domingo, 13 de octubre de 2019

Bases específicas que regirán la convocatoria pública del proceso selectivo para la configuración de una lista de reserva de Administrativo (SAN SEBASTIÁN DE LA GOMERA)

En el BOP del 11/10 se ha publicado en las páginas 17414 y ss:



BASES ESPECÍFICAS QUE REGIRÁN LA CONVOCATORIA PÚBLICA DEL
PROCESO SELECTIVO, CON CARÁCTER TEMPORAL, PARA
LA
CONFIGURACIÓN DE UNA LISTA DE RESERVA DE ADMINISTRAT
IVO DEL
ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE SAN SEBASTIÁN DE LA GOMERA.
Primera
: Objeto.
Constituye el objeto de la presente el procedimiento selectivo para la configuración de
lista de reserva para realizar n
ombramientos como funcionario/a interino/a en la categor
ía de
Administrativo, encuadrada en el Grupo C, Subgrupo C1, de la es
cala de Administración
General, Subescala Administrativa.
Las contrataciones que se efectúen, en su caso, se realizarán como func
ionario/a
interino/a conforme a las circunstancias previ
stas en el artículo 10 del Real Decreto Legislativo
5/2015, de 30 de
octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico
del Empleado Público (en adelante TREBEP).
A tal
efecto, y con carácter enunciativo, los cometidos profe
sionales a realizar serán los
siguientes:
-
Realizar tareas administr
ativas que permitan la realización y/o cumplimentación de
informes, documentos, trámites, estadísticas o impresos sobre modelos exi
stentes o
procedimientos normalizados.
-
Utilizar las aplicaciones informáticas (tratamientos de textos, base de datos, hoja d
e
cálculo, aplicaciones específicas) que sean necesarias para el desarrollo de las tareas de
trámite y colaboración en la gestión de los expedientes administrativos que le
encomiende su superior jerárquico.
-
Informar y atender al público y personal del re
sto de unidades, en asuntos o materias
propios de su ámbito de tareas.
Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de
Tenerife núm. 123, viernes 11 de octubre de 2019
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-
Supervisar y desarrollar, en su caso, las tareas de clasificación, registro y archivo de los
documentos y/o exped
ientes de su unidad.
-
Controlar la documentación y resolver las incid
encias de trámite generadas en los
expedientes
-
Solicitar y recabar la información y/o documentación que sea necesaria para la gestión
de los expedientes de su unidad.
-
Realizar, en su ca
so, las tareas administrativas vinculadas con la ejecución del
presupue
sto de su unidad, elaborando los documentos que sean precisos.
-
Proponer las medidas de carácter administrativo que considere adecuadas para la mejora
de la gestión de los expedientes.
-
Cumplir con las normas y procedimientos en materia de prevención de
riesgos
laborales.
-
Realizar cualesquiera otras tareas encomendadas por su superior jerárquico, en el marco
de su titulación, así como las necesarias para el desarrollo de las funciones a
signadas a
su unidad.
La realización de este procedimiento selectivo
se ajustará a lo establecido en las Bases
Generales para la creación de la Bolsa de Empleo, con carácter temporal, aprobadas por Decreto
Nº 578 dictado en fecha de 10 de mayo de 2016 por
la Alcaldía –
Presidencia, y publicadas en
fecha de 23 de mayo de 20
16
en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife
número 62, así como lo dispuesto en las presentes Bases.
Segunda: Características de la Lista de Reserva.
Del proces
o selectivo específico se configurará la lista de aspirantes que lo h
ayan
superado, por orden de puntuación, procediéndose a su nombramiento, de forma correlativa y
decreciente, en función de las necesidades que se generen.
La
lista resultante estará in
tegrada en la Bolsa de Empleo, y se regirá por el Reglamento
Regulado
r de la Bolsa de Empleo del Ilustre Ayuntamiento de San Sebastián de La Gomera
publicado en fecha de 11 de agosto de 2014 en el Boletín Oficial de la Provincia
de Santa Cruz
de Tenerife número 107.
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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de
Tenerife núm. 123, viernes 11 de octubre de 2019
Tercera: Requisitos de los aspirantes.
Para tomar par
te en las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los requisitos
generales establecidos en la Base Tercera y Cuarta, en su caso, de las Bases Generales
para la
creación de la Bo
lsa de Empleo, así como estar, al menos, en posesión de la siguiente
titulación:
-
Título de Bachiller o Técnico o equivalente. Los aspirantes con titulaciones obtenidas
en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondi
ente homologación o
certif
icado de equivalencia.
Cuarta:
Forma, lugar y plazo de presentació
n de solicitudes.
4.1.
Quienes deseen participar en el proceso selectivo, deberán hacerlo cumplimentando
debidamente la solicitud de participación que figura c
omo ANEXO I de estas Bases
, debiendo
acompañarla de la documentación relacionada en las Bases G
enerales.
Asimismo, será facilitada gratuitamente en el Registro General de la Corporación
Municipal y publicada en el
Tablón de Anuncios de la Casa Consistor
ial,
sede electrónica
(www.sansebastiangomera.
org
) y
portal de transparencia del ayuntamiento
4.2.
El lugar de presentación se
ajustará a lo establecido en las Bases Generales.
4.3.
El plazo de presentación de solicitudes será de
veinte (20) días naturales, contados a
partir del siguiente al de la
publicación del preceptivo anuncio de las presentes Bases en el
Boletín Oficial de
la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. De dicho plazo se dará publicidad a
través de la publicación en
el
Tablón de Anuncios de la Casa Consistorial
(Plaza de las
América
s, nº 4 de San Sebastián de La Gomera)
,
sede electrónica
(www.sansebastiangomera.org
) y
portal de transparencia del ayuntamiento.
Quinta: Tribunal Calificador.
La designación, composición y funcionamien
to del Tribunal Calificador se ajustará a lo
establecido en las Bases Generales.
Sexta: Sistema selectivo.
El sistema selectivo será el de concurso
– oposición, constando de dos fase
s, y su
puntuación máxima será de trece (13) puntos.
6.1.
Fase de
oposición
:
Ejercicio único: Consistirá en desarrollar por escrito, durante un
tie
mpo máximo de ciento veinte (120) minutos, un supuesto teórico
– práctico de carácter
multidisciplinar, e
legido por el aspirante, de entre dos (2) que propondrá el Tribunal,
relacionado en el Temario objeto de la presente convocatoria.
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Esta fase tendrá una puntuación máxima de diez (10) puntos, debiendo obtener una
puntuación mínima de cinco (5) puntos par
a acceder a la siguiente fase.
El Tribunal valorará la aplicación r
azonada de los conocimientos teóricos a la
resolución del supuesto elegido, teniendo en cuenta la capacidad de análisis y de raciocinio, la
formación general, la facilidad de exposición e
scrita, la claridad y orden de ideas y la capacidad
de síntesis, así
como, la sistemática del planteamiento y formulación de conclusiones y la
adecuad
a interpretación de la normativa aplicable.
La puntuación del ejercicio para cada aspirante será la media aritmética de las
calificaciones otorgadas por cada miembro del Tr
ibunal Calificador asistente a la sesión. La
calificación final del Tribunal deberá figurar con un máximo de cuatro (4) decimales.
El Tribunal Calificador, si lo estima conveniente por
el número de aspirantes, podrá
solicitar la lectura del ejercicio por
los mismos. El Tribunal lo comunicará a los aspirantes al
comienzo.
El Temar
io propuesto, y del que se extraerá el contenido del ejercicio, es el siguiente:
1.
La Constitución Españo
la de 1978: estructura y contenido esencial. Los Derechos y
deberes f
undamentales. Procedimientos de reforma.
2.
La organización territorial del Estado.
Formas de acceso a la autonomía en la
Constitución Española. Los Estatutos de Autonomía. Organización ter
ritorial de
Canarias.
3.
El Municipio. Competencias municipales. Orga
nización y funcionamiento.
4.
El Alcalde: atribuciones. El Pleno: atribuciones. Régimen de sesiones. Actas y
certificaciones de acuerdos de los Órganos Colegiados Locales. Delegación de
competencias.
5.
El
acto administrativo: concepto, clases, elementos, mot
ivación, forma, notificación y
publicación. Obligación de resolver. El silencio administrativo.
6.
El Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Los
interesados
en el procedimie
nto: concepto, derechos y representación.
7.
Procedimi
ento Administrativo: términos y plazos. Iniciación del procedimiento: clases,
subsanación y mejora de solicitudes.
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8.
Terminación del procedimiento: obligación de resolver. Contenido de la
resolución
expre
sa. La falta de resolución expresa. Otras formas de t
erminación del procedimiento
administrativo.
9.
Los recursos administrativos: principios generales. Actos susceptibles de recurso
administrativo. Clases de recursos.
10.
La responsabilidad d
e la Administrac
ión pública. La acción y procedimiento
administrativo
en materia de responsabilidad. La responsabilidad patrimonial de las
autoridades y personal al servicio de las Administraciones públicas.
11.
La potestad sancionadora. Principios del ejerci
cio de la potest
ad sancionadora. El
procedimiento sancionador.
12.
Contr
atos del Sector Público. Tipos contractuales. Partes en el contrato. Objeto,
presupuesto base de licitación, valor estimado, precio del contrato y su revisión.
13.
Garantías exigibles en la
contratación de
sector público. Expediente de contratación.
Adjudica
ción de los contratos de las Administraciones Públicas
14.
Ordenanzas y Reglamentos de las entidades locales. Clases. Procedimiento de
elaboración y aprobación. Los bandos.
15.
Los bienes de l
as entidades loc
ales. Su clasificación: bienes de dominio público, bi
enes
patrimoniales y bienes comunales.
16.
El servicio público en las entidades locales. Los modos de gestión.
17.
Personal al servicio de las corporaciones locales. Clases y régimen jurídic
o, derechos y
deberes. Régimen disciplinario e incompatibilidades.
18.
Los presupuestos locales: concepto, principios y estructura. Elaboración del
presupuesto. Su liquidación.
19.
El
gasto público local. La gestión del presupuesto de gastos. Fases. Control y
fiscalización del gasto.
20.
Los recursos de las Haciendas Locales: conc
epto y clases. Ordenanzas fiscales:
contenido, elaboración y publicación.
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21.
Igualdad de oportunidades entre
mujeres y hombres. Régimen Jurídico. Conceptos
básicos. Principios de la actu
ación de las Administraciones Públicas. Políticas públicas
de igualda
d y de protección contra la violencia de género.
22.
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Da
tos Personales y garantía
de los derechos digitales. Disposiciones generales.
Principios relativos a la protección
de datos de las personas física
s.
23.
Derecho de acceso a la información pública previsto en la Ley 19/2013, de 9 de
diciembre, de transparen
cia, acceso a la información pública y buen gobierno y Ley
12/2014, de 26 de
diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública.
6.2
. Fase de concurso
.
Esta fase tendrá una puntuación máxima de tres (3) puntos.
La valoración de los mérito
s sólo se realizará una vez celebrada la fase de oposición y
respecto de los
candidatos que la hayan superado; en ningún caso, podrá aplicarse la
puntuación
obtenida en esta fase para superar el ejercicio de la fase de oposición.
Los méritos a valorar se
rán los que se detallan a continuación, con una puntuación
máxima de tres (3)
puntos, distribuidos de la siguiente forma:
Concepto
Puntuación
ximo
Servicios
prestados en la Administración Pública en
puestos de trabajo en los que, como mínimo, se
hayan requerido el Título de Bachiller o Técnico o
equivalente.
0,09 puntos por
cada mes
2,25 puntos
Cursos de formación profesional relacionados
con
el puesto de
trabajo convocado.
0,003 puntos por cada hora
0,75 puntos
Los aspirantes que hayan superado satisfactoriamente la fase de oposición
dispondrán
de un plazo de diez (10)
días, a contar desde el día siguiente al de la publicación de las
cal
ificaciones obtenidas por los aspirantes en la fase de oposición, para presentar los méritos
que pretendan hacer valer atendiendo a lo previsto en las
Bases Generales y conjuntamente con
el ANEXO II de las presentes Bases debidamente cumplimentado.
La pr
esentación se hará dentro del plazo señalado en el Registro General de la entidad
local, y de conformidad con lo preceptuado en el artículo 16.4 de la
Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Pr
ocedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Si, con ocasión de la participación del aspirante en otra convocatoria, los
documentos
acreditativos de los méritos alegados no se aportarán por encontrarse ya en poder de esta
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Corporación
, deberá hacerse constar expresamente esta circunstancia en el ANEXO
II,
indicando la convocatoria en la que los presentó, especificando la plaz
a y la fecha de la
convocatoria, y ello siempre que no hayan transcurrido más de cinco (5) años desde su
present
ación. De haber transcurrido este plazo, se deberá aportar la documen
tación acreditativa
de los méritos.
La fase de concurso no tendrá caráct
er eliminatorio. La calificación de la fase de
concurso se hará pública con respecto a aquellos aspirantes que h
ayan superado la fase de
oposición, en virtud de la valoración de los
méritos debidamente acreditados a realizar por el
Tribunal Calificador.
Séptima: Comienzo y desarrollo de los ejercicios que integran la fase de oposición.
La fecha, hora y lugar de celebración del ejercicio de la fase de oposición se hará
público a
través de la Resolución por la que se apruebe la lista definitiva de los a
spirantes
admitidos y excluidos.
Los llamamientos de los aspirantes se iniciarán alfabéticamente, dando comie
nzo por el
opositor cuyo primer apellido comience por la letra “Q”. E
n el supuesto de que no exista ningún
aspirante cuyo primer apellido comience por la letra “Q”, el orden de actuación se iniciará por
aquellos cuyo primer apellido comience por la letra “
R”, y así sucesivamente, de conformidad
con la Resolución de 15 de ma
rzo de 2019, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la
que se p
ublica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del
Personal al Servicio de la
Administración del Estado.
Si en algún momento del proceso selectiv
o el Tribunal tuviera conocimiento que alguno
de los aspirantes no cumple u
no o varios de los requisitos exigidos o de la certificación
acreditativa resultara que su solicitud adolece de
errores o falsedades, que imposibilitaran su
acceso a los puestos de
trabajo convocados, deberá proponer, previa audiencia del interesado, a
su
exclusión del proceso selectivo a la autoridad convocante, comunicando, a los efectos
procedentes, las inexactit
udes o falsedades formuladas por el aspirantes en la solicitud de
adm
isión en las pruebas selectivas.

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