miércoles, 24 de octubre de 2018

Oposiciones amarradas en Fuerteventura

Os traigo esta opinión publicada en La Provincia:


Cada vez que se convocan oposiciones la avalancha de candidatos y candidatas suele ser enorme. La falta de oportunidades y la predominante precariedad en el sector privado hacen que la ciudadanía luche en unas oposiciones para garantizarse la dignidad profesional. Y todo esto se traduce en una guerra por acceder a los escasos puestos convocados. El terror llega cuando la propia Administración es la que pone las trampas. Ya ocurrió en la convocatoria de Educación, con cientos de aprobados sin plaza, pero era la premisa del concurso público. Todas sabían a lo que se enfrentaban. Algo parecido y en menor medida ocurre en Fuerteventura, donde las personas que opositan no sólo tienen que competir entre ellas sino que además tienen que sortear como pueden las dificultades que la propia Administración y algunos sindicatos introducen. ¿Cuál es la finalidad? Beneficiar a determinado colectivo.
La reciente convocatoria del Consorcio de Abastecimiento de Aguas a Fuerteventura (CAAF) se hizo con la finalidad de ejecutar el acuerdo sobre estabilización y consolidación del empleo temporal de carácter estructural del año 2007. Es decir, dejar fijo al personal que ocupa actualmente esos puestos de trabajo pero que accedieron a los mismos sin realizar unas oposiciones de acuerdo con los principios de igualdad, mérito y capacidad.
Basta con entrar en las bases que rigen la convocatoria del Consorcio, aprobadas por Mario Cabrera en el año 2013, para darse cuenta de que son un auténtico dislate. La experiencia profesional de las personas que se presenten a la convocatoria se valorará con un máximo de 4 puntos, si es la persona que ocupa uno de los puestos objeto de la convocatoria su experiencia se valora a 0,08 puntos por mes trabajado en el Consorcio. La valoración de la experiencia de los demás aspirantes que no trabajen en el Consorcio se valora a razón de 0,005 puntos por mes trabajado en otra Administración Pública. Si hacemos una sencilla operación matemática obtenemos que el trabajador del Consorcio necesita acreditar 50 meses de trabajo en el CAAF, o sea, algo más de 4 años para obtener los 4 puntos, mientras que aspirantes de cualquier otra Administración Publica, ya sea Cabildo o Ayuntamiento, necesita acreditar 800 meses de trabajo, o sea, algo más de 66 años de experiencia. Tal criterio no es que sea contrario al principio de igualdad, que evidentemente lo es, es que es absurdo y carente de toda lógica.
¿Cómo es posible que Mario Cabrera, Marcial Morales o el autor de estas bases pretenda que alguien les acredite que tiene 66 años de experiencia en la Administración Pública si por Ley te jubilas a los 65 años y no te puedes presentar a las oposiciones si tienes más de esa edad? En el mejor de los casos, la experiencia máxima que un aspirante puede acreditar es de 47 años si empieza a trabajar a los 18.
¿Qué razón hay en esa desproporcionada valoración de la experiencia profesional según se trabaje en el Consorcio o en otra Administración Pública? ¿Qué razón hay para valorar la experiencia profesional de un auxiliar del CAAF con más puntuación que la de un auxiliar de un Ayuntamiento o del Cabildo, teniendo en cuenta, además, que ambas entidades forman parte del Consorcio?
Las citadas bases establecen, además, que una de las pruebas de la fase de oposición consiste en la presentación de una memoria sobre la plaza objeto de la convocatoria que deberá incluir un análisis de las tareas de la plaza, de los requisitos, condiciones y medios para su desempeño, con base al temario específico. Sin embargo, el Real Decreto 364/ 1995, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado dispone en su artículo 45 que la presentación de memorias y entrevistas forman parte de la fase de concurso y solo se utilizarán en concursos específicos en atención a la naturaleza de los puestos a cubrir.
Resulta evidente que la exigencia de esa memoria no solo es injusta sino que es completamente discriminatoria para los aspirantes que no trabajan en el CAAF. Primero porque no conocen las características del puesto de trabajo ya que ni en la propia web del CAAF hay información al respecto y segundo porque no tiene sentido exigir la redacción de esa memoria a personas cuya titulación es un certificado de escolaridad o el graduado escolar.
No dejamos de reconocer que este tipo de convocatorias suponen un conflicto de intereses: por un lado las legítimas aspiraciones de consolidar el puesto de trabajo de aquellas personas que están incluidas en el plan de empleo; y, por otro, las también legítimas aspiraciones de aquellas otras personas se presentan a las oposiciones con la finalidad de obtener un puesto en la Administración Pública. Entre ambas posiciones la Administración y los sindicatos deberían buscar una posición de equilibrio de manera que se garanticen los principios de igualdad, mérito y capacidad que deben regir cualquier proceso selectivo.
En Podemos Canarias tampoco nos extraña esta circunstancia porque allí donde gobierna Coalición Canaria los principios desaparecen y solo rigen los intereses y las patrañas. Lamentablemente, algunos sindicatos tampoco consiguen abstraerse de esa conducta tan dañina para los intereses públicos y se convierten en cómplices necesarios de un esperpento de oposición en el que no se respetan los principios de igualdad, mérito y capacidad con tal de obtener el apoyo de unos trabajadores que les garantice la ansiada representación sindical en la Administración.
La confabulación de CC y de esos sindicatos queda también acreditada para el uso y abuso de la promoción interna en las ofertas de empleo público del Cabildo de Fuerteventura. Así, en la oferta de 2016 solo se incluyeron en el turno abierto aquellas plazas para las que no había candidato en el cabildo o están ocupadas por funcionarios interinos, de modo que no se las puede incluir en la promoción interna.
¿Ante esta complicidad política y sindical destinada a perpetuar la endogamia en el acceso a la función pública qué opciones tiene la ciudadanía de Fuerteventura? ¿Y qué pasa con el resto de Canarias que de forma tan grosera ve limitada sus legítimas aspiraciones de acceso a un puesto de trabajo en la Administración Pública mediante un proceso que garantice los principios de igualdad, mérito y capacidad?
Pues poco o nada si no dispone de capacidad económica para promover un recurso contencioso administrativo ante los tribunales de esa jurisdicción.

Lo más probable es que las aspirantes desistan de presentar el recurso y se presente, si le quedan ánimos, a unas oposiciones perfectamente diseñadas para que las ganen otros o esperar que algo salga mal en la promoción interna para tener alguna oportunidad en sus aspiraciones. Por cierto, estas mismas bases se aplicaron en las oposiciones celebradas en el año 2012 en el Cabildo de Fuerteventura para ejecutar su plan de consolidación de empleo. Y los protagonistas eran los mismos: Mario Cabrera y los sindicatos. Ahora Marcial Morales no iba a ser menos.

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