El Gobierno ha suavizado las exigencias para aplicar despidos colectivos entre el personal laboral de la Administración -excluidos los funcionarios- al rebajar la caída de la aportación presupuestaria del 10% al 5%.
Según publica este martes el BOE en el Título III (dedicado específicamente al despido colectivo del personal laboral), la norma valora tres tipos de "causas de despido": las económicas, cuando se produzca una situación "de insuficiencia presupuestaria persistente para la financiación de los servicios públicos"; lastécnicas, si concurren "cambios en el ámbito del os medios o instrumentos de la prestación del servicio público"; y lasorganizativas, cuando se alteran "los sistemas y métodos de trabajo del personal".
Asimismo, se podrán hacer efectivos cuando "en el ejercicio anterior la Administración pública hubiera presentado una situación de déficit presupuestario", o bien cuando "las transferencias, aportaciones patrimoniales al órgano, ente, organismo o entidad, o sus créditos, se hayan minorado en un 5% en el ejercicio corriente o en un 7% en los dos ejercicios anteriores".
Caídas presupuestarias
La norma que regula los despidos colectivos concreta que "se tendrán en cuenta tanto las minoraciones efectuadas en el Presupuesto inicial como, respecto del ejercicio en curso, las realizadas en fase de ejecución presupuestaria". En el borradordel Real decreto se fijó ese descenso en el 10%.
Además, se establece que tendrán "prioridad de permanencia"el personal fijo "que hubiera adquirido esta condición a través de un procedimiento selectivo de ingreso convocado al efecto".
Actualmente hay un millón de trabajadores con contrato de personal laboral, entre los 700.000 fichados por la Administración y los 328.000 por las empresas públicas y consorcios del país. Este personal laboral conforma junto a los funcionarios el llamado empleado público.
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