En el BOP del 5/08 se ha publicado en las páginas 13309-13310:
BANDO DE LA ALCALDÍA-PRESIDENCIA
Don JuanRamón Martín Trujillo, Alcalde-Presidente
del Ilustre Ayuntamiento de Agaete,
HACE SABER:
Que corresponde al Pleno del Ayuntamiento elegir
las personas para ser nombradas Juez de Paz, titular
y sustituto de este Municipio, de conformidad a lo que
disponen los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica
del Poder Judicial y artículo 4 y 5.1 del Reglamento
3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 99, miércoles 5 de agosto de 2015 13309
Que se abre un plazo de quince días hábiles para
que las personas que estén interesadas, y reúnan las
condiciones legales lo soliciten por escrito dirigido
a esta Alcaldía.
Para serJuez de Paz se requiere ser español, mayor
de edad y no estar incurso en ninguna de las causas
de incapacidad que establece el artículo 303 de la Ley
Orgánica del Poder Judicial.
Podrán ser nombrados Jueces de Paz sustitutos,
quienes, aún no siendo Licenciados en Derecho,
reúnan losrequisitos establecidos en la Ley Orgánica
del Poder Judicial para el ingreso en la Carrera
Judicial, excepto los derivados de la jubilación por
edad, siempre que ésta no suponga impedimento
físico o psíquico para el cargo.
Durante su mandado los Jueces de Paz estarán
sujetos alrégimen de incompatibilidades y prohibiciones
reguladas en los artículos 389 a 397 de la Ley Orgánica
del Poder Judicial en lo que sea aplicable.
En todo caso tendrán compatibilidad para el ejercicio
de las siguientes actividades:
1. La dedicación a la docencia o a la investigación
jurídica.
2. El ejercicio de actividades profesionales o
mercantiles que no impliquen asesoramiento jurídico
de ningún tipo y que, por su naturaleza, no sean
susceptibles de impedir o menoscabarsu imparcialidad
o independencia ni puedan interferir en el estricto
cumplimiento de los deberes judiciales.
La solicitud, a la que se acompaña fotocopia del
Documento Nacional de Identidad y de los documentos
acreditativos de los méritos que se posean y aleguen,
se presentará en el Registro General de Entrada de
Documentos de esta Corporación Municipal, durante
el plazo de QUINCE DIAS HABILES, siguientes al
de la publicación del presenteEdicto en elBoletín Oficial
de la Provincia, acompañada de la siguiente
documentación:
1. Solicitud según modelo, que deberá ir acompañada
de la siguiente documentación.
1. Fotocopia del D.N.I., debidamente compulsada.
2. Declaración responsable, en la que se haga constar
los siguientes extremos:
- Que no ha sido condenado por delito doloso (o
en su caso, que se ha obtenido la rehabilitación).
- Que no está procesado o inculpado por delito
doloso.
- Que está en el pleno ejercicio de sus derechos civiles.
- Que es español, mayor de edad, no está impedido
física o psíquicamente para la función judicial.
- Que no está incurso en ninguna de las causas de
incapacidad, incompatibilidad o prohibición previstas
en los artículos 389 a 397 de la Ley Orgánica del Poder
Judicial.
Que en la Secretaría del Ayuntamiento puede ser
examinado el expediente y recabar la información que
se precise en cuanto a requisitos, duración del cargo,
remuneración, etc.
Que en caso de no presentarse solicitudes, el Pleno
de la Corporación elegirá libremente, comunicando
el Acuerdo alJuzgado de Primera Instancia e Instrucción
Decano del partido.
Lo que se publica para general conocimiento.
En Agaete, a veintisiete de julio de dos mil quince.
EL ALCALDE, Juan Ramón Martín Trujillo.
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