Finalizado el plazo de presentación de solicitudes para participar en las pruebas selectivas para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Ingenieros de Minas del Estado, convocadas por Resolución de 24 de abril de 2019 (BOE de 7 de mayo) y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 20 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo (BOE de 10 de abril), y en la disposición decimoquinta de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio (BOE del 22), por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o el acceso en Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado,
Esta Subsecretaria ha resuelto lo siguiente:
Primero.
Declarar aprobadas y publicar las listas de aspirantes admitidos al citado proceso selectivo.
Estas listas se encuentran expuestas en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, calle María de Molina, 50, Madrid; en las Delegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas, en las Subdelegaciones y en las páginas web https://www.miteco.gob.es/es/ministerio/servicios/empleo-publico/oposiciones/2018/Funcionarios_2018.aspx y en el punto de acceso general http://administracion.gob.es.
Segundo.
Los aspirantes omitidos en las indicadas listas disponen de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado», para subsanar los errores o defectos que hayan motivado su omisión en las listas de admitidos.
Estas subsanaciones se podrán realizar a través del correo electrónico oposiciones@miteco.es.
En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse, posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los aspirantes comprobarán fehacientemente que sus nombres constan en la relación de admitidos.
Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no aleguen la omisión justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, cuando ello sea posible, serán definitivamente excluidos de la participación en las pruebas selectivas.
Finalizado dicho plazo y, en el caso de que se produzcan modificaciones, estas se expondrán en los mismos lugares que se indican en el apartado primero de esta Resolución.
Tercero.
Debido a las dificultades técnicas surgidas, ajenas a este Departamento ministerial, para comprobar los requisitos de los aspirantes que han solicitado exención del abono de los derechos de examen, deberán aportar la siguiente documentación:
– Aspirantes que pertenezcan a familias numerosas: El carnet que acredite tal condición.
– Aspirantes en situación de desempleo (se debe estar inscrito a fecha 7 de abril de 2019): El certificado con los periodos de alta y de no rechazos de oferta de empleo adecuada ni de formación, y el certificado de la declaración de la renta, correspondiente al último ejercicio.
En el caso de no tener obligación de presentar la declaración de la renta, se deberá aportar el certificado del nivel de renta.
Ambos certificados pueden obtenerse por internet a través de la Agencia Tributaria.
La documentación deberá ser remitida a la dirección de correo electrónico: oposiciones@miteco.es.
Estos aspirantes aparecen admitidos en las listas provisionales, pero en cualquier caso deberán aportar la mencionada documentación.
En caso de no haber aportado la documentación requerida a la fecha de finalización del plazo de subsanación, estos aspirantes serán excluidos definitivamente del proceso selectivo.
Cuarto.
Convocar a los aspirantes admitidos para la realización del primer ejercicio de la fase de oposición, el día 21 de septiembre de 2019, a las 9:00 horas, en la sala F del Ministerio de Economía y Empresa, paseo de la Castellana, número 162, planta 1.ª, Madrid.
Los aspirantes deberán acudir provistos de bolígrafo negro, del documento nacional de identidad o pasaporte y de la copia número 2 (ejemplar para el interesado) de la solicitud de admisión a las pruebas o el justificante de la presentación telemática de dicha solicitud.
Quinto.
Contra la presente resolución se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Subsecretaria para la Transición Ecológica en el plazo de un mes desde su publicación, o bien, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Madrid, 5 de julio de 2019.–La Subsecretaria para la Transición Ecológica, Juana María Lázaro Ruiz.
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