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domingo, 25 de junio de 2017

Lista definitiva de admitidos y excluidos de la convocatoria para la provisión en propiedad por el sistema de oposición libre de veintidós plazas de policía local (LAS PALMAS DE GRAN CANARIA)

En el BOP del 9/06 se ha publicado en las páginas 9182 y ss:

En ejecución de lo establecido en los artículos 43 y 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,se hace pública la resolución de la Directora General de Administración Pública, registrada en el Libro de Resoluciones y Decretos con número 18033/2017, de 8 de junio, por la que se aprueba la lista definitiva de admitidos y excluidos de la convocatoria para la provisión en propiedad, por elsistema de oposición libre de veintidós(22) plazas de Policía Local. “Resolución de laDirectoraGeneral deAdministración Pública, por la que se aprueba la lista definitiva de admitidos y excluidos de la convocatoria para la provisión en propiedad, por el sistema de oposición libre de veintidós (22) plazas de Policía Local. ANTECEDENTES PRIMERO: Por Resolución de la Directora General de Administración Pública número 37804/2016, de 18 de noviembre, resultaron aprobadas las Bases Específicas por las que ha de regirse la convocatoria para la provisión en propiedad por el sistema de oposición libre de veintidós(22) plazas de Policía Local, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia número 142/2016, de 25 de noviembre; asimismo en el Boletín Oficial de la Provincia número 146/2016, de 5 de diciembre, se hace pública la Resolución de la Directora General de Administración Pública número 39.208/2016, de 30 de noviembre, por la que se corrige error material detectado en la Resolución número 37.804/2016, de 18 de noviembre, resultaron aprobadaslasBases Específicas porlas que ha de regirse la convocatoria para la provisión en propiedad por el sistema de oposición libre de veintidós (22) plazas de Policía Local. EstasBases han sido objeto de publicación en elBoletín Oficial de Canarias número 247/2016, de 23 de diciembre y en el Boletín Oficial del Estado número 4/2017, de 5 de enero, habiendo sido objeto asimismo de publicación en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en la web municipal. SEGUNDO: Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 13 de octubre de 2016, resultaron aprobadas las Bases generales para el acceso, la promoción interna y la provisión de puestos de trabajo del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia número 127, de 21 de octubre de 2016. TERCERO: En la convocatoria específica se establecía que los interesados disponían de un plazo de VEINTE DÍAS NATURALES, para la presentación de instancias, contados a partir de la última publicación en el Boletín Oficial correspondiente, habiéndose iniciado dicho plazo en fecha 6 de enero y finalizado el mismo el día 25 de enero de 2017. CUARTO: Por Resolución de la Directora General de Administración Pública número 9839/2017, de 31 de marzo, se aprueba la lista provisional de admitidos y excluidos correspondiente a la convocatoria para la provisión en propiedad de 22 plazas de la Policía Local,siendo asimismo publicada esta resolución en el Boletín Oficial de la Provincia número 42/2017, de 7 de abril, otorgándose un plazo de diez días hábiles para formular reclamaciones y/o subsanar los posibles defectos que motivaron la exclusión del proceso,siempre que los mismosfueran subsanables, iniciándose ese plazo el día 3 de abril de 2017 y finalizando el 19 de ese mismo mes. QUINTO: Se han formulado escritos de subsanación a la lista provisional de admitidos y excluido por parte de 69 aspirantes de los cuales no han sido 9182 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 69, viernes 9 de junio de 2017 admitidos y permanecen portanto excluidos definitivos los siguientes: - Juan José Ramos Suárez – 42.201.722- B – El certificado médico no se adecua a lo requerido en las Bases específicas. - Jhonnatan Rafael Díaz Sánchez – 45.353.458-B - El certificado médico no se adecua a lo requerido en las Bases específicas. - Cira María Mederos Bautista – 78.485.960-R – Subsanación presentada fuera de plazo Asimismo, 87 aspirantes excluidos no han presentado subsanación SEXTO: Asimismo se han formulado reclamaciones a la lista provisional de admitidos y excluidos, por parte de varios aspirantes, por las que se acredita, que erróneamente a consecuencia de deficiencias en la tramitación administrativa, no fueron incluidos en la lista provisional de admitidos y excluidos, en ninguna de las dossituaciones, acreditando que lassolicitudes y documentación necesarias para participar fueron presentadas en tiempo y forma, lo que ha obligado a la Administración a comprobar la totalidad de las solicitudes de participación presentadas, comprobándose que dicha situación se produjo respecto de lossiguientes candidatos, que han de pasar a incorporarse a la lista definitiva como aspirantes admitidos. Talessupuestos son:
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FUNDAMENTOS DE DERECHO I. Dispone el artículo 7 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso: “El ingreso en los Cuerpos y Escalas de funcionarios se realizará mediante convocatoria pública y se regirá por las bases de la convocatoria respectiva, que se ajustarán en todo caso a lo dispuesto en esteReglamento y en las normas específicas de aplicación a los mismos.” Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 69, viernes 9 de junio de 2017 9183 II. De la misma manera indica el artículo 15 del mismo texto legal: “1. (…) 2. (…) 3. (…) 4. Las bases de las convocatorias vinculan a la Administración y a los Tribunales o Comisiones Permanentes de Selección que han de juzgar las pruebas selectivas y a quienes participen en las mismas. 5. Las convocatorias o sus bases, una vez publicadas, solamente podrán ser modificadas con sujeción estricta a las normas de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.” III. Establece el artículo 3 del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen lasreglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de losfuncionarios de Administración Local: “Los procedimientos de selección se regirán por las bases de convocatoria que apruebe el Órgano correspondiente de la Corporación para cada una de las Escalas, subescalas y clases de funcionarios.” IV. Por lo que se refiere a la rectificación de oficio practicada, dispone el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas: “2. Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho, o aritméticos existentes en sus actos”. V. En cuanto a la competencia, corresponde la aprobación de las Bases y la convocatoria para la provisión en propiedad por el sistema de oposición libre de veintidós (22) plazas de Policía Local, a la Directora General de Administración Pública,según acuerdo de delegación de competencias de la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, de fecha 17 de marzo de 2016. Por tanto, igual competencia corresponde a la Dirección General de Administración Pública respecto delresto de resoluciones que proceda adoptar en el procedimiento, a excepción de aquellas que sean competencia del Tribunal de Selección, con ocasión del desarrollo del proceso selectivo. De acuerdo con el informe del Servicio de Recursos Humanos obrante en el expediente, de fecha 7 de junio de 2017 y de conformidad con lo establecido en los artículos 124.4.i), 124.4.n), 127.1.g) y 127.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del gobierno local y el artículo 60.1 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, este Servicio propone que se dicte Resolución por la directora general de Administración Pública, al amparo del Decreto del Alcalde núm. 44521/2015, de 30 de diciembre, por el que se modifica el Decreto núm. 21693/2015, de 10 de julio, por el que se establecen lossectoresfuncionales y la estructura del Área de Gobierno de Nuevas Tecnologías, Administración Pública y Deportes, determinando su estructura organizativa de gobierno y administración, en el siguiente sentido: RESUELVE PRIMERO. Aprobar la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos en el proceso selectivo correspondiente a la convocatoria para la provisión en propiedad por el sistema de oposición libre de veintidós (22) plazas de Policía Local, que figura incorporada a esta Resolución como Anexo I. SEGUNDO. Designar al Tribunal Calificador, según lo establecido en la base sexta de la convocatoria para 9184 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 69, viernes 9 de junio de 2017 la provisión, por el sistema de oposición libre, de veintidós plazas de Policía Local para este Ayuntamiento, que queda conformado de la siguiente forma:
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TERCERO. La sesión constitutiva del Tribunalse celebrará el día 12 de junio de 2017 a las 09:00 de la mañana en las Oficinas Municipales de la Casa del Marino – Calle León y Castillo, número 322 – séptima planta. CUARTO. Se fija como fecha de inicio para el primer ejercicio de la fase de oposición – aptitud física - el día 27 de junio de 2017, dando comienzo a las 08.30 horas de la mañana en la Ciudad Deportiva Gran Canaria, sita en la calle Paseo Blas Cabrera Felipe Físico número 3 – 35016 Las Palmas de Gran Canaria, debiendo ir todos los aspirantes acompañados de su Documento Nacional de Identidad y deberán presentarse provistos de atuendo deportivo, incluido gorro y zapatillas para la piscina. QUINTO. En el momento del llamamiento del primer ejercicio, los aspirantes deben entregar al Tribunal un Certificado Médico Oficial, expedido dentro de los quince (15) días anteriores a la prueba, en el que se haga constar textualmente: “El aspirante reúne las condiciones físicas y sanitarias necesarias y suficientes para ejercer satisfactoriamente su cometido como Agente de la Policía Local, así como para la realización de las pruebas en que consiste el primer ejercicio de la fase de oposición. Asimismo, cumple con el índice de corpulencia y la estatura requeridos en la base tercera de esta convocatoria”. La no presentación de dicho documento supondrá la exclusión del aspirante del proceso selectivo SEXTO. Procédase a la publicación íntegra del texto de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia, en el Tablón de Anuncios y en la página web de este Ayuntamiento, para general y público conocimiento. Régimen de recursos. Contra el acto expreso que se le notifica, que es definitivo en vía administrativa, podrá interponer en el plazo de DOS MESES, contados desde el día siguiente al de la recepción de su notificación, Recurso Contencioso Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas que por reparto corresponda, a tenor de lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en concordancia con el artículo 123.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. No obstante, con carácter potestativo y previo al recurso contencioso-administrativo, señalado en el párrafo anterior, contra el acto expreso que se le notifica, podrá usted interponer Recurso de Reposición, ante el mismo órgano que lo ha dictado, en el plazo de UN MES, que se contará desde el día siguiente al de la fecha de la recepción de la presente notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. A tenor del apartado 2 del artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el plazo máximo para dictar y notificar la resolución del recurso será Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 69, viernes 9 de junio de 2017 9185 de UN MES; transcurrido dicho plazo sin haberse notificado resolución expresa, de conformidad con el artículo 24.1, párrafo tercero, de la ley referida, se producirá silencio administrativo desestimatorio, y podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de SEIS MESES, computados a partir del día siguiente a aquel en el que el recurso potestativo de reposición debe entenderse desestimado por silencio administrativo. Todo ello sin perjuicio de cualquiera otra acción o recurso que estimare oportuno interponer para la mejor defensa de sus derechos. Las Palmas de Gran Canaria, a ocho de junio de 2017. La Directora General de Administración Pública. Acuerdo de Junta de Gobierno de 12 de mayo de 2016) Mercedes Cejudo Rodríguez. Dada con la intervención del Secretario General Técnico de la Junta de Gobierno de la Ciudad e Las Palmas de Gran Canaria, conforme a lo establecido en la Disposición Adicional 8. ª de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y el artículo 28 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria. Las Palmas de Gran Canaria, a ocho de junio de 2017. El Secretario General Técnico de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria (Por delegación, Resolución 2.566/2017, de 30 de enero) El Oficial Mayor Domingo Arias Rodríguez” Las Palmas de Gran Canaria, LA DIRECTORA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (Acuerdo de Junta de Gobierno de 12 de mayo de 2016), Mercedes Cejudo Rodríguez. ANEXO I

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