En el BOP del 20/12 se ha publicado en las páginas 15924-15926:
Por el que se hace de público conocimiento que por
Resolución de Alcaldía número ero 3301/2017, de fecha
14 de diciembre, se aprueba la Oferta de Empleo
Público del Ayuntamiento de Pájara para el año 2017,
Resolución que se transcribe a continuación:
“DECRETO DE LA ALCALDÍA. Dada cuenta
que la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos
Generales del Estado para el año 2017 (LPGE), en
su artículo 19 dispone que a lo largo del presente año,
la incorporación de nuevo personal en las
administraciones públicas estará sometida a loslímites
establecidos en la misma, determinándose que para
los ámbitos y sectores en que así se indica, la tasa de
reposición será de hasta un máximo del 100 por
ciento de las bajas producidas, y de un 50 por ciento
para los restantes sectores.
CONSIDERANDO: Que la LPGE establece en el
artículo 19.Uno.4 el procedimiento para el cálculo de
las tasas de reposición de efectivos anteriormente
mencionadas, a efectos de aplicar el porcentaje
máximo en cada caso, no computando las plazas que
se convoquen para su provisión mediante procesos
de promoción interna y las correspondientes al personal
declarado indefinido no fijo mediante sentencia
judicial.
CONSIDERANDO: Que también prevé la citada
ley que determinados ámbitos y sectores puedan
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disponer de una tasa adicional para estabilización de
empleo temporal que incluirá hasta el 90 por ciento
de las plazas que, estando dotadas presupuestariamente,
hayan estado ocupadas de forma temporal e
ininterrumpidamente al menos en los tres años
anteriores a 31 de diciembre de 2016. Estos procesos
se incluirán en las ofertas de empleo público
correspondientes a los ejercicios 2017 a 2019, lo que
en nuestro caso, de acuerdo con las necesidades de
ordenación de losrecursos humanos del Ayuntamiento
de Pájara, será objeto de aprobación en el momento
oportuno.
CONSIDERANDO: Que por Acuerdo Plenario se
procedió a la aprobación de los Presupuestos Generales
del Ayuntamiento de Pájara para el año 2017, siendo
publicados en el Boletín Oficial de la Provincia de
Las Palmas número 12, de fecha 27 de enero del año
2017,sin que se presentaran reclamaciones al mismo.
Juntamente con el presupuesto anual,se aprobó laPlantilla
de Personal.
RESULTANDO: Que con fecha de 25 de julio de
2017, mediante acuerdo del Pleno se aprobó la
modificación de la Relación de Puestos de Trabajo
de este Ayuntamiento correspondiente al ejercicio
2017, siendo publicado el anuncio en el Boletín
Oficial de la Provincia de Las Palmas número 91, de
fecha 31 de julio de 2017.
RESULTANDO: Que con fecha 29 de noviembre
del año en curso, el Concejal Delegado de Personal,
emite Propuesta en el que informa sobre las bajas
producidas en la plantilla de personal funcionario de
carrera y del personal laboral de este Ayuntamiento,
correspondientes al ejercicio 2016, con el objeto de
que se determine el procedimiento a seguir para la
aprobación de la oferta de empleo público para el año
2017 y la determinación de las plazas que se puedan
incluir.
RESULTANDO: Que con fecha 29 de noviembre
del año en curso, la Asesora Jurídica del Departamento
de Recursos Humanos emite informe propuesta en el
que comunica que, de acuerdo con lo establecido en
el artículo 19.Uno.3 de la Ley 3/2017, de Presupuestos
Generales delEstado para el año 2017 (LPGE), la Oferta
de Empleo Público para el presente ejercicio en el
Ayuntamiento de Pájara, será de dos plazas.
RESULTANDO: Que con fecha 1 de diciembre
del 2017, la Oferta de Empleo Público ha sido
negociada en la Mesa General de Negociación de
Empleados Públicos del Ayuntamiento de Pájara, en
la cual acuerdan por unanimidad,sacar oferta pública
de empleo de una plaza de libre oposición y una
plaza por promoción interna.
RESULTANDO: Que con fecha 7 de diciembre de
2017, la Asesora del Departamento de Recursos
Humanos emite informe complementario en el que
informa que de acuerdo con lo establecido en el
párrafo segundo del artículo 19.Uno.4 de la LPGE que
especifica: “No computarán dentro del límite máximo
de plazas derivado de la tasa de reposición de efectivos
las plazas que se convoquen para su provisión mediante
procesos de promoción interna...”
Por tanto, la plaza para promoción interna propuesta
por la Mesa General de Negociación no computará
dentro del límite de plazas derivado de la tasa de
reposición de efectivos y se podrá aprobar Oferta de
Empleo Público de 2 plazas por turno libre (1 de
Oficial de Primera y otra de Operario Portero de
Colegio) y 1 plaza porturno de promoción interna (Oficial
de Primera), incluidas en el Área o Sector de Obras
y Servicios, Mantenimiento y Gestión de Servicios
Públicos.
CONSIDERANDO: La legislación de aplicación,
así como, el procedimiento a seguir en orden a la
confección de la Oferta de Empleo Público para el
ejercicio 2017, recogida en el artículo 91 de la Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local concordantes con el artículo 70 del
Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público, aprobado por Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
En su virtud, en uso de las facultades que me están
conferidas por el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985,
de 2 de abril, RESUELVO:
Primero. Aprobar la Oferta de Empleo Público
2017 del Ayuntamiento de Pájara, de acuerdo con la
siguiente distribución:
I. Turno de Promoción Interna (Personal laboral)
1. Denominación: Oficial de Primera
Vínculo: Laboral fijo.
Grupo: C
Subgrupo: C2
Nº de plazas: 1
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II. Turno Libre (Personal laboral)
1. Denominación: Oficial de Primera
Vínculo: Laboral fijo.
Grupo: C
Subgrupo: C2
Nº de plazas: 1
2. Denominación: Operario Portero de Colegio
Vínculo: Laboral fijo
Grupo: OAP
Nº de plazas: 1
Segundo. Ordenar la publicación de la Oferta de
Empleo Público del Ayuntamiento de Pájara en elBoletín
Oficial de Canarias, en el Boletín Oficial de la
Provincia de las Palmas, en el Tablón de Anuncios
de la Casa Consistorial de Pájara y Tenencias de
Alcaldía de Morro Jable, Costa Calma y La Lajita,
así como, en la página web www.pajara.es municipal,
a los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en
los artículos 91.1 de la Ley Reguladora de las Bases
de Régimen Local y 128 del Texto Refundido de
Régimen Local.
Tercero. De la presente resolución se dará cuenta
a la Intervención Municipal de Fondos, al Departamento
de Recursos Humanos y al Pleno a los efectos
oportunos.
Contra el presente acto, que pone fin a la vía
administrativa, cabe interponer Recurso Potestativo
de Reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado,
en el plazo de UN MES o, directamente Recurso
Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo de Las Palmas que por
reparto corresponda, en el plazo de DOS MESES a
contar desde el día siguiente al de su publicación,
significando que, en el caso de presentar Recurso de
Reposición, transcurrido el plazo sin haberse notificado
resolución expresa se producirá silencio administrativo
desestimatorio, y podrá interponerRecursoContenciosoAdministrativo
en el plazo de SEISMESES, computados
a partir del día siguiente a aquel en el que debe
entenderse desestimado y, todo ello, sin perjuicio de
cualquier otro que pudiera interponerse.
Lo manda y firma el Sr. Alcalde, en Pájara, en la
fecha que figura en la firma electrónica, ante mí, la
Secretaria General, doy fe.”
En Pájara, diciembre de dos mil diecisiete.
EL ALCALDE.
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