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martes, 6 de abril de 2010

SE CONVOCAN LAS PRUEBAS DE ACCESO A GRADO MEDIO Y SUPERIOR DE FORMACIÓN PROFESIONAL

En el Boletín Oficial de Canarias de hoy se ha convocado las pruebas de acceso de grado medio y grado superior de Formación Profesional, de las Enseñanzas Profesionales de Artes Plásticas y Diseño, y de las Enseñanzas Deportivas de régimen especial.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- Para poder acceder al grado medio y grado superior de las Enseñanzas de Formación Profesional del sistema educativo, Enseñanzas Profesionales de Artes Plásticas y Diseño y Enseñanzas Deportivas de régimen especial, es necesario estar en posesión de una determinada titulación o acreditación académica; sin embargo, si no se posee dicha titulación, se podrá acceder a dichas enseñanzas, pero para ello se deberá realizar una prueba de acceso.
Segundo.- La prueba de acceso tendrá por objeto comprobar que el aspirante tiene los conocimientos y habilidades suficientes para cursar con aprovechamiento las enseñanzas de grado medio, y la madurez en relación con los objetivos del bachillerato para cursar con aprovechamiento las enseñanzas de grado superior.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.- Según lo dispuesto en los artículos 41, 52 y 64 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE nº 106, de 4.5.06), prevén que podrán acceder a los grados medio y superior de estas enseñanzas aquellos aspirantes que, careciendo de los requisitos académicos, superen una prueba de acceso regulada por las Administraciones educativas.
Segundo.- Así mismo, el Real Decreto 1.538/2006, de 15 de diciembre, por el que se establece la ordenación general de la Formación Profesional del sistema educativo (BOE nº 3, de 3.1.07), regula el acceso mediante prueba a la formación profesional del sistema educativo de grado medio y superior y las correspondientes exenciones.
Tercero.- Por otra parte, conforme lo regulado en el Real Decreto 596/2007, de 4 de mayo, por el que se establece la ordenación general de las Enseñanzas Profesionales de Artes Plásticas y Diseño (BOE nº 125, de 25.5.07), respecto al acceso sin requisitos académicos y las exenciones de la prueba específica de acceso a los grados medio y superior de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño.
Cuarto.- De acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, por el que se establece la ordenación general de las Enseñanzas Deportivas de régimen especial (BOE nº 268, de 8.11.07), respecto del acceso a estas enseñanzas sin estar en posesión de los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller.
Quinto.- Teniendo en cuenta las condiciones generales de la presente convocatoria de pruebas de acceso a la Formación Profesional del sistema educativo y a las Enseñanzas Deportivas de régimen especial, se encuentran reguladas en la Orden de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, de fecha 22 de febrero de 2008, por la que se regula el acceso a la formación profesional del sistema educativo y a las enseñanzas deportivas de régimen especial (BOC nº 55, de 17.3.08), y conforme lo establecido en su artículo 10 que determina que cada año tendrá lugar, al menos, una convocatoria de pruebas de acceso a los ciclos formativos de grado medio y superior, con celebración en cada una de las islas.
De acuerdo con todo lo anterior, en ejercicio de las competencias que me atribuye el artículo 12, apartados a), b) y c) del Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes aprobado por el Decreto 113/2006, de 26 de julio (BOC nº 148, de 1.8.06), en su redacción actual,
R E S U E L V O:
Primero.- Convocar para el año 2010, las pruebas de acceso al grado medio y grado superior de la Formación Profesional, a las Enseñanzas Profesionales de Artes Plásticas y Diseño y a las Enseñanzas Deportivas de régimen especial, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Segundo.- Esta convocatoria se regirá por las Bases recogidas en el anexo de la presente Resolución.
Contra la presente Resolución se podrá interponer recurso de alzada ante el Ilmo. Sr. Viceconsejero de Educación y Universidades, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Santa Cruz de Tenerife, a 23 de marzo de 2010.- El Director General de Formación Profesional y Educación de Adultos, Manuel Jorge Pérez.
A N E X O
BASES DE LA CONVOCATORIA PARA EL AÑO 2010, DE LAS PRUEBAS DE ACCESO AL GRADO MEDIO Y GRADO SUPERIOR DE LA FORMACIÓN PROFESIONAL, A LAS ENSEÑANZAS PROFESIONALES DE ARTES PLÁSTICAS Y DISEÑO Y A LAS ENSEÑANZAS DEPORTIVAS DE RÉGIMEN ESPECIAL, EN EL ÁMBITO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS.
A) BASES COMUNES
Primera.- Objeto de las pruebas.
Las pruebas de acceso tienen por objeto permitir el acceso al grado medio y grado superior de la formación profesional del sistema educativo, enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño y enseñanzas deportivas de régimen especial, a quienes no se encuentren en posesión de la titulación académica correspondiente. Por lo tanto, las personas aspirantes deberán acreditar, para el grado medio, poseer los conocimientos y habilidades suficientes para cursar con aprovechamiento dichas enseñanzas y, para el grado superior, la madurez en relación con los objetivos de bachillerato.
Segunda.- Requisitos de inscripción a las pruebas de acceso.
1. Podrán concurrir a las pruebas de acceso al grado medio las personas aspirantes que, no poseyendo las condiciones para el acceso directo, tengan, como mínimo, diecisiete (17) años cumplidos en el año de realización de la prueba.
2. Podrán concurrir a las pruebas de acceso al grado superior quienes, no poseyendo las condiciones para el acceso directo, reúnan, al menos, uno de los siguientes requisitos:
- Tener, como mínimo, diecinueve (19) años cumplidos en el año de realización de la prueba.
- Tener, como mínimo, dieciocho (18) años cumplidos en el año de realización de la prueba y acreditar el estar en posesión del título de Técnico de la misma familia profesional al que se desea acceder.
Tercera.- Régimen de validez de las pruebas de acceso.
1. La superación de la prueba de acceso al grado medio de formación profesional y de las enseñanzas deportivas, así como la parte general de la prueba de acceso al grado medio de las enseñanzas de artes plásticas y diseño, tendrá la misma validez.
2. La superación de la parte común de la prueba de acceso al grado superior de la formación profesional, de la parte general de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño y la prueba de carácter general de las enseñanzas deportivas, tendrá la misma validez.
3. Las pruebas de acceso al grado medio y grado superior tendrán validez en todo el territorio nacional. En los ciclos de grado superior, el acceso a cada uno de ellos mediante pruebas, quedará determinado de acuerdo con la parte específica de la misma.
4. La superación de la parte general de la prueba de acceso a las Enseñanzas Profesionales de Artes Plásticas y Diseño, tendrá validez para posteriores convocatorias.
Cuarta.- Condiciones de admisión.
1. Quienes se presenten a las pruebas de acceso a las enseñanzas de formación profesional, deberán solicitar en su caso, plaza en los centros docentes en los plazos establecidos en el proceso de admisión.
2. Las personas aspirantes que hayan superado la parte general de la prueba de acceso a las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño o hayan superado la prueba de acceso a las enseñanzas deportivas de régimen especial, deberán presentarse a las pruebas específicas correspondientes que permitan demostrar las condiciones necesarias para cursarlas con aprovechamiento, y que serán convocadas por la Dirección General de Formación Profesional y Educación de Adultos.
Quinta.- Supervisión de las pruebas de acceso.
La Inspección de Educación velará por el desarrollo adecuado de todo el proceso, incluido el puntual cumplimiento de las distintas acciones que comprende el procedimiento informatizado para la eficaz culminación del mismo.
Sexta.- Protección de datos del alumnado de carácter personal.
1. De acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en su Disposición Adicional Vigésimo tercera, los centros docentes podrán recabar los datos personales de su alumnado que sean necesarios para el ejercicio de su función educativa. De acuerdo con las presentes Bases, la incorporación de un alumno o alumna a un centro docente para concurrir a las convocatorias supondrá el consentimiento para el tratamiento de sus datos, en los términos establecidos en la legislación sobre protección de datos. En todo caso, la información a la que se refiere este apartado será la estrictamente necesaria para la función docente y evaluadora, no pudiendo tratarse con fines diferentes del educativo sin consentimiento expreso.
2. En el tratamiento de los datos del alumnado se aplicarán normas técnicas y organizativas que garanticen su seguridad y confidencialidad. El profesorado y el resto del personal que, en el ejercicio de sus funciones, acceda a datos personales y familiares o que afecten al honor e intimidad de los menores o sus familias quedará sujeto al deber de sigilo.
3. La cesión de los datos, incluidos los de carácter reservado, necesarios para la realización de las pruebas, se realizará preferentemente por vía telemática y estará sujeta a la legislación en materia de protección de datos de carácter personal.
B) BASES ESPECÍFICAS
I. PRUEBAS DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL DEL SISTEMA EDUCATIVO Y A CICLOS DE LAS ENSEÑANZAS DEPORTIVAS DE RÉGIMEN ESPECIAL.
Primera.- Inscripción en las pruebas de acceso.
1. El plazo de presentación de solicitudes será del 8 de abril al 30 de abril de 2010, ambos inclusive.
2. Los aspirantes presentarán, en la Secretaría de un Instituto de Educación Secundaria (IES), Instituto de Formación Profesional Agraria (IFPA), Instituto de Formación Profesional Marítimo Pesquera (IFPM), Centro de Educación a Distancia (CEAD) o Centro de Educación de Personas Adultas (CEPA) de la Comunidad Autónoma de Canarias, sus solicitudes de inscripción conforme al modelo de solicitud que figura en el Anexo I a) o I b), según corresponda, de las presentes Bases, que podrá obtenerse en cualquiera de estos centros, así como a través de Internet, en la Web de la Consejería http://www.gobiernodecanarias.org/educacion. Cada solicitante presentará una única instancia, que constará de original y una copia, la cual será fechada, sellada y entregada como comprobante al solicitante, junto con la siguiente documentación:
a) Fotocopia del D.N.I./N.I.E. vigente, o documento equivalente mediante el cual se justificará la edad, que será cotejado con el original por el funcionario correspondiente en el momento de presentar la solicitud.
b) En su caso, fotocopia compulsada del título de Técnico o de la página del Libro de Calificaciones de Formación Profesional del ciclo formativo donde conste la solicitud de expedición del título correspondiente.
c) Justificación de haber abonado la tasa (modelo 700) correspondiente a las pruebas según Resolución de 15 de enero de 2010, de la Dirección General de Tributos (BOC nº 20, de 1.2.10).
3. Quienes tengan derecho a la exención de la totalidad de la prueba o a una parte de la misma, deberá formalizar la inscripción en la prueba y promover en la misma la solicitud de exención ante la Dirección del centro docente, junto con la documentación correspondiente, de conformidad con lo previsto en los artículos 18 y 23 de la Orden de 22 de febrero de 2008, por la que se regula el acceso a la formación profesional del sistema educativo y a las enseñanzas deportivas de régimen especial (BOC nº 55, de 17.3.08).
4. Si el aspirante desea solicitar exención de la parte específica de la prueba de acceso al grado superior, por acreditar una experiencia laboral de al menos un año, que se corresponda con los estudios profesionales que desee cursar, la instancia de solicitud deberá ser presentada en un centro docente donde se imparta el ciclo formativo que desea cursar, a fin de que el Departamento Didáctico competente emita el informe correspondiente.
Si no existiera el ciclo formativo de grado superior en la isla de residencia de la persona solicitante, deberá presentar la instancia de solicitud en la Dirección Territorial de Educación o Dirección Insular de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, para que con el asesoramiento de la Inspección de Educación, remita mediante fax, toda la documentación a un centro donde se imparta el ciclo formativo, a fin de que el Departamento Didáctico de la familia profesional emita el informe correspondiente y se introduzcan los datos de inscripción en el procedimiento telemático.
Segunda.- Procedimiento y publicación de listas.
1. Los centros receptores de las solicitudes, las introducirán por un procedimiento telemático a través de la página de Internet http://www.gobiernodecanarias.org/educacion/gescentros, desde el día 8 de abril hasta las 15,00 horas del 3 de mayo de 2010.
2. Los centros docentes y las Direcciones Insulares de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes publicarán el día 5 de mayo de 2010, las listas provisionales con la relación de aspirantes, clasificados por grados y, en los ciclos formativos de grado superior, además, por título, así como la exención a la prueba, si corresponde. Estas listas se podrán consultar en la página de Internet:
http://www.gobiernodecanarias.org/educacion/webfp/pruebasdeacceso, y en el tablón de anuncios del centro donde se inscribió el aspirante.
3. Los aspirantes podrán presentar reclamación a la lista provisional desde el día 5 de mayo hasta las 10,00 horas del 7 de mayo de 2010.
4. Los centros docentes resolverán dichas reclamaciones e introducirán las estimatorias en el procedimiento telemático, antes de las 14,00 horas del día 7 de mayo de 2010.
5. Las listas definitivas se publicarán el día 10 de mayo de 2010 en el tablón de anuncios del centro docente donde se inscribió el aspirante y en la página de Internet:
http://www.gobiernodecanarias.org/webfp/pruebasdeacceso.
6. En aquellos casos en que la persona aspirante haya realizado el curso preparatorio de las pruebas de acceso a los ciclos formativos de grado medio, y ha superado un programa de cualificación profesional inicial, los CEPA y CEAD deberán grabar la nota en la aplicación informática programada al efecto antes del 7 de mayo. Así mismo, cuando la persona aspirante haya realizado el curso preparatorio de las pruebas de acceso a los ciclos formativos de grado superior y posea el título de técnico, los CEPA y CEAD deberán grabar la nota en la aplicación informática programada al efecto antes del 7 de mayo de 2010.
Tercera.- Contenido y estructura de las pruebas.
1. El contenido y estructura de la prueba de acceso al grado medio de la formación profesional del sistema educativo y a las enseñanzas deportivas de régimen especial, será el establecido en el artículo 17 de la Orden de 22 de febrero de 2008, por el que se regula el acceso a la formación profesional del sistema educativo y a las enseñanzas deportivas de régimen especial (BOC nº 55, de 17.3.08).
2. El contenido y estructura de la prueba de acceso al grado superior de la formación profesional del sistema educativo, será el establecido en el artículo 22 de la precitada Orden.
3. El contenido y estructura de la prueba de acceso al grado superior de las enseñanzas deportivas de régimen especial, será la parte común de las pruebas de acceso a los ciclos formativos de grado superior prevista en el artículo 22.2.a) de la precitada Orden.
Cuarta.- Comisiones Evaluadoras.
1. La Inspección de Educación propondrá a las Direcciones Territoriales de Educación el nombramiento de las personas para la Presidencia, Vocales y Asesores de las Comisiones Evaluadoras, antes del día 4 de mayo de 2010.
2. Las Direcciones Territoriales de Educación, a la vista del número total de solicitudes por islas, clasificadas por grados, y en los ciclos formativos de grado superior, además, por título, nombrarán a los miembros de las Comisiones de Evaluación que se constituyan en cada isla.
3. Con tres días hábiles de antelación, como mínimo, al comienzo de las pruebas, la correspondiente Dirección Territorial de Educación comunicará a los centros docentes donde se vayan a celebrar las pruebas, las Comisiones Evaluadoras designadas y las respectivas relaciones de aspirantes.
4. La Comisión Evaluadora se reunirá al menos 24 horas antes de la celebración de la prueba para su constitución, actuando de Secretario o Secretaria, el vocal o la vocal de menor edad, quien levantará acta de la reunión, así como de todas aquellas sesiones que se celebren hasta la finalización del proceso.
Quinta.- Fecha y lugar de celebración.
1. Tanto las pruebas de acceso al grado medio como al grado superior se celebrarán el día 15 de mayo de 2010. La presentación de las personas aspirantes será a las 8,30 horas, en cada una de las sedes, para dar comienzo a su realización a las 9,00 horas.
La presentación de las personas aspirantes a la parte específica de la prueba de acceso al grado superior, será a las 12,00 horas del mismo día, para dar comienzo a su realización a las 12,30 horas.
2. Los centros docentes donde se celebrarán las pruebas son los siguientes:
Gran Canaria:
- I.E.S. Tomás Morales, prueba de acceso al grado superior.
- I.E.S. Pérez Galdós, prueba de acceso al grado medio.
Lanzarote:
- I.E.S. César Manrique.
Fuerteventura:
- I.E.S. Puerto del Rosario.
Tenerife:
- I.E.S. César Manrique e I.E.S. Virgen de Candelaria, prueba de acceso al grado medio.
- I.E.S. La Laboral de La Laguna, prueba de acceso al grado superior.
La Palma:
I.E.S. Luis Cobiella Cuevas.
La Gomera:
- I.E.S. San Sebastián de La Gomera.
El Hierro:
- I.E.S. Garoé.
3. Los centros receptores de inscripciones para realizar la prueba de acceso al grado medio en Tenerife, publicarán en el tablón de anuncios del centro la relación de alumnos inscritos con indicación del centro en que deberán realizar la prueba. Estos listados se publicarán en la Web de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes.
4. Los participantes deberán ir provistos del Documento Nacional de Identidad o documento equivalente, a efectos de identificación ante la Comisión Evaluadora y de la copia de la solicitud para concurrir a la prueba.
Sexta.- Calendario de calificaciones y de reclamaciones de notas.
1. El día 21 de mayo de 2010, se publicarán los resultados de las pruebas en el centro docente en el que se realizaron. Estas listas se podrán consultar en la página de Internet http://www.gobiernodecanarias.org/webfp/pruebasdeacceso, y en el tablón de anuncios del centro donde se inscribió el aspirante.
2. Las personas aspirantes podrán presentar reclamaciones a las calificaciones obtenidas hasta el 24 de mayo. Las reclamaciones deberán presentarse en el centro docente donde se inscribió el/la aspirante a las pruebas, debiendo dirigirlas a la Presidencia de la Comisión Evaluadora.
3. La certificación se podrá recoger en el centro docente donde el alumno o alumna se presentó a la prueba a partir del 1 de junio de 2010.
4. El centro docente deberá remitir las reclamaciones, vía fax, antes de las 15,00 horas del día 24 de mayo de 2010 a las Direcciones Territoriales de Educación de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes. Los centros de Tenerife, La Palma, La Gomera y El Hierro deberán remitir las reclamaciones al número (922) 592610, y los centros de Gran Canaria, Lanzarote y Fuerteventura al número (928) 307674.
Las reclamaciones serán resueltas por la Comisión Evaluadora el día 26 de mayo. Contra la resolución de la Comisión Evaluadora, que deberá ser motivada, cabrá interponer, en el plazo de un mes, recurso de alzada, que agotará la vía administrativa, ante la Dirección Territorial de Educación que corresponda.
5. Las actas de evaluación serán custodiadas por la Secretaría del centro donde se celebre cada una de las pruebas, la cual expedirá certificado a las personas aspirantes, conforme a los modelos que figuran como anexo IV a) y anexo IV b) de las presentes bases.
Séptima.- Reserva de plazas.
En la oferta de formación profesional del sistema educativo, que haga cada centro, se establecerá una reserva de plazas de un 20 por 100, para quienes acrediten haber superado la prueba de acceso, según se regula en la norma de admisión, que se mantendrá hasta el final del período oficial de matriculación. En caso de no ser cubiertas estas plazas se acumularán a las personas aspirantes que para cada grado cumplen con los requisitos académicos previstos para el acceso directo. Este porcentaje podrá ser ampliado cuando no se cubran todas las plazas reservadas a quienes cumplen los requisitos académicos.
II. PRUEBAS DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE ARTES PLÁSTICAS Y DISEÑO.
Octava.- Partes de las pruebas de acceso.
1. Las pruebas de acceso a que hace referencia el artículo 52.4 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, constarán de dos partes:
a) La parte general.
Para el acceso al grado medio, versará sobre las capacidades básicas de la educación secundaria obligatoria y en ella la persona aspirante deberá acreditar que posee los conocimientos y habilidades suficientes para cursar con aprovechamiento dichas enseñanzas.
Para el acceso al grado superior, versará sobre los conocimientos y capacidades básicas de las materias comunes del Bachillerato y en ella la persona aspirante deberá acreditar que posee la madurez necesaria en relación con los objetivos del Bachillerato.
b) La parte específica, que permitirá demostrar las aptitudes y los conocimientos artísticos necesarios para cursar con aprovechamiento las enseñanzas correspondientes, se celebrará en las correspondientes Escuelas de Arte y en las Escuelas de Arte y Superiores de Diseño.
2. Quienes superen la parte general de la prueba de acceso quedarán automáticamente inscritos para la realización de la parte específica de la prueba de acceso.
3. La presente resolución regula la parte general de las pruebas de acceso a las que se refiere el apartado anterior, mientras que la parte específica será objeto de posterior convocatoria por esta Dirección General de Formación Profesional y Educación de Adultos.
4. La parte específica de la prueba de acceso se realizará conjuntamente con la prueba específica de acceso, puesto que en ambas se deben demostrar las aptitudes y conocimientos artísticos necesarios para cursar con aprovechamiento las enseñanzas correspondientes.
Novena.- Inscripción en las pruebas de acceso.
1. El plazo ordinario de inscripción para realizar la prueba de acceso para los ciclos formativos tanto de grado medio como de grado superior será del 8 de abril al 1 de junio de 2010, ambos inclusive. El alumnado que supere dicha prueba quedará automáticamente inscrito, sin más trámite, para la realización de la parte específica de la prueba de acceso.
2. Las personas aspirantes presentarán, en la Secretaría de la Escuela de Arte donde se imparta el ciclo formativo que desean cursar, sus solicitudes de inscripción conforme al modelo de solicitud que figura en el Anexo II a) o II b) de las presentes Bases, que podrá obtenerse en cualquiera de estos centros, así como a través de Internet, en la Web de la Consejería http://www.gobiernodecanarias.org/educacion. Cada solicitante presentará una única instancia, que constará de original y una copia, la cual será fechada, sellada y entregada como comprobante al solicitante, junto con la siguiente documentación:
a) Fotocopia del D.N.I./N.I.E. o documento equivalente mediante el cual se justificará la edad, que será cotejado con el original en el momento de presentar la solicitud.
b) En su caso, fotocopia compulsada del título de Técnico o de la página del Libro de Calificaciones de Artes Plásticas y Diseño donde conste la solicitud de expedición del título correspondiente.
3. Los centros receptores de las solicitudes, las introducirán por un procedimiento telemático a través de la página de Internet http://www.gobiernodecanarias.org/educacion/gescentros, mediante clave asignada a cada centro, desde el día 1 de junio hasta las 12,00 horas del 11 de junio de 2010.
4. En el caso de ciclos formativos cuyas enseñanzas no se impartan en la isla de residencia del solicitante, éste podrá presentar la solicitud en la Inspección de Educación, haciendo constar en ella la Escuela de Arte en la que desea cursar el ciclo formativo y por tanto donde deberá realizar la prueba.
5. Los centros docentes o la Inspección de Educación, en el supuesto previsto en el apartado anterior, publicarán el día 2 de junio las listas provisionales de las personas aspirantes, clasificadas por grados y por ciclo formativo.
6. El alumnado aspirante podrá presentar reclamación a la lista provisional hasta el día 4 de junio de 2010, hasta las 12,00 horas.
7. Los centros docentes o la Inspección de Educación resolverán dichas reclamaciones y publicarán las listas definitivas el día 7 de junio siguiente, a las 14,00 horas, cuyos datos serán introducidos por un procedimiento telemático a través de la página de Internet http://www.gobiernodecanarias.org/educacion/gescentros.
8. El plazo extraordinario de inscripción para realizar la prueba de acceso para los ciclos formativos de grado superior será del 1 al 6 de septiembre de 2010, ambos inclusive. El alumnado que supere dicha prueba quedará automáticamente inscrito, sin más trámite, para la realización de la parte específica de la prueba de acceso. Quienes se presenten a las pruebas extraordinarias podrán optar a las plazas no cubiertas, por el acceso directo y las pruebas ordinarias, de los grupos previamente autorizados.
Décima.- Estructura y contenido de la parte general de las pruebas de acceso al grado medio.
1. La parte general de la prueba de acceso al grado medio de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño, deberá acreditar los conocimientos y habilidades suficientes, para cursar con aprovechamiento dichas enseñanzas.
2. La parte general de la prueba de acceso a los ciclos formativos de grado medio versará sobre las cuatro competencias básicas de la Educación Secundaria Obligatoria (ESO):
a) Socio-lingüística: tendrá como referente los currículos de las materias de Lengua Castellana y Literatura, Ciencias Sociales, Geografía e Historia y Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos. En esta parte se evaluará el grado de adquisición de la competencia en comunicación lingüística y de la competencia social y ciudadana.
b) Matemáticas: tendrá como referente el currículo de la materia de Matemáticas. En esta parte se evaluará el grado de adquisición de la competencia matemática.
c) Científico-técnica: tendrá como referente los currículos de las materias de Ciencias de la Naturaleza y Tecnologías. En esta parte se evaluará el grado de adquisición de la competencia en conocimiento y la interacción con el mundo físico.
d) Lengua Extranjera: esta parte será voluntaria y tendrá como referente el currículo de la materia de Lengua Extranjera (sólo será de Inglés o de Francés). Se evaluará el grado de adquisición de la competencia en comunicación lingüística.
Undécima.- Estructura y contenido de la parte general de las pruebas de acceso al grado superior.
1. La parte general de la prueba de acceso al grado superior de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño deberá acreditar la madurez en relación con los objetivos de Bachillerato.
2. La parte general versará sobre los conocimientos y capacidades básicas de las materias comunes del bachillerato, y valorará la madurez e idoneidad de los candidatos para seguir con éxito las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño de grado superior, así como su capacidad de razonamiento y expresión escrita. Versará sobre los contenidos básicos de las materias de Bachillerato de Lengua Castellana y Literatura y de Filosofía que establece el Decreto 202/2008, de 30 de septiembre, por el que se establece el currículo del Bachillerato de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 204, de 10.10.08). Asimismo, con carácter voluntario se realizará una prueba de Lengua Extranjera, que tendrá como referente el currículo de la materia de Lengua Extranjera de Bachillerato.
Duodécima.- Exención de la prueba de acceso.
1. La solicitud de exención será promovida por el interesado o interesada, ante la Dirección del centro docente, en el momento de formalizar la inscripción en la prueba.
2. Se establecen las siguientes exenciones a la prueba de acceso a los ciclos formativos de grado medio:
a) Exención de la parte general de la prueba de acceso para:
1) Quienes tengan superada una prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años, debiendo presentar la solicitud acompañada de original o fotocopia compulsada del certificado de haberla superado.
2) Quienes hayan superado la prueba de acceso a ciclos formativos de grado superior, debiendo presentar la solicitud acompañada de original o fotocopia compulsada del certificado de haberla superado, expedido por el centro correspondiente.
b) Exención de la parte de la prueba científico-técnica para quienes acrediten una determinada experiencia laboral, de al menos el equivalente a un año con jornada completa, en el campo profesional relacionado con los estudios que se quieran cursar. Para justificar esta situación, será necesario aportar la siguiente documentación:
a) Trabajador o trabajadora por cuenta ajena:
- Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social o de la mutualidad laboral a la que estuviera afiliado/a, donde consten las empresas, las categorías laborales (grupos de cotización) y los períodos de contratación, en su caso.
- Certificación de la empresa/s donde haya adquirido la experiencia laboral, en la que conste específicamente la duración del/de los contrato/s, la/s actividad/es desarrollada/s y el número de horas dedicadas a la/s misma/s y el puesto de trabajo desempeñado.
b) Trabajador o trabajadora por cuenta propia:
- Certificación del período de cotización en el Régimen especial de trabajadores autónomos.
- Certificación de la inscripción en el censo de Obligados Tributarios.
- Declaración del interesado sobre las actividades desarrolladas durante el ejercicio profesional.
3. Se establecen las siguientes exenciones a la prueba de acceso a los ciclos formativos de grado superior:
a) Exención de la parte general cuando se tenga superada la prueba de acceso a un ciclo formativo de grado superior de una familia profesional diferente, presentarán la solicitud acompañada de original o fotocopia compulsada del certificado de haberla superado, expedido por el centro correspondiente.
b) Estarán exentos de la parte general de la prueba de acceso quienes hayan superado la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años, debiendo presentar la solicitud acompañada de original o fotocopia compulsada del certificado de haberla superado, expedido por la facultad o escuela correspondiente.
4. Cada petición de exención será objeto de aprobación expresa por parte de la Dirección del centro docente, que refleje las exenciones concedidas, previo informe del equipo educativo correspondiente en caso de acreditar experiencia laboral, según modelo que figura en el Anexo III de esta Resolución. El contenido de la aprobación se incorporará al expediente del aspirante mediante la oportuna diligencia.
5. En caso de resolución denegatoria, ésta deberá ser motivada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y contra la misma se podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, ante el Director Territorial de Educación que corresponda.
Decimotercera.- Comisiones Evaluadoras.
1. La Inspección de Educación propondrá a las Direcciones Territoriales de Educación, antes del 3 de junio de 2010, el nombramiento de la persona que ostente la Presidencia, vocales y profesorado asesor de las Comisiones Evaluadoras encargadas de valorar los resultados de las pruebas.
2. A la vista de la propuesta de la Inspección educativa, las Direcciones Territoriales de Educación nombrarán a los miembros de las Comisiones Evaluadoras que se constituyan en cada Escuela de Arte, para ambas convocatorias, y que estarán compuestas de la siguiente forma:
- Presidencia: el Inspector o Inspectora o la persona que ejerza la dirección del centro.
- Vocales para la prueba de acceso: un profesor o profesora de cada una de las siguientes materias: de Lengua y Literatura, Inglés, Francés, Matemáticas, Tecnología y Filosofía.
- Vocales para la prueba específica: dos profesores o maestros de taller de la especialidad de que se trate, un profesor o profesora de Dibujo Artístico, y un profesor o profesora de Dibujo Técnico.
3. Con, al menos, tres días hábiles de antelación al comienzo de las pruebas, las Direcciones Territoriales de Educación comunicarán a las Escuelas de Arte, las Comisiones Evaluadoras designadas.
4. Cada Comisión Evaluadora se reunirá al menos 24 horas antes de la celebración de la primera prueba, para su constitución, actuando de Secretario el vocal de menor edad, quien levantará acta de la reunión, así como de todas aquellas sesiones que se celebren hasta la finalización del proceso.
Decimocuarta.- Lugares y fechas de celebración.
1. Los centros docentes donde se celebrarán las pruebas serán los siguientes:
- Gran Canaria: Escuela de Arte y Superior de Diseño "Gran Canaria".
- Lanzarote: Escuela de Arte "Pancho Lasso".
- La Palma: Escuela de Arte de Santa Cruz de La Palma.
- Tenerife: Escuela de Arte y Superior de Diseño "Fernando Estévez".
2. La parte general de las pruebas ordinarias de acceso a los ciclos formativos de grado medio y grado superior de Artes Plásticas y Diseño se celebrará el día 14 de junio de 2010. La presentación del alumnado aspirante será a las 8,30 horas, en cada una de las sedes, para dar comienzo a su realización a las 9,00 horas.
3. La parte general de las pruebas extraordinarias de acceso se celebrará el día 7 de septiembre de 2010. La presentación de las personas aspirantes será a las 8,30 horas, en cada una de las sedes, para dar comienzo a su realización a las 9,00 horas.
4. Quienes concurran, deberán ir provistos del D.N.I./N.I.E. o documento equivalente a efectos de identificación ante la Comisión Evaluadora y de la copia de la solicitud para concurrir a la prueba.
Decimoquinta.- Valoración de la prueba.
1. La prueba de acceso a ciclos formativos de artes plásticas y diseño se calificará numéricamente entre cero y diez, con dos decimales, siendo preciso obtener una calificación igual o superior a cinco (5) para su superación.
2. La nota final de la prueba se calculará siempre que se obtenga al menos una puntuación de cuatro en cada una de las partes y será la media aritmética de éstas, expresada con dos decimales, siendo positiva la calificación de cinco (5) puntos o superior.
3. Quienes hayan optado por realizar la prueba de Lengua Extranjera, que tiene un carácter voluntario, se le hallará la media aritmética siempre que la calificación obtenida sea superior a la media aritmética de las partes obligatorias.
4. Para aquel alumnado que haya superado un ciclo formativo de grado medio y haya realizado el curso de preparación de la prueba de acceso a la formación profesional de grado superior, en el cálculo de la nota final de la prueba de acceso, se añadirá a la media aritmética, la puntuación resultante de multiplicar por el coeficiente 0,15 la calificación obtenida en el curso de preparación de las pruebas de acceso.
5. Cuando corresponda conceder la exención de sólo alguna de las partes de la prueba de acceso, la nota media se calculará sobre las partes evaluadas, no computándose la exención a efectos del cálculo de nota final, con la excepción correspondiente a la exención por experiencia laboral que se calificará numéricamente con una puntuación de seis con cinco (6,5).
6. Las Comisiones de Evaluación entregarán en la Secretaría de la escuela de arte, una copia de las actas de evaluación para su custodia.
Decimosexta.- Calendario de resultados y reclamaciones a las calificaciones.
1. El 16 de junio de 2010, se publicarán las listas provisionales de los resultados de las pruebas de acceso ordinarias en la Escuela de Arte en que se realizaron, cuyos datos serán introducidos por el procedimiento telemático anteriormente indicado.
2. Las personas aspirantes podrán presentar reclamaciones a las calificaciones obtenidas en las pruebas ordinarias hasta el día 18 de junio siguiente. Las reclamaciones serán resueltas por la Comisión Evaluadora antes del día 19 de junio de 2010. Contra la resolución de la Comisión Evaluadora, que deberá ser motivada, cabrá interponer, en el plazo de un mes, recurso de alzada, que agotará la vía administrativa, ante la Dirección Territorial de Educación que corresponda.
3. Las listas definitivas se publicarán el día 21 de junio de 2010 en las Escuelas de Arte, siendo actualizadas las reclamaciones estimadas por el procedimiento telemático anteriormente indicado.
4. El día 9 de septiembre siguiente se publicarán las listas provisionales de los resultados de las pruebas de acceso extraordinarias en la Escuela de Arte en que se realizaron, antes de las 12,00 horas, cuyos datos serán introducidos por el procedimiento telemático anteriormente indicado.
5. Las personas aspirantes podrán presentar reclamaciones a las calificaciones obtenidas en las pruebas extraordinarias hasta las 14,00 horas del día 13 de septiembre de 2010. Las reclamaciones serán resueltas por la Comisión Evaluadora el día 14 de septiembre de 2010. Contra la resolución de la Comisión Evaluadora, que deberá ser motivada, cabrá interponer, en el plazo de un mes, recurso de alzada, que agotará la vía administrativa, ante la Dirección Territorial de Educación que corresponda.
6. El día 14 de septiembre de 2010, antes de las 14,00 horas, se publicarán las listas definitivas, teniendo en cuenta, en su caso, las reclamaciones estimadas.
7. Las actas de evaluación, serán custodiadas por la Secretaría de la Escuela de Arte donde se hayan celebrado las pruebas, la cual emitirá certificado a las personas aspirantes que hubieran superado las mismas, conforme a los modelos que figuran como Anexo IV a) y Anexo IV b) de las presentes Bases.
Ver anexo en las páginas 9316-9324 del documento Descargar
Animo!!!

lunes, 5 de abril de 2010

BASES DE CONVOCATORIA DE UN CAPATAZ Y JARDINEROS PARA EL ROSARIO

En el Boletín Oficial de Santa Cruz de Tenerife de hoy se ha publicado las bases de convocatoria de las siguientes categorías (páginas 8545 y siguientes):
1.- Bases que han de regir el procedimiento selectivo para la provisión, como personal laboral fijo, de una plaza de Capataz de los Servicios Municipales de Jardinería del Iltre. Ayuntamiento de El Rosario. (SE REGIRÁ POR CONCURSO-OPOSICIÓN)
REQUISITOS

1) Nacionalidad:
a) Ser español.
b) Los nacionales de los Estados Miembros de la Unión Europea podrán acceder, en igualdad de condiciones que los españoles a los empleos públicos, con excepción de aquellos que directa o indirectamente impliquen una participación en el ejercicio del poder público o en las funciones que tienen por objeto la salvaguardia de los intereses del Estado o de las Administraciones Públicas.
c) El cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, siempre que sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
d) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
e) Los extranjeros con residencia legal en España. Conforme a las normas legales vigentes.
2) Capacidad: poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
3) Edad: tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación
forzosa.
4) Habilitación: no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
5) Estar en posesión o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes: el Bachiller Superior, FP de 1º grado o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.
6) Personas con discapacidad: de conformidad con la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal, tendrán la consideración de personas con discapacidad aquellas a quienes se les haya reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 33%, circunstancia que deberá ser acreditada mediante certificado expedido por el órgano, en su caso, competente, debiendo acreditar asimismo la compatibilidad de su discapacidad con el desempeño de las tareas propias del puesto de trabajo al que se aspira.
Los aspirantes con discapacidad podrán pedir las adaptaciones y ajustes razonables de tiempos y medios en el proceso selectivo.
7) Estar en posesión o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes: el carnet de conducir: clase B.
SISTEMA DE SELECCION

* Primer ejercicio: Constará de dos partes:
A) Consistirá en desarrollar por escrito durante un período máximo de dos horas, un tema, extraído al azar, de los que constituyen el temario fijado en el anexo II.
B) Consistirá en la resolución, en un plazo máximo de 60 minutos, de un cuestionario de 50 preguntas tipo test sobre el programa de temas que figura en el anexo II, con cuatro respuestas, de las que sólo una de ellas es correcta.

* Segundo ejercicio: Práctico. Consistirá en la realización de una prueba práctica relacionada con los cometidos de la plaza, en la forma y tiempo que determine el Tribunal que facilitará a los aspirantes los medios de actuación precisos. Se valorará entre cero y diez puntos, siendo necesario obtener un mínimo de cinco puntos para superar el ejercicio.
TEMARIO

Tema 1.- La Constitución Española de 1978: estructura y contenido. Derechos y deberes fundamentales. El Tribunal Constitucional y el Defensor del Pueblo.
Tema 2.- El Municipio. Concepto y Elementos. El término municipal, alteraciones de términos municipales. La población municipal. El Padrón Municipal de Habitantes: formación, gestión y actualización. Los derechos y deberes de los vecinos.
Tema 3.- La organización municipal. Órganos necesarios: El Alcalde, Tenientes de Alcalde, El Pleno y la Junta de Gobierno Local. Órganos complementarios: Comisiones Informativas, los Concejales Delegados, la Comisión Especial de Cuentas.
Tema 4.- Las competencias municipales. Competencias propias y delegadas. Los servicios mínimos. Competencias en materia de protección del medio ambiente.
Tema 5.- Los bienes de las Entidades Locales. Clases. Bienes de dominio público. Bienes patrimoniales. Prerrogativas y potestades de las Entidades Locales en relación con sus bienes.
Tema 6.- Diseño de jardines. Replanteo del diseño en el terreno. Mobiliario, elementos vegetales y equipamiento.
Tema 7.- Implantación de Jardines Interiores. Elementos utilizados y operaciones especiales en este tipo de jardines.
Tema 8.- Preparación del Suelo en jardinería. Técnicas de Laboreo, Preparación y Manejo. Sustratos específicos para jardinería.
Tema 9.- Fertilización. Abonos simples y complejos.
Tema 10.- La propagación vegetal: Reproducción sexual y asexual. Semilleros y viveros.
Tema 11.- Tratamientos fitosanitarios: Plaguicidas, dosificación, aplicación y precauciones.
Tema 12.- Principales cultivos ornamentales y de flor cortada en Canarias. Variedades. Descripciones botánicas. Labores de cultivo. Plagas y enfermedades.
Tema 13.- El compostaje como alternativa al tratamiento de la materia orgánica. Tipos.
Tema 14.- El agua en la planta: agua utilizable por la planta. Capacidad de retención del suelo. Punto de marchitamiento. Capacidad útil y agua utilizable. Interacción entre agua y abonado.
Tema 15.- Características físicas y químicas del suelo. Funciones. Estudio de los tipos de suelo. Clases de tierras empleadas en jardinería. Mantenimiento del suelo.
Tema 16.- Plantación de árboles, arbustos y setos. La poda en el arbolado urbano. Tipos de poda más empleados, épocas. Transplante de árboles y arbustos.
Tema 17.- Analizar y conocer las distintas máquinas y herramientas que se utilizan en jardinería.
Tema 18.- Sistemas de riego. Manejo y su mantenimiento en jardinería.
Tema 19.- Instalaciones para la producción de plantas en Jardinería. Descripción y manejo.
Tema 20.- Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, y R.D. 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Servicios de Protección: Derecho a la protección frente a los riesgos laborales. Obligaciones de los trabajadores en materia de prevención de riesgos laborales.
2.- Seis plazas de Jardineros, para su provisión por personal laboral fijo, incluidas en la Ampliación de la Oferta de Empleo Público 2008.
REQUISITOS

1) Nacionalidad:
a) Ser español.
b) Los nacionales de los Estados Miembros de la Unión Europea podrán acceder, en igualdad de condiciones que los españoles a los empleos públicos, con excepción de aquéllos que directa o indirectamente impliquen una participación en el ejercicio del poder público o en las funciones que tienen por objeto la salvaguardia de los intereses del Estado o de las Administraciones Públicas.
c) El cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, siempre que sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
d) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
e) Los extranjeros con residencia legal en España. Conforme a las normas legales vigentes.
2) Capacidad: poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
3) Edad: tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación
forzosa.
4) Habilitación: no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
5) Estar en posesión o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes: el certificado de escolaridad o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.
6) Personas con discapacidad: de conformidad con la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal, tendrán la consideración de personas con discapacidad aquellas a quienes se les haya reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 33%, circunstancia que deberá ser acreditada mediante certificado expedido por el órgano, en su caso, competente, debiendo acreditar asimismo la compatibilidad de su discapacidad con el desempeño de las tareas propias del puesto de trabajo al que se aspira.
SISTEMA DE SELECCIÓN
El sistema de selección será el concurso-oposición que posibilitará la selección de personal con experiencia y especial formación.
La fase de concurso se realizará una vez celebrada la fase de oposición y sólo se valorarán los méritos de aquellos candidatos que hayan superado la fase anterior.
A) Fase de oposición:
Constará de dos ejercicios de carácter eliminatorio
y obligatorio:
Primer ejercicio: Teórico. Consistirá en la contestación de una prueba, durante un tiempo máximo de 1 hora, consistente en un test de treinta preguntas, con tres respuestas alternativas, de las cuales sólo una es la correcta, relacionadas con el temario que se incluye en el anexo II. Se valorará entre cero y diez puntos, siendo necesario obtener un mínimo de cinco puntos para acceder al segundo ejercicio.

Segundo ejercicio: Práctico. Consistirá en la realización de una prueba práctica relacionada con los cometidos de las plazas, en la forma y tiempo que determine el Tribunal que facilitará a los aspirantes los medios de actuación precisos. Se valorará entre cero y diez puntos, siendo necesario obtener un mínimo de cinco puntos para superar el ejercicio.
TEMARIO

Tema 1.- La Constitución Española de 1978: estructura y contenido. Derechos y deberes fundamentales. El Tribunal Constitucional y el Defensor del Pueblo.
Tema 2.- Organización Territorial del Estado. La Administración Local: la Provincia y el Municipio. La Administración Autonómica: los Estatutos de Autonomía.
Tema 3.- Características físicas y químicas del suelo. Funciones. Estudio de los tipos de suelo. Clases de tierras empleadas en jardinería. Mantenimiento del suelo.
Tema 4.- Métodos de limpieza de zonas verdes públicas. Inventario de arbolado.
Tema 5.- Descripción ordenada de las labores necesarias para la implantación de un césped. Cuidado del césped, control y eliminación de las malas hierbas.
Tema 6.- El riego en las zonas verdes, necesidad, épocas, periodicidad. Sistemas de riego más empleados.
Tema 7.- Plantación de árboles, arbustos y setos. La poda en el arbolado urbano. Tipos de poda más empleados, épocas. Transplante de árboles y arbustos.
Tema 8.- Principales plagas y enfermedades de los jardines. Métodos de prevención y lucha.
Tema 9.- Maquinaria para la jardinería: tipos y funciones. Uso de la maquinaria. Seguridad en la manipulación de la maquinaria.
Tema 10.- Equipos de trabajo y equipos de protección individual.
LISTAS DE RESERVA
Se establece en ambas bases de convocatoria que la relación de aspirantes que habiendo superado todos los ejercicios de la oposición, o un ejercicio de la oposición, constituirán, por este orden, la lista de reserva, la cual permitirá, que conforme lo vayan demandando las necesidades de los servicios, las personas incluidas en ella, sean contratadas temporalmente, a los solos efectos de supuestos de sustitución temporal de capataz o Jardineros. La indicada lista tendrá una vigencia hasta 31 de diciembre de 2012 o hasta que se produzca una nueva convocatoria.
SI OS INTERESA IR CONSIGUIENDO EL TEMARIO MIENTRAS SALE CONVOCATORIA QUE TENDRÁ QUE SALIR COMO DICE LAS BASES EN EL BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO QUE ES CUANDO SE PODRÁ PRESENTAR LA INSTANCIA.
Animo!!!

NOTICIAS DE UNA CONVOCATORIA DEL CABILDO DE GRAN CANARIA

En la página web del Cabildo de Gran Canaria han publicado la siguiente información de:

Animo!!!

BASES DE CONVOCATORIAS DEL SERVICIO CANARIO DE SALUD: LAVANDERA, LIMPIADORA, PINCHE, PEON Y PLANCHADORA

En el Boletin Oficial de Canarias de hoy se ha convocado del Servicio Canario de Salud las siguientes categorías: "Autorizar la convocatoria de pruebas selectivas para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas básicas vacantes de las categorías de Lavandera, Limpiadora, Pinche, Peón y Planchadora de los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud, a efectuar en el ámbito territorial de las Áreas de Salud de este Organismo y en el funcional y orgánico de las Direcciones Gerencias de Hospitales y de las Gerencias de Servicios Sanitarios del Servicio Canario de la Salud, por el sistema de concurso-oposición, y aprobar las bases generales comunes por las que se han de regir las citadas convocatorias, contenidas en el anexo I de la presente Resolución.
REQUISITOS
1. Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo o nacional de cualquiera de los Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

2. También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.

b) Titulación: poseer el Certificado de Escolaridad o en condiciones de obtenerlo dentro del plazo de presentación de solicitudes.

Serán admitidos aquellos títulos expedidos por los órganos competentes de los países miembros de la Unión Europea, así como por los otros países extranjeros siempre que estén oficialmente reconocidos y/u homologados, según proceda en cada caso, por el Ministerio de Educación.

c) Capacidad:
Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las tareas que se deriven del correspondiente nombramiento.

d) Edad:
Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.

e) Habilitación:
No haber sido separado del servicio, mediante expediente disciplinario, de cualquier Servicio de Salud o Administración Pública, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas ni, en su caso, para la correspondiente profesión.
En el caso de los nacionales de otros Estados, no encontrarse inhabilitado, por sanción o pena, para el ejercicio profesional o para el acceso a funciones o servicios públicos en su Estado, ni haber sido separado por sanción disciplinaria de alguna de sus Administraciones o Servicios Públicos.

f) Haber abonado las tasas por derecho de examen a que se refiere la base octava.

3. Requisitos específicos para el sistema de promoción interna:
Además de reunir los requisitos establecidos en el apartado 2 de esta base, los aspirantes que concurran por este sistema deberán acreditar:
a) Tener la condición de personal estatutario fijo del Servicio Canario de la Salud, perteneciendo a categoría distinta de aquella a la que se pretenda acceder, siempre que el título exigido para el ingreso sea de igual o superior nivel académico que el de la categoría de procedencia.
b) Encontrarse en situación administrativa de servicio activo, y con una antigüedad como personal estatutario fijo durante al menos dos años en la categoría de procedencia antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
c) Estar en posesión de la titulación exigida en la convocatoria o en condiciones de obtenerla dentro del plazo de presentación de solicitudes.
* Aspirantes con discapacidad, física, psíquica y sensorial.

1. En el caso de no participar por el turno de discapacidad, los aspirantes afectados por limitaciones físicas, psíquicas o sensoriales serán admitidos en igualdad de condiciones con los demás aspirantes, sin que puedan ser excluidos por estas causas, siempre que tales limitaciones no sean incompatibles con el desempeño de las tareas o funciones correspondientes.

2. La opción a la plaza reservada para quienes tengan la condición de personas con discapacidad con grado de minusvalía igual o superior al 33% habrá de formularse en la solicitud de participación, con declaración expresa de los interesados de reunir la condición legal exigida al respecto, que acreditarán en el momento de formular la solicitud mediante certificación original o fotocopia compulsada del equipo multiprofesional previsto en el artículo 1 del Decreto 43/1998, de 2 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo IV, Título VI de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, regulador del sistema de acceso de personas con minusvalía para la prestación de servicios en la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias y medidas de fomento para su integración laboral, o por el Órgano competente de las restantes Administraciones Públicas. Dicha certificación deberá adjuntarse a la solicitud de participación.

3. Con independencia de que hagan uso o no de la reserva para personas con discapacidad, aquellos aspirantes que precisen adaptaciones de tiempo y/o medios para la realización del ejercicio de la fase de oposición, deberán formular la correspondiente petición concreta en la solicitud de participación alegando qué tipo de discapacidad padecen y qué adaptaciones necesitan para la realización del citado ejercicio.
Tales extremos tendrán que ser acreditados mediante certificación vinculante del equipo multiprofesional previsto en el citado Decreto 43/1998, de 2 de abril, en la que, asimismo, deberá constar que están en condiciones de cumplir las tareas fundamentales de los puestos de trabajo a que aspiran y las adaptaciones necesarias de dichos puestos. La certificación habrá de ser presentada junto con la solicitud de participación.

4. El Tribunal Calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos que resulte necesario, de forma que los aspirantes que hubieran solicitado adaptaciones de tiempo y/o medios en la forma prevista en el apartado anterior, gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los participantes. En ningún caso las adaptaciones solicitadas podrán desvirtuar el carácter de las pruebas selectivas.

5. De conformidad con lo establecido en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad, en el supuesto de que alguno de los aspirantes con discapacidad que se haya presentado por el cupo de reserva de personas con discapacidad superase el concurso-oposición pero no obtuviera plaza en dicho cupo y su puntuación fuera superior a la obtenida por otros aspirantes del sistema general de acceso libre, será incluido por su orden de puntuación en el sistema de acceso general de acceso libre.
Solicitudes y tasas por derecho de examen.

1. Las solicitudes se ajustarán al modelo que se publica como anexo V de la presente Resolución, que será facilitado gratuitamente en las dependencias del Servicio Canario de la Salud, sitas en las direcciones que figuran en la base cuarta así como a través de la página web del Servicio Canario de la Salud. A efectos de cumplimentación de la instancia los códigos de las categorías y de los órganos convocantes son los que figuran en el anexo II.
Serán desestimadas las enmiendas o tachaduras siempre que no se encuentren salvadas bajo firma.
2. Las solicitudes, dirigidas al órgano convocante, se presentarán preferentemente en las dependencias del mismo, en la dirección que figura en la base cuarta, ello sin perjuicio de la posibilidad de presentación en la forma y lugares que determina el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificado por Ley 4/1999, de 13 de enero, así como el artículo 3 del Decreto 164/1994, de 29 de julio, por el que se adaptan los procedimientos administrativos de la Comunidad Autónoma a la citada Ley, y al artículo 4 del Decreto 100/1985, de 19 de abril, en virtud del cual se regula la recepción de documentos dirigidos a la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.
En el caso de que la instancia se presentara en las oficinas de correos, deberá ofrecerse obligatoriamente en sobre abierto para que el funcionario estampe el sello de fechas en el lugar destinado para ello en el original y en las copias.
Las solicitudes suscritas en el extranjero, una vez abonada la tasa por derechos de examen a que se refiere el apartado 6 de esta base, podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes, que las remitirán seguidamente al órgano convocante. A las mismas se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen en cualquiera de las cuentas que se especifican en la convocatoria.
3. El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la Resolución de convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias, PENDIENTE DE QUE SALGA LA CONVOCATORIA (GRACIAS EVA POR CONFIRMARLO)
El importe de la tasa a satisfacer para participar en las pruebas selectivas es de cinco euros con veintitrés céntimos (5,23 euros), según lo dispuesto en el Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias, actualizado conforme a lo dispuesto en el artículo 67.1 de la Ley 13/2009, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2010.

Una vez cumplimentada la solicitud, deberá ingresarse la cantidad señalada en el párrafo anterior, en cualquiera de las siguientes cuentas:

- número 2052 8150 75 3500001508 de la Caja Insular de Ahorros de Canarias.
- número 2065 0118 84 1114001857 de la Caja General de Ahorros de Canarias.
Sistema selectivo y de calificación.

1. El sistema selectivo será el concurso-oposición y consistirá en la celebración sucesiva de cada una de las fases de oposición y de concurso, a fin de evaluar la competencia, aptitud e idoneidad de los aspirantes para el desempeño de las correspondientes funciones y de establecer el orden de prelación de los mismos para la selección.

2. Fase de oposición:
La oposición comprenderá la realización de un ejercicio, de carácter eliminatorio, durante un período máximo de 120 minutos, que consistirá en la contestación a un cuestionario tipo test de cien preguntas, más diez de reserva, que versarán sobre las materias propias del programa que para cada categoría figura en el anexo III de esta Resolución.
Cada pregunta constará de cuatro respuestas alternativas, siendo únicamente una la correcta.
Las respuestas correctas puntuarán positivamente, las preguntas no contestadas no tendrán valoración alguna y las preguntas contestadas erróneamente restarán un quinto del valor asignado a la respuesta correcta.
Las respuestas otorgadas por el Tribunal Calificador se publicarán en los tablones de publicación de los lugares indicados en la Base cuarta de la presente Resolución y en la página web del Servicio Canario de la Salud, el día siguiente hábil al del examen. Los aspirantes dispondrán de un plazo de tres días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la realización del ejercicio, para plantear impugnaciones fundadas contra las preguntas formuladas o las respuestas otorgadas por el Tribunal Calificador. Dichas impugnaciones deberán dirigirse, debidamente documentadas, a la sede del Tribunal Calificador.
La puntuación máxima de la fase de oposición será de sesenta puntos, siendo necesario para su superación una puntuación mínima de treinta puntos. No obstante, la convocatoria podrá establecer un límite máximo de aspirantes que puedan superar la fase de oposición de cualquiera de las categorías.
Al objeto de garantizar el mismo nivel de dificultad en todas las pruebas selectivas de cada categoría, el ejercicio consistente en la contestación de un cuestionario tipo test será, en cada categoría, común para todas ellas y se realizará de forma simultánea. A tal efecto, cada Tribunal Calificador elaborará cien preguntas, que remitirá en soporte magnético a la Dirección General de Recursos Humanos, en sobre cerrado con la firma de todos los miembros del Tribunal Calificador presentes en la sesión en las uniones de las solapas. El contenido del ejercicio para cada categoría se determinará por sorteo ante fedatario público entre la totalidad de las preguntas remitidas por los Tribunales Calificadores de cada categoría. Lo establecido en este párrafo no será de aplicación a la categoría de Limpiadora.
La corrección de los ejercicios se efectuará sin conocimiento de la identidad de los aspirantes.
Los aspirantes por el sistema de promoción interna y los del turno de reserva a discapacitados deberán realizar íntegramente y superar el ejercicio de la fase de oposición.
La puntuación obtenida en la fase de concurso no podrá ser aplicada para superar la fase de oposición.
Podrán superar la fase de oposición un número de aspirantes superior al de plazas convocadas.

3. Fase de concurso: la fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio, consistirá en la valoración por el Tribunal Central de cada categoría, con arreglo al baremo que se publica como anexo IV de la presente Resolución, de los méritos que acrediten los aspirantes que hayan superado la fase de oposición, referidos al último día del plazo de presentación de solicitudes.
La puntuación máxima posible que se puede obtener en la fase de concurso es de cuarenta puntos.
Constitución de listas de empleo.

1. De conformidad con lo previsto en la disposición adicional segunda del Decreto 150/2007, de 24 de mayo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público del personal estatutario del Servicio Canario de la Salud para el año 2007, se constituirá una lista de empleo para nombramientos como personal estatutario temporal de las categorías objeto de la convocatoria, en los supuestos previstos en el artículo 9 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud.
2. En dicha lista se integrarán los aspirantes que así lo hagan constar en la solicitud a que se hace referencia en la base octava y no hubieran superado todo el proceso selectivo con puntuación suficiente para obtener plaza de personal estatutario fijo en la categoría objeto de la presente convocatoria.
3. La composición y orden de prelación de los aspirantes que constituyan la lista de empleo, así como la gestión y funcionamiento de la misma, se ajustará a lo dispuesto en la normativa que se publique antes de finalizar el presente proceso selectivo.
4. La lista se aprobará por resolución de la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Canario de la Salud tras la finalización del proceso selectivo, a propuesta del Tribunal Calificador o Central. Con su entrada en vigor quedará sin efecto la que estuviera en vigor en dicho momento para la correspondiente categoría.
PROGRAMAS DE LAS CATEGORÍAS DE LAVANDERA, LIMPIADORA, PINCHE, PEÓN Y PLANCHADORA.

PROGRAMA DE LA CATEGORÍA DE LAVANDERA.
Tema 1.- El espacio físico de una lavandería hospitalaria: consideración de los factores que influyen; organización espacial y funcional. Áreas sucias y limpias. Barreras de contaminación.
Tema 2.- Equipamiento, material e instalaciones de una lavandería hospitalaria. Material permanente de consumo. Instalaciones.
Tema 3.- Procesamiento de la ropa en área sucia: técnicas de lavado (temperaturas, tiempos), ideas básicas de eliminación de manchas.
Tema 4.- Procesamiento de la ropa en área limpia: centrifugado, secado, calandrado.
Tema 5.- El agua como uno de los elementos más importantes en el lavado de ropa. Calidad del agua. Tratamientos del agua.
Tema 6.- Características de los textiles y estudio de las diferentes fibras que componen los tejidos.
Tema 7.- Reacción de los tejidos a la acción de ácidos, lejías, oxidantes, temperatura y acción mecánica.
Tema 8.- Tipos de suciedad (manchas) y formas de eliminarla. Clasificación según el método utilizado.
Tema 9.- Características de los productos de lavado y neutralizantes. Calidades de las lejías. Anticloros: ventajas e inconvenientes.
Tema 10.- Métodos de lavado. Mojado, prelavado, aclarado, lejiado. Programas de lavado según la suciedad y tipo de fibra.
Tema 11.- Controles de lavado: agua, productos, máquinas, operaciones, aclarados y calidad obtenida.
Tema 12.- Secado de ropas y piezas de la institución hospitalaria, así como su clasificación y recuento.
Tema 13.- Prevención de riesgos laborales. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales: derechos y obligaciones.
Tema 14.- Protección medioambiental: nociones básicas sobre contaminación ambiental.

PROGRAMA DE LA CATEGORÍA DE LIMPIADORA.
Tema 1.- Conceptos generales de limpieza.
Tema 2.- Tratamientos de base para suelos.
Tema 3.- Sistemas de limpieza.
Tema 4.- Limpieza Hospitalaria. Clasificación de dependencias. Actuaciones.
Tema 5.- Limpieza Hospitalaria. La desinfección.
Tema 6.- Limpieza de cocinas en centros hospitalarios.
Tema 7.- Control de la limpieza. Áreas de limpieza.
Tema 8.- Recogida y eliminación de residuos.
Tema 9.- Productos de limpieza. Identificación de productos de limpieza y desinfección. Composición e información sobre las propiedades de sus componentes. Dosificación. Significado de los símbolos utilizados en las etiquetas de los productos. Manipulación, transporte y almacenamiento de los productos. Identificación de los peligros.
Tema 10.- Útiles y maquinaria de limpieza.
Tema 11.- Cuidados del material de limpieza.
Tema 12.- Limpieza de ventanas y cristales. Limpieza de techos y paredes.
Tema 13.- Limpieza de mobiliario: técnicas de limpieza.
Tema 14.- Señalización de seguridad. Señales de advertencia. Señales de prohibición. Señales de obligación. Señales relativas a los equipos de lucha contra incendios. Señales de radiación. Seguridad e higiene en su trabajo. Riesgos más habituales a que puede estar expuesto un trabajador de limpieza hospitalaria. Prevención de accidentes y actuación en caso de accidente en su puesto de trabajo.

PROGRAMA DE LA CATEGORÍA DE PEÓN.
Tema 1.- El peón relacionado con el oficio de albañilería. Herramientas y útiles. Tareas a desarrollar.
Tema 2.- Definición: yeso, cemento, cal, áridos, ladrillos.
Tema 3.- El peón relacionado con el oficio de pintura. Herramientas y útiles. Tareas a desarrollar.
Tema 4.- El peón relacionado con el oficio de electricidad. Herramientas y útiles. Tareas a desarrollar.
Tema 5.- El peón relacionado con el oficio de fontanería. Herramientas y útiles. Tareas a desarrollar.
Tema 6.- El peón relacionado con el oficio de carpintería. Herramientas y útiles. Tareas a desarrollar.
Tema 7.- El peón relacionado con el oficio de jardinería. Herramientas y útiles. Tareas a desarrollar.
Tema 8.- El peón relacionado con el oficio de mecánica y calefacción. Herramientas y útiles. Tareas a desarrollar.
Tema 9.- Características y aplicaciones de las distintas herramientas de mano y demás herramientas y utensilios.
Tema 10.- Limpieza, mantenimiento y ordenación de las herramientas.
Tema 11.- Condiciones generales de seguridad de las herramientas manuales.
Tema 12.- Condiciones generales de seguridad en la carga y transporte de materiales.
Tema 13.- Protección medioambiental. Nociones básicas sobre contaminación ambiental. Principales riesgos ambientales relacionados a la funciones de la categoría.
Tema 14.- Prevención de riesgos laborales. Riesgos laborales específicos en las funciones del peón, medidas de protección individuales y colectivas.

PROGRAMA DE LA CATEGORÍA DE PINCHE.
Tema 1.- Los alimentos. Clasificación y características de los diferentes tipos de alimentos.
Tema 2.- Tipos de dietas: conceptos básicos.
Tema 3.- Conservación, distribución y transporte de los alimentos según su clasificación.
Tema 4.- Términos básicos de cocina.
Tema 5.- Maquinaria, herramientas y utensilios en las cocinas de colectividades.
Tema 6.- Batería de cocina: componentes y conservación.
Tema 7.- Técnicas para tratamiento inicial y preparación de los alimentos (limpieza, cortes y preelaboración).
Tema 8.- Riesgos derivados de la manipulación de los alimentos: Alteraciones de los alimentos. Contaminación de los alimentos. Medios de transmisión de los gérmenes. Condiciones que favorecen su desarrollo. El plato testigo. Análisis de peligros y puntos de control crítico.
Tema 9.- La cocina. Importancia y condiciones que debe reunir el local. División del local.
Tema 10.- Cuidado y limpieza del local, maquinaria, accesorios y menaje de cocina. Medidas de higiene. Productos de limpieza.
Tema 11.- Cocina hospitalaria centralizada, el concepto de marcha adelante, organización, equipamiento y distribución. Secciones de preparación, emplatado, distribución a las plantas hospitalarias. Transporte y recogida.
Tema 12.- Distribución del trabajo en la cocina hospitalaria: categorías profesionales dentro de la cocina.
Tema 13.- Desperdicios. Tratamiento y eliminación, normas sanitarias de su control y eliminación.
Tema 14.- Riesgos específicos de la actividad en cocinas y con los productos de limpieza. Utilización de equipos de protección individual. Prevención de incendios. Actuación ante una emergencia en su lugar de trabajo.

PROGRAMA DE LA CATEGORÍA DE PLANCHADORAS.
Tema 1.- El espacio físico de una lavandería hospitalaria: consideración de los factores que influyen; organización espacial y funcional. Áreas sucias y limpias. Barreras de contaminación.
Tema 2.- Equipamiento, material e instalaciones de una lavandería hospitalaria. Material permanente de consumo. Instalaciones.
Tema 3.- Clasificación de los textiles. Características de los textiles y estudio de las diferentes fibras que componen los tejidos.
Tema 4.- Reacción de los tejidos a la acción de ácidos, lejías, oxidantes, temperatura y acción mecánica.
Tema 5.- Manipulación de la ropa limpia en el área de planchado.
Tema 6.- Las secadoras-planchadoras o calandras: características: factores de rendimiento; papel de planchado; otras funciones; roces sobre la cubeta; purgadores; electricidad estática, los posos o depósitos, aspiración de vapores, dificultades de calandra.
Tema 7.- Factores que intervienen en un buen planchado. Presión, vapor al vacío. Tiempos para la vaporización y el vacío.
Tema 8.- Actuación de las fibras textiles frente al planchado. Cuidados en la operación y riesgos en las piezas al planchado.
Tema 9.- Aparatos universales para el planchado. La prensa universal, la mesa de planchado, la plancha, cabinas o túneles de acabado, pan. Topper, maniquí. La seguridad laboral en el manejo de este tipo de maquinaria.
Tema 10.- Problemas típicos en el planchado. Fallos y su corrección.
Tema 11.- Almacenamiento después del planchado.
Tema 12.- Prevención de riesgos laborales. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales: derechos y obligaciones.
Tema 13.- Protección medioambiental: nociones básicas sobre contaminación ambiental.
Tema 14.- Normas generales de actuación en caso de incendio y evacuación. Tipos y manejo de extintores.
PLAZAS CONVOCADAS

1.- PLAZAS BASICAS A OFERTAR EN LAS PRUEBAS SELECTIVAS DE LAVANDERA.
A.- SISTEMA DE ACCESO LIBRE:
GRAN CANARIA. Dirección Gerencia del Complejo Hospitalario Universitario Insular-Materno Infantil........................................................ 4
GRAN CANARIA.Dirección Gerencia del Hospital Universitario de Gran Canaria Doctor Negrín......................................................... 2
FUERTEVENTURA Gerencia de Servicios Sanitarios de Fuerteventura....................................... 2
LANZAROTE Gerencia de Servicios Sanitarios de Lanzarote.......................................................... 5
TENERIFE Dirección Gerencia del Hospital Universitario Nuestra Señora de Candelaria.......... 2
LA PALMA Gerencia de Servicios Sanitarios de La Palma............................................................... 1
TOTAL DE PLAZAS CONVOCADAS LIBRES DE LAVANDERA................................................... 16
B.- SISTEMA DE PROMOCIÓN INTERNA:

GRAN CANARIA.Dirección Gerencia del Complejo Hospitalario Universitario Insular-Materno Infantil............................................................................................. 1
LANZAROTE Gerencia de Servicios Sanitarios de Lanzarote. 1

TOTAL DE PLAZAS DE LAVANDERA POR PROMOCIÓN INTERNA...........2
PLAZAS PARA PERSONAS DISCAPACITADAS.....NINGUNA

2.- PLAZAS BASICAS A OFERTAR EN LAS PRUEBAS SELECTIVAS DE LIMPIADORA.
A.- SISTEMA DE ACCESO LIBRE:

LANZAROTE.. Gerencia de Servicios Sanitarios de Lanzarote......... 2
TOTAL DE PLAZAS............ 2

B.- SISTEMA DE PROMOCION INTERNA:

No se convocan plazas.

C.- CUPO DE RESERVA DE PLAZAS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD:
No se convocan plazas.

3.- PLAZAS BASICAS A OFERTAR EN LAS PRUEBAS SELECTIVAS DE PINCHE.
A.- SISTEMA DE ACCESO LIBRE:


GRAN CANARIA.Dirección Gerencia del Complejo Hospitalario Universitario Insular-Materno Infantil........................................................ 19
GRAN CANARIA Dirección Gerencia del Hospital Universitario de Gran Canaria Doctor Negrín 6
FUERTEVENTURA Gerencia de Servicios Sanitarios de Fuerteventura......................................... 6
TENERIFE Dirección Gerencia del Hospital Universitario Nuestra Señora de Candelaria......... 27
LA PALMA Gerencia de Servicios Sanitarios de La Palma.............................................................. 6
LA GOMERA Gerencia de Servicios Sanitarios de La Gomera........................................................ 2
EL HIERRO Gerencia de Servicios Sanitarios de El Hierro............................................................... 1
TOTAL DE PLAZAS.............. 67
B.- SISTEMA DE PROMOCION INTERNA:

GRAN CANARIA Dirección Gerencia del Complejo Hospitalario Universitario Insular-Materno Infantil....................................... 9
GRAN CANARIA Dirección Gerencia del Hospital Universitario de Gran Canaria Doctor Negrín 2
FUERTEVENTURA Gerencia de Servicios Sanitarios de Fuerteventura 2
TENERIFE Dirección Gerencia del Hospital Universitario Nuestra Señora de Candelaria 13
LA PALMA Gerencia de Servicios Sanitarios de La Palma 2
TOTAL DE PLAZAS.................................... 28

C.- CUPO DE RESERVA DE PLAZAS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD:

GRAN CANARIA Dirección Gerencia del Complejo Hospitalario Universitario Insular-Materno Infantil....................... 2
TENERIFE Dirección Gerencia del Hospital Universitario Nuestra Señora de Candelaria 3
TOTAL DE PLAZAS...............5

4.- PLAZAS B¡SICAS A OFERTAR EN LAS PRUEBAS SELECTIVAS DE PEON.
A.- SISTEMA DE ACCESO LIBRE:
FUERTEVENTURA Gerencia de Servicios Sanitarios de Fuerteventura 3
LANZAROTE Gerencia de Servicios Sanitarios de Lanzarote 4
TENERIFE Dirección Gerencia del Hospital Universitario Nuestra Señora de Candelaria 3
LA GOMERA Gerencia de Servicios Sanitarios de La Gomera 1
TOTAL DE PLAZAS........ 11

B.- SISTEMA DE PROMOCION INTERNA:

FUERTEVENTURA Gerencia de Servicios Sanitarios de Fuerteventura 1
LANZAROTE Gerencia de Servicios Sanitarios de Lanzarote 1
TENERIFE Dirección Gerencia del Hospital Universitario Nuestra Señora de Candelaria 1
TOTAL DE PLAZAS..... 3
C.- CUPO DE RESERVA DE PLAZAS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD:
No se convocan plazas.

5.- PLAZAS BASICAS A OFERTAR EN LAS PRUEBAS SELECTIVAS DE PLANCHADORA.
A.- SISTEMA DE ACCESO LIBRE:
GRAN CANARIA Dirección Gerencia del Complejo Hospitalario Universitario Insular-Materno Infantil.......................... 2
GRAN CANARIA Dirección Gerencia del Hospital Universitario de Gran Canaria Doctor Negrín 1
FUERTEVENTURA Gerencia de Servicios Sanitarios de Fuerteventura 1
TENERIFE Dirección Gerencia del Hospital Universitario Nuestra Señora de Candelaria 17
LA PALMA Gerencia de Servicios Sanitarios de La Palma 1
TOTAL DE PLAZAS..... 22

B.- SISTEMA DE PROMOCION INTERNA:

TENERIFE Dirección Gerencia del Hospital Universitario Nuestra Señora de Candelaria 7
TOTAL DE PLAZAS..... 7

C.- CUPO DE RESERVA DE PLAZAS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD:
TENERIFE Dirección Gerencia del Hospital Universitario Nuestra Señora de Candelaria ......1
TOTAL DE PLAZAS... 1
ANIMO!!!

domingo, 4 de abril de 2010

Vida de interinos y aspirantes a serlo

Otra noticia más del decretazo que ha publicado "La provincia":

"El gobierno regional paralizó el miércoles pasado, a ocho días de una convocatoria de huelga en los colegios, la tramitación del decreto que pretendía modificar la lista de reserva de empleo público. La nueva norma primaba la calificación en los exámenes frente a los años de experiencia y permitía abrir las listas a 'recién llegados'. Más de 6.100 interinos docentes veían peligrar su 'puesto de trabajo'. Las listas de interinos de la enseñanza en Canarias han estado bloqueadas desde 2006.
Todos aquellos que pretendían una plaza en la función pública veía sus esperanzas cortocircuitadas por un protocolo firmado entre los sindicatos y el Gobierno en 2000 (refrendado en 2004) con el que se buscaba dar estabilidad al profesorado interino. Es decir, hasta 2011 cerca de 2.500 opositores que fueran aprobados en cada una de las convocatorias quedarían fuera de la lista. A esta situación puso foco un grupo de 147 aprobados sin plaza que decidió demandar al Ejecutivo por la ilegalidad del sistema. Llevado por esto y porque le obliga el Estatuto de la Función Pública, el Ejecutivo elaboró un polémico decreto para regular el acceso a esa bolsa de trabajo. Lo retiró esta semana, pero el quid sigue siendo conjugar los derechos de unos y otros."
Animo!!!

El Gobierno paraliza el decreto sobre las listas para retomar la negociación

Lo han publicado en diversos periódicos pero he elegido el último que lo ha publicado, El Día:

"El Gobierno canario ha tardado menos de una semana en materializar la voluntad de negociación expresada por su presidente, Paulino Rivero, que durante el Debate sobre el Estado de la Nacionalidad, anunció su disposición a buscar un mayor acuerdo para sacar adelante la norma que cambiará los criterios que ordenan las listas de trabajadores interinos y sustitutos de la educación y la sanidad.

El Consejo de Gobierno acordó ayer solicitar al Consultivo la "suspensión temporal" de la emisión de dictamen sobre el proyecto de decreto. "Se trata de fijar el próximo lunes el calendario de negociación y de insistir en el diálogo que ya ha habido con las fuerzas sindicales para que el decreto se pueda tramitar con el mayor consenso posible", explicó tras la reunión el portavoz del Gobierno, Martín Marrero, quien manifestó la "sincera voluntad" de la Administración de que el texto final "concilie los intereses de los interinos y de los opositores que aspiran a entrar en las listas".

En esta ocasión, el escenario del diálogo será la Mesa General de Empleados Públicos -en la que están representados UGT, CCOO, Intersindical Canaria y Sepca- y no la de Funcionarios, que es donde se desarrollaba hasta ahora.

La medida adoptada por la Administración fue planteada por el consejero de Presidencia, José Miguel Ruano, y responde al compromiso adquirido el pasado jueves por Paulino Rivero durante el debate sobre política general, después de que el portavoz de Coalición Canaria, José Miguel Barragán, le instara a reanudar las negociaciones.

Este nuevo episodio en el accidentado y polémico proceso de reforma de las listas de reserva aleja la amenaza de la huelga del profesorado interino y sustituto, convocada por siete de los sindicatos del sector para el próximo 9 de abril -dentro del marco "flexible" que ofrece la huelga indefinida fijada a partir del próximo lunes-, y también de la promovida por otras dos organizaciones (STEC-IC y EA-Canarias) para la semana del 12 al 16, aunque en ambos casos la decisión aún no está tomada.

La reacción sindical a esta noticia ha oscilado entre la sorpresa y la satisfacción, matizada por cierta cautela, dado que, como recuerda José Ramón Barroso, de CCOO, el Gobierno ya paralizó en diciembre la normativa -que entonces era una orden y no un decreto- para emprender la negociación y ésta resultó "infructuosa".

Tanto Barroso como el resto de dirigentes sindicales consultados por este periódico atribuyen el cambio de rumbo del Ejecutivo a "las movilizaciones y las medidas de presión".

Las organizaciones convocantes de las movilizaciones de la próxima semana -CCOO, Insucan, UGT, ANPE, UCPL, Sepca y CSI-CSIF- prevén mantener el aviso de huelga indefinida, pero suspender el paro del día 9. El comité de huelga se reunirá en los próximos días para discutirlo, aunque se perfila como la opción más probable.

"Pedimos que los interinos y sustitutos con tiempo de servicio no se vean afectados en sus posibilidades de trabajar. Es una demanda razonable", apunta José Ángel Amador, de Insucan, en referencia a lo que los sindicatos consideran el núcleo del problema: la intención del Gobierno de que las notas de las oposiciones sean el criterio fundamental a la hora de ordenar las listas, frente a la antigüedad y la experiencia, preponderantes hasta ahora.

Freno al diálogo

Según Amador, la vuelta a la negociación confirma que es la Consejería de Educación quien frenaba el diálogo, que, a su juicio, era defendido dentro del Ejecutivo y en las filas de CC. Además, el representante de Insucan cree que la directora general de Personal de la Consejería, María Teresa Covisa, se encuentra actualmente "cuestionada".

A diferencia de sus compañeros, Pedro Crespo, de ANPE, no tiene tan claro que sea conveniente retirar la convocatoria de huelga del 9 de abril. Para hacerlo, advierte, es preciso exigir a la Administración que demuestre "un talante negociador real" y que acceda a llevar las conversaciones a la Mesa Sectorial de Educación.

Tampoco los organizadores de la huelga del 12 al 16 de abril parecen dispuestos a echarse atrás, al menos sin consultar al profesorado, ya que fue éste el que acordó esta medida en asamblea. "El STEC no tomará ninguna determinación hasta que las asambleas se pronuncien", precisa Fernando Pellicer, quien avisa de que su organización "no permitirá que se dilate el proceso". Pese a ello, el STEC "saluda positivamente" la iniciativa del Gobierno y asegura que acudirá a dialogar "con la mano absolutamente tendida".

Por su parte, el PSC sostiene que, con la suspensión del decreto, el Ejecutivo "ha admitido su propio fracaso", y cree que el sistema que proyectaba el Gobierno es un "engaño" que no garantizaba la entrada de nuevos docentes ni protegía los derechos de los interinos."
Animo!!!

Santa Lucía acusa al Gobierno de Canarias de "estrangular" a la Justicia en el municipio

Es la noticia que ha aparecido en Canarias 7 y que me ha resultado interesante:

"El alcalde de Santa Lucía de Tirajana (Gran Canaria), Silverio Matos, ha denunciado que el Gobierno canario "estrangula" a la Justicia en el municipio, puesto que el Juzgado de Paz de la localidad, el más grande de Canarias y de toda España, "está siendo estrangulado por la desidia del Gobierno de Canarias, que apenas aporta unos 8.000 euros anuales para hacer frente a unos gastos de funcionamiento que ascienden a más de 27.000 euros, cuya diferencia la soportan los ciudadanos y las ciudadanas de Santa Lucía".
En un comunicado, afirmó que "el Ayuntamiento de Santa Lucía no puede seguir cubriendo el déficit de los servicios que están obligadas a prestar otras administraciones, sobre todo en las circunstancias especiales de crisis que estamos padeciendo, y que, en el caso de la Administración de Justicia supone una auténtica aberración".
"Y a todo esto --continuó-- hay que añadir que la construcción del Partido Judicial con sede en Santa Lucía, proyecto aprobado hace cuatro años, en 2006, del que no se ha movido ni una piedra y que el Gobierno de Canarias año tras año deja sin partida presupuestaria, aún teniéndola, faltando una y otra vez a los compromisos adquiridos". Sobre el Partido Judicial, que el municipio y la comarca del Sureste ha reivindicado en varias ocasiones, Matos recordó cómo de las cuentas del Gobierno de Canarias previstas para 2009 desaparecieron los seis millones reservados por el Ejecutivo para construir los juzgados del municipio, cuando los del ejercicio pasado mantenían el millón de 2007 y los cinco millones de 2008, desviando el dinero hacia otras áreas que no aparecen justificadas.
Finalmente, Matos detalló que los gatos de los servicios que presta el Ayuntamiento al Juzgado de Paz se centran fundamentalmente en teléfono, material de oficina y de limpieza, mantenimiento de los equipos informáticos, trabajos de mantenimiento de electricidad, cerrajería y carpintería, fumigación y los gastos de correo, "y con los 8.000 euros que aporta el Gobierno canario cada año no da para cubrir todos esos gastos que asumimos nosotros sin tener competencias en Justicia". "
Animo!!!

Trescientos interinos de Secundaria llevan en las listas más de doce años

Es la noticia aparecida en El Día y que me parece interesante traerla:


"Un 16% de los profesores interinos y sustitutos que trabajan actualmente en especialidades en las que se convocarán oposiciones durante este año son de larga duración; es decir, llevan en el sistema educativo más de doce años. Se trata de los conocidos como interinos "pata negra" y son 299 de los 1.843 docentes que ocupan plazas en régimen de interinidad o realizan sustituciones, según los datos facilitados por la Consejería de Educación del Gobierno regional.

La gran mayoría de ellos (270) está en el sistema desde antes de 1995, mientras que cien permanecen en él desde antes de 1990. Desde esa última fecha se han convocado trece oposiciones para las especialidades de Secundaria, por lo que han dispuesto de trece oportunidades de obtener plaza y acceder al funcionariado.

En los procesos selectivos convocados en estos últimos veinte años la Administración educativa ha ofertado 7.687 plazas correspondientes a niveles de Secundaria -6.556 en ESO, 713 para profesores técnicos de Formación Profesional, 318 en escuelas oficiales de idiomas, 71 para profesores de artes plásticas y diseño y 29 para maestros de taller de estas últimas enseñanzas-, así como 5.931 para el cuerpo de maestros.

De hecho, la mayor parte de quienes han aprobado oposiciones en los últimos cuatro años y se han convertido en funcionarios docentes ejercían antes como interinos. En concreto, 2.088 de los 2.724 nuevos funcionarios -más de un 76%- figuraban antes en las listas.

Las especialidades que serán convocadas en 2010 en las que trabajan más interinos de larga duración son Lengua Castellana y Literatura e Inglés, ambas con 46, seguidas de Matemáticas, con 41. En la convocatoria de este año se ofertará un total de 700 plazas.

Antigüedad y experiencia

La conformación y ordenación de las actuales listas de reserva en la enseñanza tiene como criterio fundamental la antigüedad y la experiencia. Cuando los aprobados sin plaza se incorporan a las listas -cada cuatro años, según establece el acuerdo suscrito por el Gobierno canario y las organizaciones sindicales- lo hacen justo a continuación del último trabajador interino que forme parte de ellas.

Este sistema es el que pretende modificar la Administración autonómica para dar un mayor peso a los resultados de las oposiciones. El decreto que recoge esta reforma -suspendido temporalmente la pasada semana por el Ejecutivo para retomar la negociación con los sindicatos- sitúa en primer lugar a los aprobados sin plaza y sólo evalúa los méritos a quienes hayan obtenido al menos un 25% del total de la nota.

Aunque los sindicatos han alertado de los perjuicios que esta reforma podría acarrear al colectivo de interinos, y especialmente a los docentes de mayor edad y con más años de experiencia, fuentes de la Administración educativa -que también aluden a la elevada proporción de interinos que accede al funcionariado- sostienen que las posibilidades de aprobar el proceso de concurso-oposición son "muy altas", pues la fase de concurso consta de tres fases no eliminatorias, dos de las cuales consisten en la presentación y defensa de unidad didáctica y programación, que suman un 60% de la nota, mientras que la parte teórica supone el 40%. El mayor peso de las pruebas prácticas, por lo tanto, daría más facilidades a los docentes con experiencia, a los que, en caso de aprobar, se les sumarían los méritos, alega la Administración."
Animo!!!

MODIFICACIÓN DE LAS BASES DE LA CONVOCATORIA DE 13 PLAZAS DE CUIDADOR/A PURICULTOR/A

En el Boletín Oficial de Las Palmas del pasado viernes, el Cabildo de Gran Canaria ha modificado las bases de la convocatoria de trece plazas de Cuidador/a Puericultor/a (Grupo C2), de la plantilla del personal funcionario, incluidas en la Oferta de Empleo Público 2005, publicada en el BOP número 31, de 8 de marzo de 2010, se hace público que mediante Resolución número 596, de 24 demarzo de 2010, la Sra.Consejera de RecursosHumanos yOrganización, por delegación del Consejo de Gobierno Insular (Acuerdo de 16.07.07) ha dispuesto (páginas 7353-7354):

1º. La rectificación de error en los temas de la parte general del temario, quedando redactados como sigue a continuación:
“1. La Constitución Española de 1978. Estructura y contenido esencial.
2. Las Islas como entes públicos: las Islas y la Comunidad Autónoma Canaria. Los Cabildos: organización y funciones.
3. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, y RD 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Servicios de Prevención de Riesgos Laborales: Derecho a la protección frente a los riesgos laborales.Obligaciones de los trabajadores en materia de prevención de riesgos laborales.
4. El personal al servicio de las Entidades Locales: concepto y clases. Derechos y deberes.”
Animo!!!

OFERTA DE EMPLEO 2010 DE FUERZAS Y CUERPOS DE SEGURIDAD DEL ESTADO

El pasado jueves se publicó en el Boletin Oficial del Estado la oferta de empleo público para el 2010 de:

GUARDIA CIVIL................152 PLAZAS (se reservan 76 a los militares profesionales de tropa y marinería que lleven al menos cinco años de servicios efectivos como tales, de acuerdo con lo previsto en el artículo 20.4 de la Ley 8/2006, de 24 de abril, de Tropa y Marinería. Para los alumnos del Colegio de Guardias Jóvenes se reservarán 30 plazas).
POLICIA NACIONAL............75 plazas en la Escala Ejecutiva y 147 plazas en la Escala Básica.
Animo!!!

CONTENIDO DE LA OFERTA DE LA ADMINISTRACION ESTATAL PARA EL 2010





































PUBLICACION EN EL BOE DE LA OFERTA DE EMPLEO PUBLICO 2010 DE LA ADMINISTRACION PUBLICA ESTATAL

Buenas gente: ¿Que tal esa Semana Santa? Espero que fenomenal. Bueno, os traigo ya por fin la publicación de la oferta pública para el 2010 de la Administración Estatal que se produjo el pasado jueves día 1 de abril.
Aquí viene recogido entre otras cosas que:
* "Las bases específicas de cada proceso deberán publicarse, preferentemente, en el «Boletín Oficial del Estado» antes del 15 de junio de 2010. El primer ejercicio de los procesos selectivos derivados de esta oferta, deberá comenzar, preferentemente, antes del 30 de septiembre de 2010".
* Criterios generales de aplicación:
1. Publicidad de las convocatorias y de sus bases.
2. Transparencia.
3. Imparcialidad y profesionalidad de los miembros de los órganos de selección
4. Independencia y discrecionalidad técnica en la actuación de los órganos de selección.
5. Adecuación entre el contenido de los procesos selectivos y las funciones o tareas a desarrollar.
6. Agilidad, sin perjuicio de la objetividad, en los procesos de selección.
El contenido lo pongo en el siguiente post.
Animo!!!

































Os hecho un pequeño resumen de lo que consideró más importante aunque siempre podéis acudir al enlace que os he puesto.