En el BOP del 30/09 se ha publicado en la página 19428:
D. Juan Miguel Padrón Brito, en su calidad de
Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de El Pinar
de El Hierro, y de conformidad con lo dispuesto en
el artículo 31.1f) de la Ley 7/2015 de 01 de abril, de
los Municipios de Canarias hace saber:
Primero: que por Decreto de la Alcaldía- presidencia
nº 0076 de fecha 22 de septiembre se acuerda subsanar
las Bases Específicas para la creación de una Lista de
Reserva de Técnico de Gestión aprobadas por Decreto
de la Alcaldía Presidencia nº 0047 de fecha 2 de septiembre
de 2015, modificando el apartado segundo
relativo a “Condiciones y requisitos de acceso” de
las “Bases específicas para la creación de una lista de
reserva de Técnico de Gestión en el Ayuntamiento de
El Pinar de El Hierro”, de la siguiente forma:
Primero:
a) Donde dice:
Artículo 2.- Condiciones y requisitos de los aspirantes.
Para tomar parte en este proceso selectivo, los
aspirantes deberán reunir los requisitos establecidos
en las Bases Generales que rigen el proceso de creación
de Listas de Reserva en el Ayuntamiento de El
Pinar (Bases Publicadas en el BOP nº 48 de fecha
lunes 8 de abril de 2013) así como estar en posesión
del Título de Licenciado en Derecho, Ciencias del
Trabajo, Administración y Dirección de Empresas,
Económicas, o Título de Diplomado en Relaciones
Laborales o Ciencias Empresariales. En el caso de
titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá
estar en posesión de la credencial que acredite su
homologación.
Debe de decir:
Artículo 2.- Condiciones y requisitos de los aspirantes.
Para tomar parte en este proceso selectivo, los aspirantes
deberán reunir los requisitos establecidos en
las Bases Generales que rigen el proceso de creación
de Listas de Reserva en el Ayuntamiento de El Pinar
(Bases Publicadas en el BOP nº 48 de fecha lunes 8
de abril de 2013) así como estar en posesión del Tí-
tulo de Ingeniero Técnico, Diplomado Universitario,
Arquitecto Técnico, Formación Profesional de Tercer
Grado o equivalente, o en condiciones de obtenerlo
en la fecha que finalice el plazo de presentación de
solicitudes. En el caso de titulaciones obtenidas en el
extranjero se deberá estar en posesión de la credencial
que acredite su homologación.
Segundo: Publicar la referida subsanción de las
bases, en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa
Cruz de Tenerife y en el tablón de anuncios del
Ayuntamiento, haciendo saber que contra la misma,
podrá interponerse en el plazo de dos meses, contados
desde el día siguiente al de su publicación
en el “BOP de Santa Cruz de Tenerife”, recursos
contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo
contencioso-Administrativo de la provincia de Santa
Cruz de Tenerife, de conformidad con lo dispuesto en
el artículo 46 de la ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa
o potestativamente y con carácter previo, en el plazo
de un mes, recurso de reposición ante esta Alcaldía,
según disponen los artículos 11 y 117 de la ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del procedimiento
Administrativo común.
Tercero: establecer un nuevo plazo en la convocatoria
para la presentación de solicitudes para concurrir
en el correspondiente proceso selectivo, de diez días
hábiles, a partir de la publicación en el Boletín Oficial
de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, dado que
la presente subsanación afecta a las condiciones de
acceso de los aspirantes.
Lo que se hace público para el general conocimiento,
en El Pinar de El Hierro, a 22 de septiembre de 2015.
V.º B.º: el Alcalde-Presidente, Juan Miguel Padrón
Brito.
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