martes, 12 de abril de 2016

Bases de la convocatoria para la creación de una bolsa de trabajo de ayudante técnico de tráfico (PUERTO DEL ROSARIO)

En el BOP del 4/04 se ha publicado en las páginas 2999 y siguientes:

Amedio del presente se hace de público conocimiento que porla Sra.Concejala Delegada de Personalse dictó la resolución número 875 de fecha 28 de marzo de 2016, cuya parte dispositiva establece lo siguiente: PRIMERO. Aprobar las Bases Específicas de la convocatoria para la creación de una Bolsa de AYUDANTE TÉCNICO DE TRÁFICO del Ayuntamiento de Puerto del Rosario, según el texto que a continuación se detalla: BASES ESPECÍFICAS DE LACONVOCATORIA PARA LA CREACIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJODEAYUDANTETÉCNICODETRÁFICO EN EL AYUNTAMIENTO DE PUERTO DEL ROSARIO. OBJETO DE LA CONVOCATORIA: La presente Basestienen por objeto la selección de personal para la creación de una Bolsa de Trabajo de AYUDANTE TÉCNICO DE TRÁFICO, a los efectos de su nombramiento interino o contratación temporal y contratación de relevo por jubilación parcial (en este último nombramiento el trabajador deberá estar en situación de desempleo en elmomento del llamamiento), así como reunir cualquier otra circunstancia que precise la normativa específica de aplicación en las plazas, puestos o categorías profesionales que se determinen en cada Convocatoria, de modo que permita cubrirlas eventuales necesidades que demande el Ayuntamiento de Puerto del Rosario, así como para la cobertura de las vacantes que se precisen. BASES QUE REGIRÁN EN EL PROCESO SELECTIVO: El proceso selectivo se regirá por lo establecido en las Bases Generales para .la Creación de Bolsas de Trabajo, con Carácter Temporal, en el Ayuntamiento de Puerto del Rosario aprobadas por Decreto de la Sra.Concejala de Personal número 2.638 de 11 de mayo de 2012, y publicadas en elBoletín Oficial de la Provincia de Las Palmas número 66 de 23 de mayo de 2012, modificadas por Decreto de la Sra. Concejala de Personal número 3.602 de 16 de julio de 2012 y publicadas en el BOP número 97 el día 30 de julio de 2012; mediante Decreto 4.486 de 26.07.2013 (publicado en el BOP de Las Palmas el día 31.07.2013) y mediante Decreto 827 de 21.03.2014 (publicado en elBOPde Las Palmas el día 26.03.2014); así como por lo establecido en las presentes Bases Específicas. LUGAR DEL PUESTO DE TRABAJO: Ayuntamiento de Puerto del Rosario. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES: Para ser admitido/a a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir en la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudeslo establecido en la Base Cuarta de las Bases Generales para la Creación deBolsas de Trabajo, conCarácter Temporal, en el Ayuntamiento de Puerto del Rosario referidas. SOLICITUDES: Quienes deseen tomar parte en la presente convocatoria, deberán hacerlo cumplimentando el impreso establecido por el Ayuntamiento de Puerto del Rosario, que les será facilitado en el Servicio de Atención Ciudadana, o bien a través de la página web: http:/puertodelrosario.org El impreso deberá obtenerse por duplicado al objeto de que el interesado se quede con copia sellada de la instancia presentada. La solicitud de participación deberá ir acompañada, necesariamente: - Del justificante que acredite el abono de la tasa por derechos de examen. Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 41, lunes 4 de abril de 2016 2999 - Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad, para los aspirantes de nacionalidad española. Para los aspirantes de otra nacionalidad, fotocopia compulsada del documento que acredite la misma. -Copia auténtica o fotocopia (que deberá acompañarse del original para su compulsa) del título de Bachiller, Formación Profesional de 2º grado o equivalente exigido o justificante de haber abonado los derechos para su expedición. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá aportar la credencial que acredite su homologación. - Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario delservicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública. - Declaración jurada de no estar incurso en causa alguna de incompatibilidad para el desempeño de cargo público o empleo público. La fecha límite para la alegación será aquella en la que finalice el plazo de presentación de solicitudes. EN PLAZO DE PRESENTACIÓN: El plazo de presentación de solicitudes será en el plazo de DIEZ DÍAS NATURALES contados a partir del siguiente a la publicación de la presente convocatoria específica en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la inadmisión del aspirante al proceso selectivo. LUGAR DE PRESENTACIÓN: El impreso de solicitud con su copia, debidamente cumplimentados, así como los documentos anteriormente reseñados y el ejemplar, en su caso, del impreso justificativo del pago de la tasa por derecho de examen o del recibo acreditativo de haber abonado la tasa mediante giro o transferencia, se presentará en el Registro General del Ayuntamiento de Puerto del Rosario (Servicio de Atención Ciudadana). Igualmente, podrán presentarse en la forma prevista en el artículo 38, apartado 4, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Aquellos aspirantes que presenten la documentación en otro registro distinto del Ayuntamiento de Puerto del Rosario deberán remitir la instancia registrada por fax al número: 928.850.277. Atal efecto se entenderá que la hora de terminación del plazo será la hora de cierre de la oficina de Correos del último día de presentación de solicitudes. ADMISIÓN DE ASPIRANTES: Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Sr. Alcalde-Presidente dictará resolución, en el plazomáximo deCINCO DÍAS NATURALES, aprobando la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, que se hará pública en elTablón deAnuncios y páginaweb delAyuntamiento, concediéndose un plazo de tres días naturales contados a partir del siguiente día de su publicación, para la presentación de reclamaciones o subsanar los posibles defectos que hayan motivado la exclusión del aspirante, siempre que los mismos sean subsanables, sirviendo a tales efectos la publicación de la lista provisional con indicación de los defectos observados, como requerimiento expreso para que se lleve a cabo la subsanación de los mismos. En el caso de no quedar excluido ningún solicitante, la lista a aprobar será directamente la definitiva. En el caso de presentarse reclamaciones, éstasserán aceptadas o rechazadas en la Resolución por la que se apruebe la lista definitiva de admitidos, que se hará pública en el Tablón de Anuncios y página web del Ayuntamiento y en ella se fijará, asimismo, el lugar, fecha y hora de comienzo del ejercicio de la fase oposición. Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen la exclusión, justificando su derecho a estar incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos. TRIBUNALDESELECCIÓN:ElTribunalCalificador será designado por el Alcalde-Presidente de la Corporación y compuesto por un Presidente, un 3000 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 41, lunes 4 de abril de 2016 Secretario y cuatro vocales, entre funcionarios de Carrera o personal laboral fijo de las distintas Administraciones Públicas y su actuación se regirá por lo dispuesto en la Base Octava de las Bases Generales para la creación de Bolsas de Trabajo, con Carácter Temporal, en el Ayuntamiento de Puerto del Rosario. El Presidente y los Vocales deberán poseer un nivel de titulación igual o superior al exigido para concurrir a la convocatoria específica y que sean del área de conocimiento necesaria para poder enjuiciar a los aspirantes. El Secretario, en todo caso, deberá ser un funcionario. La designación de los miembros del Tribunalse hará pública en el Tablón de Anuncios y página web del Ayuntamiento, conjuntamente con la exposición de la lista definitiva de admitidos al proceso selectivo correspondiente. SISTEMASELECTIVO: La selección se efectuará por el sistema de oposición, ya que la naturaleza de la plaza convocada y de las funciones a desempeñar, hacen que éste sea el sistema de selección más adecuado. Consistirá en la realización de un ejercicio obligatorio y eliminatorio para todos los aspirantes, por lo que tendrá carácter eliminatorio, en elsupuesto que no se obtenga la calificación mínima señalada. La puntuación máxima de la oposición será de 10 puntos, debiéndose obtener, almenos, una puntuación de 5 puntos.El ejercicio será adecuado al puesto a cubrir, estará relacionado con el temario que figura en la convocatoria, y constará de: - Un cuestionario de 40 preguntas con respuestas múltiples,siendo una sola la correcta, teniendo todas ellas el mismo valor. Las preguntas no contestadas y las incorrectas no se puntuarán. El tiempo máximo para la realización del ejercicio completo será de una hora. Concluido el ejercicio, y una vez procedido a la calificación del ejercicio correspondiente, el Tribunal hará públicas en el lugar de su celebración, en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en la página web del Ayuntamiento, la relación de aspirantes que hayan alcanzado el mínimo establecido para superarlo, con indicación de la puntuación obtenida. Los aspirantes dispondrán de un plazo de tres días naturales, a partir del siguiente al de la publicación de dicha relación, para efectuar las alegaciones pertinentes. CALIFICACIÓN DEFINITIVA: La calificación final vendrá determinada por la puntuación obtenida en la fase de oposición. Si dos o más aspirantes obtuvieran igual puntuación en elsistema de oposición, el desempate se resolverá el orden mediante sorteo público. Concluido el proceso selectivo, los Tribunales harán públicaslasrelaciones de candidatos, por el orden de puntuación alcanzado, con indicación de la puntuación obtenida en los diferentes apartados y la puntuación total. Por Decreto de la Alcaldía-Presidencia se aprobará y ordenará publicar la lista definitiva, quedando constituidas las bolsas de trabajo a los efectos de nombramientos, contratacionestemporales o contratos de relevo, en las plazas, puestos o categorías profesionales a las que se refiere cada Convocatoria. Dicha aprobación se publicará en el Tablón de Anuncios y en la página web del Ayuntamiento, indicando los lugares en los que se encuentran expuestas las relaciones de candidatos incluidos en las expresadas bolsas de trabajo. La incorporación para ocupar un puesto de trabajo se realizará por orden decreciente,según la puntuación alcanzada por los aspirantes en el proceso selectivo. CERTIFICADO MÉDICO: Los aspirantes que aprueben las pruebas y formen parte de la lista definitiva propuesta por el Tribunal calificador, deberán presentar Certificado médico oficial de no padecer enfermedad o defecto médico físico que imposibilite el normal ejercicio de las funciones propias del puesto de trabajo o categoría profesional a la que se pretende acceder, expedido por un colegiado Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 41, lunes 4 de abril de 2016 3001 en ejercicio, en el plazo de cinco días hábiles desde la publicación en elTablón deAnuncios delAyuntamiento y en la web del mismo del acta definitiva donde figure dicha lista. La no presentación de dicha documentación en dicho plazo significará el decaimiento del interesado de la lista y no se le incluirá en la lista a aprobar según el punto anterior. DERECHOS DE EXAMEN: Los aspirantes deberán abonar 30 euros por derecho de examen. Se deberá abonar, o en su caso, acreditar documentalmente su exención como se expone en esta convocatoria, en el plazo de presentación de instancias, sin que sea susceptible de ingreso, en el plazo de subsanación a que hace referencia la Base Séptima de “las Bases Generales para la creación de bolsas de trabajo, con carácter temporal, en el Ayuntamiento de Puerto del Rosario” de conformidad con el artículo 26.1 delReal DecretoLegislativo 2/2004, de 5 demarzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Su importe se hará efectivo en la cuenta corriente número ES2930586118242720001590 de la entidad Canariascajarural, Sucursal de Puerto del Rosario y en ningún caso se efectuarán devoluciones de los importes abonados por este concepto, de alguna de las siguientes formas: Mediante giro postal o telegráfico o mediante transferencia, de conformidad con el artículo 38 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El giro postal o telegráfico deberá ir dirigido a la siguiente dirección: “Iltmo.Ayuntamiento de Puerto delRosario.Convocatoria para la Creación de una Bolsa de Trabajo de Ayudante Técnico de Tráfico, calle Fernández Castañeyra, número 2 de Puerto del Rosario.” En la documentación acreditativa de haber abonado los derechos de examen que se aportará junto con la instancia, deberá hacerse referencia, en todo caso, a los siguientes extremos: 1. La convocatoria pública para la que se solicita su participación y para la que se ha abonado los derechos de examen. 2. Nombre y apellidos, así como número del D.N.I., pasaporte oTarjeta de identidad del aspirante que solicita participar en la convocatoria de referencia que en todo caso, ha de coincidir con la persona que realiza el abono de los derechos de examen, o para el caso de que no sea el aspirante que solicita ser admitido para participar en la pruebasselectivas deberá indicarse expresamente el aspirante a favor de quien se realiza el abono de las tasas. Para el supuesto de giro postal o telegráfico o transferencia, el propio opositor, hará constar en el espacio de la solicitud destinado para ello, la clase de giro o transferencia,su fecha y su número. En ningún caso la presentación y pago en la entidad colaboradora supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud. - Exenciones: Están exentas del pago de las tasas o derechos de examen las personas que se encuentren en algunos de los siguientes supuestos, que deberán acreditar, necesariamente, en el plazo de presentación de instancias: 1. Quienes posean una discapacidad física, psíquica o sensorial, igual o superior al 33 por 100, que deberán acreditar mediante la aportación de los certificados a que hace referencia el apartado 2 de la Base Tercera. 2. Quienes figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la convocatoria a las pruebas selectivas en las que soliciten su participación. Serán requisitos para el disfrute de la exención que en el plazo de que se trate no hubieren rechazado oferta de empleo adecuado nise hubiere negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en computo mensual, al salario mínimo interprofesional, que se acreditará mediante certificación de las Oficinas de los Servicios Públicos de Empleo, y la acreditación de las rentas se realizará mediante declaración jurada o promesa escrita delsolicitante de que carece de rentassuperiores, en cómputomensual, alsalariomínimo interprofesional. Ambos documentos se deberán acompañar a la solicitud, dentro del plazo establecido al efecto, o en su caso en el plazo de subsanación de solicitudes a que hace referencia la base quinta de las presentesReglas Genéricas. 3002 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 41, lunes 4 de abril de 2016 3. Los miembros de familias numerosas que tengan reconocida tal condición, la cualse acreditará mediante el título oficial expedido por el órgano competente de laComunidad Autónoma de residencia delsolicitante. - Devoluciones: Procederá la devolución de los derechos de examen en los siguientes casos: - Cuando el aspirante abone los derechos de examen y posteriormente no presente solicitud de participación en la convocatoria pública. - Cuando el aspirante abone los derechos de examen y posteriormente, acredite estar exento del pago de los mismos, de conformidad con lo expuesto. - Cuando el aspirante haya efectuado un ingreso por importe superior al establecido en la convocatoria; en este caso,se procederá a la devolución de la diferencia. - Cuando el aspirante haya abonado los derechos de examen una vez concluido el plazo de presentación de instancias. No procederá la devolución de los derechos de examen cuando el aspirante sea excluido del proceso selectivo por causa imputable almismo, o cuando siendo admitido no participe en el proceso selectivo por causas ajenas a este Ayuntamiento. PUBLICIDAD: Los actos administrativos y demás anuncios preceptivos, que lo precisen y se deriven de este procedimiento, se publicarán en el Tablón de Anuncios y en la página web del Iltmo. Ayuntamiento de Puerto delRosario (http://www.puertodelrosario.org) RÉGIMENDERECURSOS:La presente convocatoria y cuantos actos administrativosse deriven de ella podrán ser impugnados en la forma establecida en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. ANEXO I TEMARIO TEMA 1. Prevención de Riesgo Laborales. Conocimientos Básicos TEMA 2. Norma 8.1-IC señalización vertical de la Instrucción de Carretera: Introducción TEMA 3. Norma 8.1-IC señalización vertical de la Instrucción de Carretera: Características Generales TEMA 4. Norma 8.1-IC señalización vertical de la Instrucción de Carretera: Glorietas y Enlaces. TEMA 5. Norma 8.2-IC marcas viales. Grupos: Marcas Longitudinales discontinuas, Marcas Longitudinales Continuas. TEMA 6. Norma 8.2-IC marcas viales. Grupos: MarcasLongitudinales continuas adosadas a discontinuas, Marcas transversales. TEMA 7. Norma 8.2-IC marcas viales. Grupos: Flechas, Inscripciones, Otras Marcas. TEMA 8. Organización de servicios (cuadrillas). TEMA 9. Herramientas básicas en carreteras. TEMA10. Productos químicos. Medidas de control y almacenaje. TEMA 11. Barreras de seguridad. Defensa de la carretera. SEGUNDO. Publicar en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, así como en la web y Tablón de Anuncios del ayuntamiento de Puerto del Rosario. TERCERO. Dar traslado de la presente Resolución al Departamento de Personal y al Comité de Empresa y a la Junta de Personal, así como al Pleno de la Corporación, para su conocimiento y efectos oportunos. Lo que se hace público para su general conocimiento. Puerto del Rosario, a veintinueve de marzo de dos mil dieciséis. LACONCEJALADELEGADADE PERSONAL, Vanessa López Pérez.

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