viernes, 7 de abril de 2017

Bases reguladoras de la convocatoria para la contratación de un maestro/a en educación infantil y generar una lista de reserva de la misma categoría, en régimen laboral temporal (PÁJARA)

En el BOP del 3/04 se ha publicado en las páginas 7038 y ss:

Mediante el presente se hace público que por Resolución número 10/2017, de 20 de marzo, de la Presidencia del Organismo Autónomo Escuelas Infantiles de Pájara, se convoca concurso para la contratación de un Maestro/a en Educación Infantil así como la creación de una Lista de Reserva para cubrir las posibles vacantes que se pudieran ocasionar, en régimen laboral temporal, desde el 1 de mayo de 2017 al 31 de agosto de 2018 de la plantilla de personal del Organismo Autónomo “Escuelas Infantiles de Pájara”, con sujeción a las Bases reguladoras del mismo, transcritas literalmente a continuación: BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN DE UN MAESTRO/A EN EDUCACIÓN INFANTIL Y GENERAR UNA LISTA DE RESERVA DE LA MISMA CATEGORÍA PROFESIONAL, EN RÉGIMEN LABORALTEMPORAL, MEDIANTECONCURSO, DESDE EL1 DE MAYO DE 2017 AL EL 31 DE AGOSTO DE 2018 DE LA PLANTILLA DE PERSONAL DEL ORGANISMO AUTÓNOMO “ESCUELAS INFANTILES DE PÁJARA”. PRIMERA. OBJETO DE LA CONVOCATORIA. Es objeto de la presente convocatoria es la contratación de un maestro/a en educación infantil y generar una 7038 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 40, lunes 3 de abril de 2017 lista de reserva de la misma categoría profesional, por el procedimiento de concurso, en régimen laboral temporal desde el 1 de mayo de 2017 y hasta el 31 de agosto de 2018 para la cobertura de vacantes del Organismo Autónomo Local “Escuelas Infantiles de Pájara”. Esta lista de reserva se convoca para cubrir una necesidad urgente e inaplazable como es dotar de Maestro/a a las Escuelas Infantiles del Organismo Autónomo, una vez tenido en cuenta el Real DecretoLey 20/2011, de 30 de diciembre de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público y el Acuerdo Plenario adoptado en sesión de 21 de febrero de 2013 relativo a la propuesta del concejal delegado de personal relativa a la aplicación de lo dispuesto por la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2013 en orden a la contratación temporal que establece como sector esencial y prioritario las Escuelas Infantiles Municipales, así la plaza convocada y su lista de reserva se convoca a fin de llamamientosfuturos, para proveer en el período del 1 de mayo de 2017 y hasta el 31 de agosto de 2018 la cobertura interina, en régimen laboral, de las plazas de la misma categoría que pudieran quedar provisionalmente vacantes por trabajadores con derecho de reserva de puesto de trabajo o, en su caso, las que se cubran con motivo de necesidades del Servicio (contrato de trabajo eventual). La plaza objeto de la presente convocatoria está encuadradas en el Catálogo de Puestos de Trabajo del Organismo Autónomo “EscuelasInfantiles de Pájara”, dotada con las retribuciones establecidas en dicho Catálogo. La adscripción de la plaza de reserva podrá ser en cualquiera de los Centros integrantes del Organismo Autónomo, a criterio de la Presidencia, previa propuesta del Director/a Gerente del mismo y durante la vigencia del curso escolar para el que se proveen pueden ser desplazadas de un Centro a otro según las necesidades de cobertura que se creen. SEGUNDA. CONDICIONES DE LOS ASPIRANTES. Para tomar parte en la Convocatoria será necesario: a) Ser español, nacional de un país miembro de la Unión Europea o nacional de cualquiera de los Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados porlaUniónEuropea y ratificados porEspaña, le sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en lostérminos previstos en la Ley Estatal que regula esta materia, así como todos los extranjeros con residencia legal en España. b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa. c) Estar en posesión del Título Grado de Maestro en Educación Infantil o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias. d) Poseer capacidad funcional para el desempeño de las tareas. e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaba en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni habersido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. TERCERA. INSTANCIAS. Las instancias solicitando tomar parte en la convocatoria, en la que los aspirantes deberánmanifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones que se exigen en la Base Segunda, se dirigirán a la Presidenta del Organismo Autónomo y se presentarán en el Registro de Entrada del Organismo, sito en el Centro de la Escuela Infantil de Morro Jable, en la calle Mascona, debidamente cumplimentadas, que se ajustarán al modelo que se incorpora como Anexo a las presentes Bases, durante el plazo de VEINTE DÍAS NATURALES, contados a partir del siguiente al que aparezca la publicación del Anuncio de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, igualmente podrán entregar la documentación por ventanilla única y en las oficinas de Correos. A las instancias se acompañarán los documentos acreditativos de los méritos que aleguen losinteresados Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 40, lunes 3 de abril de 2017 7039 en el concurso, fotocopia del D.N.I. y cartilla de la Seguridad Social, en su caso. No será computado mérito alguno que no sea debidamente acreditado con la instancia por cualquier medio válido en Derecho, sin perjuicio de las aclaraciones que estime el Tribunal oportuno solicitar sobre los méritos presentados. CUARTA. ADMISIÓN DE ASPIRANTES. Por el hecho de presentar instancia solicitando tomar parte en la Convocatoria, los aspirantes se someten expresamente a sus bases reguladoras que constituyen la Ley del mismo, sin perjuicio de la responsabilidad en que puedan incurrirsise apreciase inexactitud fraudulenta en la declaración que formulen o en la documentación aportada, de talforma que quedará excluido automáticamente del proceso de selección, previa audiencia del propio interesado, sin perjuicio de las responsabilidades legales que se pudieran derivar. Terminado el plazo de admisión de instancias, la Presidencia del Organismo Autónomo aprobará la lista de admitidos y excluidos, que se hará pública en las dependencias de la Escuela Infantil de Morro Jable, en la calle Mascona, y Tablones de Edictos del Ayuntamiento de Pájara, concediéndose un plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES para presentar reclamaciones. Dichasreclamaciones,si las hubiere,serán aceptadas o rechazadas en la Resolución por la que se apruebe la lista definitiva. De no presentarse reclamaciones, se entenderá elevada a definitiva la lista provisional. Igualmente se determinará en la misma el lugar y fecha del comienzo de las pruebas. QUINTA. TRIBUNAL CALIFICADOR. El Tribunal calificador de esta convocatoria estará constituido por: - Presidente/a, que será personal con relación funcionarial de carrera o laboral fijo del Ayuntamiento de Pájara - Secretario/a, que será el del Organismo Autónomo. - Dos Vocales, que serán designados del personal con relación funcionarial de carrera o laboral fijo del Ayuntamiento de Pájara El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de la mitad de sus miembros, titulares o suplentes indistintamente, siendo siempre necesario la presencia del Presidente/a y Secretario/a o de quienes legalmente le sustituyan. Las decisiones se adoptarán por mayoría de votos de los miembros presentes, resolviendo en caso de empate el voto de calidad del Presidente del Tribunal. La designación de los miembros del Tribunalse hará pública en la Resolución que determine la fecha de inicio de las pruebas. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la autoridad convocante, y los aspirantes podrán recusarlos cuando concurran las circunstancias previstas en los artículos 23 y 24, respectivamente, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público. La actuación del Tribunalse ajustará estrictamente a las bases de la convocatoria. No obstante, el mismo resolverá las dudas que surjan de su aplicación y podrá tomar los acuerdos que correspondan, para aquellos supuestos no previstos en las bases. SEXTA. PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN. A. VALORACIÓN DE LA EXPERIENCIA PROFESIONAL. I. Experiencia profesional: Se valorarán losservicios prestados en puestos de igual naturaleza y categoría, tanto en el ámbito público como en el privado,siendo necesario presentar “Informe de Vida Laboral” del Ministerio de Empleo y Seguridad Social para el cómputo del mismo. Por cada año efectivo de trabajo 1 punto. Las fracciones inferiores al año se valorarán trimestralmente, de forma proporcional a la puntuación otorgada al año, puntuándose a 0´25 puntos, no computándose fracciones inferiores. Máximo por este concepto: 5 puntos. B. FORMACIÓN PROFESIONAL. - Por acreditación de titulaciones académicas relacionadas con el puesto: a) FP II, Ciclo Formativo de Grado Superior o equivalente: 1 punto 7040 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 40, lunes 3 de abril de 2017 b) Título de Grado o equivalente: 1’5 puntos - Por asistencia a Cursos,Jornadas, Seminarios que estén relacionados con la plaza: a) Menos de 20 horas: 0’10 puntos b) De 20 a 50 horas: 0’20 puntos c) De 51 a 149 horas: 0’30 puntos d) De 150 horas en adelante: 0’50 puntos Si en el diploma o certificado no figurase el número de horas se valorará hasta 0’10 puntos. Máximo por este concepto: 3 puntos. C. ENTREVISTA. El Tribunal realizará a cada aspirante una entrevista personal relacionada con el trabajo a desempeñar y méritos presentados. Máximo por este concepto: 2 puntos. La no asistencia a la entrevista de los aspirantes determinará la exclusión de la Convocatoria. El orden de calificación definitiva estará determinado por la suma de las puntuaciones obtenidas en el conjunto de los méritos valorados (A+B+C) SÉPTIMA.COMIENZOYDESARROLLODELAS PRUEBAS. El orden de realización de la entrevista será alfabético, comenzando por la letra A del primer apellido. OCTAVA.LISTADEAPROBADOSYPROPUESTA FINAL DEL TRIBUNAL. Finalizadas las pruebas especificadas, el Tribunal elevará propuesta a la Presidencia de aquel o aquella aspirante que resulte con mayor puntuación, como candidato a ocupar la plaza objeto de provisión, en régimen laboral temporal. Asimismo, el Tribunal hará pública la relación de aptos por orden de puntuación de aquellos/as aspirantes que han de integrar la lista de reserva que se crea, por estricto orden de puntuación, elevándose dicha propuesta al Sr./a Presidente/a del Organismo Autónomo para su nombramiento. El Tribunal puede determinar en su propuesta dejar desierta la convocatoria. NOVENA. NOMBRAMIENTO Y FORMALIZACIÓN CONTRATO LABORAL. Si no compareciera el aspirante nombrado a la firma del contrato en la fecha señalada, salvo causa de fuerza mayor acreditada, quedará sin efecto el nombramiento, decayendo en todos sus derechos. En relación con la lista de reserva, concluido el proceso selectivo y nombrado los/as aspirantes que integren la lista de reserva,se practicara el oportuno requerimiento para su incorporación a un puesto en caso de producirse un caso de vacante o, en su caso, por circunstancias del servicio. Si no comparecieran en el plazo máximo de tres días, a contar desde el requerimiento practicado, pasarán al último lugar de la lista. La segunda vez que se les requiera a tales efectos y no se incorporen al puesto se les excluirá de la lista de reserva. Cuando uno de losintegrantes de la lista de reserva que se encuentre cubriendo una sustitución,se les ofertará exclusivamente aquellas ofertas de empleo que supongan cubrir una nueva plaza para cubrir necesidades delservicio y no aquellas ofertas para otra sustitución por vacante de trabajador con derecho de reserva del puesto de trabajo. DÉCIMA. IMPUGNACIONES. La convocatoria y sus bases y cuantos actos administrativosse deriven de éstas y de las actuaciones del Tribunal, podrán serimpugnadas porlosinteresados en los casos y en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y demás legislación de aplicación. UNDÉCIMA. NORMATIVA APLICABLE. En lo no previsto en estas Bases, se estará con caráctersupletorio, a lo establecido en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, Texto Refundido de las Disposiciones Legales Vigentes en Materia de Régimen Local; Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto del Empleado Público; y demás normativa que resulte de aplicación” Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 40, lunes 3 de abril de 2017 7041 ANEXO SOLICITUD DE ADMISIÓN ALCONCURSO PARALAPROVISIÓN DE UNAPLAZADE MAESTRO/A EN EDUCACIÓN INFANTIL Y LISTA DE RESERVA DE LA MISMA CATEGORÍA, EN RÉGIMEN LABORALTEMPORAL, DESDE EL1 DE MAYO DE 2017 AL31 DE AGOSTO DE 2018 DE LAPLANTILLA DE PERSONAL DEL ORGANISMO AUTÓNOMO “ESCUELAS INFANTILES DE PÁJARA”. NOMBRE: APELLIDOS: D.N.I.: DIRECCIÓN: Nº TELÉFONO: DOCUMENTACIÓN QUE SE ADJUNTA: - Fotocopia del D.N.I. - Certificado Médico acreditativo o declaración responsable de que posee capacidad funcional para el desempeño de las correspondientesfunciones. (En elsupuesto de presentar declaración responsable deberá entregar el certificado médico acreditativo de que posee capacidad funcional con anterioridad a ocupar el puesto de trabajo) - Fotocopia Cartilla de la Seguridad Social. - Declaraciones juradas de cumplir con las condiciones de admisión estipuladas en la cláusula segunda, letra e), de las Bases de la presente convocatoria - Documentación acreditativa de los méritos … … … El/la aspirante, en este acto manifiesta reunir todas y cada una de las condiciones exigidas en la base segunda de las Bases reguladoras de la convocatoria, declarando que se somete expresamente a las mismas. En Pájara, a _________ de _______________ de 2017. Fdo. /________________________________ SRA. PRESIDENTA DEL ORGANISMO AUTÓNOMO “ESCUELAS INFANTILES DE PÁJARA”. Lo que se hace público para conocimiento general, indicándose que para cualquier aclaración sobre las plazas ofertadas han de ponerse en contacto con la Dirección del Organismo Autónomo, en el Centro de la Escuela Infantil de Morro Jable. En Pájara, a veinte de marzo de dos mil diecisiete. LA SECRETARIA DELEGADA, María Sonia Ruano Domínguez.

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