lunes, 20 de mayo de 2019

Modificación de la convocatoria bases específicas para la creación de una lista de reserva de técnico superior en farmacia para interinidades del Cabildo de Fuerteventura y sus organismos autónomos (CABILDO INSULAR FUERTEVENTURA)

En el BOP del 15/05 se ha publicado en las páginas 4860-4861:

Mediante Resolución número CAB/2019/1728 del Consejero Insular de Área de Cultura, Ocio y Deportes, de fecha 8 de mayo de 2019, se ha procedido a aprobar la subsanación por advertido error en el temario de la convocatoria para la Creación de Lista de Reserva de TÉCNICO SUPERIOR DE FARMACIA (A1), correspondiente a la Certificación por el Consejo Insular de esta Corporación de fecha 4 de abril de 2019, en su punto 8, y publicadas en el BOP de La Palmas número 43 del 10 de abril de 2019, la Convocatorias para la creación de lista de reserva, mediante el sistema selectivo de concurso-oposición para cubrir interinidades de la plantilla de Cabildo de Fuerteventura y de sus Organismos Autónomos. RESOLUCIÓN MODIFICACIÓN CONVOCATORIA BASES ESPECÍFICAS PARA LA CREACIÓN DE UNA LISTA DE RESERVA DE TÉCNICO SUPERIOR EN FARMACIA PARA INTERINIDADES DEL CABILDO DE FUERTEVENTURA Y SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS. Primera. Modificar la parte resolutiva de la certificación de la aprobación por el Consejo de Gobierno Insular de esta Corporación de fecha 4 de abril de 2019, en su punto 8, de la Convocatoria para la creación de Lista de Reserva mediante el sistema selectivo de concursooposición para cubrir interinidades de la siguiente plaza de la plantilla de Cabildo de Fuerteventura y de sus Organismos Autónomos: TÉCNICO/A SUPERIOR DE FARMACIA (Subgrupo de clasificación A1), de acuerdo con lo establecido en el “Reglamento de Listas de Reserva para cubrir Interinidades y Contrataciones Temporales en las distintas categorías del Personal Laboral y Funcionario del Cabildo de Fuerteventura”, aprobado por el Pleno de fecha 19 de junio de 2017, publicada su aprobación definitiva en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas número 95 de fecha 9 de agosto de 2017, siguiente: Donde dice: TEMARIO ESPECÍFICO: 6. ……... 7. RD, de 25 de julio de 2008, sobre la Ley 4/2010 Dispensación de Metadona en pacientes en programas de deshabituación. 8. Decreto 162/1990 de 29 de mayo, por el que se regulan los tratamientos con opiáceos de personas dependientes del mismo. 9. ……. Debe decir: TEMARIO ESPECÍFICO: 6. ………. 7. Tercer Plan Canario sobre drogas. Programas de reducción de daños y riesgos asociados al consumo de drogas. 8. Real Decreto 75/1990 y Tercer Pan Canario sobre drogas. Tratamiento del paciente adicto a opiáceos en el sistema asistencial actual. 9. …….. Si en la fecha de celebración de los ejercicios se hubiese modificado o derogado la legislación que regula la materia objeto del temario se entenderá que será de aplicación la legislación que en esa fecha entra en vigor. Segundo. Mantener en los mismos términos el resto de la de la certificación por el Consejo de Gobierno Insular de esta Corporación de fecha 4 de abril de 2019, en su punto 8, por el que se aprobó la Convocatoria para la creación de Lista de Reserva mediante el Sistema Selectivo de Concurso-Oposición para cubrir Interinidades de la siguiente plaza de la plantilla de Cabildo de Fuerteventura y de sus Organismos 4860 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 59, miércoles 15 de mayo de 2019 Autónomos: TÉCNICO/A SUPERIOR DE FARMACIA (Subgrupo de clasificación A1), de acuerdo con lo establecido en el “Reglamento de Listas de Reserva para cubrir Interinidades y Contrataciones Temporales en las distintas Categorías del Personal Laboral y Funcionario del Cabildo de Fuerteventura”, aprobado por el Pleno de fecha 19 de junio de 2017, publicada su aprobación definitiva en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas número 95 de fecha 9 de agosto de 2017. Tercero. La correspondiente Resolución se publicará en el Tablón de Anuncios, en la página web www.cabildofuer.es y en las Oficinas de Atención al Ciudadano del Cabildo Insular de Fuerteventura. El presente acto administrativo pone fin a la vía administrativa, y en consecuencia podrá ser recurrido Potestativamente en Reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado o ser impugnado directamente ante el Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas de Gran Canaria, según disponen los artículos 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa. En su caso, no se podrá interponer Recurso Contencioso-Administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del Recurso de Reposición interpuesto. El plazo para la interposición del Recurso de Reposición será de UN MES. Transcurrido dicho plazo, únicamente podrá interponerse Recurso Contencioso-Administrativo, sin perjuicio, en su caso, de la procedencia del Recurso Extraordinario de Revisión. El plazo para interponer el Recurso ContenciosoAdministrativo será de DOS MESES contados desde el día siguiente al de la notificación de este acto. Puerto del Rosario, a nueve de mayo de dos mil diecinueve. EL CONSEJERO DE ÁREA DE CULTURA, OCIO Y DEPORTES, Domingo Juan Jiménez González.

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