miércoles, 27 de julio de 2016

Bases específicas de la convocatoria para plaza de arquitecto/a mediante lista de reserva (MOGÁN)

En el BOP del 25/07 se ha publicado en la  página  7334 y siguientes:

 Por Decreto de la Alcaldía-Presidencia número 1.849/2016 de 14 de julio, se aprobaron las bases específicas que han de regir el correspondiente proceso selectivo para generar listas de reserva por el sistema de oposición, 7334 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 89, lunes 25 de julio de 2016 de la Plaza Arquitecto y de acuerdo al mismo se procede a la publicación de las citadas bases específicas: BASES ESPECÍFICAS QUE HAN DE REGIR LACONVOCATORIAPARACUBRIR, MEDIANTE EL SISTEMA DE OPOSICIÓN, PARA PLAZA DE ARQUITECTO/A (A1) MEDIANTE LISTAS DE RESERVAEN ELAYUNTAMIENTO DE MOGÁN. PRIMERA. OBJETO DE LACONVOCATORIA. Es objeto de la presente convocatoria, la configuración de lista de reserva para cubrir las necesidades de contratación temporal en esta administración, bien mediante nombramiento de personal interino, así como personal laboral temporal, mediante elsistema de oposición de plaza de Arquitecto/a. SEGUNDA. TITULACIÓN ACADÉMICA EXIGIDA. Arquitecto/a: Con respecto a la titulación se requiere estar en posesión de la Licenciatura de Arquitecto/a o Grado en Arquitectura, en el caso de ser un título equivalente se deberá aportar la documentación que acredite la equivalencia, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que se termine el plazo de presentación de instancia. TERCERA. REQUISITOS QUE DEBEN REUNIR LOS ASPIRANTES PARATOMAR PARTE EN EL PROCESO SELECTIVO. Se estará a lo establecidos en la base segunda de las bases generales de las convocatorias para generar lista de reservas para interinidades y contrataciones laborales del ayuntamiento del Ilustre Ayuntamiento de Mogán, aprobadas por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local 19 de abril de 2016, publicado en la Web www.mogan.es y en el Boletín Oficial de la Provincia número 55 de 6 de mayo de 2016, en adelante BGLR. CUARTA: SOLICITUDES. Se estará a lo establecidos en la base tercera de las BGLR. Plazo de presentación: El plazo de presentación de la solicitud de participación en el procedimiento selectivo será de DIEZ DÍAS NATURALES, contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de La Provincia. Así mismo se publicarán en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en la página Web municipal, www.mogan.es QUINTA: ADMISIÓN DE ASPIRANTES. Se estará a lo establecidos en la base cuarta de las BGLR. SEXTA: PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN Y FASES DEL MISMO: La selección se efectuará por elsistema de oposición. El programa que han de regir las pruebasselectivas es el que figura en Anexo III de esta convocatoria, para cada una de las categorías convocadas. 1. FASE PRIMERA: (Oposición) Durante el desarrollo de las pruebas correspondientes a la fase de oposición no se permitirá el uso de teléfonos móviles, que deberán permanecer apagados durante el tiempo de realización de las pruebas. La oposición consistirá en la realización de los siguientes ejercicios (de carácter obligatorio y eliminatorio entre sí y en ellos se adoptarán las medidas precisas en orden a garantizar el anonimato de los aspirantes): A)EJERCICIO TEÓRICO:Consistirá en el desarrollo de un ejercicio teórico (tipo desarrollo), relacionado con el temario, que se incorpora como anexo III de la presente convocatoria. El tiempo máximo de desarrollo del primer ejercicio será de dos horas. B) EJERCICIO PRÁCTICO: Ha de ser relacionado con las funciones de la categoría a que se aspira, relacionadas con identificación de herramientas, técnicas y procesos o protocolos, que guarden relación con el temario (anexo III). El tiempo máximo de duración del ejercicio será de dos horas. Durante el desarrollo de las pruebas correspondientes al ejercicio práctico los aspirantes podrán hacer uso de los textos legales y colecciones de jurisprudencia de los que acudan provistos y en ambos casos las Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 89, lunes 25 de julio de 2016 7335 conclusiones que se formulen serán lo suficientemente válidas, específicas y condensadas para obtener la información relevante y fiable sobre el supuesto expuesto. De la misma manera, en caso de que el aspirante sea extranjero o maneje lenguas distintas del castellano podrán ser requerido a la realización de alguna prueba que permita conocer el nivel de manejo del castellano, si bien el carácter técnico de la oposición convocada podrá ser considerado a efectos de llevar a cabo tal comprobación y evaluado en el desarrollo del ejercicio si resulta incomprensible el ejercicio desarrollado por tal motivo, debiendo justificarse tal circunstancia en el expediente. CRITERIOS DE VALORACIÓN: Cada una de las pruebas que integran los ejercicios de la oposición se calificará hasta un máximo de diez puntos, siendo necesario para pasar a la siguiente prueba obtener un mínimo de cinco puntos. Por tanto, desde el mismo momento en que el aspirante no obtenga un mínimo de cinco puntos en cualquiera de los ejercicios, quedará automáticamente excluido. La calificación para cada ejercicio y aspirante se determinará porla media resultante de las calificaciones otorgadas por cada miembro del Tribunal, eliminando, en todo caso, las puntuaciones máxima y mínima cuando entre éstas exista una diferencia igual o superior a tres puntos. Finalizado y calificado cada ejercicio, el Tribunal hará público en elTablón de Anuncios del Ayuntamiento y en la Web municipal, la relación de los aspirantes que hayan superado la fase de oposición, con especificación de las puntuaciones obtenidas. Deberá tenerse en cuenta que lasrectificaciones de errores que se lleven a cabo respecto de un ejercicio, cuando los mismos sean fácilmente constatables, llevará aparejada su aplicación para todoslos aspirantes en igualdad de condiciones, lo que pudiera determinar una modificación de las puntuacionesrespectivamente obtenidas, de lo que los aspirantes deberán ser respectivamente informados en todomomentomediante el correspondiente Anuncio de rectificación en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento. Las comunicaciones que se efectúen por teléfono a través de funcionario público, deberán hacerse constar en el expediente administrativo mediante Diligencia extendida por el Funcionario en cuestión y visto bueno del Jefe de Sección de Recursos Humanos. CALIFICACIÓN FINAL DE LA FASE DE OPOSICIÓN: La calificación final de la fase de oposición será siempre la media aritmética entre las puntuaciones obtenidas entre el ejercicio teórico y el práctico. En cualquiera de los casos, no se podrá superar la fase de oposición si no se alcanza un mínimo de cinco puntos respectivamente. SÉPTIMA. PUNTUACIÓN FINAL: La puntuación final del proceso selectivo será determinada por la clasificación final de la fase de oposición. La Puntuación máxima que se puede obtener es de 10 puntos, correspondiente a la fase oposición. En caso de empate se resolverá por la mayor puntuación obtenida en el ejercicio práctico y ejercicio teórico, en este orden. De persistir el empate se realizará un sorteo, acto público para el cual serán convocados los interesados. OCTAVA: COMIENZO Y DESARROLLO DE LOS EJERCICIOS QUE INTEGRAN LAFASE DE OPOSICIÓN. Se estará a lo establecidos en la base octava de las BGLR. NOVENA: COMPOSICIÓN, DESIGNACIÓN Y ACTUACIÓN DEL TRIBUNAL CALIFICADOR. Se estará a lo establecidos en la base quinta de las BGLR. DÉCIMA: RELACIÓN DE APROBADOS Y PROPUESTA DEL TRIBUNAL DE LOS ASPIRANTES QUE HAN DE INTEGRAR LAS LISTAS DE RESERVA EN CADA UNA DE LAS CATEGORÍAS CONVOCADAS. Una vez realizadas las calificaciones finales, el Tribunal publicará en el Tablón de Anuncios municipal y en la Web municipal la relación de los aspirantes que hayan aprobado el proceso selectivo, por orden de puntuación decreciente y propondrá al órgano convocante los candidatos que hayan de integrar la lista de reserva respectiva que se confeccionará por dicho orden. 7336 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 89, lunes 25 de julio de 2016 DÉCIMO-PRIMERA: Presentación de documentos. Nombramiento. Revocación Se estará a lo establecidos en la base décima de las BGLR. DÉCIMO-SEGUNDA: Elsolo hecho de presentarla instancia,solicitando formar parte en el presente procedimiento, constituye sometimiento expreso de losinteresados a las bases generales y específicasreguladoras delmismo, ostentando ambasla consideración de ley reguladora del proceso en cuestión, así como así como a las disposiciones contenidas en los criterios de funcionamiento de las Listas de Reserva que estuvieren vigente al tiempo de iniciarse la respectiva relación laboral o funcionarial, que serán los que en tal caso se aplique. La convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de esta y de la actuación del Tribunal, podrán ser impugnados en la forma y plazos establecidos en la vigente Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, Ley 30/1992, de 26 de noviembre. ANEXO I A LA SRA. ALCALDESA-PRESIDENTA DEL ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE MOGÁN, Don/Doña: DNI: Dirección: Tlf fijo: Población: Código Postal: Tlf móvil: Correo electrónico: Fecha Nacimiento EXPONE: Que a medio del presente escrito y teniendo interés en participar en el procedimiento de selección convocado para elaborar LISTA DE RESERVA en la categoría de ____________________ y reuniendo todos y cada uno de los requisitos exigidos en la correspondiente Convocatoria y Bases para concurrir, que fueron publicadas en el BOP número ____ de __ de _____ de 2016. Documentación que acredite la identificación del aspirante. Título académico exigido en las bases. Declaración Jurada (Anexo II). __________________________. EL ABAJO FIRMANTE SOLICITAser admitido a las pruebasselectivas a que se refiere la presente instancia, declarando ser ciertos los datos consignados anteriormente y que reúne las condiciones exigidas para el ingreso en la Administración Local y las especialesseñaladas en la convocatoria, comprometiéndose a prestar juramento o promesa caso de ser propuesto para el nombramiento si la plaza o puesto es de funcionario o contratación si es laboral. Asimismo, reconoce expresamente que conoce todos y cada uno de los extremos y condiciones recogidos tanto en las Bases que rigen el proceso de selección, así como los derechos y obligacionesinherentes a la inclusión en la Lista de Reserva del Ilustre Ayuntamiento de Mogán, de acuerdo con los criterios de funcionamiento de las mismas aprobados por el Ayuntamiento de Mogán. Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 89, lunes 25 de julio de 2016 7337 Por ser de justicia lo que pido. En Mogán, a ______ de __________________ de 2016. FIRMA ANEXO II DECLARACIÓN JURADA. Don/Doña: DNI: Dirección: Tlf fijo: Población: Código Postal: Tlf móvil: Correo electrónico: Fecha Nacimiento: DECLARO POR MI HONOR Y BAJO MI RESPONSABILIDAD No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funcionessimilares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni habersido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. Ypara que así conste a los efectos previstos en la convocatoria para la confección de lista de reserva del Ayuntamiento de Mogán, publicadas en el BOP número ____ de __ de _____ de 2016 Firmo la presente, en Mogán a ___ de ____________ de 2016. Fdo. ___________________________________________ ANEXO III TEMARIO: ARQUITECTO/A PARTE GENERAL Tema 1. La constitución española:características, estructura y contenido. La reforma constitucional. derechos y deberes fundamentales. De los españoles y extranjeros. Derechos y libertades. Tema 2. Derechos y deberes fundamentales: de los principios rectores de la política social y económica. De las garantías de las libertades y derechos fundamentales. De la suspensión de los derechos y libertades. Tema 3. La Corona. El rey:su posición constitucional y funciones. El orden de sucesión. El refrendo susformas. Tema 4. Las cortes generales. El congreso de los diputados. El senado: relaciones entre las cámaras.. Órganos dependientes de las Cortes Generales: el Tribunal de cuentas y el Defensor del Pueblo. Tema 5. El Gobierno: Su composición. El presidente del gobierno. Los ministros. El gobierno y la Administración. Las funciones del Gobierno y la administración: legislativa, política y administrativa. 7338 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 89, lunes 25 de julio de 2016 Tema 6. El poder judicial. Regulación constitucional de la justicia. La ley orgánica del poder judicial. El consejo general del poder judicial: designación, organización y funciones. La organización de la administración de justicia en España: órdenes jurisdiccionales, clases de órdenes jurisdiccionales y sus funciones. Tema 7. La administración local: regulación constitucional. La carta europea de autonomía local. El principio de autonomía local: Significado, alcance y límites. Regulación básica del estado y normativa de las comunidades autónomas en materia de Régimen local. Tema 8. La potestad normativa de las entidades locales reglamentos, ordenanzas y bandos: procedimiento de elaboración. Ordenanzas y Reglamentos de la Entidades Locales. Ordenanzas y Reglamentos del Ayuntamiento de Mogán. Tema 9. La organización municipal. Las competencias municipales:sistema de determinación. Competencias propias, compartidas y delegadas. Los servicios mínimos. PARTE ESPECÍFICA Tema 10. El nuevo marco legislativo estatal: Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana. Objeto y principios de desarrollo territorial y urbano. Ordenación del territorio y ordenación urbanística. Bases del régimen delsuelo. Valoraciones. Tema 11. Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias(TRLOTENC´00), aprobado por el Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de Mayo. Disposiciones Generales. Objeto de la Ley y actividad de ordenación. Fines de la Actuación de carácter Urbanístico. Tema 12. Ley 2/2013, de 29 de mayo, de renovación y modernización turística de Canarias. Objeto y finalidad. Otorgamiento de autorizaciones previas. Tema 13. Planes Insulares de Ordenación según el TRLOTENC´00. Concepto, determinaciones, contenido necesario, contenido facultativo y procedimiento. Tema 14. Planes Generales de Ordenación según el TRLOTENC´00. Objeto y contenido. Competencia en su tramitación y procedimiento. Instrumentación. Límites de la potestad de planeamiento ejercida a través de Planes Generales de Ordenación. Tema 15. Planes de Modernización, Mejora e Incremento de la Competitividad. Determinaciones, competencia en su tramitación y procedimiento. Tema 16. Planes Parciales de Ordenación según el TRLOTENC´00. Objeto, contenido y formulación. Competencia en su tramitación y procedimiento. Límites de la potestad de planeamiento. Tema 17. Ordenanzas Municipales de edificación y urbanización. Proyectos de urbanización y de ejecución de sistemas. Tema 18. Los espacios naturalessegún el TRLOTENC´00. Concepto, categorías y planeamiento de ordenación. Tema 19. Procedimiento para la formulación de la declaración ambiental estratégica ordinaria en atención a lo dispuesto en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental. Tema 20. Procedimiento para la emisión del informe ambiental estratégico en la evaluación estratégica simplificada en atención a lo dispuesto en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental. Tema 21. Suelo Urbano y Urbanizable según el TRLOTENC: Definición y categorías. Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 89, lunes 25 de julio de 2016 7339 Tema 22. Suelo Rústico según el TRLOTENC: Definición y categorías. Tema 23. Intervención Administrativa en la Edificación y Usos del Suelo. Licencias Urbanísticas según el TRLOTENC´00. Actos sujetos a Licencia Urbanística. Actos promovidos por las Administraciones públicas. Competencia para el otorgamiento de licencias. Eficacia temporal y caducidad de la licencia urbanística. Efectos de la licencia urbanística. Tema 24. Decreto 142/2010, de 4 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Actividad Turística de Alojamiento y se modifica el Decreto 10/2001, de 22 de enero, por el que se regulan los estándaresturísticos. Objeto. Definiciones. Régimen jurídico. Modalidades y tipologías. Tema 25. Catálogos Arquitectónicos Municipales,según la Ley 4/1999, de 15 de Marzo, de Patrimonio Histórico de Canarias. Objeto y contenido. Carácter y tramitación. Grados de Protección y Tipos de Intervención. Tema 26. Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias. De la afectación y fomento de suelo para la construcción de viviendas protegidas. Viviendas protegidas: Principios generales. Tema 27.Ley 7/2011, de 5 de abril, de actividades clasificadas y espectáculos públicos y otrasmedidas administrativas complementarias. Objeto de la Ley. Ámbito de aplicación y categorización de las actividades. Relación entre los instrumentos de intervención regulados en la presente ley y otras licencias municipales. Tema 28. Orden VIV/561/2010, de 1 de febrero, por la que se desarrolla el documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados. Espacios públicos urbanizados y áreas de uso peatonal. Itinerario peatonal accesible. Áreas de estancia. Tema 29. Exigencias técnicas y Administrativas de la Edificación según la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación (LOE): Requisitos básicos de la Edificación, proyecto, licencias y autorizaciones administrativas. Recepción de la obra y documentación de la obra ejecutada. Tema 30. El Código Técnico de la Edificación (CTE). Objeto, ámbito de aplicación y contenido. En todo lo no previsto en las Bases será de aplicación la normativa de general y pertinente aplicación.” Por todo ello en ejercicio de las competencias que me han sido conferidas en virtud de la delegación efectuada por la Alcaldía de este Ayuntamiento, mediante Decreto número 400/2016, de fecha 19 de febrero, en materia de recursos humanos, HE RESUELTO: Primero. Aprobar las bases específicas de la convocatoria para generar listas de reserva de la plaza de Arquitecto. Segundo. Publicar las mismas en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, Tablón de Anuncios y en la página web de este Ayuntamiento. En Mogán, a dieciocho de julio de dos mil dieciséis. LA ALCALDESA PRESIDENTA (TENIENTE ALCALDE CON COMPETENCIA EN MATERIA DE RECURSOS HUMANOS, S/Decreto número 400/2016 de 19 de febrero), Juan Mencey Navarro Romero.

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