En el BOP del 2/08 se ha publicado en las páginas 11670 y ss:
“BASES QUE HAN DE REGIR LA
CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN POR
EL SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICIÓN
(PROMOCIÓN INTERNA), DE UNA PLAZA DE
OFICIALDE1ªMANTENIMIENTO,DEPERSONAL
LABORALFIJO DE ESTE AyUNTAMIENTO, DE
ACUERDO ALAOFERTADE EMPLEO PÚBLICO
DE 2016.
1ª. OBJETO DE LA CONVOCATORIA.
Es objeto de la presente convocatoria, la provisión
de una plaza de Oficial 1ª Mantenimiento (promoción
interna) de este Ayuntamiento, encuadrada dentro
del grupo D de clasificación del personal laboral,
incluidas en la Oferta de Empleo Público para el año
2.016.
La selección se efectuará por elsistema de concursooposición
y el programa que ha de regir las pruebas
selectivas de conocimientos es el que figura en el Anexo
I de estas bases.
La fecha de celebración del primer ejercicio del
concurso-oposición,se anunciará conjuntamente con
la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos,
en la que se consignará la composición del Tribunal
Calificador, de manera nominativa.
El texto íntegro de estas bases se hará público en
el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, un
extracto de las mismas en el Boletín Oficial de
Canarias y en la página web del Ayuntamiento deMogán
(www.mogan.es), así como un extracto en el Boletín
Oficial del Estado. Apartir de esta primera publicación
todos los demás anuncios se harán públicos, en los
términosindicados en las presentes bases, únicamente
11670 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 92, miércoles 2 de agosto de 2017
en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón
de Anuncios del Iltre Ayuntamiento de Mogán.
2ª.REQUISITOS. Para tomar parte en laConvocatoria
se requiere:
Para tomar parte en el concurso-oposición por en
turno de promoción interna será necesario:
a) Pertenecer como laboral fijo en la categoría
inferior a la que opta en el Ayuntamiento de Mogán.
b) Haber prestado servicios en dicha categoría,
como laboral fijo un mínimo de DOS AÑOS.
c) Poseer el Graduado Escolar o equivalente, o
justificante de haber abonado los derechos para su
expedición. En el caso de titulaciones obtenidas en
el extranjero se deberá aportar fotocopia compulsada
de la credencial que acredite su homologación
Losrequisitos expresados anteriormente se acreditarán
de la forma siguiente:
a) Fotocopia compulsada del Documento Nacional
de Identidad.
b) Certificado médico acreditativo de poseer la
capacidad funcional para el desempeño de las tareas
de Oficial 1ª mantenimiento.
c) Declaración responsable.
d) Fotocopia compulsada de la titulación exigida
en la convocatoria,
3ª. ADMISIÓN DE ASPIRANTES.
3.1- Las instancias solicitando tomar parte en las
pruebasselectivas objeto de la presente convocatoria,
en la que los aspirantes deberán manifestar que reúnen
todas y cada una de las condiciones que se exigen en
la base segunda de la convocatoria, referidassiempre
a la fecha de expiración del plazo de presentación,
irán dirigidas a la Sra. Alcaldesa-Presidenta y se
presentarán en el Registro General del Ayuntamiento
pudiéndose realizar las mismas en la Oficina de
Atención al Ciudadano sita en la Avenida de la
Constitución, 4 (Mogán), y en las Oficinas Municipales
de Arguineguín en la calle Tamarán, 4, en el horario
de 08:00 a 13:00 horas, igualmente podrán presentarse
en la forma prevista en el artículo 16 de la Ley
39/2015, de 01 de octubre, del procedimiento
administrativo común de las administración públicas,
en los siguientes lugares.
- Registros de cualquier órgano administrativo que
pertenezca a la Administración General del Estado.
- Registros de cualquier órgano administrativo que
pertenezca a la Administración General del Estado.
- Registros de cualquier órgano administrativo que
pertenezca a la Administración de la Comunidad
Autónoma Canaria.
- En las Oficinas de Correos, en cuyo caso la
solicitud se presentará en sobre abierto, con objeto
de que en la misma se haga constar la fecha de
presentación.
- En las representaciones diplomáticas u oficinas
consulares de España en el extranjero.
- No será posible la presentación de solicitudes en
los Registros pertenecientes a otras Entidades Locales,
al no haberse suscrito convenio con este Ayuntamiento.
3.2. El plazo de presentación de instancias será de
VEINTE DÍAS NATURALES, contados desde el
día siguiente al de la publicación del extracto de la
presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
3.3 Los derechos de examen se fijan en la cantidad
de 25,00 euros, de conformidad con lo dispuesto en
la Ordenanza Fiscal vigente en esta Administración
Local, que regula las Tasas por Derechos de Examen,
que habrán de ser satisfechos mediante ingreso o
transferencia en la cuenta número ES05 2038 7201
1764 0000 1141 que este Ayuntamiento mantiene
con la Entidad: Bankia. En dicho documento de
ingreso o transferencia ser hará constar el nombre y
D.N.I. del opositor, así como denominación de la
convocatoria a la que se va a presentar. Tendrán
derecho a excención, reducción o bonificación en la
cuota íntegra de la citada tasa, lossujetos pasivos que
cumplan con lo dispuesto en el artículo 9 de la citada
Ordenanza.
Concluido el plazo de presentación de solicitudes,
se dictará anuncio, aprobando la relación provisional
de aspirantes admitidos y excluidos, especificando
respecto de estos últimosla causa de inadmisión a fin
de que puedan subsanarla, si fuera susceptible de
ello, dentro del plazo de diez días hábiles a contar a
partir de la publicación delreferido anuncio, en elBoletín
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 92, miércoles 2 de agosto de 2017 11671
Oficial de la Provincia, así como en el tablón de
anuncios del Ayuntamiento de Mogán y en la Web
municipal www.mogan.es.
4º. TRIBUNAL CALIFICADOR.
4.1. El Tribunal Calificador que actúe en el proceso
de selección, tendrá la categoría tercera, conforme a
lo dispuesto en el artículo 30 del Real Decreto
462/2002, de 24 de mayo.
El Tribunal Calificador de la convocatoria estará
formado, de la siguiente forma:
Presidente: Titular y suplente.
Tres vocales y sus correspondientes suplentes.
El Secretario de la Corporación o funcionario en
quien delegue, con voz y voto.
4.2. Los miembros del Tribunal actuarán con voz
y voto. Se designarán suplentes para los miembros
del tribunal que asumirán, en su caso, las funciones
de los titulares respectivos.
4.3. La designación de los miembros del Tribunal
se hará pública en el Boletín Oficial de la provincia,
así como en el tablón de anuncios del Ayuntamiento
y en la página web: www.mogan.es, lo que podrá llevarse
a cabo conjuntamente, con la exposición de la lista
definitiva de admitidos al proceso selectivo,sifigurasen
en el expediente debidamente nombrados todos lo
miembros que han de integrarlo.
4.4. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin
la asistencia de la mitad al menos de sus miembros
titulares y suplentes, indistintamente,siendo siempre
necesaria la presencia del Presidente y del Secretario.
Sus acuerdos se adoptarán por mayoría, siendo
dirimente, en caso de empate, el voto del Presidente.
4.5. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse
de formar parte del mismo o intervenir en sus
deliberaciones, notificándolo a la Alcaldía-Presidencia,
cuando concurran en ellos algunas de las circunstancias
previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 01
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
o si hubiesen realizado tareas de preparación de
aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años
inmediatamente anteriores a la publicación de esta
convocatoria, notificándolo en tal caso a la Autoridad
convocante. Asimismo los aspirantes podrán formular
recusación contra cualquiera de los miembros del
Tribunal.
4.6. El Tribunal estará facultado para resolver todas
las cuestiones que pudieran suscitarse en el curso del
proceso selectivo, así como para adoptar los acuerdos
necesarios para el debido orden en todo lo no previsto
en estas Bases y llevar a cabo las interpretaciones de
aquellas cuestiones que pudieran resultar oscuras,
debiendo justificarse en cualquier caso las mismas.
4.7. El Tribunal podrá designar, para todas o algunas
de las pruebas, a los asesores especialistas y personal
colaborador o auxiliar que estime necesario los cuáles
se limitarán al ejercicio de las funciones propias de
su especialidad o que les sean encomendadas. Su
designación deberá ser publicada en el Boletín Oficial
de la Provincia porsi concurriese alguna de las causas
de abstención o recusación. En talsentido, los asesores
especialistas deberán poseerlastitulaciones académicas
necesarias que habiliten para el enjuiciamiento de las
pruebas de que se trate, y actuarán con voz pero sin
voto.
4.8. Los miembros del Tribunal Calificador y, en
su caso, el personal colaborador, tendrán derecho a
percibirlasindemnizaciones o dietas que les correspondan
en relación a losservicios y a los derechos de asistencia
que se atribuyen a los Tribunales de la categoría
primera, conforme a lo dispuesto en el art. 30 del Real
Decreto 462/2002, de 24 demayo,sobre indemnizaciones
por razón del servicio.
4.9. En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni
declarar que han superado las pruebas selectivas un
número superior de aspirantes que el de plazas
convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que
contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.
4.10. El Tribunal Calificador se constituirá, previa
convocatoria del Presidente.
5ª. SOLICITUDES.
Los interesados deberán presentar su solicitud, en
la Oficina de Atención al Ciudadano sita en Avenida
de la Constitución, 4 (Mogán) y calle Tamarán, 4
(Arguineguín), de esta Corporación, de 08:00 a 13:00
horas de lunes a viernes, igualmente podrán presentarse
en la forma prevista en el art. 16 de la Ley 39/2015,
de 01 de octubre, del procedimiento administrativo
común de las administración públicas, en el PLAZO
11672 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 92, miércoles 2 de agosto de 2017
DE VEINTE (20 ) DÍAS NATURALES a contar
desde elsiguiente al de la publicación del anuncio de
esta convocatoria el Boletín Oficial del Estado.
La lista de admitidos a la selección, la composición
del Tribunal, se publicarán Boletín Oficial de la
Provincia, así como en el tablón de anuncios del
Ayuntamiento de Mogán y en la Web municipal
www.mogan.es, la convocatoria de la valoración del
concurso de méritos y las resoluciones del Tribunal
se publicarán en elTablón deAnuncios de laCorporación
y en www.mogan.es
6ª. SISTEMA DE SELECCIÓN.
Se establece el sistema de selección por el
procedimiento de concurso-oposición.
El sistema selectivo previsto es el de ConcursoOposición,
que constará de dos fases, una de
OPOSICIÓN, y otra de CONCURSO.
- FASE DE OPOSICIÓN
En las pruebas de conocimientos se adoptarán las
medidas precisas en orden a garantizar el anonimato
de los aspirantes, correspondiendo al Tribunal
determinar el orden en que se llevarán a cabo las
mismas.
Las pruebas de conocimiento consistirán en la
realización de ejercicios teóricos y prácticos, de
carácter obligatorio y eliminatorio, cuyo contenido
versará sobre las materias comunes y específicas que
se determinan en el Anexo I de las presentes bases.
Teórico: Consistirá en el desarrollo de un ejercicio
teórico tipo Test, relacionado con el temario, que se
incorpora como anexo I de la presente convocatoria.
El tiempo máximo de desarrollo del primer ejercicio
será de una hora.
Consistiendo el ejercicio teórico en un ejercicio
tipo test de 50 preguntas con 4 respuestas posibles,
siendo una sola de ellasla correcta. Para la corrección
de la prueba se aplicará la fórmula: P= (A-E/3)/número
total preguntas x 10. El ejercicio será eliminatorio.
La calificación será de cero a diez (0 a 10) puntos,
debiendo alcanzar al menos un cinco para superar esta
prueba.
“P = puntuación, resultado del ejercicio.”
“A = aciertos”
“E = errores”
Supuesto práctico: Se desarrollará un supuesto
práctico elegido de entre dos propuestos por el tribunal
y elegido al azar, durante el plazo máximo de 2 horas,
relacionado con el temario del bloque de materias
específicas.
Para obtener la puntuación final del ejercicio teórico
y práctico se calculará la media entre ambos ejercicios
debiendo obtener una puntuación superior a cinco en
cada una de ellas para superarla.
La puntuación será de cero a diez puntos, siendo
eliminados aquellos aspirantes que no obtengan una
calificación mínima de 5 puntos en cada uno de ellos.
Los criterios que se aplicarán en los supuestos de
igualdad de puntuación serán en primer lugar, la
mayor puntuación obtenida en la prueba tipo test. En
caso de persistir el empate,se irá aplicando sucesivamente
la mayor puntuación obtenida en elsupuesto práctico.
- FASE DE CONCURSO, esta fase es posterior a
la de oposición y no tendrá carácter eliminatorio, ni
se tendrá en cuenta para superar las pruebas de la
oposición, deberá aportarse en sobre cerrado y
debidamente compulsada, dentro del plazo de 20 días
naturales desde que se publique la relación definitiva
de aprobados en la fase de oposición, estos méritos
deben haberse obtenido siempre antes de la finalización
del plazo de presentación de solicitudes de participación,
y se valorarán conforme a la Base Séptima los
siguientes méritos:
6.1. Antigüedad: Se valorarán losservicios prestados
y reconocidos de cualquier clase en cualquier
administración pública. No se computarán losservicios
prestados simultáneamente con otros igualmente
alegados.
6.2. Formación y Perfeccionamiento: Se valorará
el poseer titulación superior a la exigida en las
presentes bases, así como curso de formación y
perfeccionamiento que versen sobre materias
directamente relacionadas con las que con objeto del
programa que se acompaña en el Anexo I.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 92, miércoles 2 de agosto de 2017 11673
7ª. VALORACIÓN DELOSMÉRITOS ySISTEMA
DE CALIFICACIÓN.
7.1. FASE DE CONCURSO.
La valoración de los méritos se realizará de la
siguiente forma:
Antigüedad:
Se valorarán los servicios prestados y reconocidos
de cualquier clase en cualquier administración pública:
0,2 puntos por año hasta un máximo de 3 puntos.
Formación y perfeccionamiento:
Por cada titulación superior a la exigida: 0,25 puntos
por cada una.
Por asistencia a cursos, jornadas, simposium, etc.,
y que estén relacionados con las materias objeto del
programa que se acompaña en el Anexo I :
a) Menos de 20 horas: 0,04 puntos.
b) De 20 a 50 horas: 0,06 puntos.
c) De 60 a 149 horas: 0,08 puntos.
d) De 150 horas en adelante:0,10 puntos.
Si en el diploma o certificado correspondiente no
figurase en número de horas no será valorado.
Máximo por este concepto: 2 puntos.
Sólo se computarán los cursos, jornadas y similares
que hayan sido organizados por las Administraciones
Públicas, o cursos y/o especialidades homologadas.
La calificación final será el resultado de sumar las
puntuaciones obtenidas en la fase de la oposición y
de concurso.
8ª. COMIENZO y DESARROLLO DE LAS
PRUEBAS.
8.1. La fecha de iniciación de la primera prueba se
hará pública en el tablón de anuncios de laCorporación,
en la página web del Ayuntamiento y en el Boletín
Oficial de La Provincia. Las fechas de las restantes
pruebasse publicarán oportunamente en el Tablón de
Anuncios del Ayuntamiento. Los aspirantes serán
convocados para cada ejercicio en llamamiento único,
salvo causas de fuerza mayor justificados y apreciados
por el Tribunal.
8.2.Los opositores al comienzo de cada prueba, deberán
mostrar su Documento Nacional de Identidad en
vigor a los miembros del Tribunal Calificador, y
comenzada la práctica de los ejercicios, el Tribunal
también podrá requerir en cualquier momento a los
opositores para que acrediten su identidad.
9ª. RECURSOS y RECLAMACIONES.
La presente convocatoria y cuantos actos
administrativosse deriven de ellas y de las actuaciones
del Tribunal podrán ser impugnados en los casos y
formas establecidos en la Ley 39/2015, de 01 de
octubre, de Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
10ª. INCIDENCIAS.
El Tribunal queda facultado para resolver las dudas
que se presenten y tomar los acuerdos necesarios
para el buen orden de las pruebas selectivas. Las
resoluciones de los Tribunales vinculan a la
Administración,sin perjuicio de que ésta, en su caso,
pueda proceder a su revisión de conformidad con lo
dispuesto en el Capítulo I del título V de la Ley
39/2015.
ANEXO I
PARTE COMÚN
Tema 1. La Constitución Española de 1978. Proceso
de gestación. Consolidación del Texto constitucional.
Principios Generales. Los derechos y deberes
fundamentales de los españoles: Principio general.
Concepto. Catalogación. Estudios de los diversos
grupos. Garantía de los derechos y libertades.
Tema 2.LaCorona.Carácter,sucesión y proclamación.
Funciones. El poder legislativo: las funciones y los
órganos. Elementos del Órgano legislativo. Las Cortes
Generales.
Tema 3. El Gobierno: Concepto. Integración. Cese
del Gobierno.Responsabilidad. Funciones del Gobierno.
Deberes. Administración del Estado: concepto.
Regulación.
11674 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 92, miércoles 2 de agosto de 2017
Tema 4. Elementos del municipio. Territorio y población. Organización Municipal. Competencias municipales.
Atribuciones del Alcalde. Atribuciones del Pleno del Ayuntamiento. Junta de Gobierno Local, composición y
atribuciones.
Tema 5. El Municipio de Mogán: ámbito geográfico, social y demográfico. Localización de centros públicos
y lugares de interés. Organización del Ayuntamiento.
PARTE ESPECÍFICA
Tema 6. Conceptos generalessobre albañilería. Materiales de construcción. Herramientas: uso y mantenimiento.
Construcción de muros y tabiques. Elementos necesarios y método de realización. Enfoscados. Tipos, materiales
necesarios y ejecución.
Tema 7. Aislamiento, corrección de humedades, revestimientos refractarios y reposición de azulejos y
baldosas.
Tema 8. Fontanería: Herramientas. Tuberías y accesorios. Instalación de aguas en edificios: conceptos
generales. Labores de mantenimiento y limpieza. Red de desagües de edificios.
Tema 9. Conceptos básicos sobre electricidad. Instalaciones eléctricas. Transporte de energía eléctrica.
Conductores y aislantes. Canalizaciones.
Tema 10. Herramientas y útiles empleados en trabajos de electricidad. Tipos de averías eléctricas y sus
reparaciones.
Tema 11. Conceptos generalessobre pintura de edificios y locales. Herramientas para aplicar y quitar pinturas:
limpieza y conservación. Reparaciones más habituales.
Tema 12. Herramientas de taller. Alicates. Martillos. Mazas. Llaves de tuercas. Destornilladores. Extractores.
Limas y su manejo. Sierras y su empleo. Tijeras y cizallas. Cinceles y cortafríos. Taladradoras y sus brocas.
Escariadores. Terrajas y machos. Lijas y piedras de esmeril. Orden y cuidados a las herramientas.
Tema 13. Prevención de Riesgos Laborales: Condiciones de seguridad de las herramientas manuales y de las
escaleras de mano. Condiciones generales de seguridad en la carga y transporte de materiales. Equipos de protección
individual. ”
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