domingo, 24 de febrero de 2019

Lista de admitidos/as y excluidos/as, tribunal calificador y primer ejercicio de la lista de reserva de técnicos de educación infantil para la Escuela Infantil Los Menceyes (VILLA CANDELARIA)

En el BOP del 6/02 se ha publicado en la página 2243:

Por Resolución nº 12/2019 de la lista definitiva de admitidos/as y excluidos/as, tribunal calificador y primer ejercicio de la lista de reserva de técnicos de educación infantil para la Escuela Infantil los Menceyes, de la Presidencia del Consejo de Administración de la Entidad Pública Empresarial de Gestión de Empresas y Servicios Públicos del Ayuntamiento de la Villa de Candelaria con el siguiente texto, cuyo tenor literal refundido, se inserta a continuación: “(…) Tercera.- Nombrar a los siguientes miembros titulares y suplentes del Tribunal Calificador:

(..)
Cuarta.- Convocar a los aspirantes admitidos a la celebración del primer ejercicio de la fase de oposición en la fecha y lugar que a continuación se enuncia: Lugar de celebración: (Aulario de Guajara) Campus de Guajara, 38320 San Cristóbal de La Laguna, Santa Cruz de Tenerife. Fecha: 16 de febrero de 2019. Hora: 10:00. Quinto.- Publicar la Resolución que se adopte, en el tablón de anuncios del Registro General de la Corporación; en el tablón de edictos y anuncios de la Sede Electrónica, y en la ventana denominada “Empleo Público” del portal de internet www.candelaria.es y los componentes titulares y suplentes del Tribunal Calificador en el Boletín Oficial de la Provincia. Sexto.- De conformidad con lo dispuesto en la base quinta de la convocatoria, contra la resolución por la que se aprueba la lista definitiva de admitidos y excluidos, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente, recurso de reposición ante la Presidencia de la Entidad Pública Empresarial de Gestión de Empresas y Servicios públicos del Ayuntamiento de Candelaria, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Candelaria y en la sede electrónica www.candelaria.es en los términos previstos en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas o directamente recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses contados a partir de día siguiente a la publicación; significando que , en caso de presentar recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, todo ello sin prejuicio de cualquier otro que pudiera interponer.” Candelaria, a 23 de enero de 2019. El Secretario General, Octavio Manuel Fernández Hernández.

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