En el BOP del 3/03 se ha publicado en las páginas 5862 y ss:
ANUNCIO RELATIVO ALAAPROBACIÓN DE
LA LISTA PROVISIONAL DE ADMITIDOS/AS
Y EXCLUIDOS/AS DEL PROCESO SELECTIVO
PARA LA COBERTURA MEDIANTE
FUNCIONARIOS/AS DE CARRERA DE TRES
PLAZAS DE POLICÍA DEL CUERPO DE LA
POLICÍA LOCAL, POR EL TURNO DE ACCESO
LIBRE YMEDIANTEELSISTEMADE OPOSICIÓN
Mediante el presente se hace público que el Sr.
Alcalde-Presidente, don Pedro M. Rodríguez Pérez,
ha dictado el 17 de febrero del actual, bajo el número
253/2017 el Decreto que transcrito literalmente dice:
“Visto el expediente relativo al proceso selectivo
para la cobertura, mediante funcionarios/as de carrera
de TRES PLAZAS DE POLICÍA DEL CUERPO
DE LAPOLICÍALOCAL, por el turno de acceso libre
y mediante el sistema de oposición, el Servicio de
Recursos Humanos informa lo siguiente:
“ANTECEDENTES DE HECHO
1. La Junta de Gobierno Local de 21/11/2016 aprobó
la convocatoria y las Bases que han de regir en el
procedimiento selectivo para la cobertura mediante
funcionarios/as de carrera de 3 plazas de Policía del
Cuerpo de la Policía Local de este Ayuntamiento,
pertenecientes a la Escala de Administración Especial,
Subescala de Servicios Especiales, Clase de Agente
de Policía Local, Grupo de clasificación profesional
C1, cuyo texto íntegro fue publicado en elBoletín Oficial
de la Provincia de Las Palmas número 152, de fecha
19/12/2016 y en el Boletín Oficial de Canarias número
244 de fecha 20/12/2016
2. Conforme dispone la Base Tercera, para la
presentación de instancias solicitando tomar parte
en el procedimiento, se confirió un plazo de veinte
días naturales contados desde el siguiente al de la
publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial
delEstado número 315, que tuvo lugar el día 30/12/2016,
desde el día 31 de diciembre de 2016 hasta el día 19
de enero de 2017, ambos inclusive.
ASPECTOS JURÍDICOS
PRIMERO. Requisitos de participación y
documentación que deberá adjuntarse a la instancia.
Los requisitos que deben reunir los interesados
para participar en esta convocatoria están determinados
en la Base Segunda de las que rigen el procedimiento
selectivo, asimismo, los documentos que deben
acompañar a la instancia solicitando tomar parte en
el mismo se encuentran determinados en la Base
Cuarta.
SEGUNDO. Admisión de aspirantes.
La Base Quinta de las que rigen este proceso
selectivo dispone: “Finalizado el plazo de presentación
de solicitudes, se dictará Resolución por el órgano
competente en el plazo máximo de UN MES aprobando
la relación provisional de aspirantes admitidos/as y
excluidos/as, especificando de estos/as últimos/as la
causa de inadmisión a fin de que puedan subsanarla,
5862 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 27, viernes 3 de marzo de 2017
si fuera susceptible de ello. Dicha resolución será publicada en el Boletín Oficial de la Provincia y en la página
web del Ayuntamiento.”
TERCERO. Subsanación.
Establece la citada Base Quinta: “Los/as aspirantes excluidos/as, así como los/as omitidos/as, dispondrán de
un plazo de DIEZ días hábiles para la subsanación de defectos, contados a partir del día siguiente a la publicación
de dicha Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia, de conformidad con lo establecido en el artículo 71
de la Ley 30/1992 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administración Común.”
Los errores de hecho que pudieran advertirse en dichas listas, podrán subsanarse en cualquier momento, de
oficio o a petición de interesado/a. Los/as aspirantes comprobarán si figuran en la relación de admitidos/as y
que sus nombres y demás datos constan correctamente. Quienes no subsanen la exclusión o aleguen la omisión,
justificando su derecho a ser incluidos/as, serán definitivamente excluidos/as.”
La referencia al artículo 71 de la Ley 30/92 (derogado) debe entenderse realizada al artículo 68 de la Ley
39/2015 de 01 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El apartado 4 de la Tercera dispone: “Se deberán abonar (la tasa por derechos de examen), o en su caso, acreditar
documentalmente su exención como se expone en esta base, en el plazo de presentación de instancias, sin que
sea susceptible de ingreso, en el plazo de subsanación a que hace referencia la Base Quinta, de conformidad
con el Art. 26.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido
de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (BOE 09.03.2004)”.
Vistas las instancias y documentación adjunta presentadas en el plazo conferido para solicitar participar en
el presente proceso selectivo, de conformidad con la propuesta emitida por el Servicio de Recursos Humanos,
en virtud del artículo 21.g. de la Ley 7/85 de 2 de abril reguladora de las Bases del Régimen Local:
RESUELVO
PRIMERO. Aprobar la siguiente lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos del proceso selectivo
para la cobertura mediante funcionarios/as de carrera de 3 plazas de Policía del Cuerpo de la Policía Local de
este Ayuntamiento:
LISTA DE ADMITIDOS
(..)
Causas de exclusión:
1) Fotocopia cotejada del Documento Nacional de
Identidad o pasaporte, cotejada, que deberá estar
vigente a la finalización del plazo de presentación de
instancias.
2) Resguardo acreditativo del ingreso bancario
correspondiente al abono de la tasa por derechos de
examen, o en su caso acreditación de estar exento/a.
3) Copia autenticada de la titulación exigida en la
baseSegunda (Título deBachiller,Técnico o equivalente).
4) Fotocopia cotejada del permiso de conducción
de la clase BTP además del permiso de la clase A2,
o manifestación de estar en condiciones de obtenerlo
antes de la fecha de la toma de posesión como
funcionario en prácticas.
5) Certificado de antecedentes penales acreditativo
de no habersido condenado, expedido por el Registro
General de Penados y Rebeldes.
6) Certificado médico, extendido en impreso oficial,
y firmado por colegiado en ejercicio, en el que se haga
constar expresamente que el aspirante posee la talla
mínima exigida en las Bases(1,70 metroslos hombres
y 1,60 lasmujeres) y un índice de corpulencia no superior
al 28, calculado como: peso (en kilogramos)/altura
al cuadrado, (en metros).
SEGUNDO. Conceder un plazo de diez días hábiles,
contados a partir del día siguiente al de la publicación
en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas
del Decreto por el que se apruebe la lista provisional
de aspirantes admitidos y excluidos, para que los
aspirantes excluidos provisionalmente subsanen los
motivos que dieron lugar a la exclusión. En dicho plazo
los interesados podrán solicitar ser admitidos
definitivamente, o, en su caso, alegar la omisión en
ambaslistas, justificándolo documentalmente. Podrán
asimismo solicitar la corrección de los errores en la
trascripción de los datos con que figuran en laslistas,
si los hubiere.Quienes no subsanen la exclusión o aleguen
la omisión, justificando su derecho a ser admitidos,
en dicho plazo, serán definitivamente excluidos.
No es posible efectuar el ingreso de la tasa por
derechos de examen en el plazo de subsanación de
instancias.
TERCERO. Publicar el presente Decreto en el
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas y en
la página web de este Ayuntamiento.
Dado para su cumplimiento en Santa María de
Guía, a veintidós de febrero de dos mil diecisiete.”
Lo que se notifica para su conocimiento y a los efectos
oportunos significándole que contra la presente
Resolución, que pone fin a la vía administrativa,
podrá interponer alternativamente o Recurso de
Reposición Potestativo, en el plazo de un mes a contar
desde el día siguiente a su publicación en el Boletín
Oficial de la Provincia ante el señor Alcalde, de
conformidad con los artículos 123 y 124 de Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, en adelante LPACAP, o directamenteRecurso
Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo
Contencioso Administrativo correspondiente, en el plazo
de dos meses contadostambién desde el día siguiente
al de la recepción de la presente notificación, o en su
caso publicación, de conformidad con el artículo 46
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Sise optara por interponer elRecurso deReposición
Potestativo, no podrá interponerRecursoContenciosoAdministrativo
hasta que aquélsea resuelto expresamente
o se haya producido su desestimación por silencio.
Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier
otro recurso que estime pertinente.
Santa María de Guía, a veintidós de febrero de dos
mil diecisiete.
EL ALCALDE, Pedro M. Rodríguez Pérez
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