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miércoles, 17 de octubre de 2012

Aprobación de la lista provisional de admitidos y excluidos en el proceso selectivo para la configuración de una lista de reserva de Técnicos de Administración General, Subescala Técnica, Grupo A, Subgrupo A1 (VILLA DE ADEJE)

En el Boletín Oficial de Santa Cruz de Tenerife del pasado viernes se ha publicado en las páginas 18348-18352:

Anuncio sobre aprobación de la lista provisional
de admitidos y excluidos en el proceso selectivo
para la configuración de una lista de reserva de Técnicos
de la Administración General, perteneciente
a la escala de Administración General, subescala
Técnica, grupo A, subgrupo A1, que prestarán sus
servicios como funcionarios interinos al servicio de
este Ayuntamiento.
Este Concejal Delegado de Servicios Centrales,
como órgano competente en materia de Recursos
Humanos, ha dictado el Decreto núm. 304/2012, de
cinco de octubre, cuyo texto se transcribe a continuación:
<<Decreto núm. 304/2012. «Visto el expediente
administrativo instruido para la configuración de
una lista de reserva de Técnicos de Administración
General, pertenecientes a la Escala de Administración
General, Subescala Técnica, Grupo A, Subgrupo
A1, que prestarán sus servicios como funcionarios
interinos, en función de las necesidades puntuales
al servicio de esta Corporación Local, mediante el
sistema de concurso-oposición libre.
Resultando que con fecha 28 de agosto de 2012, el
Concejal Delegado del Área de Servicios Centrales
de esta Administración Pública aprobó mediante
decreto núm. 270/2012, la convocatoria pública para
la configuración de lista de reserva señalada en el
párrafo anterior, junto con las Bases que han de regir
dicha convocatoria, el cual fue publicado en el Boletín
Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife
núm. 118, de 5 de septiembre de 2012.
Resultando que el día 25 de septiembre de 2012
finalizó el plazo de presentación de solicitudes para
tomar parte en la Convocatoria indicada “ut supra”.
Considerando que el artículo 21, apartado 1, letra
h), de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen
Local (en adelante, LBRL), otorga al Alcalde
Presidente de la Corporación la “jefatura superior
de todo el personal”. Por su parte, el artículo 24,
apartado d), del Real Decreto Legislativo 781/1986,
de 18 de abril, que aprueba el Texto Refundido de
las Disposiciones Legales Vigentes en materia de
Régimen Local (en adelante, TRRL), establece que el
Alcalde ejercerá, entre otras, “todas las atribuciones
en materia de personal que no competan al Pleno“.
No obstante lo anterior, las competencias en materia
de recursos humanos, salvo las que la Ley confiere
al Pleno o aquellas que hubieren sido atribuidas por
el Alcalde en la Junta de Gobierno Local, han sido
delegadas a favor de la Concejal del Área de Servicios
Centrales, de conformidad con lo dispuesto en
la Resolución de la Alcaldía de esta Administración
Pública, núm. 17, de 23 de junio de 2011.
Considerando lo previsto en el artículo 20.1 del
Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, que aprueba
el Reglamento General de Ingreso del Personal al
Servicio de la Administración General del Estado
y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción
Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración
General del Estado.
Considerando lo dispuesto en la Base Quinta de las que rigen la convocatoria objeto del presente acto administrativo.
Examinada la documentación obrante en el expediente y una vez expirado el plazo de presentación de solicitudes de admisión en las pruebas de selección para la configuración de una lista de reserva de Técnicos de Administración General, pertenecientes a la Escala de Administración General, Subescala Técnica, Grupo A, Subgrupo A1, que prestaran sus servicios como funcionarios interinos, en función de las necesidades puntuales, al servicio de esta Corporación Local, mediante el sistema de concurso-oposición libre, el Concejal del Área de Servicios Centrales, en el ejercicio de las competencias en materia de Personal que le fueron delegadas por el Alcalde Presidente, mediante Resolución núm. 17, de 23 de junio de 2011, resuelve:
Primero. Aprobar la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos en el procedimiento para la configuración de una lista de reserva de Técnicos de la Administración General, perteneciente a la Escala de Administración General, Subescala Técnica, Grupo A, Subgrupo A1, y que prestaran sus servicios como funcionarios interinos al servicio de esta Corporación Local, mediante el sistema de concurso-oposición libre, en los siguientes términos, especificando las personas admitidas en el proceso, así como las causas de inadmisión de las personas excluidas:

Para ver el listado pinchar en el enlace de arriba, en las páginas indicadas.


Segundo. Publicar la lista de admitidos y excluidos en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, en el Tablón de Anuncios y en la página Web del Ayuntamiento de Adeje.
Tercero. Los aspirantes excluidos y, en su caso, los omitidos, dispondrán de un plazo de diez días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia, para subsanar los defectos que han motivado su exclusión u omisión de la relación de admitidos y excluidos apreciados en las solicitudes de participación en el proceso, de conformidad con lo establecido en los artículos 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 20.1 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, que aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los
Funcionarios Civiles de la Administración General
del Estado, así como en la Base Quinta de las que
rigen la Convocatoria. Quienes dentro del citado
plazo no subsanen el defecto que haya motivado su
exclusión u omisión, serán definitivamente excluidos
de la participación en el proceso selectivo.
Concluido dicho plazo se hará pública la lista
definitiva de aspirantes admitidos y, en su caso,
excluidos, así como la composición del Tribunal


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