En el BOP del 24/02 se ha publicado en las páginas 5555-5557:
Pormedio del presente se hace de público conocimiento
que por Resolución de Alcaldía número 258 de fecha
20 de febrero de 2017,se aprobó la relación provisional
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 24, viernes 24 de febrero de 2017 5555
de aspirantes admitidos y excluidos de la convocatoria
para la provisión de una plaza de técnico de obras y
servicios, mediante concurso-oposición, en régimen
laboral temporal, por tiempo determinado para la
sustitución de un trabajador en situación administrativa
de excedencia voluntaria, del tenor literal siguiente:
“Vista laResolución de Alcaldía número 133 de fecha
30 de enero de 2017, en la que se aprobaba la lista
provisional de admitidos y excluidos de la convocatoria
para la provisión de una plaza de técnico de obras y
servicios, mediante concurso-oposición, en régimen
laboral temporal, por tiempo determinado para la
sustitución de un trabajador en situación administrativa
de excedencia voluntaria.
Visto que ha finalizado el plazo de presentación de
reclamaciones a la lista provisional de aspirantes.
De conformidad con las bases de convocatoria y las
competencias atribuidas a la Alcaldía por el artículo
21.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de
las Bases del Régimen Local,
RESUELVO
PRIMERO. Aprobar de forma definitiva la siguiente
relación de aspirantes admitidos y excluidos de la
convocatoria referenciada: (...)
Publicar la relación definitiva de
admitidos y excluidos en el Boletín Oficial de la
Provincia y en elTablón de Anuncios del Ayuntamiento.”
Además, se hace de público conocimiento que el
Tribunal nombrado mediante Decreto 164/2017, para
la cobertura de una plaza de Técnico de Obras y
Servicios, vacante actualmente en esta Corporación,
en régimen laboral temporal por tiempo determinado,
mediante sistema de concurso-oposición, de conformidad
con las bases aprobadas en sesión extraordinaria de
Junta de Gobierno Local, de 30 de diciembre de
2016, celebró sesión constitutiva el 7 de febrero de
2017, a las 09:00 horas de la mañana, y adoptó los
siguientes acuerdos:
CRITERIOSDECALIFICACIÓNDELEJERCICIO:
• Para la primera parte del ejercicio, consistente en
el desarrollo de un tema por escrito, de losrelacionados
en el Anexo I de las bases, el Tribunal valorará: el
planteamiento que el/la aspirante hace del tema
elegido, la correcta referencia a los preceptoslegales
que resulten de aplicación, la capacidad para relacionar
conceptos básicos en lamateria y su capacidad de síntesis
o concreción.
• Para la segunda parte del ejercicio, un supuesto
práctico, el Tribunal valorará el planteamiento que el/la
aspirante hace del caso, si identifica las cuestiones o
problemas del supuesto práctico o responde con
claridad a las preguntas planteadas por el Tribunal,
la correcta aplicación de los preceptos legales, la
capacidad para relacionar conceptos básicos en la
materia y su capacidad de síntesis o concreción.
En el ejercicio práctico,será posible el uso y consulta
de textos legales no comentados.
La legislación aplicable, será aquella vigente a la
fecha de publicación en las bases en el Boletín Oficial
de la Provincia.
Respecto a la caligrafía: el Tribunalsancionará con
un cero los ejerciciosredactados con todo el texto en
mayúsculas o que presenten una caligrafía ilegible que
no permita su compresión a juicio de la mayoría de
los miembros del Tribunal presentes en el acto de la
calificación.
En cuanto a la ortografía: El ejercicio se deberá
presentar sin faltas de ortografía. Se entiende por
falta de ortografía, a los efectos de calificación del
ejercicio, toda palabra cuya forma no sea reconocida
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por el diccionario de la RAE. En este sentido, también
se entenderá que es falta de ortografía la utilización
de palabras que,siendo reconocida por el diccionario
de la RAE, carecen de sentido utilizarlas en la
exposición puessu significado nada tiene que ver con
la frase en la que aparece. Por ejemplo: utilizar
“pretención” en lugar de “pretensión”; utilizar “halla”
en lugar de “haya”, o al revés. Los criterios de
penalización por las faltas cometidas serán los
siguientes:
• Las tres primeras faltas de ortografía cometidas
estará exentas de penalización. A partir de dicho
número de faltas cometidas, cada falta se penalizará
con 0,2 puntos sobre la nota obtenida en los demás
criterios de calificación. Los ejercicios con más de
10 faltas de ortografía (incluidas las 3 primeras) no
se corregirán. Para la aplicación de estas penalidades,
el Tribunal considerará que la repetición de una falta
de ortografía (escribir incorrectamente dos o más
vecesla misma palabra) computará como una sola falta.
• La correcta utilización de lossignos de puntuación
(el punto, la coma, el punto y coma, los dos puntos,
la raya y el guión) se valorará por el Tribunal al
evaluar conocimiento de la materia pues inciden
directamente en la apreciación de la claridad, de los
conocimientos y en el orden y coherencia de la
exposición. Los errores de puntuación no tienen una
penalidad específica.
FECHA Y LUGAR DE CELEBRACIÓN DEL
EJERCICIO:
El desarrollo del ejercicio, tendrá lugar el martes 7
de marzo de 2017, a las 10:00 horas en el salón de
Plenos del Ayuntamiento de La Oliva.
En La Oliva, a veinte de febrero de dos mil diecisiete.
EL ALCALDE-PRESIDENTE, Pedro Manuel
Amador Jiménez
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