En el BOP del 29/12 se ha publicado en las páginas 16375-16377:
PRIMERO. Por resolución número 2473/2017 de 23 de noviembre, dictada por el Concejal Delegado del área
de personalse aprobó la oferta de empleo público del presente año 2017 que contiene una plaza de funcionario/a
técnico, en régimen de interinidad perteneciente a la Escala de Administración General,subescala técnica, encuadrada
en el grupo A2, nivel 26, con la categoría de Ingeniero Técnico Industrial para la realización de tareas de gestión,
estudio y propuesta de carácter administrativo de nivelsuperior en el área de urbanismo y actividades clasificadas
y que cuenta con su correspondiente dotación o consignación presupuestaria en el vigente presupuesto general
municipal de 2017.
GRUPO NIVEL Nº CLASE VINC.
TÉCNICO INGENIERO
A2 26 1 TÉCNICO INDUSTRIAL FUNCIONARIO INTERINO
SEGUNDO. De la citada resolución se publicó anuncio en el B.O.P. de Las Palmas 143, de 29 de noviembre
de 2017 y en la página web de este Ayuntamiento y en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento.
TERCERO. Por la Delegación del Gobierno de Canarias se requirió a este Ayuntamiento mediante escrito
con número 27104/2017 de 13 de diciembre de registro de entrada en este Ayuntamiento, aclaración de si se
trata de un plaza a cubrir en régimen de interinidad y la acreditación o justificación de lo dispuesto en el apartado
dos del artículo 19 de la Ley 3/2017 de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 157, viernes 29 de diciembre de 2017 16375
CUARTO. En contestación al escrito con número
27104/2017 de 13 de diciembre de registro de entrada
en este Ayuntamiento, remitido por la Delegación del
Gobierno de Canarias, se comunica lo siguiente:
Se le aclara que se trata de un plaza a cubrir en régimen
de interinidad, recogiéndose en la resolución número
2473/2017 de 23 de noviembre, cuya copia se
ADJUNTA a este escrito, los motivos o razones
debidamente que en cumplimiento del apartado dos
del artículo 19 de la Ley 3/2017 de 27 de junio, de
Presupuestos Generales del Estado para el año 2017,
acreditan que se está ante un caso excepcional para
cubrir necesidades urgentes e inaplazables.
En el apartado primero de la parte expositiva de la
citada resolución número 2.473/2017 de 23 de
noviembre se motiva la necesidad de creación de
dicha plaza, haciéndose constar que la necesidad de
cubrir esta plaza es necesaria debido al volumen de
trabajo existente en la oficina técnica que al día de
hoy solo dispone de tres técnicos, dos de ellos con la
categoría de arquitectostécnicos(aparejadores) de los
cuales uno es funcionario y otra personal laboral, y
una ingeniera técnica que no es industrial, y que
también es personal laboral.
Y también debido a que muchos cometidos o
funciones técnicas son reservados por ley a personal
funcionario y no a personal laboral,siendo estrictamente
necesario para el ejercicio de las competencia que la
ley atribuya a este ayuntamiento en materia de servicios
públicos de prestación obligatoria, como pudieran ser
la elaboración de proyectos eléctricos o de alumbrado,
emisión de informes sobre proyectos eléctrico o de
alumbrado, emisión de informes o cometidostécnicos
que atribuye a los ayuntamiento la Ley 7/2011, de 5
de abril, de Actividades Clasificadas y Espectáculos
Públicos y Otras Medidas Administrativas
Complementarias, el Decreto 86/2013, de 1 de agosto,
por el que se aprueba el Reglamento de Actividades
Clasificadas y Espectáculos Públicos y el resto de
normativa técnica de aplicación.
Pero no solo esta plaza cuando se celebren las
pruebasselectivas por el procedimiento de oposición
y cubra en régimen de interinidad por el aspirante que
las supere, servirá para que se puedan ejercer las
funciones que le habilita la titulación de ingeniero técnico
industrial, sino también para ejercer la potestades de
comprobación e inspección en materia de actividades
clasificadas e inocuas que a los ayuntamientos atribuyen
los artículos 10.4, 53 y 54 Ley 7/2011, de 5 de abril,
de actividades clasificadas y espectáculos públicos,
que dicha Ley en su artículo 53 reserva a personal
funcionario, así como, la comprobación material de
liquidaciones de las licencias o comunicaciones de
actividad y puesta en funcionamiento, liquidación y
comprobación material de las liquidaciones de tasas
por ocupación de la vía pública, lo que contribuiría
a evitar el fraude fiscal fraude fiscal.
QUINTO. Mediante escrito con número 27.653/2017
de 21 de diciembre, de registro de entrada en este
Ayuntamiento, se solicita a este Ayuntamiento, la
anulación del Decreto número 2473/2017 de 23 de
noviembre al considera la Delegación de Gobierno
que no se trata de una oferta de empleo público, y sin
perjuicio de que se pueda adoptar nuevo acuerdo de
convocatoria para el nombramiento de funcionario
interino.
Por lo anteriormente expuesto y en orden a las
facultades que me fueron delegadas por la AlcaldíaPresidencia
mediante resolución número 961/2015 de
26 de junio, publicada íntegramente en el BOP de Las
Palmas número 90, de 15 de julio de 2015
RESUELVO
PRIMERO. Anular a requerimiento de la Delegación
del Gobierno en Canarias efectuado mediante escrito
con número 27.653/2017 de 21 de diciembre, de
registro de entrada en este Ayuntamiento, el Decreto
número 2473/2017 de 23 de noviembre, por el que
se aprobó la oferta de empleo público de una plaza
de funcionario/a técnico, en régimen de interinidad
perteneciente a la Escala de Administración General,
subescala técnica, encuadrada en el grupo A2, nivel
26, en la categoría de Ingeniero Técnico Industrial para
la realización de tareas de gestión, estudio y propuesta
de carácter administrativo de nivel superior en el
Área de Urbanismo y Actividades Clasificadas y sin
perjudico de que se pueda adoptar nuevo acuerdo de
convocatoria para el nombramiento de funcionario
interino, tal y como se hace constar en el escrito o con
número 27.653/2017 de 21 de diciembre, remitido por
la Delegación del Gobierno en Canarias.
SEGUNDO. Publíquese la citada resolución en el
BOP de la Provincia de Las Palmas y en la página
web de este Ayuntamiento.
TERCERO. Notifíquese la presente resolución a la
Delegación del Gobierno en Canarias.
16376 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 157, viernes 29 de diciembre de 2017
Así lo DECRETA el Concejal Delegado del Área
de Economía y Hacienda, Contratación, Recursos
Humanos, Régimen Interior y Nuevas Tecnologías,
en virtud del 112.2 de la ley 7/2015, de 1 de abril, de
los municipios de canarias y artículo 192.1 del
Reglamento de Organización, Funcionamiento y
Régimen Jurídico de las Entidades Locales (R.O.F),
aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de
noviembre, en San Bartolomé, Lanzarote, en la fecha
que figura en el margen izquierdo del presente
documento.
EL CONCEJAL DELEGADO DEL ÁREA DE
ECONOMÍA Y HACIENDA, CONTRATACIÓN,
RECURSOS HUMANOS, RÉGIMEN INTERIOR
Y NUEVAS TECNOLOGÍAS, Resolución número
961/2015, de 26 de junio (BOP número 90, de 15 de
julio de 2015), Victoriano Antonio Rocío Romero.
No hay comentarios:
Publicar un comentario