el siguiente enlace: https://sede.ull.es/ecivilis-site/catalog/showProcedure/475.
El plazo de solicitudes será de quince (15) días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias (BOC).
3.2. Los aspirantes acompañaran, junto a la solicitud, curriculum vitae en el que, además de los datos personales, figuren los títulos académicos, años de servicio, puestos de trabajo desempeñados en la Administración, estudios y cursos realizados y otros méritos que estimen oportuno poner de manifiesto y harán constar detalladamente las características de los puestos desempeñados. Los conocimientos de idiomas deberán justificarse aportando copia de los títulos y/o certificados que acrediten el nivel alcanzado.
Todos los datos y méritos que el candidato considere de interés deberán invocarlos y acreditarlos documentalmente.
4. Resolución.
4.1. Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, se evacuará informe por parte del Servicio de Recursos Humanos, relativo al cumplimiento por los interesados de los requisitos exigidos para el desempeño del puesto.
Cuando alguno de los requisitos no haya sido acreditados conforme a lo previsto en las presentes bases, se concederá un plazo de diez días hábiles para la subsanación. Para ello se publicará un anuncio en el tablón de anuncios del Rectorado y en la página web de la Universidad de La Laguna.
4.2. Los candidatos que opten al puesto serán convocados con una antelación mínima de 48 horas, mediante anuncio en el tablón de anuncios del Rectorado y en la página web de la Universidad de La Laguna, a una entrevista que versará sobre el contenido de su currículum vitae y las competencias y habilidades de los candidatos e idoneidad para asumir la especial responsabilidad propia del puesto al que se opta.
4.3. La presente convocatoria se resolverá mediante Resolución de la Rectora, previa propuesta de la Gerencia, y se publicará en el Boletín Oficial de Canarias.
4.4. Se podrá declarar desierto el puesto convocado, si a pesar de que concurran candidatos que reúnan los requisitos mínimos exigidos, se considera que ninguno resulta idóneo para el puesto convocado.
4.5. Tratamiento de datos de carácter personal. La participación en este sistema de provisión supone la aceptación y consentimiento por parte de la persona candidata del tratamiento de los datos de carácter personal recogidos en la solicitud de participación, siendo la Universidad de La Laguna la responsable de ese tratamiento y su finalidad la gestión del sistema de provisión objeto de la convocatoria.
Los datos personales se conservarán por el tiempo preciso que dure el proceso de provisión y hasta la finalización del periodo de posibles reclamaciones.
La tramitación del proceso de provisión objeto de esta convocatoria, y por tanto el consentimiento otorgado, incluye las publicaciones por el tiempo imprescindible en tablones de anuncios y página web de los sucesivos listados, provisionales y definitivos, de admisiones y de resultados, de acuerdo a los principios legales que han de regir el acceso al empleo público.
Todo ello conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantías de los derechos digitales (BOE nº 294, de 6.12.18) y en el Reglamento Europeo 2016/679, de 27 de abril, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos.
En los términos establecidos en la normativa anteriormente citada, las personas interesadas podrán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de sus datos, así como de limitación y oposición a su tratamiento cuando corresponda, a través del procedimiento electrónico de ejercicio de derechos sobre datos de carácter personal, habilitado en la Sede Electrónica de la ULL y disponible en el siguiente enlace: https://sede.ull.es/ecivilis-site/catalog/showProcedure/230.
4.6. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse por el interesado alternativamente:
1º) Recurso de reposición previo al contencioso-administrativo, con carácter potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
2º) Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, según dispone el artº. 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Ello, sin perjuicio de ejercitar cualquier otro que estime procedente.
San Cristóbal de La Laguna, a 16 de octubre de 2019.- La Rectora, Rosa María Aguilar Chinea.
Ver anexo en las páginas 35861-35861 del documento Descargar

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