En el BOP del 4/05 se ha publicado en las páginas 3889-3890:
Por medio del presente y para general conocimiento,
se hace pública la Resolución de la Alcaldía número
444/20, asentado con fecha 22 de abril de 2020,
expediente número 2020000252, mediante la cual se
modifica la Base Segunda letra c) de las “Bases que
han de regir la convocatoria para la provisión, mediante
el sistema de oposición libre, de una (1) plaza de
funcionario del Ayuntamiento de Tuineje, encuadrada
en el grupo de titulación A, subgrupo A2 y perteneciente
a la escala de administración especial, subescala
técnica media”, que se transcribe a continuación:
“DECRETO
Dada la Resolución de Alcaldía número 136/20, por
la que se resuelve aprobar la convocatoria para la
provisión, mediante el sistema de oposición libre, de
una (1) plaza de funcionario del Ayuntamiento de Tuineje,
encuadrada en el grupo de titulación A, subgrupo
A2 y perteneciente a la escala de Administración
Especial, subescala Técnica Media.
Visto el informe emitido por la Jurista del Departamento
de Personal, con fecha 21 de abril de 2020, que obra
en el expediente, el cual se transcribe literalmente a
continuación:
“INFORME PROPUESTA:
HECHOS
Primero. Con fecha 5 de febrero de 2020, la AlcaldesaPresidenta de este Ayuntamiento, aprobó mediante
Resolución 136/20 la convocatoria para la provisión
en propiedad, mediante sistema de oposición libre,
de una plaza de funcionario de ingeniero técnico
industrial.
Segundo. Con fecha 28 de febrero del presente, se
hizo pública la Resolución citada en el hecho primero
en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas
número 26.
Tercero. En la Base Segunda letra c) publicada en
el BOP número 26 se establece lo siguiente: “Segunda.
Condiciones de admisión de aspirantes …… c) Estar
en posesión del título de Ingeniero Técnico Industrial
o grado en Ingeniería de Tecnologías Industriales, o
equivalente, expedido con arreglo a la legislación
vigente”.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
El artículo 21.1 letra g del Ley 7/1985, de 2 de abril,
reguladora de las Bases del Régimen Local dispone
que “El Alcalde es el Presidente de la Corporación
y ostenta las siguientes atribuciones: …… g) Aprobar
la oferta de empleo público de acuerdo con el
Presupuesto y la plantilla aprobados por el Pleno, aprobar
las bases de las pruebas para la selección del personal
y para los concursos de provisión de puestos de
trabajo y distribuir las retribuciones complementarias
que no sean fijas y periódicas”.
PROPUESTA
Primero. Modificar la Base Segunda letra c) de las
“Bases que han de regir la convocatoria para la
provisión, mediante el sistema de oposición libre, de
una (1) plaza de funcionario del Ayuntamiento de Tuineje,
encuadrada en el grupo de titulación A, subgrupo
A2 y perteneciente a la escala de administración
especial, subescala técnica media”.
Donde dice:
“Segunda. Condiciones de admisión de los aspirantes.
………………..
c) Estar en posesión del título de Ingeniero Técnico
Industrial o grado en Ingeniería de Tecnologías
Industriales, o equivalente, expedido con arreglo a la
legislación vigente”.
Debe decir:
“Segunda. Condiciones de admisión de los aspirantes.
………………..
c) Estar en posesión del Título de Ingeniero Técnico
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 54, lunes 4 de mayo de 2020 3889
Industrial, expedido con arreglo a la legislación
vigente, o bien título equivalente, en cuyo caso habrá
de acompañarse certificado expedido por el Organismo
competente que acredite la citada equivalencia”.
Segundo. Mantener en los mismos términos el resto
de la parte resolutiva del Decreto de la AlcaldesaPresidenta del Ilustre Ayuntamiento de Tuineje, Doña
María Esther Hernández Marrero, de fecha 5 de
febrero de 2020, por el que se aprueba la convocatoria
para la provisión en propiedad, mediante sistema de
oposición libre, de una (1) plaza de funcionario del
Ayuntamiento de Tuineje, encuadrada en el grupo de
titulación A, subgrupo A2 y perteneciente a la escala
de administración especial, subescala técnica media,
así como las correspondientes bases reguladoras de
las pruebas selectivas.
Tercero. La correspondiente Resolución se publicará
en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, en la página
web: http://sede.tuineje.es, así como en el Boletín
Oficial de la Provincia.
Es todo lo que me cumple informar y proponer al
respecto. No obstante, el órgano competente resolverá
lo que estime más oportuno”.
En uso de las atribuciones que me confiere la
legislación vigente, VENGO A RESOLVER:
Primero. Modificar la Base Segunda letra c) de las
“Bases que han de regir la convocatoria para la
provisión, mediante el sistema de oposición libre, de
una (1) plaza de funcionario del Ayuntamiento de Tuineje,
encuadrada en el grupo de titulación A, subgrupo
A2 y perteneciente a la escala de Administración
Especial, subescala Técnica Media”.
Donde dice:
“Segunda. Condiciones de admisión de los aspirantes.
………………..
c) Estar en posesión del título de Ingeniero Técnico
Industrial o grado en Ingeniería de Tecnologías
Industriales, o equivalente, expedido con arreglo a la
legislación vigente”.
Debe decir:
“Segunda. Condiciones de admisión de los aspirantes.
………………..
c) Estar en posesión del Título de Ingeniero Técnico
Industrial, expedido con arreglo a la legislación
vigente, o bien título equivalente, en cuyo caso habrá
de acompañarse certificado expedido por el Organismo
competente que acredite la citada equivalencia”.
Segundo. Mantener en los mismos términos el resto
de la parte resolutiva del Decreto de la AlcaldesaPresidenta del Ilustre Ayuntamiento de Tuineje, Doña
María Esther Hernández Marrero, de fecha 5 de
febrero de 2020, por el que se aprueba la convocatoria
para la provisión en propiedad, mediante sistema de
oposición libre, de una (1) plaza de funcionario del
Ayuntamiento de Tuineje, encuadrada en el grupo de
titulación A, subgrupo A2 y perteneciente a la escala
de administración especial, subescala técnica media,
así como las correspondientes bases reguladoras de
las pruebas selectivas.
Tercero. La correspondiente Resolución se publicará
en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, en la página
web: http://sede.tuineje.es, así como en el Boletín
Oficial de la Provincia”.
En Tuineje, a veintiocho de abril de dos mil veinte.
LA ALCALDESA-PRESIDENTA, María Esther
Hernández Marrero”
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