En el BOP del 13/05 se ha publicado en las páginas 12279-12280:
Habiéndose comunicado por la Sala de Gobierno del
Tribunal Superior de Justicia de Canarias la situación
de “vacante” en el cargo de Juez de Paz Titular del
Municipio de Vallehermoso, en conformidad con lo
dispuesto en el artículo 5.1 del Reglamento nº 3/95,
aprobado por el Pleno del Consejo General del Poder
Judicial de 7 de junio de 1995, el Pleno del Ayuntamiento
en sesión celebrada el día 28 de abril de
2015, acordó anunciar públicamente dicha situación
mediante la oportuna convocatoria pública, con el
fin de que por los posibles interesados se presenten
las oportunas solicitudes, de acuerdo a lo siguiente:
A) Requisitos de los solicitantes:
1.- Tener la nacionalidad española.
2.- Ser mayor edad.
3.- Ser residente en el Municipio de Vallehermoso.
4.- Carecer de antecedentes penales.
5.- No hallarse incurso en ninguna causa de incapacidad
de las previstas en el artículo 303 de la Ley
6/85, de 1 de julio, Orgánica del Poder Judicial.
B) Documentación a presentar: los interesados
deberán presentar la correspondiente instancia, en
el modelo que se les facilitará por el propio Ayuntamiento,
acompañada de los siguientes documentos:
1.- Fotocopia del D.N.I.
2.- Certificación de residencia.
3.- Declaración jurada acreditativa de no hallarse
incurso en ninguna causa de incapacidad de las previstas
en el artículo 303 de la Ley 6/85, de 1 de julio,
Orgánica del Poder Judicial.
12280 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 63, miércoles 13 de mayo de 2015
4.- Título académico u otro documento oficial que
acredite el mismo. (La presentación de esta documentación
será opcional. En caso de no aportarse se
considerará que el solicitante carece de estudios en el
supuesto de que el Pleno del Ayuntamiento, a la hora
de proceder a la elección de los candidatos, considere
el mayor nivel académico como mérito preferente).
(La certificación negativa de antecedentes penales
será tramitada de oficio por el Tribunal Superior de
Justicia de Canarias).
C) Presentación de solicitudes: en el Registro del
Ayuntamiento de Vallehermoso o por cualquiera de
los medios admitidos en la Ley 30/92 de 26 noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
D) Plazo de presentación de solicitudes: en el plazo
de 15 días a contar desde la publicación del correspondiente
Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia.
E) Subsanación: la documentación presentada
será subsanable, en su caso, de conformidad con
lo dispuesto en la Ley 30/92, de 26 noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común.
F) Elección: finalizado el plazo de presentación de
solicitudes y, en su caso, el de subsanación, se someterán
las que hayan sido presentadas a la consideración
del Pleno del Ayuntamiento para proceder a la elección
de los cargos con el quórum de la mayoría absoluta
legal. La elección se realizará libremente entre las
solicitudes que se declaren admitidas por reunir los
requisitos exigibles. Podrá no obstante valorarse
como mérito preferente el mayor nivel académico.
Todo ello sin perjuicio de que se opte por declarar
desierta la convocatoria en los siguientes supuestos:
* Si no se hubiesen presentado solicitudes o las
presentadas no se hubiesen admitido por no reunir
los requisitos exigibles, dándose cuenta al Pleno del
Ayuntamiento para que adopte el acuerdo que proceda.
* Si ninguno de los solicitantes obtuviese el voto
favorable de la mayoría absoluta del Pleno del
Ayuntamiento.
Vallehermoso, a 29 de abril de 2015.
El Alcalde-Presidente, Jaime L. Noda Morales.
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