En el BOP de hoy se ha publicado en las páginas 12057-12059:
En ejecución de lo establecido en los artículos 43
y 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas,se hace pública la resolución
de la Directora General de Administración Pública
registrada en el Libro de Resoluciones y Decretos con
número 39.208/2016, de 30 de noviembre, por la que
se corrige error material detectado en la Resolución
número 37.084/2016, de 18 de noviembre por la que
se aprueban las bases específicas y convocatoria para
la provisión en propiedad por elsistema de oposición
libre de veintidós(22) plazas de PolicíaLocal delExcmo.
Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria,
pertenecientes a la escala de Administración Especial,
subescala Servicios Especiales, clase Policía Local.
“Resolución de laDirectoraGeneral deAdministración
Pública, por la que se corrige error material detectado
en la Resolución número 37.084/2016, de 18 de
noviembre por la que se aprueban las bases específicas
y convocatoria para la provisión en propiedad por el
sistema de oposición libre de veintidós (22) plazas
de PolicíaLocal delExcmo.Ayuntamiento deLas Palmas
de Gran Canaria, pertenecientes a la escala de
AdministraciónEspecial,subescala ServiciosEspeciales,
clase Policía Local.
ANTECEDENTES
I.Resolución de laDirectoraGeneral deAdministración
Pública número 37.084/2016, de 18 de noviembre,
por la que se aprueban las bases específicas y
convocatoria para la provisión en propiedad por elsistema
de oposición libre de veintidós(22) plazas de Policía
Local del Excmo. Ayuntamiento de Las Palmas de
Gran Canaria, pertenecientes a la escala de
AdministraciónEspecial,subescala ServiciosEspeciales,
clase Policía Local.
II. Habiéndose detectado error material en la
resolución número 37.084/2016, de 18 de noviembre,
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 146, lunes 5 de diciembre de 2016 12057
en el anexo que se adjunta a la citada resolución y
que contiene las bases específicas y convocatoria
para la provisión en propiedad por el sistema de
oposición libre de veintidós(22) plazas de Policía Local
del Excmo. Ayuntamiento de Las Palmas de Gran
Canaria, pertenecientes a la escala de Administración
Especial,subescala Servicios Especiales, clase Policía
Local, en la base octava: sistema selectivo, apartado
1.4. Prueba de Idiomas, consistente en que la referida
prueba no puede ser valorada sino con hasta un
máximo de dos puntos, en lugar de tres como
erróneamente se consigna,se hace preciso llevar a cabo
una rectificación de dicho error.
NORMATIVA APLICABLE
Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
CONSIDERACIONES JURÍDICAS
ÚNICA. Tratándose de un error material en la
consignación de la puntuación que corresponde a la
prueba de idiomas, se hace preciso llevar a cabo una
rectificación de la misma, en aplicación de lo dispuesto
en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre
de Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, cuyo tenor literal dice
que “Las Administraciones Públicas podrán, asimismo,
rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia
de los interesados, los errores materiales, de hecho o
aritméticos existentes en sus actos.”
De acuerdo con el informe del Servicio de Recursos
Humanos obrante en el expediente, de fecha 28 de
noviembre de 2016 y de conformidad con lo establecido
en los artículos 124.4.i), 124.4.n), 127.1.g) y 127.2
de la Ley 7/1985, de 2 de abril,Reguladora de lasBases
del Régimen Local, modificada por Ley 57/2003, de
16 de diciembre, de medidas para la modernización
del gobierno local y el artículo 60.1 del Real Decreto
500/1990, de 20 de abril, este Servicio propone que
se dicte Resolución por la Directora General de
Administración Pública, al amparo del Decreto del
Alcalde número 44.521/2015, de 30 de diciembre, por
el que se modifica el Decreto número 21.693/2015,
de 10 de julio, por el que se establecen los sectores
funcionales y la estructura del Área de Gobierno de
Nuevas Tecnologías, Administración Pública y
Deportes, determinando su estructura organizativa
de gobierno y administración, en elsiguiente sentido:
RESUELVE
PRIMERO. Que por la Dirección General de
Administración Pública se dicte resolución por la
que se acuerde efectuar corrección de error material
detectado en la Resolución número 37.084/2016, de
18 de noviembre por la que se aprueban las bases
específicas y convocatoria para la provisión en
propiedad por elsistema de oposición libre de veintidós
(22) plazas de Policía Local del Excmo. Ayuntamiento
de Las Palmas de Gran Canaria, pertenecientes a la
escala de Administración Especial,subescala Servicios
Especiales, clase PolicíaLocal, de talmanera que, donde
dice:
(…)
“1.4. Prueba de Idiomas.
Este ejercicio será voluntario y no eliminatorio. El
aspirante indicará en su solicitud el idioma (a elegir
uno solo, entre inglés y alemán) por el que opta para
la realización del presente ejercicio. De no especificar
ninguno, se entenderá que no realizará el ejercicio.
La puntuación será valorada con un máximo de 3
puntos, que se adicionarán a la puntuación total
obtenida por el aspirante en las demás pruebas de la
fase de oposición. Será realizado por un licenciado,
con experiencia en la docencia, en el idioma elegido
por el aspirante en la instancia de solicitud de
participación en el proceso selectivo. El asesor será
solicitado a la Escuela Oficial de Idiomas, Facultad
de Filología o Colegio Oficial correspondiente y su
designación deberá ser publicada en Boletín Oficial
de la Provincia porsi concurriera alguna de las causas
de abstención o recusación”.
(…)
Debe decir:
“1.4. Prueba de Idiomas.
Este ejercicio será voluntario y no eliminatorio. El
aspirante indicará en su solicitud el idioma (a elegir
uno solo, entre inglés y alemán) por el que opta para
la realización del presente ejercicio. De no especificar
ninguno, se entenderá que no realizará el ejercicio.
La puntuación será valorada con un máximo de 2
puntos, que se adicionarán a la puntuación total
obtenida por el aspirante en las demás pruebas de la
12058 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 146, lunes 5 de diciembre de 2016
fase de oposición. Será realizado por un licenciado,
con experiencia en la docencia, en el idioma elegido
por el aspirante en la instancia de solicitud de
participación en el proceso selectivo. El asesor será
solicitado a la Escuela Oficial de Idiomas, Facultad
de Filología o Colegio Oficial correspondiente y su
designación deberá ser publicada en Boletín Oficial
de la Provincia porsi concurriera alguna de las causas
de abstención o recusación”.
SEGUNDO. De la resolución que se adopte deberán
practicarse las publicaciones que procedan.
Régimen de recursos. Contra el acto expreso que
se le notifica, que es definitivo en vía administrativa,
podrá interponer en el plazo de DOS MESES, contados
desde el día siguiente al de la recepción de su
notificación, Recurso Contencioso Administrativo
ante elJuzgado de lo Contencioso-Administrativo de
Las Palmas que por reparto corresponda, a tenor de
lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de
13 de julio,Reguladora de la JurisdicciónContenciosoAdministrativa,
en concordancia con el artículo 123.1
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
No obstante, con carácter potestativo y previo al
Recurso Contencioso-Administrativo, señalado en
el párrafo anterior, contra el acto expreso que se le
notifica, podrá usted interponerRecurso deReposición,
ante el mismo órgano que lo ha dictado, en el plazo
de UN MES, que se contará desde el día siguiente al
de la fecha de la recepción de la presente notificación,
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124.1
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
A tenor del apartado 2 del artículo 124 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, el plazo máximo para dictar y notificar la
resolución del recurso será de UN MES; transcurrido
dicho plazo sin haberse notificado resolución expresa,
de conformidad con el artículo 24.1, párrafo tercero,
de la ley referida,se producirá silencio administrativo
desestimatorio, y podrá interponerRecursoContenciosoAdministrativo
en el plazo de SEISMESES, computados
a partir del día siguiente a aquel en el que el Recurso
Potestativo deReposición debe entenderse desestimado
por silencio administrativo.
Todo ello sin perjuicio de cualquiera otra acción o
recurso que estimare oportuno interponer para la
mejor defensa de sus derechos.
Las Palmas de Gran Canaria, a veintinueve de
noviembre de 2016. La Directora General de
Administración Pública (Acuerdo de Junta de Gobierno
de 12 de mayo de 2016). Mercedes Cejudo Rodríguez.
Dada con la intervención del Secretario General
Técnico de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Las
Palmas de Gran Canaria, conforme a lo establecido
en la Disposición Adicional 8ª de la Ley 7/1985, de
2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen
Local y el artículo 28 del Reglamento Orgánico del
Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento
de Las Palmas de Gran Canaria.
Las Palmas de Gran Canaria, a treinta de noviembre
de 2016. El Secretario General Técnico de la Junta
deGobierno de laCiudad deLas Palmas deGranCanaria,
Felipe Mba Ebebele”.
Las Palmas de Gran Canaria, a treinta de noviembre
de dos mil dieciséis.
LA DIRECTORA GENERAL DE
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
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