En el BOP del 3/05 se ha publicado en las páginas 8043-8044:
Por el que se hace público que por Resolución de
esta Concejalía Delegada de Personal, número
1.189/2017, de fecha veinticinco de abril,se rectifica
la base sexta de la convocatoria de una plaza de
Técnico de Gestión Patrimonial, cuyo tenor literal es
el siguiente:
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 53, miércoles 3 de mayo de 2017 8043
“DECRETO DE LACONCEJALÍADELEGADA
DE PERSONAL. Dada cuenta del error advertido en
el Decreto número 830/2017, de fecha 20 de marzo,
en el que aprueban las Bases reguladoras de la
convocatoria para la cobertura interina de una plaza
de Técnico de Gestión Patrimonial vacante en esta
Corporación, y
RESULTANDO: Que se advierte error en una de
las Bases de la citada convocatoria, concretamente,
en la Base Sexta cuyo título reza: “Sistemas de
Selección y Desarrollo de los Procesos” y, en el
apartado donde consta: “La fase de Concurso tendrá
lugar con carácter previo a la fase de Oposición y no
podrá tener en ningún caso carácter eliminatorio.” debería
figurar: “La fase de Oposición tendrá lugar con
carácter previo a la fase de Concurso. El Concurso
no podrá tener en ningún caso carácter eliminatorio.”
CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo
previsto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas: “Las Administraciones
públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier
momento, de oficio o a instancia de los interesados,
los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes
en sus actos”.
En su virtud, en uso de las competencias delegadas
por la Alcaldía Presidencia en el Área de Personal
mediante Decreto de Alcaldía número 2.089/2016, de
20 de mayo, (B.O.P. número 64, de 27 de mayo de
2016), RESUELVO:
Primero. Rectificar el error advertido en las Bases
reguladoras de la convocatoria para la cobertura
interina de una plaza de Técnico de Gestión Patrimonial,
concretamente, en la Base Sexta cuyo título reza:
“Sistemas de Selección y Desarrollo de los Procesos”
en el apartado donde consta: “La fase de Concurso
tendrá lugar con carácter previo a la fase de Oposición
y no podrá tener en ningún caso carácter eliminatorio.”
debe figurar: “La fase de Oposición tendrá lugar con
carácter previo a la fase de Concurso. El Concurso
no podrá tener en ningún caso carácter eliminatorio.“
Segundo. Ordenarla publicación de dicha rectificación,
en los Tablones de Edictos Municipales y en la página
Web www.pajara.es del Ayuntamiento. Asimismo
ordenar la publicación de este decreto en el Boletín
Oficial de la Provincia de Las Palmas.
Lo manda y firma el Sr. Concejal Delegado del área,
en la fecha que figura al margen, ante mí, la Secretaria
general, doy fe.”
En Pájara, a veinticinco de abril de dos mil diecisiete.
EL CONCEJAL DELEGADO DE PERSONAL.
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