En el BOP del 15/05 se ha publicado en las páginas 4876 y ss:
ANUNCIO RELATIVO A LA APROBACIÓN DE LA LISTA DEFINITIVA DE ADMITIDOS/AS Y
EXCLUIDOS/AS DEL PROCESO SELECTIVO PARA LA COBERTURA MEDIANTE FUNCIONARIOS/AS
DE CARRERA DE CUATRO PLAZAS DE POLICÍA DEL CUERPO DE LA POLICÍA LOCAL, POR EL
TURNO DE ACCESO LIBRE Y MEDIANTE EL SISTEMA DE OPOSICIÓN.
Mediante el presente se hace público que el Sr. Alcalde-Presidente, don Pedro M. Rodríguez Pérez, ha dictado
el 7 de mayo del actual, bajo el número 2019-0702 el Decreto que transcrito literalmente:
<<Visto el expediente relativo al proceso selectivo para la cobertura, mediante funcionarios/as de carrera de
CUATRO PLAZAS DE POLICÍA DEL CUERPO DE LA POLICÍA LOCAL, por el turno de acceso libre y
mediante el sistema de oposición, el Servicio de Recursos Humanos informa lo siguiente:
“ANTECEDENTES DE HECHO
1. La Junta de Gobierno Local de 29/10/2018 aprobó la convocatoria y las Bases que han de regir en el procedimiento
selectivo para la cobertura mediante funcionarios/as de carrera de (4) plazas de Agente del Cuerpo de Policía
Local de este Ayuntamiento, pertenecientes a la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales,
Clase de Policía Local, Escala Básica, Grupo de clasificación profesional C, Subgrupo C1, con las funciones
atribuidas por la Ley 6/1997, de 4 de julio, de Coordinación de las Policías Locales de Canarias, cuyo texto
íntegro fue publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, número 133, de fecha 5 de noviembre
de 2018.
2. Finalizado el plazo de presentación de instancias para participar en el proceso selectivo, el Alcalde dictó
Resolución con número 2019-254 de 21/02/2019 aprobando la lista provisional de aspirantes admitidos y
excluidos, que fue publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, número 26 de 1 de marzo de
2019, confiriendo, de conformidad con lo dispuesto en la Base Quinta un plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES, para
la subsanación de los defectos que hubieran motivado la exclusión provisional, o la omisión en ambas listas,
desde el día 4 de marzo hasta el 15 de marzo ambos inclusive.
3. Los/as siguientes aspirantes provisionalmente excluidos/as presentan en plazo la documentación que
subsana el motivo por el que fueron incluidos en la lista de excluidos/as provisional.
(..)
ASPECTOS JURÍDICOS
PRIMERO. La Base Quinta de las que rigen el procedimiento selectivo dispone respecto a la aprobación de
la lista definitiva de admitidos/as y excluidos/as: “Finalizado el plazo de subsanación, se dictará resolución por
la que se aprueba la relación definitiva de admitidos/as y excluidos/as. Dicha resolución se hará pública en el
Boletín Oficial de la Provincia y en la página web del Ayuntamiento, contra la cual, que pone fin a la vía administrativa,
cabe interponer potestativamente, Recurso de Reposición. La interposición de dicho recurso, impide recurrir la
misma en vía contencioso-administrativa, hasta que recaiga resolución de aquél, o su desestimación por silencio,
la cual se entenderá producida si no se notifica su resolución en plazo de UN MES desde su interposición. En
tales supuestos, queda expedita la vía judicial pudiendo interponerse Recurso Contencioso-Administrativo en
el plazo de DOS MESES desde el siguiente a aquél en que se notifique la resolución expresa, o se produzca la
desestimación por silencio del de reposición.”
SEGUNDO. El Servicio de Recursos Humanos propone la exclusión definitiva de los/as siguientes aspirantes
por los motivos que a continuación se exponen:
(..)
TERCERO. Orden de actuación de los aspirantes.
La Resolución de 11 de abril de 2018, (publicada en el BOE número 91, de 14 de abril de 2018) de la Secretaría
de Estado de Función Pública, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General
de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado, dispone que en todas las pruebas selectivas
que se convoquen desde el día siguiente a la publicación de dicha Resolución, hasta la publicación del resultado
del sorteo correspondiente año 2019, se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra “Ñ”.
En el supuesto de que no exista ninguno, el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyo primer apellido
comience por la letra “O”, y así sucesivamente.”
Vistas las instancias y documentación adjunta presentadas en el plazo conferido para solicitar participar en
el presente proceso selectivo, de conformidad con la propuesta emitida por el Área de Recursos Humanos, en
virtud del artículo 21.g. de la Ley 7/85 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local:
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 59, miércoles 15 de mayo de 2019 4889
48914867P TERRON ALVAREZ JAVIER ANIBAL
No presenta la siguiente documentación:
Certificado de la Administración competente
en el que consten todos los extremos
establecidos en la Base 3º.4.3b ("no haber
rechazado oferta de empleo adecuado, ni se
hubiesen negado a participar, salvo causa
justificada, en acciones de promoción,
formación o reconversión profesionales, salvo
causa justificada, en acciones de formación o
reconversión profesionales y así mismo
carezca de rentas superiores, en cómputo
mensual al salario mínimo interprofesional"),
para estar exento/a del abono de la tasa por
derechos de examen.
42229957W VEGA PEREZ ALBERTO
No presenta la siguiente documentación:
BASE 4ª a)Resguardo del ingreso bancario
efectuado donde habrá de hacerse constar la
convocatoria a la que corresponde el ingreso.
No acredita estar exento del pago, ya que
según el certificado presentado no se
encuentra inscrito como demandante de
empleo. No presenta la siguiente
documentación: BASE 4ª g) Certificado de
antecedentes penales en el que no figure haber
sido condenado expedido por el Registro
General de Penados y Rebeldes o, en el caso
de haber sido condenado, haber sido
cancelado dicho antecedente.
45125840R PELAYO DOPICO JOSE MANUEL
No presenta la siguiente documentación:
BASE 4ª d) Copia autenticada del Título que
acredite la titulación exigida o del justificante
de haber abonado los derechos para su
expedición. En caso de título equivalente,
certificación acreditativa de la equivalencia
expedida por el órgano competente con
arreglo a la legislación vigente para su
expedición. No presenta la siguiente
documentación: BASE 4ª g) Certificado de
antecedentes penales en el que no figure haber
sido condenado expedido por el Registro
General de Penados y Rebeldes o, en el caso
de haber sido condenado, haber sido
cancelado dicho antecedente. No presenta la
siguiente documentación: BASE 4ª i)
Certificado médico, extendido en impreso
oficial, y firmado por colegiado en ejercicio,
donde conste el índice de corpulencia según
lo establecido en la Base Segunda, así como
la estatura
RESUELVO
Primero. Declarar admitidos/as definitivamente a los aspirantes que lo fueron provisionalmente, así como a
los siguientes:
(..)
Cuarto. El orden de actuación de los aspirantes, se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por
la letra “O”.
Quinto. El inicio del primer ejercicio de la fase de oposición, prueba de aptitud física, se celebrará el día 17
de junio de 2019 a las 09:00 horas, en la Ciudad Deportiva Venancio Monzón (San Isidro-Gáldar), sito en la
Avenida Concejal Pepito Jorge Quintana, número 150 (Gáldar).
Sexto. Publicar el presente Decreto en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas y en la página web de
este Ayuntamiento.
Dado para su cumplimiento en Santa María de Guía, a la fecha de la firma electrónica>>.
Lo que se notifica para su conocimiento y a los efectos oportunos significándole que contra la presente Resolución,
que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer alternativamente o Recurso de Reposición Potestativo, en
el plazo de UN MES a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia ante
el señor Alcalde, de conformidad con los artículos 123 y 124 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en adelante LPACAP, o directamente Recurso
Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo correspondiente, en el plazo de
DOS MESES contados también desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, o en su
caso publicación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.
Si se optara por interponer el Recurso de Reposición Potestativo, no podrá interponer Recurso ContenciosoAdministrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.
Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
Santa María de Guía, a siete de mayo de dos mil diecinueve.
EL ALCALDE, Pedro M. Rodríguez Pérez.
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