En el BOP del 15/03 se ha publicado en las páginas 2559 y ss:
Visto el Decreto Presidencial número 258/18, de 14 de junio de 2018, por el que se toma conocimiento de la
Sentencia número 366/2017 dictada por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del
Tribunal Superior de Justicia de Canarias, con fecha 11 de julio de 2017, en el recurso de apelación número
362/2016, en la cual se desestiman los recursos de apelación interpuestos por esta Corporación Insular y otros,
contra la Sentencia de 8 de julio de 2016 dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número Tres
de Las Palmas, la cual había declarado la nulidad de las Bases Generales y Específicas impugnadas, en cuanto
a la valoración de la experiencia del apartado «Méritos Profesionales», en la fase de concurso de la convocatoria
para cubrir plazas de personal laboral mediante contratación laboral fija en el marco del proceso de consolidación
de empleo temporal de este Cabildo, dejando sin efecto dichas Bases en el particular referido a la valoración
tan solo de la experiencia como contratado laboral temporalmente, por discriminación respecto del personal
funcionario interino. Tal declaración de nulidad afecta a las Bases Generales y a las Bases Específicas de la
convocatoria de consolidación de empleo temporal para cubrir catorce plazas de auxiliar administrativo/a, de
la plantilla laboral, incluidas en la oferta de empleo público 2005 y 2008, publicadas en el BOP número 154,
de 1 de diciembre de 2010.
Se hace público que la Sra. Consejera de Gobierno de Recursos Humanos, Organización, Educación y
Juventud, mediante la Resolución número 204/2019, de 28 de febrero de 2019, por delegación del Consejo
de Gobierno Insular conferida mediante acuerdo de 30 de junio de 2015, en ejecución de la citada Sentencia,
ha resuelto lo siguiente:
Primero. La modificación de las Bases generales de la convocatoria para cubrir plazas de personal laboral
mediante contratación laboral fija, en el marco del proceso de consolidación de empleo temporal del Excmo.
Cabildo Insular de Gran Canaria incluidas en las Ofertas de Empleo Público de 2005 y 2008, publicadas en el
BOP de Las Palmas número 106, de 21 de agosto de 2009, así como de las Bases específicas de la convocatoria
de consolidación de empleo temporal para cubrir catorce plazas de auxiliar administrativo/a, de la plantilla laboral,
incluidas en la Oferta de Empleo Público 2005 y 2008, del Cabildo de Gran Canaria, publicadas en el BOP de
Las Palmas número 154 de 1 de diciembre de 2010, en ambos casos en lo referente al apartado de Méritos
profesionales de la fase de concurso, quedando el texto definitivo como figura en el anexo a esta Resolución.
Segundo. Conceder a los aspirantes que hayan superado la fase de oposición de la citada convocatoria un
plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES, a contar a partir del siguiente al de la publicación del anuncio en el Boletín
Oficial de la Provincia, a fin de que presenten, en su caso, la certificación de servicios prestados en el Cabildo
de Gran Canaria bajo el vínculo de funcionario interino en Escala y Subescala equivalentes a la convocada,
salvo que la hayan aportado con anterioridad, referida al día 21 de diciembre de 2010, fecha en que finalizó el
plazo de presentación de instancias de la convocatoria.
Tercero. Proceder a la convocatoria del Tribunal, con el fin de que efectúe la valoración de méritos de los
aspirantes, en los términos expuestos en la Sentencia.
Cuarto. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia, así como en el Tablón de Anuncios y
en la página Web de la Corporación.
Las Palmas de Gran Canaria, a seis de marzo de dos mil diecinueve.
LA CONSEJERA DE GOBIERNO DE RECURSOS HUMANOS, ORGANIZACIÓN, EDUCACIÓN Y
JUVENTUD (P.D.: Acuerdo del Consejo de Gobierno Insular de 30-06-2015), María Isabel Santana Marrero.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 32, viernes 15 de marzo de 2019 2559
ANEXO
«BASES GENERALES Y ESPECÍFICAS DE LA
CONVOCATORIA PARA CUBRIR 14 PLAZAS
DE AUXILIAR ADMINISTRATIVO/AMEDIANTE
CONTRATACIÓN LABORALFIJA,EN ELMARCO
DEL PROCESO DE CONSOLIDACIÓN DE
EMPLEO TEMPORAL DEL EXCMO. CABILDO
INSULAR DE GRAN CANARIA, INCLUIDAS EN
LAOFERTADE EMPLEO PÚBLICO 2005 Y2008.
2. FASE DE CONCURSO:
(...)
- Méritos profesionales: La puntuación máxima
será de 40 puntos.
Se valorará la experiencia profesional, con las
siguientes puntuaciones:
a) Experiencia en las plazas objeto de convocatoria:
0,50 puntos por mes completo trabajado.
b) Experiencia en plaza de igual categoría que la
que sea objeto de convocatoria, en el ámbito del IV
Convenio Colectivo del Cabildo de Gran Canaria,
quedando excluida conforme a su Disposición Adicional
Única, la experiencia obtenida como contratado en
el ámbito de la colaboración con otras Administraciones
Públicas en el marco de las políticas de empleo; o como
funcionario interino en Escala y Subescala equivalentes
a la categoría objeto de la convocatoria, en el ámbito
de la Administración Pública Territorial del Cabildo
de Gran Canaria: 0,40 puntos por mes completo
trabajado.
c) Experiencia en la Administración Pública, fuera
del ámbito del IV Convenio Colectivo del Cabildo de
Gran Canaria, en plaza de igual categoría que la que
sea objeto de convocatoria: 0,20 puntos por mes
completo trabajado.
El mismo periodo de servicios prestados no se
podrá puntuar por más de uno de los apartados
anteriores.
Forma de acreditación: Certificado de Servicios
Prestados emitido por la unidad de Recursos Humanos
de la Administración correspondiente, así como
informe de vida laboral.
(...)»
32.699
ANUNCIO
1.438
Extracto de Convocatoria de Subvenciones dirigidas
a la realización de proyectos y actuaciones que
fomenten la promoción del movimiento asociativo y
la convivencia ciudadana 2019.
BDNS (Identif.): 443501.
Extracto de la convocatoria: Convocatoria de
Subvenciones dirigidas a la realización de proyectos
y actuaciones que fomenten la promoción del
movimiento asociativo y la convivencia ciudadana 2019,
aprobada mediante Acuerdo de Consejo de Gobierno
Insular, de fecha 4 de marzo de 2019.
Beneficiarios: Podrán ser beneficiarios de las
subvenciones las Asociaciones, Federaciones o
Confederaciones de Vecinos, Asociaciones de Tercera
Edad y Agrupaciones Folclóricas de Gran Canaria,
así como Patronatos oComisiones de Fiestas, que realicen
actividades y acciones dentro del marco de estas
subvenciones. Asimismo, podrán ser beneficiarias
aquellas entidades sin fines lucrativos que acrediten
a través de sus Estatutos que entre sus fines sociales
se encuentran acciones de carácter vecinal, de tercera
edad o del fomento del folclore de la isla.
Objeto: Estas subvenciones tienen por objeto la
financiación de proyectos, actividades o actuaciones
que mejoren la calidad de vida y las relaciones
vecinales, a fin de potenciar el desarrollo de las
personas y de los barrios que conforman las ciudades
de Gran Canaria a través del fomento de la promoción
del movimiento asociativo y la convivencia ciudadana.
Bases reguladoras: Ordenanza General de
Subvenciones del Cabildo de Gran Canaria.
Cuantía: Consignación Presupuestaria: 770.000
euros.
Plazo de presentación de solicitudes: El plazo de
solicitudes se establece en VEINTE (20) DÍAS
HÁBILES, contados desde el día siguiente al de la
publicación de la presente convocatoria en el Boletín
Oficial de la Provincia.
La información relativa a esta Convocatoria puede
consultarse en las siguientes páginas web:
www.grancanaria.com
www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/
2560 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 32, viernes 15 de marzo de 2019
Las Palmas de Gran Canaria, a once de marzo de
dos mil diecinueve.
ELCONSEJERO DE GOBIERNO DE HACIENDA
YPRESIDENCIA,(Acuerdo delConsejo de Gobierno
Insular de 04/03/2019), Pedro Justo Brito.
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