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martes, 27 de marzo de 2018

Aprobación de la lista de reserva para la contratación de monitores de la Universidad Popular de Candelaria (UPCAN) (VILLA DE CANDELARIA)

En el BOP del 16/03 se ha publicado en las páginas 4547 y ss:

ANUNCIO 1525 34536 La Alcaldía-Presidencia ha dictado el Decreto nº 601/2018, con fecha 07 de marzo de 2018, por la que se ha aprobado lo siguiente, que transcribe literalmente: “Visto informe con propuesta de resolución emitido por D. Octavio Manuel Fernández Hernández, Secretario General del Ilustre Ayuntamiento de Candelaria, de fecha 7 de marzo de 2018, del siguiente tenor literal: “INFORME JURÍDICO Son de aplicación las Bases para la configuración de una lista de reserva para la contratación de monitores de la Universidad Popular de Candelaria (UPCAN), publicadas el 1 de septiembre de 2017 en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP), nº 105. Consta en el expediente Acta del Tribunal Calificador, de fecha 01 de febrero de 2018, de toma de conocimiento de los recursos presentados por los aspirantes indicados en dicho Acta. Una vez valorada la documentación presentada con el cumplimiento de las bases, se eleva a PROPUESTA DE RESOLUCIÓN a la Alcaldía-Presidencia, lo siguiente: 1º. Aprobar Lista de reserva para la contratación de monitores de la Universidad Popular de Candelaria (UPCAN) (BOP nº 105, de 01 de septiembre de 2017) que figuran en el acta del Tribunal calificador de 01 de febrero de 2018 en la que se da contestación a los recursos presentados, y que transcrita literalmente dice: “ACTA Tribunal Calificador Lista de reserva para la contratación de monitores de la Universidad Popular de Candelaria (UPCAN) (BOP nº 105, de 01 de septiembre de 2017) DIA: 01/02/2018 HORA: 12:30 HORAS ÓRGANO QUE SE REÚNE TRIBUNAL CALIFICADOR ASISTENTES: DÑA. PAULA SILVIA DEL CASTILLO MORALES (PRESIDENTA) DÑA. ELSA CASTELLANO GONZALEZ (VOCAL 1) D. PORFIRIO CASTRO CASTRO (VOCAL 2) DÑA. MARIA CONSUELO FARIÑA GONZALEZ (VOCAL 3) DÑA. MARÍA NURIA GUANCHE BAUTE (VOCAL 4) D. JOSE ANGEL DIAZ RAMOS (SECRETARIO DE LA MESA) 4548 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 33, viernes 16 de marzo de 2018 Reunidos los integrantes del Tribunal calificador para la confección de una Lista de reserva para la contratación de monitores de la Universidad Popular de Candelaria (UPCAN) (BOP nº 105, de 01 de septiembre de 2017), en la fecha y hora anteriormente reseñados, a fin de tomar conocimiento de los recursos presentados por los aspirantes que se indican a continuación: MODALIDAD: INFORMÁTICA 1º.- D. RICARDO CHINEA CHÁVEZ Solicita el 15/12/2017 (Registro de entrada 33309): “Que se admita esta solicitud a trámite y se me conceda la revisión de la fase concurso por no haber tenido en cuenta ni la experiencia profesional en este Ayuntamiento ni la aportada en la vida laboral en empresas privadas, aportando Certificados de dichas empresas y otra vez mi vida laboral. (Se aportan copias de toda la documentación que se enumera en la solicitud, a efectos de su valoración por parte del Tribunal)”. Según lo establecido en las Bases de la convocatoria (II. FASE DE CONCURSO) la Experiencia Profesional ….. “Deberá ser acreditada con certificados de cada una de las empresas o Administraciones Públicas con expresa mención al plazo de duración del contrato, la jornada (si es completa o parcial) así como la categoría profesional. - Por el desempeño de puestos de trabajo, con categoría igual o similar a la de las plazas convocadas en la especialidad a la que se opte: 1. En Administraciones, Empresas Públicas o Fundaciones Públicas: 0.10 puntos por mes de servicio. 2. En empresas privadas: 0.05 puntos por mes de servicio” En la base (3º. FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES). …. “A la instancia habrá de acompañarse la siguiente documentación: …… . Fotocopias de la acreditación de los méritos que se pretendan hacer valer en la fase de concurso; Curriculum Vitae y vida laboral.” En base a lo expuesto el Tribunal calificador ACUERDA: 1.- No valorar la documentación presentada con fecha 15/12/2017, toda vez que no fue presentada inicialmente con ocasión de la solicitud de acceso a las pruebas selectivas. 2.- No se consideran los “Informes para la certificación de servicios prestados, de fechas 19/09/2017, correspondientes a la impartición por parte del interesado de los Módulos que se indican a continuación por no acumular el mínimo establecido en las bases de la convocatoria para ser puntuados (un mes): Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 33, viernes 16 de marzo de 2018 4549 Módulos: Proyecto TEXTILARIA Sociedad de la Información (Alfabetización Informática). 30 horas de duración Proyecto PLAYAS SEGURAS Sociedad de la Información (Alfabetización Informática). 30 horas de duración Proyecto TEXTILARIA 2 Alfabetización Informática. 30 horas de duración Proyecto PFAE MUSICA Y SALUD Alfabetización Informática: 25 horas Redes Sociales. 20 horas 2º.- MÓNICA HERNÁNDEZ NAVAS Solicita 14/12/2017 (Registro de entrada: 33205): “Me tengan en cuenta las declaraciones y se me valore toda mi experiencia profesional. Tanto la obtenida en las Administraciones Públicas: Ayuntamiento de Candelaria y Mancomunidad del Norte de Tenerife, como en la empresa privada Grupo Audio formación. Siendo así que he entregado los certificados de empresa oportunos y por otro lado, los que han sido elaborados por el propio Ayuntamiento de Candelaria a mi nombre que deben constar en sus registros”. En la documentación presentada con la solicitud sólo consta un certificado de empresa (Ayuntamiento de Candelaria), fechado el día 06/05/2015, en el que se acredita que Dña. Mónica Hernández Navas ha tenido contrato de trabajo formalizado entre el 01/10/2014 hasta el 30/06/2015. Certificado que ha sido valorado por el Tribunal calificador según lo establecido en las bases de la convocatoria. Conjuntamente con la solicitud y a los efectos de acreditar la experiencia profesional, la interesada presenta contratos de trabajo y prórrogas de los mismos, documentos no válidos según lo establecido en las bases de la convocatoria (“Deberá ser acreditada con certificados de cada una de las empresas o Administraciones Públicas con expresa mención al plazo de duración del contrato, la jornada (si es completa o parcial) así como la categoría profesional.”) En relación con la experiencia profesional en la empresa privada a la que se hace mención en el recurso presentado (Grupo Audio formación) se debe entender que la interesada se refiere a certificado de AUDIO LIS (CENTRO DE FORMACIÓN MULTIMEDIA), fechado el 25 de noviembre de 2015 en el que se acredita que Dña. Mónica Hernández Navas ha impartido cursos del Servicio Canario de Empleo. Certificado no valorado toda vez que no contiene los términos mínimos establecidos en las bases de la convocatoria (“….expresa mención al plazo de duración del contrato, la jornada (si es completa o parcial) así como la categoría profesional.”) 4550 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 33, viernes 16 de marzo de 2018 MODALIDAD: INSTRUMENTOS TRADICIONALES 3º.- RAQUEL DE LAS MERCEDES ALVAREZ RAMOS. Solicita el día 14/12/2017 (Registro de entrada: 33203 y 33204): “…. Que teniendo por presentado este escrito se subsane este error y se VALORE y PUNTÚE mi experiencia laboral en la puntuación del acta final.” Según lo establecido en las Bases de la convocatoria (II. FASE DE CONCURSO) la Experiencia Profesional ….. “Deberá ser acreditada con certificados de cada una de las empresas o Administraciones Públicas con expresa mención al plazo de duración del contrato, la jornada (si es completa o parcial) así como la categoría profesional. - Por el desempeño de puestos de trabajo, con categoría igual o similar a la de las plazas convocadas en la especialidad a la que se opte: 3. En Administraciones, Empresas Públicas o Fundaciones Públicas: 0.10 puntos por mes de servicio. 4. En empresas privadas: 0.05 puntos por mes de servicio” En la base (3º. FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES). …. “A la instancia habrá de acompañarse la siguiente documentación: …… . Fotocopias de la acreditación de los méritos que se pretendan hacer valer en la fase de concurso; Curriculum Vitae y vida laboral.” En la documentación presentada conjuntamente con la solicitud de acceso al proceso selectivo no se presentan certificados de empresa que acrediten su experiencia profesional, por tanto tal extremo no puede ser valorado por el tribunal calificador. MODALIDAD: SEVILLANAS 4º.- MARIA CANDELARIA REYES MARTIN Solicita el día 15/12/2017 (Registro de entrada: 33222): “Se revise la puntuación otorgada” Si bien la Vida Laboral es un documento que debe ser presentado según las bases de la convocatoria (“3º. FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES. …. “A la instancia habrá de acompañarse la siguiente documentación: …… Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 33, viernes 16 de marzo de 2018 4551 Fotocopias de la acreditación de los méritos que se pretendan hacer valer en la fase de concurso; Curriculum Vitae y vida laboral.”) no se considera un documento válido para acreditar la experiencia profesional que se regula en la Fase de Concurso dentro de dichas bases y que establece que: “Deberá ser acreditada con certificados de cada una de las empresas o Administraciones Públicas con expresa mención al plazo de duración del contrato, la jornada (si es completa o parcial) así como la categoría profesional.” En relación con la documentación presentada el día 18/12/2017 (registro de entrada: 33343) con la que se adjunta Certificado de empresa (Ayuntamiento de Candelaria) fechado el 11 de septiembre de 2013, no puede ser tenido en cuenta ya que no fue presentado con la solicitud de acceso al proceso selectivo y se presenta fuera de plazo (“3º. FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES). …. “A la instancia habrá de acompañarse la siguiente documentación: …… . Fotocopias de la acreditación de los méritos que se pretendan hacer valer en la fase de concurso; Curriculum Vitae y vida laboral.). MODALIDAD: DANZAS Y BAILES CANARIOS 5º.- CARLOS DANIEL GONZALEZ GARCIA Solicita el día 21/12/2017 (Registro de entrada: 33787): se aporta certificado de servicios prestados emitido por el Ayuntamiento de la Villa de la Victoria de Acentejo. Conjuntamente con la solicitud para tomar parte en el proceso selectivo se adjunta solicitud de certificado de fecha 11/09/2017 al Ayuntamiento de la Villa de la Victoria de Acentejo. El certificado expedido el día 14/12/2017 en el que se acreditan 5 años, 10 meses y 28 días, en calidad de Monitor de Baile, Monitor de Bailes Tradicionales y Monitor Cultural a nombre de D. Carlos Daniel Gónzalez García. Según las bases de la convocatoria: “… Por el desempeño de puestos de trabajo, con categoría igual o similar a la de las plazas convocadas en la especialidad a la que se opte: En Administraciones, Empresas Públicas o Fundaciones Públicas: 0.10 puntos por mes de servicio.” Por tanto, debe ser modificada la puntuación de D. Carlos Daniel González García en el apartado de Experiencia Profesional, hasta la máxima puntuación posible (3 puntos). 4552 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 33, viernes 16 de marzo de 2018 6º.- FÁTIMA MARÍA HERNÁNDEZ SÁNCHEZ Solicita el día 28/12/2017 (Registro de Entrada: 34184): “ Tras presentarme como candidata para monitor de danzas canarias, para la Universidad Popular de Candelaria, el día 13 de noviembre de 2017 y salir los resultado de la convocatoria, he visto que no me fue contabilizada la formación y me gustaría conocer el motivo para un futuro. Tras releer las bases de la convocatoria, he supuesto que podría ser debido a que en el certificado de notas aparecías los créditos pero no las horas , por ello adjunto de nuevo el certificado de notas y el Real decreto 1497/1987, del BOE nº 298, en la página nº 36640, en definiciones, acredita que un crédito es igual a 10 horas”. En relación con el certificado que aporta la interesada para la titulación de MAESTRO ESPECILIDAD DE EDUCACIÓN INFANTIL se incluyen asignaturas que pudieran estar relacionadas con el objeto de la convocatoria, si bien no se trata de cursos, jornadas o seminarios propios y se tratan de asignaturas dentro de un programa o plan de estudios. MODALIDAD: VIOLÍN 7º.- NOEMI SANCHEZ TAPIA Solicitud de 19/12/2017 (Registro de entrada: 33563): “Revisión de documentos aportados sobre monitora de violín)”. La documentación presentada con ocasión del presente recurso, se considera presentada fuera de plazo, puesto que no fue incluida con la solicitud de acceso a las pruebas selectivas, según se indica en las bases de la convocatoria. (“3º. FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES. …. “A la instancia habrá de acompañarse la siguiente documentación: …… . Fotocopias de la acreditación de los méritos que se pretendan hacer valer en la fase de concurso; Curriculum Vitae y vida laboral.)” 8º.- MARINA ROSSI Solicitud de 19/12/2017 (Registro de entrada: 33559): “solicito una revisión del acta de bolsa de monitor UPCAN por no haberse tenido en cuenta este certificado y certificado asistena a curso ORFF”. Se detecta la no valoración de certificado de asistencia, emitido por la Asociación ORFF España. Música y Movimiento en la Educación, con una duración de 35 horas que fue presentado conjuntamente con la solicitud de acceso a las pruebas selectivas. Por aplicación de las bases de la convocatoria en el apartado de formación debe incluirse la puntuación de 0.20 puntos correspondientes a diplomas de 20 a 59 horas: 0.20 puntos. Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 33, viernes 16 de marzo de 2018 4553 MODALIDAD: INGLÉS 9º.- ELENA ISTOMINA ISTOMINA Solicita el 22/01/2018 (Regsitro de entrada: 001719): “Presentación de la documentación para ser incorporada a su expediente Bolsa de empleo, monitor UPCAN (Profesora de inglés)”. La documentación presentada no puede ser valorada puesto que no se cumple con el requisito establecido en las bases de la convocatoria. (“3º. FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES. …. “A la instancia habrá de acompañarse la siguiente documentación: …… . Fotocopias de la acreditación de los méritos que se pretendan hacer valer en la fase de concurso; Curriculum Vitae y vida laboral.”) MODALIDAD: YOGA 10º.- CAROLA IANNUZZI Solicitud de 11/01/2018 (Registro de entrada: 788): “…. Alego certificados relativos a mi formación y experiencia laboral en dichas modalidades” No presenta documentos que acrediten los extremos exigidos en las bases de la convocatoria para la valoración de la experiencia profesional. “(II. FASE DE CONCURSO) la Experiencia Profesional ….. “Deberá ser acreditada con certificados de cada una de las empresas o Administraciones Públicas con expresa mención al plazo de duración del contrato, la jornada (si es completa o parcial) así como la categoría profesional. - Por el desempeño de puestos de trabajo, con categoría igual o similar a la de las plazas convocadas en la especialidad a la que se opte: 5. En Administraciones, Empresas Públicas o Fundaciones Públicas: 0.10 puntos por mes de servicio. En empresas privadas: 0.05 puntos por mes de servicio” Se valora Diploma Nivel I (instructor) de kundalini yoga, expedido por la Asociación española de Kundalini Yoga. Se valora con 0.10 puntos, según lo establecido en las bases de la convocatoria. Se valora la formación correspondiente certificada por la Fundación Canaria MAPFRE GUANARTEME, fechada el 21/06/2013. Curso Estrategias y recursos de las Artes Escénicas para el trabajo con niños y jóvenes. 20 horas lectivas. Se valora con la puntuación de 0.20 puntos, según lo establecido en las bases de la convocatoria. Se valora la formación correspondiente certificada por la Fundación Canaria MAPFRE GUANARTEME, fechada el 08/10/2014. Curso Técnicas de meditación, relajación y respiración. 16 horas lectivas. Se valora con la puntuación de 0.10 puntos, según lo establecido en las bases de la convocatoria. 4554 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 33, viernes 16 de marzo de 2018 Se valora diploma emitido por la Unión General de Trabajadores (UGT Canarias), fechado a 10 de octubre de 2014, Monitor de tiempo libre. Duración de 100 horas. Se valoración con una puntuación de 0.30 puntos, según lo establecido en las bases de la convocatoria. MODALIDAD: DANZA CLÁSICA 11º.- CAROLA IANNUZZI Solicitud de 11/01/2018 (Registro de entrada: 788): “…. Alego certificados relativos a mi formación y experiencia laboral en dichas modalidades” No presenta documentos que acrediten los extremos exigidos en las bases de la convocatoria para la valoración de la experiencia profesional. “(II. FASE DE CONCURSO) la Experiencia Profesional ….. “Deberá ser acreditada con certificados de cada una de las empresas o Administraciones Públicas con expresa mención al plazo de duración del contrato, la jornada (si es completa o parcial) así como la categoría profesional. - Por el desempeño de puestos de trabajo, con categoría igual o similar a la de las plazas convocadas en la especialidad a la que se opte: 6. En Administraciones, Empresas Públicas o Fundaciones Públicas: 0.10 puntos por mes de servicio. En empresas privadas: 0.05 puntos por mes de servicio” Se valora diploma emitido por la Unión General de Trabajadores (UGT Canarias), fechado a 10 de octubre de 2014, Monitor de tiempo libre. Duración de 100 horas. Se valoración con una puntuación de 0.30 puntos, según lo establecido en las bases de la convocatoria. MODALIDAD: DANZA MODERNA 12º.- CAROLA IANNUZZI Solicitud de 11/01/2018 (Registro de entrada: 788): “…. Alego certificados relativos a mi formación y experiencia laboral en dichas modalidades” No presenta documentos que acrediten los extremos exigidos en las bases de la convocatoria para la valoración de la experiencia profesional. “(II. FASE DE CONCURSO) la Experiencia Profesional ….. “Deberá ser acreditada con certificados de cada una de las empresas o Administraciones Públicas con expresa mención al plazo de duración del contrato, la jornada (si es completa o parcial) así como la categoría profesional. - Por el desempeño de puestos de trabajo, con categoría igual o similar a la de las plazas convocadas en la especialidad a la que se opte: 7. En Administraciones, Empresas Públicas o Fundaciones Públicas: 0.10 puntos por mes de servicio. Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 33, viernes 16 de marzo de 2018 4555 En empresas privadas: 0.05 puntos por mes de servicio” Se valora la formación correspondiente certificada por la Fundación Canaria MAPFRE GUANARTEME, fechada el 21/06/2013. Curso Estrategias y recursos de las Artes Escénicas para el trabajo con niños y jóvenes. 20 horas lectivas. Se valora con la puntuación de 0.20 puntos, según lo establecido en las bases de la convocatoria. Se valora diploma emitido por la Unión General de Trabajadores (UGT Canarias), fechado a 10 de octubre de 2014, Monitor de tiempo libre. Duración de 100 horas. Se valoración con una puntuación de 0.30 puntos, según lo establecido en las bases de la convocatoria. A la vista de la documentación presentada y de los recursos interpuestos a la lista provisional, en el plazo fijado para ello por los aspirantes en el proceso selectivo para la confección de una Lista de reserva para la contratación de monitores de la Universidad Popular de Candelaria (UPCAN) (BOP nº 105, de 01 de septiembre de 2017), resulta finalmente la siguiente bolsa de reserva para la contratación de monitores de la Universidad Popular de Candelaria (UPCAN): (..)
  RESOLUCIÓN: VISTO EL INFORME CON PROPUESTA DE RESOLUCIÓN ANTERIOR, LA ALCALDESA-PRESIDENTA, DÑA. Mª CONCEPCIÓN BRITO NÚÑEZ, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE ESTÁN CONFERIDAS, ELEVA A RESOLUCIÓN LA PROPUESTA TRANSCRITA PRECEDENTEMENTE. Lo manda y firma la Alcaldesa-Presidenta, ante mí el Secretario General, de lo que doy fe.” Contra el presente Decreto que pone fin a la vía administrativa, puede interponer recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife que por turno corresponda en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

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