jueves, 24 de octubre de 2013

Orden JUS/1959/2013, de 17 de octubre, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso por los sistemas generales de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia.

En el Boletín Oficial del Estado de hoy se ha publicado:


En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 218/2013 de 22 de marzo por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2013, y con el fin de atender las necesidades de personal al servicio de la Administración de Justicia.
Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y el Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al servicio de la Administración de Justicia, de conformidad con la Orden JUS/1901/2013, de 20 de septiembre (BOE de 17 de octubre) por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso en los Cuerpos de funcionarios de la Administración de Justicia, incluidos en el libro VI de la Ley Orgánica 6/1985, del Poder Judicial, y previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa.
La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 28 de enero de 2011, por el que se aprueba el I Plan para la Igualdad entre mujeres y hombres en la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes:
Bases comunes
Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden JUS/1901/2013, de 20 de septiembre (BOE de 17 de octubre).
Bases específicas
1. Descripción de las plazas
1.1 Se convocan procesos selectivos de acceso libre (código de cuerpo 010) y de acceso por promoción interna (código de cuerpo 001), para cubrir 236 plazas de las comprendidas en el anexo III, «Personal de la Administración de Justicia», del Real Decreto 218/2013, de 22 de marzo (Boletín Oficial del Estado del 23) en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, a través de los sistemas de oposición para las plazas de acceso libre, y de concurso-oposición para las de acceso por promoción interna, con la siguiente distribución territorial.
Ámbito Territorial
Turno Libre
Turno Promoción Interna
Total
Sistema general
Reserva Discapacitados
Sistema General
Reserva Discapacitados
Andalucía
14
1
14
29
Canarias
8
1
10
19
Cataluña
43
2
42
3
90
C. Valenciana
12
1
13
26
Madrid
26
1
25
2
54
Resto de Península y Baleares
9
8
1
18
Total
112
6
112
6
236
1.2.1 Del total de las plazas convocadas para el turno libre, se reservarán 6 plazas, con la distribución territorial reflejada en el punto 1.1, para ser cubiertas por quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por ciento, siempre que acrediten el indicado grado de discapacidad y la compatibilidad funcional con el desempeño de las tareas propias que corresponden al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa y superen las pruebas selectivas.
Las plazas reservadas a personas con discapacidad que queden desiertas no se acumularán a las de acceso general.
1.2.2 Del total de las plazas convocadas por promoción interna se reservarán 6 plazas con la distribución territorial reflejada en el punto 1.1, para ser cubiertas por quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por ciento, siempre que acrediten el indicado grado de discapacidad y la compatibilidad funcional con el desempeño de las tareas propias que corresponden al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa y superen las pruebas selectivas.
Las plazas no cubiertas en el cupo de reserva para personas con discapacidad se acumularán a las de acceso general por promoción interna, según lo establecido en el artículo 490.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, modificada por Ley Orgánica 19/2003 de 19 de diciembre.
1.3 En cualquiera de los sistemas de acceso, los aspirantes que opten por el cupo de reserva para personas con discapacidad no podrán participar por el resto de plazas del sistema general.
No se podrá participar a la vez por el sistema general de acceso del turno libre y por el de promoción interna.
Los aspirantes podrán participar por un único ámbito territorial, y, en caso de resultar aprobados, obtendrán necesariamente destino dentro del ámbito territorial por el que concurren. Las plazas que queden desiertas en un ámbito territorial no se podrán acumular a otro distinto.
1.4 Las presentes bases de convocatoria se publicarán de forma simultánea en el «Boletín Oficial del Estado» y en los boletines oficiales de las comunidades autónomas donde se convocan plazas. En el supuesto de que dicha simultaneidad no fuera posible, todos los términos y plazos establecidos en la presente Orden se contarán a partir de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
2. Proceso Selectivo
2.1 El proceso selectivo para acceso libre tendrá lugar por el sistema de oposición, con los ejercicios, valoraciones y puntuaciones que se especifican en el anexo I.A.
El proceso selectivo para acceso por promoción interna tendrá lugar por el sistema de concurso-oposición. La fase de oposición se desarrollará en primer lugar con los ejercicios, puntuaciones y valoraciones que se especifican en el anexo I.B.1.
Los opositores que superen la fase de oposición pasarán a la fase de concurso en el que se valorarán los méritos que se especifican en el anexo I.B.2.
El proceso selectivo para ambos turnos de acceso incluirá la superación de un curso teórico-práctico de carácter selectivo. Para la realización de éste, los aspirantes que hayan superado las fases de oposición y en su caso de concurso, y cuyo número no podrá ser superior al de plazas convocadas, serán nombrados funcionarios en prácticas por el Ministerio de Justicia.
2.2 La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones finales obtenidas en cada una de las fases de oposición y, en su caso, concurso, y en el curso selectivo.
2.3 En primer lugar se resolverá el turno de promoción interna y con posterioridad el turno libre.
2.4 En caso de empate, el orden de puntuación se establecerá como sigue: primará la nota total de la fase de oposición; en segundo lugar la de la fase de concurso, en su caso. y en tercero la del curso selectivo. De persistir el empate, primará la nota del segundo ejercicio de la fase de la oposición, a continuación, la del primero. Por último, si aún persistiera el empate primará la primera letra del primer apellido empezando por la «A».
3. Programas
Los programas que han de regir en la fase de oposición se contienen en Anexo II a la presente Orden. El contenido del temario para todos los ejercicios de la oposición se ajustará a la normativa publicada en el Boletín Oficial del Estado en la fecha de la presente convocatoria, aún cuando no hubiese entrado en vigor.
No obstante, en materia de Registro Civil se exigirá sólo la legislación vigente en la fecha de la presente convocatoria.
4. Titulación y otros requisitos de participación
4.1 Para participar por el sistema de acceso libre en este proceso selectivo es necesario cumplir todos los requisitos señalados en la base séptima de las «Bases Comunes» y estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, el título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o Grado o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación o convalidación en su caso, a efectos académicos y profesionales. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario (Directiva 89/48/CC/EE).
4.2 Los aspirantes que concurran por el turno de promoción interna, deberán además, cumplir los requisitos siguientes:
a) Pertenecer como funcionario de carrera al Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, antes Auxiliares de la Administración de Justicia.
b) Acreditar una antigüedad de al menos dos años en dicho Cuerpo.
5. Solicitudes
5.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración de Justicia y liquidación de la tasa de derechos de examen (modelo 790- Código 007 en cuya parte superior figura «Ministerio de Justicia, solicitud de admisión a pruebas selectivas de la Administración de Justicia y liquidación de la tasa de derechos de examen»], que estará disponible en castellano y en las demás lenguas oficiales de las Comunidades Autónomas. Este modelo podrá descargarse gratuitamente de la página web del Ministerio de Justicia, (www.mjusticia.gob.es) y de las páginas web de las comunidades autónomas que ofertan plazas y que se indican en la base 6.5.
5.2 La presentación de la solicitud se realizará en el plazo de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del Estado y se dirigirá al Secretario de Estado de Justicia. La no presentación de la misma en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.
5.3 La presentación, previo pago de la correspondiente tasa, se realizará alternativamente:
a) A través del Registro Electrónico del Ministerio de Justicia en la Dirección de Internet www.mjusticia.gob.es, o paginas web de las Comunidades Autónomas que ofertan plazas indicadas en la base 6.5, y de acuerdo con las instrucciones que en ellas se indica.
La presentación de instancias por este sistema conlleva necesariamente el pago telemático de la tasa de examen.
Los aspirantes que, de acuerdo con lo dispuesto en la base novena de la Orden JUS/1901/2013, de 20 de septiembre (BOE de 17 de octubre) de las Bases Comunes, estén exentos de este pago o tengan derecho a la reducción de tasas no podrán hacer uso de este sistema y deberán necesariamente presentar la instancia en soporte papel, acompañando la documentación acreditativa del derecho a la exención o reducción en alguno de los registros indicados a continuación en los apartados b) o c) de esta misma base.
b) En el Registro General del Ministerio de Justicia, calle Bolsa n.º 8, 28071- Madrid.
c) En los registros de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno de la Administración General del Estado, o en cualquiera de los órganos u oficinas previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
5.4 Tasa de derechos de examen.
El importe de la tasa por derechos de examen será de 10,99 € para el turno de promoción interna (5,50 en caso de derecho a reducción del 50 por ciento) y de 21,98 € para el turno libre (10,99 en caso de reducción) y se abonará según se indica en la base novena de las bases comunes.
Están exentos del pago de la tasa los aspirantes que reúnan los requisitos que se detallan en la base novena, punto 6 de las bases comunes que deberán acreditar su derecho a esta exención aportando la documentación que se indica en el punto quinto de dicha base novena.
5.5 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones que figuran en la misma y que se reproducen en el Anexo y además, con las instrucciones particulares siguientes:
5.5.1 En el recuadro 19 «Provincia de examen», los aspirantes, harán constar la provincia de entre las siguientes y conforme al ámbito territorial por el que se presentan en cuya capital desean realizar el primer ejercicio de la fase de oposición:
Ámbito Territorial
Localidad de Examen
Andalucía.
Sevilla (41).
Canarias.
Las Palmas (35)
Tenerife (38).
Cataluña.
Barcelona (08).
Madrid.
Madrid (28).
Comunidad Valenciana.
Valencia (46).
Resto de Península y Baleares.
A Coruña (15).
Albacete (02).
Cáceres (10).
Ceuta (51).
La Rioja (26).
R.P. Y B.–Madrid (28).
Melilla (52).
Murcia (30).
Asturias (33).
Cantabria (39).
Illes Baleares (07).
Valladolid (47).
Zaragoza (50).
En cualquier caso, de no especificar en la solicitud el dato de la provincia de examen por la que opta, será incluida de oficio en las listas definitivas en la sede correspondiente al Tribunal Superior de Justicia de su domicilio, quedando, por tanto, afectada al ámbito territorial del mismo según la Base 1.1 de la presente convocatoria.
5.5.2 Para el caso de aspirantes con discapacidad:
a) Los aspirantes discapacitados harán constar en el recuadro 21 el grado de discapacidad que tengan reconocido, y en el recuadro 23 «Adaptación que solicita en caso de discapacidad» expresarán la adaptación de tiempo y medios que puedan en su caso requerir, a fin de que el Tribunal cuente con la necesaria información para la adaptación de la realización de los ejercicios.
Se deberá, en este caso, aportar, además, el dictamen técnico facultativo acerca de la procedencia de la adaptación solicitada, emitido por el órgano técnico de valoración que determinó el grado de discapacidad.
b) Los aspirantes con grado de discapacidad superior al 33 por ciento que opten por las plazas del cupo de reserva para discapacitados que se indican en la base 1-2 deberán hacerlo constar marcando un aspa en el recuadro 22 «Reserva D».
5.5.3 Los aspirantes que concurran por el ámbito territorial correspondiente a Comunidades Autónomas con lengua oficial propia, podrán acreditar su conocimiento de ésta por medio de dos sistemas:
a) La realización de una prueba optativa, en cuyo caso escribirán la palabra «realiza» en el recuadro 25 «Prueba optativa de idioma».
b) La acreditación documental de dicho conocimiento, para lo cual deberán escribir la palabra «documenta» en dicho recuadro 25, y remitir en el momento oportuno y en los términos previstos en esta Orden las certificaciones acreditativas del conocimiento del idioma.
Para aquellos opositores que no tengan acreditada la puntuación máxima a otorgar por este concepto cabe la posibilidad de acogerse a ambos sistemas, aportando la certificación correspondiente al nivel que tengan acreditado y presentándose al examen optativo del nivel inmediatamente superior. En este caso deberán escribir en el recuadro 25 «documenta y realiza»
6. Tribunales
6.1 El Ministerio de Justicia nombrará dos Tribunales Calificadores Únicos; uno para el proceso selectivo del turno libre y otro para el proceso selectivo del turno de promoción interna.
El nombramiento de los Tribunales se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en los diarios oficiales de las comunidades autónomas que convocan plazas conforme a lo establecido en las bases comunes (base undécima, punto 1 y siguientes).
En cada ámbito de Comunidades Autónomas donde se convoquen plazas el Ministerio de Justicia nombrará Tribunales Delegados.
En las sedes de examen donde no radique el Tribunal Calificador Único o Tribunal Delegado, el órgano competente del Ministerio de Justicia podrá nombrar a funcionarios de la Administración General del Estado, de la Administración Autonómica (en ambos casos que presten servicios en el Ministerio de Justicia u Órgano competente de la Comunidad Autónoma) o de la Administración de Justicia, para colaborar en el desarrollo de dichas pruebas bajo la dirección del Tribunal Calificador Único o Tribunal Delegado, al que representarán, con las competencias de ejecución material y ordenación administrativa de los distintos ejercicios que en cada prueba selectiva se les atribuya.
6.2 Formarán parte del Tribunal Calificador Único, titular y suplente, un miembro de la Carrera Judicial, o Fiscal; dos Secretarios Judiciales; dos funcionarios del Grupo A1, o A2, destinados en el Ministerio de Justicia; y dos funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal Administrativa.
Será Presidente el Magistrado, Fiscal o uno de los Secretarios Judiciales, y será Secretario uno de los funcionarios del Ministerio de Justicia.
Los Tribunales Delegados tendrán la misma composición que el Tribunal Calificador Único, sustituyendo a los funcionarios del Ministerio de Justicia por funcionarios de las Comunidades Autónomas.
Los Tribunales tendrán la categoría segunda de las previstas en el Anexo IV del Real Decreto 462/2002 de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.
6.3 Los Tribunales, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velarán por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.
6.4 La información sobre estas pruebas selectivas se facilitará en las Gerencias Territoriales de Justicia, en el Ministerio de Justicia, Secretaría de Estado de Justicia, C/ San Bernardo, n.º 21, 28071 Madrid (teléfonos 902 007 214 y 918372295), página web del Ministerio de Justicia, (www.mjusticia.gob.es, Ofertas de Empleo Público), en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas (www.060.es) y en los órganos competentes de las Comunidades Autónomas donde se convocan plazas. También se podrá utilizar el formulario de contacto al que se accede a través de la página web del Ministerio de Justicia.
6.5 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, la sede de los Tribunales Calificadores Únicos será: C/ San Bernardo, 21, 28071 Madrid (Teléfonos: 902007214 y 918372295). Los Tribunales Delegados tienen las sedes siguientes:
TRIBUNALES DELEGADOS
Comunidad Autónoma
Órgano
Teléfono
Andalucía.
Instituto Andaluz de Administración Pública, Servicio de Formación y Selección del Personal de Justicia, C/ Ramón y Cajal, n.º 35, 41071 Sevilla.
www.iaap.junta-andalucia.es/institutodeadministracionpublica
955 04 27 09
955 04 24 00
Canarias.
Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, Avda. José Manuel Guimerá, 10. Edificio Usos Múltiples II, 1.ª planta, 38003 Santa Cruz de Tenerife.
www.gobiernodecanarias.org/dgjusticia
922473892
Cataluña.
Subdirección General de Recursos Humanos y Gestión Económica. Departamento de Justicia.
Pau Clarís, 81, 3.ª 08010- Barcelona.
www.gencat.cat/justicia/ofertes
933164243
933164216
Madrid.
Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia. C/ Gran Vía, 18.
28013 Madrid www.madrid.org
91 7209194
Comunitat Valenciana.
Dirección General de Relaciones con la Adminisración de Justicia, Ciudad Administrativa 9 de Octubre, Torre 4, 2.ª planta. C/ Castán Tobeñas, 77, 46018 Valencia.
www.cjap.gva.es
96 1209247
96 1209248
7. Desarrollo del proceso selectivo
7.1 Orden de actuación.
El orden de actuación de los opositores, en todos los ámbitos territoriales, se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra «A», según lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas de 6 de febrero de 2013 (Boletín Oficial del Estado de 12 de febrero).
7.2 Duración del proceso selectivo.
Salvo que concurra causa objetiva que lo justifique, apreciada por la Secretaría de Estado de Justicia, oído el Tribunal Calificador Único, el proceso selectivo tendrá una duración máxima de doce meses contados a partir de la fecha de realización del primer ejercicio hasta la fecha de nombramiento como funcionario en prácticas.
7.3 Fase de oposición.
Los ejercicios de la fase de oposición se detallan en el anexo I.A. y I.B.1, de esta convocatoria.
Promoción Interna: El primer ejercicio de la fase de oposición tendrá lugar dentro de los 30 días siguientes a la publicación de la Resolución por la que se eleva a definitiva la relación de admitidos y excluidos, publicándose en el Boletín Oficial del Estado la fecha, hora y lugares de su celebración.
Acceso Libre: El primer ejercicio tendrá lugar en la fecha que se indique antes de la finalización del segundo ejercicio de la fase de oposición del sistema de acceso por promoción interna. La convocatoria del mismo se publicará en el Boletín Oficial del Estado.
Para cada uno de los sistemas de acceso, el primer ejercicio tendrá lugar en el mismo día y a la misma hora en todas las sedes de examen.
Concluido cada ejercicio de la oposición, el Tribunal hará públicas en la página web del Ministerio de Justicia (www.mjusticia.gob.es) y páginas web de las comunidades autónomas, las listas de opositores de cada ámbito territorial que hayan alcanzado el mínimo establecido para superarlo, con indicación de la puntuación obtenida y emplazarán a los incluidos en las mismas para la realización del siguiente ejercicio.
Los opositores que no se hallen incluidos en las respectivas relaciones tendrán la consideración de no aptos, quedando eliminados del proceso selectivo.
Finalizados todos los ejercicios de la oposición, el Tribunal Calificador único hará públicas en la página web del Ministerio de Justicia, las relaciones de aprobados de cada ámbito territorial que han superado la fase de oposición.
Los opositores del turno libre incluidos en estas relaciones y que se presenten por alguno de los ámbitos territoriales con lengua oficial propia, que hubieran hecho constar en su instancia su opción de acreditar documentalmente su conocimiento de ésta, aportarán en el plazo de diez días hábiles las certificaciones acreditativas correspondientes en la sede del Tribunal Delegado competente, indicada en la base 6.5.
7.4 Fase de concurso.
Para el turno de acceso por promoción interna, en la misma resolución en la que se hagan públicas las relaciones de aprobados de la fase de oposición, se establecerá un plazo de veinte días naturales para presentar en el Registro General del Ministerio de Justicia, Secretaría de Estado de Justicia, calle Bolsa n.º 8, 28071 Madrid o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, toda la documentación acreditativa, en original o fotocopia compulsada, de los méritos a valorar en la fase de concurso. La no presentación de la documentación en el plazo señalado supondrá que no se valore al aspirante en la fase de concurso. Los opositores que concurran por Comunidades Autónomas con lengua oficial propia distinta del castellano y que opten por acreditar documentalmente su conocimiento aportarán en este momento las certificaciones acreditativas correspondientes.
La certificación acreditativa de los servicios prestados en la Administración de Justicia, se aportará de oficio por el Ministerio de Justicia o comunidades autónomas competentes.
También se aportará de oficio, en su caso, la certificación de haber aprobado ejercicios en convocatorias anteriores.
Los méritos evaluables son los que se contienen en el Baremo que se contiene en el anexo I.B.2 de esta convocatoria y se computarán los causados hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Los Tribunales Calificadores Único y Delegados valorarán los méritos según las certificaciones aportadas y el Tribunal Único publicará en la página web del Ministerio de Justicia, la relación de aspirantes con la valoración provisional de méritos de la fase de concurso, con indicación de la puntuación obtenida en cada apartado y la total. Los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de dicha relación, para efectuar las alegaciones pertinentes. Finalizado dicho plazo el Tribunal publicará la relación con la valoración definitiva de la fase de concurso.
7.5 Embarazo de riesgo y parto.
Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hayan quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal Calificador Único. En todo caso la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.
7.6 Valoración del conocimiento de las lenguas oficiales propias de las comunidades autónomas.
Concluidos los ejercicios obligatorios de la fase de oposición, los aspirantes comprendidos en la relación de aprobados que concurran por ámbito territorial con lengua autonómica propia, serán emplazados para la realización del ejercicio de carácter optativo, no eliminatorio, que acredite el conocimiento de la misma, si así lo hubieran solicitado en su instancia. Paralelamente, el Tribunal Delegado correspondiente procederá a la valoración de la documentación acreditativa del conocimiento del idioma, que se hubiere presentado oportunamente, por los opositores que hayan optado por acreditar documentalmente el conocimiento del mismo.
Para aquellos opositores que, de acuerdo con lo dispuesto en la base 5.5.3, hayan optado por ambos sistemas, la puntuación otorgada será la más alta que en su caso corresponda, sin que en ningún caso pueda ser acumulativa.
La puntuación obtenida, tanto del examen como de la documentación acreditativa, se ajustará según el baremo contenido en el anexo I-C de esta convocatoria y solo surtirá efectos para la adjudicación de destinos en la comunidad autónoma correspondiente.
7.7 Presentación de documentación y nombramiento de funcionarios en prácticas.
7.7.1 Una vez terminadas las fases de oposición o en su caso de concurso-oposición, los Tribunales elevarán al Ministerio de Justicia propuesta con la relación de aprobados, en cada ámbito territorial, cuyo número no podrá superar el de plazas convocadas, que se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en los diarios oficiales de las comunidades autónomas donde se convoquen plazas, con indicación del número de orden, apellidos y nombre, DNI, puntuación obtenida en cada uno de los ejercicios, y total de todos los ejercicios obligatorios y de la fase de concurso, en su caso. Junto con esta nota total pero separada de ella y sin sumarse a la misma figurará, en su caso, la obtenida en la lengua oficial propia de la comunidad autónoma por cuyo ámbito territorial concurre.
En el supuesto de que alguno de los aspirantes con discapacidad que se haya presentado por este cupo de reserva superase los ejercicios correspondientes, y la fase de concurso, pero no obtuviera plaza, y su puntuación fuera superior a la obtenida por los aspirantes del turno general, será incluido por su orden de puntuación en este turno.
Los aspirantes que figuren en la relación definitiva de aprobados, en el plazo de veinte días naturales contados a partir de la publicación de ésta en el «Boletín Oficial del Estado» y Diarios Oficiales de las comunidades autónomas donde se convocan plazas presentarán en el Registro General del Ministerio de Justicia, Secretaría de Estado de Justicia, Calle Bolsa n.º 8, 28071 Madrid o por los medios previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999 de 13 de enero, la documentación siguiente:
Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que imposibilite para el ejercicio de las funciones propias del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, expedido por el facultativo de medicina general del Sistema Nacional de Salud que le corresponda al interesado.
Los aspirantes que tengan la condición legal de discapacitados, con grado igual o superior al 33 por ciento deberán presentar certificación de los Órganos competentes, que acredite tal condición y su capacidad funcional para desempeñar las tareas y funciones propias del cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa.
El certificado de antecedentes penales será aportado de oficio por el Ministerio de Justicia, de acuerdo con lo previsto en el artículo 35.f) de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Los aspirantes que, en su solicitud de participación inicial, no hayan prestado expresamente su consentimiento para que sus datos de identidad personal y los referidos a sus titulaciones o certificaciones académicas, puedan ser consultados y verificados de oficio por el órgano instructor de este proceso selectivo deberán aportar también
– Dos fotocopias del documento nacional de identidad, o equivalente.
– Fotocopia compulsada del título exigido en la convocatoria o certificación académica acreditativa de tener aprobadas todas las asignaturas, que le capacitan para la obtención del título acompañando el resguardo justificativo de haber abonado los derechos para la expedición del título.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá presentarse fotocopia compulsada de la documentación que acredite su homologación.
Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de presentar los documentos expresados en el apartado anterior, podrá acreditarse que se poseen las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admisible en derecho.
Los aspirantes que tuvieran la condición de funcionarios públicos estarán exentos de justificar aquellas condiciones y requisitos ya demostrados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación del Ministerio u Organismo del que dependan, por la que se acredite su condición y requisitos para ser nombrado funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia.
Quienes, dentro del plazo fijado, y salvo causa de fuerza mayor, no presentaren la documentación o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos establecidos, no podrán ser nombrados funcionarios en prácticas y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren podido incurrir por falsedad en la solicitud inicial.
En este último caso, o en el supuesto de renuncia de alguno de los aspirantes, y siempre que el Tribunal hubiera propuesto tantos aspirantes como plazas convocadas, el Ministerio de Justicia requerirá a este último relación complementaria de aspirantes que, habiendo superado todos los ejercicios, sigan a los propuestos hasta completar el total de plazas convocadas.
En este supuesto los aspirantes incluidos en esta relación complementaria deberán presentar la documentación acreditativa que se detalla en esta misma base en el plazo de cinco días hábiles desde su publicación en la página web del Ministerio de Justicia.
Los opositores afectados, que concurran por algunos de los ámbitos territoriales que tengan establecida la valoración de lengua oficial propia serán convocados, en su caso, a la realización de la correspondiente prueba optativa o les será incorporada la puntuación que corresponda a la acreditación documental que hubieran aportado.
7.7.2 Comprobado que los aspirantes de acceso libre reúnen los requisitos de la base 4.1; los de acceso por promoción los requisitos de la base 4.2 y todos ellos los de la séptima de las «bases comunes», el Ministerio de Justicia dictará resolución, que será publicada en la página web del Ministerio de Justicia, nombrando funcionarios en prácticas a los aspirantes que han superado las pruebas selectivas, convocándoles a la realización del curso selectivo.
7.8 Curso selectivo.
7.8.1 Los funcionarios en prácticas de ambos turnos serán destinados, en cada ámbito territorial por el que concurran, al Centro, Instituto o Unidad que se determine por el Ministerio de Justicia y las Comunidades Autónomas que convocan plazas, para el desarrollo de un curso selectivo teórico-práctico. En el mismo día en que se inicie el curso, se hará pública, en el tablón de anuncios del referido Centro y en página web del Ministerio de Justicia y Comunidades Autónomas que convoquen plazas, la relación de destinos ofertados a los aspirantes y se abrirá el plazo para formular la correspondiente solicitud que finalizará en el último día del curso. Dichas instancias serán entregadas en la Secretaría del Centro, Instituto o Unidad en la que se desarrolle el curso selectivo.
La duración del mismo será de diez días lectivos para el turno de promoción interna y de quince días lectivos para el turno libre. Durante el mismo, los funcionarios recibirán la formación específica sobre la estructura orgánica y competencias del ámbito territorial por el que han accedido y aquella teórico-práctica acerca de los procedimientos judiciales además de la específica que les permita adquirir los conocimientos y las habilidades necesarios para el manejo de las herramientas y aplicaciones informáticas, así como los medios técnicos, en uso en la Administración de Justicia. Finalizado el curso, se evaluará el aprovechamiento del mismo mediante una prueba objetiva tipo test, cuya elaboración y calificación corresponderá al Centro, Instituto o Unidad responsable de su impartición.
La calificación de esta prueba será de 25 puntos, de los que 15 corresponderán a la evaluación del aprovechamiento de la formación informática y 10 al aprovechamiento de los demás conceptos formativos. Para superar el curso selectivo es preciso alcanzar al menos 12 puntos.
Finalizado el curso, los aspirantes prestarán servicios como funcionarios en prácticas en la unidad que se determine por el órgano competente del Ministerio de Justicia o la Comunidad Autónoma hasta su nombramiento como funcionarios de carrera en el destino definitivo.
7.8.2 Todos los funcionarios en prácticas tienen los derechos y deberes que se recogen en el artículo 25 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, BOE del 27, Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al servicio de la Administración de Justicia. Los que concurren por promoción interna tienen derecho además, siempre que se den los supuestos y requisitos legales, a las retribuciones o indemnizaciones por razón del servicio recogidas en Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre Indemnizaciones por razón del Servicio.
7.9 Nombramiento como funcionario de carrera.
Concluido el curso selectivo e incorporada la puntuación obtenida en el mismo, los aspirantes que lo hubieren superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos exigidos, cuyo número no podrá exceder en ningún caso al de plazas convocadas en cada ámbito territorial, serán nombrados funcionarios de carrera mediante orden, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», y diarios oficiales de las comunidades autónomas con competencias asumidas.
Dado el carácter nacional del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, para el nombramiento como funcionarios de carrera, se confeccionarán dos listas en cada ámbito territorial, una en la que se consignarán las puntuaciones obtenidas en las fases comunes y obligatorias del proceso selectivo, y otra con especificación de la puntuación obtenida en la prueba de lengua oficial propia de las comunidades autónomas.
7.10 Si, según lo dispuesto en la base decimoquinta 2 de las bases comunes, alguno de los aspirantes no pudiera ser nombrado o si, antes del nombramiento o toma de posesión, renunciara a su plaza, y siempre que el Tribunal Calificador hubiera propuesto tantos aspirantes como plazas convocadas, el Ministerio de Justicia, de acuerdo con lo dispuesto en la base decimoquinta-2 de las Bases Comunes, requerirá a este último relación complementaria de aspirantes que, habiendo superado todos los ejercicios, sigan a los propuestos, hasta completar el total de plazas convocadas.
En este supuesto los aspirantes incluidos en esta relación complementaria, previo examen o valoración del idioma autonómico, si procediera, y aportada la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos, serán nombrados funcionarios en prácticas y convocados al curso selectivo en la siguiente convocatoria.
Lo dispuesto en el párrafo anterior no será de aplicación ante la posible renuncia, a su vez, de alguno de los opositores de la relación complementaria o de los que, por causa justificada sean convocados a la realización de un curso selectivo posterior al de la convocatoria ordinaria. .
Norma final
Al presente proceso selectivo le serán de aplicación la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985 del Poder Judicial, el Real Decreto 1451/2005 de 7 de diciembre (Boletín Oficial del Estado de 27) por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia; el Real Decreto 218/2013, de 22 de marzo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público del 2013, la Orden JUS/1901/2013, de 20 de septiembre (B.O.E. de 17 de octubre), por la que se establecen las Bases Comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en los Cuerpos o Escalas de funcionarios al servicio de la Administración de Justicia; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y lo dispuesto en la presente Orden de Convocatoria.
Con carácter supletorio, en lo no previsto en esta convocatoria, se estará a lo dispuesto en la Ley 7/2007 de 12 de abril del Estatuto básico el Empleado Público, y el resto de normativa vigente en la materia.
Contra la presente convocatoria, y cuantos actos administrativos de ella deriven, se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el señor Ministro de Justicia en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, ante el órgano jurisdiccional competente en el plazo de dos meses, desde su publicación en el Boletín Oficial del Estado, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Asimismo, la Secretaría de Estado de Justicia podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Madrid, 17 de octubre de 2013.–El Ministro de Justicia, P.D. (Orden JUS/2225/2012, de 5 de octubre), el Secretario de Estado de Justicia, Fernando Román García.
ÍNDICE DE ANEXOS
ANEXO I. Descripción del Proceso selectivo.
I-A. Oposición del turno libre.
I-B. Turno de Promoción Interna.
I-B.1. Fase de Oposición.
I-B.2. Fase de Concurso.
I-C. Evaluación del Conocimiento de lenguas oficiales propias de las Comunidades Autónomas.
ANEXO II II-A. Programa Acceso por Promoción interna.
II-B Programa de Acceso Libre.
ANEXO III. Instrucciones de cumplimentación de la instancia.
ANEXO I
Descripción del proceso selectivo
1-A Turno libre
1. La oposición estará formada por los siguientes ejercicios.
1-1 Primer ejercicio. De carácter teórico, escrito y eliminatorio. Consistirá en contestar un cuestionario-test sobre las materias del Programa detallado en el Anexo II de la presente Orden para el acceso por turno libre. Constará de 100 preguntas con cuatro respuestas alternativas de las cuales sólo una es la correcta.
La duración del ejercicio de será de 90 minutos.
Se calificará de 0 a 100 puntos.
Las preguntas acertadas se valorarán con 1 punto; las preguntas no acertadas descontarán 0,25 punto; las preguntas no contestadas no serán puntuadas.
La puntuación obtenida por cada aspirante se corresponderá con el número de respuestas acertadas, hecha la deducción de las no acertadas.
El Tribunal, a la vista del número y nivel de conocimientos de los aspirantes presentados, decidirá cual será la puntuación mínima para superar este ejercicio en cada ámbito territorial, puntuación que nunca podrá ser inferior a 50 puntos, y hará público dicho acuerdo. Los opositores que no alcancen dicha puntuación mínima tendrán la consideración de suspensos y no serán convocados a los restantes ejercicios de la oposición.
1-2 Segundo ejercicio. De carácter teórico, escrito y eliminatorio. Consistirá en redactar sin ayuda de texto alguno y durante un máximo de cuatro horas, dos temas, elegidos por el aspirante entre tres sacados a la suerte de entre los del Programa para el turno de acceso libre. Posteriormente, y en las fechas que el Tribunal señalará, los ejercicios serán leídos por el opositor ante el Tribunal Calificador Único o los Tribunales Delegados en sus respectivas sedes, en sesión pública. En caso de imposibilidad del opositor, y a su ruego, serán leídos por la persona que designe, o por un miembro del Tribunal.
Se calificará de 0 a 100 puntos.
Finalizada cada sesión de lectura, en deliberación a puerta cerrada, el Tribunal decidirá por mayoría de votos emitidos, siendo de calidad el del Presidente, el aprobado o suspenso de cada opositor examinado. El número máximo de puntos que podrá conceder cada miembro del Tribunal a los opositores aprobados es de cien. Las puntuaciones serán sumadas, sin incluir ni la más alta ni la más baja, dividiéndose el total que resulte, hecha esta deducción, por el número de vocales asistentes cuya calificación se hubiere computado. La cifra del cociente constituirá la calificación.
Para superar el ejercicio será necesario alcanzar una puntuación de al menos 50 puntos.
El Tribunal hará pública la calificación de los aspirantes aprobados en cada sesión.
1-3 Tercer ejercicio. De carácter práctico, escrito y eliminatorio. Consistirá en la breve contestación por escrito a diez preguntas referidas a un caso práctico que planteará el Tribunal Las contestaciones deberán ser breves y concisas y desarrollarse en los límites de espacio que permita el impreso que será facilitado por el Tribunal.
La duración total del ejercicio será de una hora.
La calificación del ejercicio se efectuará por asignación de puntos de cada miembro del Tribunal, según la metodología expuesta para el ejercicio anterior a razón de cinco puntos cómo máximo para cada pregunta con un máximo absoluto para todo el ejercicio de 50 puntos.
La puntuación mínima para superar el ejercicio será de 25 puntos.
La puntuación final de la fase de oposición vendrá dada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los tres ejercicios.
I-B Promoción interna
I-B.1 Fase de oposición
1. La fase de oposición constará de dos ejercicios, que se celebrarán en un mismo acto en el mismo día, uno a continuación del otro.
1-1 Primer ejercicio. De carácter teórico, escrito y eliminatorio. Consistirá en contestar un cuestionario-test sobre las materias del Programa detallado en el Anexo II de la presente Orden para el acceso por promoción interna. Constará de 50 preguntas con cuatro respuestas alternativas de las cuales sólo una es la correcta.
La duración de la prueba será de 45 minutos.
Se calificará de 0 a 100 puntos.
Las preguntas acertadas se valorarán con 2 puntos; las preguntas no acertadas descontarán 0,5 puntos; las preguntas no contestadas no serán puntuadas.
La puntuación obtenida por cada aspirante se corresponderá con el número de respuestas acertadas, hecha la deducción de las no acertadas.
El Tribunal, a la vista del número y nivel de conocimientos de los aspirantes presentados decidirá cual será la puntuación mínima para superar este ejercicio en cada ámbito territorial, y hará público dicho acuerdo. Dicha puntuación mínima no podrá ser, en ningún caso, inferior a 50 puntos. Los opositores que no alcancen la puntuación mínima fijada por el Tribunal tendrán la consideración de suspensos y no serán convocados a la lectura del segundo ejercicio.
1-2 Segundo ejercicio. De carácter teórico-práctico, escrito y eliminatorio. Consistirá en redactar sin ayuda de texto alguno y durante un máximo de dos horas un tema, elegido por el aspirante entre tres sacados a la suerte de entre los del Programa para el turno de promoción interna y a continuación, en el plazo de 40 minutos, contestar de forma breve y concisa en el impreso que será facilitado, a cinco preguntas que el Tribunal formulará referidas a un caso práctico, relacionado también con el programa para el turno de promoción interna.
Posteriormente, y en las fechas que el Tribunal señalará, los ejercicios serán leídos por el opositor ante el Tribunal Calificador Único o los Tribunales Delegados en sus respectivas sedes, en sesión pública. En caso de imposibilidad del opositor, y a su ruego, serán leídos por la persona que designe, o por un miembro del Tribunal.
Se puntuará de 0 a 100 puntos.
La calificación del ejercicio se efectuará por asignación de puntos por cada miembro del Tribunal según la metodología expuesta para el segundo ejercicio del turno libre. La puntuación mínima para superar la prueba será de 50 puntos.
La puntuación final de los aprobados en la fase de oposición estará compuesta por la suma de las puntuaciones de ambos ejercicios.
I-B.2 Fase de concurso
Sólo los opositores que superen la fase de oposición pasarán a la fase de concurso en que se valorarán los siguientes méritos:
BAREMO PARA LA FASE DE CONCURSO DE GESTIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA, TURNO PROMOCIÓN INTERNA
A) Títulos y grados académicos. Puntuación máxima de 12 puntos.
Licenciatura o Grado en Derecho:12 puntos.
Otras Licenciaturas o Grados distintos a Derecho: 10 puntos.
Tres primeros cursos completos de la Licenciatura en Derecho: 8 puntos.
B) Historial Profesional. Puntuación máxima de 7 puntos.
1. Títulos, Diplomas, Certificaciones que acrediten conocimientos jurídicos obtenidos en cursos de formación convocados, impartidos u homologados por el Ministerio de Justicia, u órganos competentes en materia de Justicia de las Comunidades Autónomas; así como los organizados por el Consejo General del Poder Judicial, y por centros o instituciones oficiales dependientes de las Administraciones Públicas de ámbito nacional, autonómico o internacional, hasta un máximo total de 5 puntos, según la graduación siguiente:
Horas del curso
Si acredita aprovechamiento
Si NO acredita aprovechamiento
De 11 a 29
1,00
0,50
De 30 a 59
1,50
0,75
De 60 a 99
2,00
1,00
De 100 o más
3,00
1,50
Los cursos, certificaciones o diplomas en los que no conste el número de horas y aquellos de 10 ó menos horas lectivas no se valorarán.
Se entienden por centros o instituciones oficiales dependientes de las Administraciones Públicas los órganos públicos integrados en éstas en tanto Sector Público administrativo: Administraciones territoriales, Instituciones y Corporaciones de derecho público y Administraciones Independientes. No se valorarán los cursos impartidos por el sector público empresarial ni el fundacional.
2. Títulos, Diplomas, Certificaciones que acrediten conocimientos informáticos, obtenidos en Cursos de formación impartidos en centros Oficiales o reconocidos por el Ministerio de Educación y Ciencia, así como los impartidos por organismos e instituciones oficiales dependientes de las Administraciones Públicas o incluidas en los planes de formación de las mismas: hasta un máximo de 2 puntos según la graduación siguiente:
Horas del curso
Si acredita aprovechamiento
Si NO acredita aprovechamiento
De 6 a 29
0,75
0,30
De 30 a 59
1,00
0,50
De 60 a 99
1,50
0,75
De 100 o más
2,00
1,00
Los cursos de igual o similar contenido sólo se valorarán una vez, Los cursos, certificaciones o Diplomas en que no conste el número de horas y aquellos de 5 ó menos horas lectivas no se valorarán.
C) Conocimiento de Idiomas extranjeros.
Se valorará la acreditación mediante certificación de homologación emitida por Centros Oficiales de Enseñanza de Idiomas, del nivel de conocimiento alcanzado. Conocimiento de nivel básico: 0,5 puntos; de nivel intermedio: 1 punto y de nivel avanzado: 1,5 puntos. Se valorarán aquellos títulos que consten en el Cuadro de Equivalencias de exámenes oficiales del Marco Común de referencia Europeo.
La puntuación máxima total por este concepto será de 2 puntos.
D) Por haber aprobado ejercicios de la oposición, por cualquiera de los turnos, libre o promoción interna, de acceso al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa en las últimas dos convocatorias, hasta un total de ocho puntos.
Por cada uno de los ejercicios aprobados (primero, segundo o tercero) 2 puntos.
E) Servicios prestados como titular o interino en los Cuerpos de la Administración de Justicia y o en Cuerpos de otras Administraciones públicas o como personal laboral. (hasta un máximo de 21 puntos).
– Por cada mes completo de servicios prestados como sustituto o interino, en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, (antes de Oficiales de la Administración de Justicia), o como titular, interino o sustituto en Tramitación Procesal y Administrativa, (antes Auxiliares de la administración de Justicia): 0.18 puntos.
– Por cada mes de servicios prestados en los demás Cuerpos o Escalas generales al Servicio de la Administración de Justicia, en el de Secretarios Judiciales y en el de Jueces o Fiscales: 0.1 puntos.
– Por cada mes de servicios prestados en Cuerpos de otras Administraciones públicas o como personal laboral: 0.05 puntos.
Los periodos inferiores al mes no se computarán.
I-C Evaluación del conocimiento de las lenguas oficiales propias de las comunidades
(Accesos Libre y Promoción Interna)
Para los opositores que concurran por alguno de los ámbitos territoriales correspondientes a Comunidades Autónomas con lengua oficial propia y que así lo hubieran hecho constar en su solicitud de participación, finalizadas tanto la fase de oposición, como en su caso, la de concurso y establecidas las listas de aprobados, se procederá a la evaluación del conocimiento de las lenguas oficiales propias de las Comunidades Autónomas. La evaluación consistirá, en la acreditación del conocimiento de la lengua oficial de dicha Comunidad, mediante las certificaciones que hayan presentado oportunamente o por la realización de una prueba de nivel de conocimientos.
La puntuación de la valoración del conocimiento de la lengua oficial de Comunidad Autónoma sólo será aplicable en el ámbito de la Comunidad Autónoma respectiva a los solos efectos de establecer el número en la relación de aprobados dentro del ámbito territorial por el que concurre el aspirante, por lo que deberá reflejarse separada de la obtenida en los dos ejercicios obligatorios.
Se calificará con un máximo de 18 puntos de acuerdo con el nivel de conocimientos demostrado por el aspirante y los criterios de valoración establecidos a continuación:
En el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cataluña:
Certificado de Nivel B: Seis puntos.
Certificado de Nivel C: Doce puntos.
Certificado de Nivel D: Dieciocho puntos.
La acreditación del conocimiento de idioma se efectuará mediante la aportación de los certificados de la Secretaría de Política Lingüística o los equivalente según la Orden PRE 228/2004 de 21 de julio del Departamento de la Presidencia de la Generalitat de Catalunya.
En el ámbito de la Comunidad Autónoma Valenciana:
Certificado de grado elemental oral y escrito del valenciano: Seis puntos.
Certificado de grado medio oral y escrito del valenciano: Doce puntos.
Certificado de grado superior oral y escrito del valenciano: Dieciocho puntos.
ANEXO II
A) Programa de oposición para ingreso en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa.
Promoción Interna.
Tema 1. Los Derechos Humanos en el ámbito universal, europeo y español. La igualdad efectiva entre hombres y mujeres. El artículo 14 de la C.E.: La no discriminación por razón de sexo. La igualdad de sexo en el ámbito jurídico civil. Consecuencias penales de la discriminación por razón de sexo. La igualdad de sexo en el ámbito jurídico laboral. La conciliación familiar.
Tema 2. Cuestiones generales sobre el proceso civil: Las partes en el proceso civil: Capacidad procesal y capacidad para ser parte. Pluralidad de partes. Litisconsorcio activo y pasivo, su tratamiento procesal.
Tema 3. La representación y sus clases. Legitimación en el proceso civil. Asistencia letrada y representación procesal, estatuto jurídico, derechos y deberes. Intervención no preceptiva de estos profesionales. La intervención en los procesos civiles del Ministerio Fiscal y del Abogado del Estado.
Tema 4. Jurisdicción y competencia. Acumulación de acciones y de procedimientos, concepto. La tramitación de las cuestiones de jurisdicción y competencia. La competencia de los Tribunales Civiles: Objetiva, funcional y territorial, los fueros legales disponibles e indisponibles. Concepto y tramitación.
Tema 5. La Justicia de Paz. Organización y competencias, elección del Juez, la figura del Secretario del Juzgado de Paz. La justicia de paz en el ámbito de la cooperación jurisdiccional y en los procesos civiles y penales atribuidos a dichos Juzgados. Sistema de recursos contra las resoluciones dictadas por los Juzgados de Paz. Las Agrupaciones de las Secretarias de los Juzgados de Paz.
Tema 6. Los procedimientos declarativos en la Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000: Diligencias preparatorias, diligencias preliminares. Conciliación. Averiguación de hechos, aseguramiento y práctica anticipada de la prueba.
Tema 7. Procesos especiales: Procedimientos para la división judicial de patrimonios: A) De la división de la herencia. B) Procedimiento para la liquidación del régimen económico matrimonial.
Tema 8. Procesos especiales: El proceso monitorio. Concepto y características. Casos en que procede. Competencia. Procedimiento: Petición inicial y documentos. Admisión. Requerimiento de pago y posibles conductas del demandado. La transformación del procedimiento. La cosa juzgada. El proceso monitorio europeo. El juicio cambiario. Concepto y características. Naturaleza. Casos en que procede. Competencia. Procedimiento. La sentencia sobre la oposición y su eficacia.
Tema 9. Los procesos matrimoniales y sus clases. Competencia. Procedimientos: a) nulidad, separación y divorcio contenciosos; b) separación o divorcio de mutuo acuerdo. Referencia a las crisis de las uniones estables de pareja. Medidas Provisionales. Medidas definitivas. Ejecución forzosa de los pronunciamientos sobre medidas. Los procesos especiales: Características comunes. El proceso especial para la incapacitación de las personas: Competencia; legitimación; personación del demandado; especialidades procedimentales; la Sentencia. La reintegración de la capacidad y la modificación del alcance de la sentencia de incapacidad.
Tema 10. Procedimientos de jurisdicción voluntaria: Cuestiones generales. Procedimientos relativos al derecho de las personas. Procedimientos relativos al derecho de cosas; especial referencia al expediente de dominio y deslinde y amojonamiento. Procedimientos relativos al Derecho de Familia; especial mención a la tutela, acogimiento, adopción y materia de sucesiones. Breve referencia a los procedimientos en materia de negocios de comercio.
Tema 11. Los recursos. Concepto. Clases de recursos. Efectos de los recursos y de su desistimiento. El deposito para recurrir. Los recursos de reposición y de revisión. El recurso de queja. El recurso de apelación. Apelación y segunda instancia; el derecho a la segunda instancia. Resoluciones contra las que procede apelación. Sustanciación del recurso. Oposición a la apelación e impugnación de la sentencia. La prueba en la apelación.
Tema 12. Los recursos extraordinarios. El recurso por infracción procesal. Resoluciones recurribles. Motivos del recurso. Procedimiento. Consecuencias de la estimación del recurso. El recurso de casación. Características. Resoluciones recurribles. Motivos de recurso. Objeto y efectos del recurso. Competencia. Procedimiento. El recurso en interés de la Ley. Resoluciones recurribles. Motivos del recurso. Legitimación. Competencia. Procedimiento. Efectos. Medios de rescisión de las sentencias firmes. La audiencia al demandado rebelde. La revisión de las sentencias firmes.
Tema 13. La ejecución forzosa. El papel del Secretario Judicial en la ejecución. El título ejecutivo y sus clases: Judiciales y no judiciales; españoles y extranjeros. Ejecución de resoluciones extranjeras. Breve referencia al Título Ejecutivo Europeo. La demanda ejecutiva. Tribunal competente. Orden general de ejecución y despacho de la ejecución. Acumulación de ejecuciones. Oposición a la ejecución. Suspensión de la ejecución. Ejecución provisional. Concepto y naturaleza. Presupuestos. Despacho de la ejecución. Oposición a la ejecución provisional. Revocación o confirmación de la sentencia provisionalmente ejecutada.
Tema 14. Ejecución dineraria. Supuestos en que procede. Integración del título. Requerimiento de pago. Embargo de bienes. Reembargo. Tercería de dominio.
Tema 15. El procedimiento de apremio. Valoración de los bienes embargados. La subasta de los bienes trabados. Alternativas a la subasta judicial: El convenio de realización y la realización por persona o entidad especializada. La administración para pago. Tercería de mejor derecho. Especialidades de la ejecución sobre bienes hipotecados, pignorados o con garantía real.
Tema 16. Ejecuciones no dinerarias. Ejecuciones de dar, de hacer y de no hacer. Determinación de frutos y rentas. Liquidación de daños y perjuicios. Ejecución de sentencias que llevan aparejada la entrega de la posesión de un inmueble, especial referencia a las sentencias de ejecución de desahucios.
Tema 17. Las medidas cautelares: Concepto. Tipos de medidas cautelares. Tramitación con audiencia y sin audiencia al demandado. Oposición a las medidas cautelares. Ejecución de las medidas cautelares. Caución y caución sustitutoria.
Tema 18. Costas y gastos procesales. La condena en costas. La tasación de costas. La impugnación de las costas. Los intereses y su liquidación. La tasa judicial. Pagos, depósitos y consignaciones judiciales. Ingresos en el Tesoro Público. La Asistencia Jurídica Gratuita.
Tema 19. El Registro Civil: legislación vigente. La función registral. Contenido del Registro Civil: hechos inscribibles. La organización del Servicio Registral. Los Registros Ordinarios y los Registros Delegados. El Registro Civil Central. Competencia de los Registros Civiles.
Tema 20. Diferentes tipos de asientos registrales. Las inscripciones. Las anotaciones. Las notas marginales. Los asientos de cancelación. Reglas formales para la práctica de los asientos. La inscripción de nacimiento. El matrimonio y su inscripción. La inscripción de defunción. La tutela y demás representaciones legales.
Tema 21. La rectificación del registro por vía de expedientes gubernativo o judicial. Los expedientes registrales: Naturaleza jurídica y competencia. Principios rectores y normas generales del procedimiento. Régimen de los recursos y de la ejecución. La publicidad del Registro Civil: Publicidad material y formal. Eficacia probatoria de los asientos registrales. Impugnación de la presunción de exactitud registral. La publicidad formal: certificaciones, libros de familia y notas informativas.
Tema 22. El sistema procesal penal de la Ley de Enjuiciamiento Criminal: Principio del juez imparcial, separación de instrucción y enjuiciamiento. Principios del proceso penal. Competencia objetiva y funcional. Aforamientos y privilegios procesales. Inmunidad de jurisdicción. La competencia territorial. La inhibición de oficio y a instancia de parte; cuestiones de competencia territorial.
Tema 23. Las partes en el proceso penal: Ministerio Fiscal; acusador particular; perjudicado y acción popular; acusador privado. El ejercicio de la acción penal: de oficio o a instancia de parte. Denuncia; querella; atestado. Extinción de la acción penal: especial referencia a la renuncia. El ejercicio de la acción civil: El actor civil. El ofrecimiento de acciones. Extinción de la acción civil. El imputado: La rebeldía. El responsable civil. Representación y defensa de las partes. Defensa de oficio y beneficio de justicia gratuita.
Tema 24. Las medidas cautelares personales en el proceso penal. La citación judicial. La detención. La prisión provisional. La libertad provisional. Las fianzas en el proceso penal. Medidas limitadoras de derechos fundamentales: Pruebas biológicas; entrada y registro en lugar cerrado; intervención de comunicaciones postales, telegráficas, telefónicas e informáticas. Especial mención a las entregas controladas y a la figura del agente encubierto.
Tema 25. La prueba en el proceso penal. Medios de prueba. Proposición, admisión o denegación; prueba anticipada; proposición en el acto del juicio; prueba acordada «ex officio». El juicio oral. La suspensión del juicio oral: causas y consecuencias.
Tema 26. El proceso ante el Tribunal del Jurado. Competencia. Composición y constitución del Jurado: Estatuto jurídico de los jurados; su selección. La fase de instrucción y la fase intermedia. La fase de juicio oral: Trámites precedentes: Designación del Magistrado-Ponente; cuestiones previas; auto de hechos justiciables; celebración del juicio oral: La vista; suspensión del juicio oral. Posible disolución del Jurado: Sus causas. El veredicto: Determinación del objeto del veredicto, deliberación y veredicto; instrucción a los jurados; deliberación y votación; acta. Sentencia.
Tema 27. La tutela judicial ante los Juzgados de violencia sobre la mujer. Especialidades procesales. Pérdida de la competencia objetiva de los juzgados civiles cuando se produzcan actos de violencia sobre la mujer. Medidas judiciales de protección y de seguridad de las víctimas.
Tema 28. El procedimiento de Responsabilidad Penal del Menor. Principios reguladores. Las fases del procedimiento. Sentencia y régimen de recursos. Principios generales en la ejecución de las medidas.
Tema 29. Régimen general de recursos en el proceso penal. Los recursos no devolutivos: Reforma y súplica. Recursos devolutivos: La apelación en el proceso ordinario y en el procedimiento abreviado; El recurso de queja contra la inadmisión de otro recurso y como sustitutivo de la apelación. El recurso de casación penal. La revisión penal. El recurso de rescisión de la sentencia dictada contra reos ausentes. Los recursos contra las resoluciones del Secretario Judicial.
Tema 30. La ejecución de sentencias penales. Los Juzgados y Tribunales sentenciadores; Juzgados de Vigilancia Penitenciaria y Administración Penitenciaria: sus respectivas funciones. Recursos contra las resoluciones de la Administración Penitenciaria y de los Juzgados de Vigilancia Penitenciaria. Tasación de costas. La ejecución civil en el proceso penal.
Tema 31. Recurso contencioso-administrativo: Capacidad procesal, legitimación, representación y defensa. Actos impugnables.
Tema 32. Recurso contencioso-administrativo: Diligencias preliminares. Interposición del recurso y reclamación del expediente. Emplazamiento de los demandados y admisión del recurso.
Tema 33. Disposiciones comunes a los procedimientos contencioso-administrativos: Plazos. Medidas cautelares. Incidentes e invalidez de actos procesales. costas procesales. Ejecución de sentencias.
Tema 34. El proceso laboral: Principios que lo informan. Competencia objetiva y territorial. Cuestiones de competencia. Representación y defensa en el procedimiento laboral. El Fondo de Garantía Salarial. Justicia gratuita.
Tema 35. La evitación del proceso: Conciliación previa y reclamación administrativa previa. El proceso ordinario: demanda, conciliación y juicio. Recursos: De suplicación y de casación para la unificación de doctrina; disposiciones comunes a ambos recursos.
Tema 36. El Concurso de acreedores. Concepto de concurso sus clases, la competencia objetiva y territorial. El administrador concursal. Aspectos procesales: Procedimiento ordinario y procedimiento abreviado; las secciones del concurso; el incidente concursal. Los recursos.
B) Programa de oposición para ingreso en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativo.
Turno Libre.
Derecho Constitucional, Derechos Fundamentales y Organización del Estado.
Tema 1. La Constitución española de 1978: Estructura y contenido. Las atribuciones de la Corona. Las Cortes Generales: Composición, atribuciones y funcionamiento. La elaboración de las leyes. El Tribunal Constitucional. Composición y funciones.
Tema 2. Los Derechos Humanos en el ámbito universal, europeo y español. La igualdad efectiva entre hombres y mujeres. El artículo 14 de la C.E.: La no discriminación por razón de sexo. La igualdad de sexo en el ámbito jurídico civil. Consecuencias penales de la discriminación por razón de sexo. La igualdad de sexo en el ámbito jurídico laboral. La conciliación familiar.
Tema 3. El Gobierno y la Administración. El Presidente del Gobierno. El Consejo de Ministros. Organización administrativa española: Ministros, Secretarios de Estado, Subsecretarios y Directores Generales. La Administración periférica del Estado. Los Delegados de Gobierno en la Comunidad Autónoma y los Subdelegados de Gobierno.
Tema 4. Organización territorial del Estado en la Constitución. El Estado de las Autonomías. Las Comunidades Autónomas: Su constitución y competencias. Los Estatutos de Autonomía. La Administración Local. La provincia y el municipio.
Tema 5. La Unión Europea. Competencias de la UE. Instituciones y órganos de la Unión Europea: El Parlamento Europeo, el Consejo Europeo, el Consejo de Ministros de la Unión Europea, la Comisión Europea, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, el Tribunal de Cuentas.
Organización y Estructura del Poder Judicial.
Tema 6. El Poder Judicial. El Consejo General del Poder Judicial: composición y funciones. La jurisdicción: Jueces y Magistrados: Funciones y competencias. La independencia judicial. El Ministerio Fiscal: Organización y funciones. Sistemas de acceso a las carreras judicial y fiscal.
Tema 7. Examen de la organización y competencia del Tribunal Supremo, de la Audiencia Nacional, de los Tribunales Superiores y de las Audiencias Provinciales.
Tema 8. Examen de la organización y competencia: Juzgados de Primera Instancia e Instrucción. Juzgados de lo Penal. Juzgados de lo Contencioso-Administrativo. Juzgados de lo Social. Juzgados de Vigilancia Penitenciaria. Juzgados de Menores. Juzgados Mercantiles, y el Tribunal de Marca Comunitaria de Alicante, Juzgados de Violencia sobre la mujer, Juzgados de Paz.
Tema 9. La Justicia de Paz. Organización y competencias, elección del Juez, la figura del Secretario del Juzgado de Paz. La justicia de paz en el ámbito de la cooperación jurisdiccional y en los procesos civiles y penales atribuidos a dichos Juzgados. Sistema de recursos contra las resoluciones dictadas por los Juzgados de Paz. Las Agrupaciones de las Secretarias de los Juzgados de Paz.
Tema 10. La carta de Derechos de los Ciudadanos ante la Justicia. Derechos de información, de atención y gestión, de identificación de actuaciones y funcionarios, derechos lingüísticos. Derechos frente a los profesionales que asisten y representan al ciudadano: Abogados, Procuradores, Graduados Sociales. El Derecho a la Justicia Gratuita en la Carta de Derechos. El plan de Transparencia Judicial.
Tema 11. La modernización de la oficina judicial. La nueva oficina judicial. Su regulación en la Ley Orgánica del Poder Judicial. La administración de justicia y las nuevas tecnologías. Código de Conducta para usuarios de equipos y sistemas informáticos al servicio de la Administración de Justicia. El expediente digital y la presentación telemática de escritos y documentos. La firma digital, el correo electrónico. Incidencia de la legislación de protección de datos en el uso de las aplicaciones informáticas.
Tema 12. El Secretario Judicial en la Ley Orgánica del Poder Judicial: funciones y competencias. Ordenación del cuerpo superior jurídico de Secretarios Judiciales: Secretario de Gobierno y Secretarios Coordinadores.
Tema 13. Cuerpos de Funcionarios al servicio de la Administración de Justicia. Cuerpos Generales y Cuerpos Especiales: Definición y Cuerpos que los integran. Cuerpos Especiales: El Cuerpo de Médicos Forenses: Funciones.
Tema 14. Los Cuerpos Generales (I): Funciones. Formas de acceso. Promoción interna. Adquisición y pérdida de la condición de funcionarios. La rehabilitación. Derechos, deberes e incompatibilidades. Jornada y horarios. Vacaciones, permisos y licencias.
Tema 15. Los Cuerpos Generales (II): Situaciones administrativas. Ordenación de la actividad profesional. Provisión de puestos de trabajo. Régimen disciplinario.
Tema 16. Libertad sindical: El Sindicato en la Constitución Española. Elecciones sindicales según la Ley de órganos de representación y el Estatuto Básico del Empleado Público. El derecho de huelga. Salud y prevención de riesgos laborales.
Procedimientos Judiciales.
A) Normas Comunes a todos los Procedimientos Civiles.
Tema 17. Cuestiones generales sobre el proceso civil: Las partes en el proceso civil: Capacidad procesal y capacidad para ser parte. Pluralidad de partes. Litisconsorcio activo y pasivo, su tratamiento procesal.
Tema 18. La representación y sus clases. Legitimación en el proceso civil. Asistencia letrada y representación procesal, estatuto jurídico, derechos y deberes. Intervención no preceptiva de estos profesionales. La intervención en los procesos civiles del Ministerio Fiscal y del Abogado del Estado.
Tema 19. Jurisdicción y competencia. Acumulación de acciones y de procedimientos, concepto. La tramitación de las cuestiones de jurisdicción y competencia. La competencia de los Tribunales Civiles: Objetiva, funcional y territorial, los fueros legales disponibles e indisponibles. Concepto y tramitación.
Tema 20. Los actos procesales. Requisitos de los actos procesales: a) lugar; b) tiempo: Términos y plazos: Cómputo de los plazos; c) forma (consideración de la lengua oficial). Defectos de los actos: Nulidad, anulabilidad, irregularidad; subsanación de defectos.
Tema 21. Las resoluciones de los órganos judiciales. Clases de resoluciones judiciales: Contenido y características. Las resoluciones de los órganos judiciales colegiados. Las resoluciones del Secretario Judicial.
Tema 22. Los actos de comunicación con otros Tribunales y Autoridades: Oficios y mandamientos. El auxilio judicial: los exhortos y los mandamientos en el proceso penal. Cooperación jurídica internacional: las comisiones rogatorias.
Tema 23. Actos de comunicación a las partes y otros intervinientes en el proceso: Notificaciones, requerimientos, citaciones y emplazamientos. Notificaciones, citaciones y mandamientos en el proceso penal. Formas de notificación y nuevas tecnologías.
Tema 24. Conceptos de archivo judicial y de documentación judicial en relación con la legislación vigente en materia de archivos judiciales. Formas de remisión de documentación judicial y relaciones documentales. Nuevas tecnologías en los archivos judiciales de gestión. Las juntas de expurgo de la documentación judicial.
B) Procedimientos Civiles.
Tema 25. Los procedimientos declarativos en la Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000: Diligencias preparatorias, diligencias preliminares. Conciliación. Averiguación de hechos, aseguramiento y práctica anticipada de la prueba.
Tema 26. Juicio ordinario. Procesos que se sustancian por los trámites del juicio declarativo ordinario. La demanda y su objeto, documentos que deben acompañarla. La contestación a la demanda y otras actitudes del demandado: la rebeldía. Problemas derivados de la ampliación de la demanda y la reconvención. Audiencia previa. Vista de juicio. Diligencias finales. Terminación del procedimiento por medio de sentencia, auto o decreto, aspectos formales de estas resoluciones. Allanamiento, desistimiento, transacción, satisfacción extraprocesal.
Tema 27. El juicio verbal. Procesos que se sustancian por el trámite del juicio verbal. Clases de demandas. Admisión y traslado de la demanda y citación para la vista. Inasistencia de las partes a la vista. Desarrollo de la vista. Recursos frente a las resoluciones interlocutorias. Juicios verbales de carácter plenario y sumario. El verbal de desahucio. El precario. El juicio sobre tutela posesoria. La tutela de derechos reales inscritos. El juicio de alimentos. La rectificación de hechos. El juicio verbal en materias de compraventas a plazos y arrendamientos financieros.
Tema 28. Procesos especiales: Procedimientos para la división judicial de patrimonios: A) De la división de la herencia. B) Procedimiento para la liquidación del régimen económico matrimonial.
Tema 29. Procesos especiales: El proceso monitorio. Concepto y características. Casos en que procede. Competencia. Procedimiento: petición inicial y documentos. Admisión. Requerimiento de pago y posibles conductas del demandado. La transformación del procedimiento. La cosa juzgada. El proceso monitorio europeo. El juicio cambiario. Concepto y características. Naturaleza. Casos en que procede. Competencia. Procedimiento. La sentencia sobre la oposición y su eficacia.
Tema 30. Los procesos matrimoniales y sus clases. Competencia. Procedimientos: a) nulidad, separación y divorcio contenciosos; b) separación o divorcio de mutuo acuerdo. Referencia a las crisis de las uniones estables de pareja. Medidas Provisionales. Medidas definitivas. Ejecución forzosa de los pronunciamientos sobre medidas. Los procesos especiales: Características comunes. El proceso especial para la incapacitación de las personas: Competencia; legitimación; personación del demandado; especialidades procedimentales; la Sentencia. La reintegración de la capacidad y la modificación del alcance de la sentencia de incapacidad.
Tema 31. Procedimientos de jurisdicción voluntaria: Cuestiones generales. Procedimientos relativos al derecho de las personas. Procedimientos relativos al derecho de cosas; especial referencia al expediente de dominio y deslinde y amojonamiento. Procedimientos relativos al Derecho de Familia; especial mención a la tutela, acogimiento, adopción y materia de sucesiones. Breve referencia a los procedimientos en materia de negocios de comercio.
Tema 32. Los recursos. Concepto. Clases de recursos. Efectos de los recursos y de su desistimiento. El deposito para recurrir. Los recursos de reposición y de revisión. El recurso de queja. El recurso de apelación. Apelación y segunda instancia; el derecho a la segunda instancia. Resoluciones contra las que procede apelación. Sustanciación del recurso. Oposición a la apelación e impugnación de la sentencia. La prueba en la apelación.
Tema 33. Los recursos extraordinarios. El recurso por infracción procesal. Resoluciones recurribles. Motivos del recurso. Procedimiento. Consecuencias de la estimación del recurso. El recurso de casación. Características. Resoluciones recurribles. Motivos de recurso. Objeto y efectos del recurso. Competencia. Procedimiento. El recurso en interés de la Ley. Resoluciones recurribles. Motivos del recurso. Legitimación. Competencia. Procedimiento. Efectos. Medios de rescisión de las sentencias firmes. La audiencia al demandado rebelde. La revisión de las sentencias firmes.
Tema 34. La ejecución forzosa. El papel del Secretario Judicial en la ejecución. El título ejecutivo y sus clases: Judiciales y no judiciales; españoles y extranjeros. Ejecución de resoluciones extranjeras. Breve referencia al Título Ejecutivo Europeo. La demanda ejecutiva. Tribunal competente. Orden general de ejecución y despacho de la ejecución. Acumulación de ejecuciones. Oposición a la ejecución. Suspensión de la ejecución. Ejecución provisional. Concepto y naturaleza. Presupuestos. Despacho de la ejecución. Oposición a la ejecución provisional. Revocación o confirmación de la sentencia provisionalmente ejecutada.
Tema 35. Ejecución dineraria. Supuestos en que procede. Integración del título. Requerimiento de pago. Embargo de bienes. Reembargo. Tercería de dominio.
Tema 36. El procedimiento de apremio. Valoración de los bienes embargados. La subasta de los bienes trabados. Alternativas a la subasta judicial: El convenio de realización y la realización por persona o entidad especializada. La administración para pago. Tercería de mejor derecho. Especialidades de la ejecución sobre bienes hipotecados, pignorados o con garantía real.
Tema 37. Ejecuciones no dinerarias. Ejecuciones de dar, de hacer y de no hacer. Determinación de frutos y rentas. Liquidación de daños y perjuicios. Ejecución de sentencias que llevan aparejada la entrega de la posesión de un inmueble, especial referencia a las sentencias de ejecución de desahucios.
Tema 38. Las medidas cautelares: Concepto. Tipos de medidas cautelares. Tramitación con audiencia y sin audiencia al demandado. Oposición a las medidas cautelares. Ejecución de las medidas cautelares. Caución y caución sustitutoria.
Tema 39. Costas y gastos procesales. La condena en costas. La tasación de costas. La impugnación de las costas. Los intereses y su liquidación. La tasa judicial. Pagos, depósitos y consignaciones judiciales. Ingresos en el Tesoro Público. La Asistencia Jurídica Gratuita.
C) Registro Civil.
Tema 40. El Registro Civil: Legislación vigente. La función registral. Contenido del Registro Civil: Hechos inscribibles. La organización del Servicio Registral. Los Registros Ordinarios y los Registros Delegados. El Registro Civil Central. Competencia de los Registros Civiles.
Tema 41. Diferentes tipos de asientos registrales. Las inscripciones. Las anotaciones. Las notas marginales. Los asientos de cancelación. Reglas formales para la práctica de los asientos. La inscripción de nacimiento. El matrimonio y su inscripción. La inscripción de defunción. La tutela y demás representaciones legales.
Tema 42. La rectificación del registro por vía de expedientes gubernativo o judicial. Los expedientes registrales: Naturaleza jurídica y competencia. Principios rectores y normas generales del procedimiento. Régimen de los recursos y de la ejecución. La publicidad del Registro Civil: Publicidad material y formal. Eficacia probatoria de los asientos registrales. Impugnación de la presunción de exactitud registral. La publicidad formal: certificaciones, libros de familia y notas informativas.
D) Procedimiento Penal.
Tema 43. El sistema procesal penal de la Ley de Enjuiciamiento Criminal: Principio del juez imparcial, separación de instrucción y enjuiciamiento. Principios del proceso penal. Competencia objetiva y funcional. Aforamientos y privilegios procesales. Inmunidad de jurisdicción. La competencia territorial. La inhibición de oficio y a instancia de parte; cuestiones de competencia territorial.
Tema 44. Las partes en el proceso penal: Ministerio Fiscal; acusador particular; perjudicado y acción popular; acusador privado. El ejercicio de la acción penal: de oficio o a instancia de parte. Denuncia; querella; atestado. Extinción de la acción penal: especial referencia a la renuncia. El ejercicio de la acción civil: el actor civil. El ofrecimiento de acciones. Extinción de la acción civil. El imputado: La rebeldía. El responsable civil. Representación y defensa de las partes. Defensa de oficio y beneficio de justicia gratuita.
Tema 45. El Sumario: Incoación del proceso. Las actuaciones de la Policía Judicial. Comprobación del delito: Cuerpo del delito. Identificación del presunto delincuente. La inspección ocular. Declaraciones testificales. Prueba pericial y su valor. Prueba documental. Piezas de convicción.
Tema 46. Las medidas cautelares personales en el proceso penal. La citación judicial. La detención. La prisión provisional. La libertad provisional. Las fianzas en el proceso penal. Medidas limitadoras de derechos fundamentales: Pruebas biológicas; entrada y registro en lugar cerrado; intervención de comunicaciones postales, telegráficas, telefónicas e informáticas. Especial mención a las entregas controladas y a la figura del agente encubierto.
Tema 47. El denominado período intermedio; auto de conclusión del sumario; eventual revocación del auto y nuevas diligencias y resoluciones. El sobreseimiento y sus clases. El auto de apertura del juicio oral. Los artículos de previo pronunciamiento. Las calificaciones provisionales de las partes. Conformidad del acusado.
Tema 48. La prueba en el proceso penal. Medios de prueba. Proposición, admisión o denegación; prueba anticipada; proposición en el acto del juicio; prueba acordada «ex officio». El juicio oral. La suspensión del juicio oral: causas y consecuencias.
Tema 49. El procedimiento abreviado: Información de derechos, prueba anticipada. Conclusión de la fase instructora, la conformidad por reconocimiento de hechos. La fase de juicio oral: Admisión de pruebas, señalamiento del juicio e información a la víctima. Celebración del juicio oral, especialidades. La sentencia; especialidades: a) sentencia oral; b) conformidad de las partes sobre la firmeza inicial de la sentencia; c) principio acusatorio, d) notificación. Los recursos contra las resoluciones procesales en el ámbito del procedimiento abreviado: a) Los recursos contra las resoluciones judiciales b) Los recursos contra las resoluciones del Secretario Judicial. Ejecución de sentencias.
Tema 50. Procedimiento para el enjuiciamiento rápido de determinados delitos: Ámbito de aplicación. Actuaciones de la Policía Judicial. Diligencias urgentes ante el Juzgado de guardia; instrucción y conclusión. Preparación y desarrollo del juicio oral. Sentencia.
Tema 51. El proceso ante el Tribunal del Jurado. Competencia. Composición y constitución del Jurado: Estatuto jurídico de los jurados; su selección. La fase de instrucción y la fase intermedia. La fase de juicio oral: trámites precedentes: Designación del Magistrado-Ponente; cuestiones previas; auto de hechos justiciables; celebración del juicio oral: La vista; suspensión del juicio oral. Posible disolución del Jurado: sus causas. El veredicto: Determinación del objeto del veredicto, deliberación y veredicto; instrucción a los jurados; deliberación y votación; acta. Sentencia.
Tema 52. La tutela judicial ante los Juzgados de violencia sobre la mujer. Especialidades procesales. Pérdida de la competencia objetiva de los juzgados civiles cuando se produzcan actos de violencia sobre la mujer. Medidas judiciales de protección y de seguridad de las víctimas.
Tema 53. El procedimiento de Responsabilidad Penal del Menor. Principios reguladores. Las fases del procedimiento. Sentencia y régimen de recursos. Principios generales en la ejecución de las medidas.
Tema 54. Tramitación del juicio de faltas. Convocatoria de la vista de juicio de faltas. Sistema de recursos a las sentencias dictadas en juicios de Faltas. La ejecución de la sentencia de faltas: Aspectos penales y civiles.
Tema 55. Régimen general de recursos en el proceso penal. Los recursos no devolutivos: Reforma y súplica. Recursos devolutivos: La apelación en el proceso ordinario y en el procedimiento abreviado; El recurso de queja contra la inadmisión de otro recurso y como sustitutivo de la apelación. El recurso de casación penal. La revisión penal. El recurso de rescisión de la sentencia dictada contra reos ausentes. Los recursos contra las resoluciones del Secretario Judicial.
Tema 56. La ejecución de sentencias penales. Los Juzgados y Tribunales sentenciadores; Juzgados de Vigilancia Penitenciaria y Administración Penitenciaria: Sus respectivas funciones. Recursos contra las resoluciones de la Administración Penitenciaria y de los Juzgados de Vigilancia Penitenciaria. Tasación de costas. La ejecución civil en el proceso penal.
E) Procedimiento Contencioso Administrativo y Laboral.
Tema 57. Breve referencia del recurso contencioso-administrativo. Organización de la jurisdicción contenciosa-administrativa.
Tema 58. Recurso contencioso-administrativo: Capacidad procesal, legitimación, representación y defensa. Actos impugnables.
Tema 59. Recurso contencioso-administrativo: Diligencias preliminares. Interposición del recurso y reclamación del expediente. Emplazamiento de los demandados y admisión del recurso.
Tema 60. Recurso contencioso-administrativo: Demanda y contestación. Alegaciones previas. Prueba. Vista y conclusiones. Sentencias. Otros medios de terminación del procedimiento.
Tema 61. El procedimiento abreviado en el ámbito contencioso-administrativo.
Tema 62. Los recursos en el proceso contencioso administrativo. Los recursos contra las resoluciones del Secretario Judicial.
Tema 63. Procedimientos especiales: Procedimientos para la protección de los derechos fundamentales de las personas. Cuestión de ilegalidad. Procedimientos en los casos de suspensión administrativa previa de acuerdos.
Tema 64. Disposiciones comunes a los procedimientos contencioso-administrativos: Plazos. Medidas cautelares. Incidentes e invalidez de actos procesales. costas procesales. Ejecución de sentencias.
Tema 65. El proceso laboral: Principios que lo informan. Competencia objetiva y territorial. Cuestiones de competencia. Representación y defensa en el procedimiento laboral. Fondo de Garantía Salarial. Justicia gratuita.
Tema 66. La evitación del proceso: Conciliación previa y reclamación administrativa previa. El proceso ordinario: Demanda, conciliación y juicio. Recursos: de suplicación y de casación para la unificación de doctrina; disposiciones comunes a ambos recursos.
Tema 67. Procesos especiales: Despidos, Seguridad Social, Conflictos Colectivos, Impugnación de los convenios colectivos. Tutela de derechos fundamentales.
F) Normativa sobre Derecho Mercantil.
Tema 68. El Concurso de acreedores. Concepto de concurso sus clases, la competencia objetiva y territorial. El administrador concursal. Aspectos procesales: Procedimiento ordinario y procedimiento abreviado; las secciones del concurso; el incidente concursal. Los recursos.
ANEXO III
Instrucciones para la cumplimentación de la solicitud de admisión
Lea atentamente y siga las siguientes instrucciones
Muy importante. Este impreso se descarga gratuitamente en las paginas web que se indican en la convocatoria y contiene una numeración. No utilice fotocopias, porque no podrán ser admitidas
Instrucciones Generales.
• Escriba con bolígrafo negro o azul sobre superficie dura y lisa, utilizando mayúsculas tipo imprenta.
• Evite realizar correcciones, enmiendas o tachaduras.
• NO OLVIDE FIRMAR EL IMPRESO EN EL RECUADRO CORRESPONDIENTE.
Instrucciones Particulares.
• Casillas 15 y 16. Indique el Cuerpo, en su caso la Especialidad, y el Código que se indiquen en la convocatoria.
• Casillas 19 y 20. Indique la provincia, con su código, en que desea realizar en examen de entre las que se indiquen en la Orden de Convocatoria.
• Aspirantes discapacitados. Opten o no por el cupo de reserva indicarán el grado de discapacidad, según el dictamen del órgano competente, en la casilla 21, e indicarán en su caso, en la casilla 23 la adaptación que pudieran precisar, acompañando el informe acerca de su procedencia. Quienes, además, opten por el cupo de reserva, lo indicarán marcando un aspa en la casilla 22 «Reserva».
• Pruebas optativas de lengua autonómica y derecho foral. Casillas 25 y 26, respectivamente. Cuando así lo prevean las convocatorias, quienes deseen examinarse escribirán la palabra «Realiza», quienes deseen acreditar documentalmente sus conocimientos escribirán «Documenta» y quienes se acojan a ambos sistemas, en los términos de la convocatoria, escribirán «Documenta y realiza».
Instrucciones para el pago de tasas y la presentación del impreso.
• Consigne en el recuadro destinado a «IMPORTE» el correspondiente a los derechos de examen que se indican en la convocatoria, ya que es un impreso autoliquidativo.
• Presente esta solicitud, original y dos copias, en cualquier Banco, Caja de Ahorros o cooperativa de crédito que actúan como entidades colaboradoras de la recaudación tributaria. (No es preciso tener cuenta abierta).
• La entidad colaboradora le deberá devolver, debidamente sellados, el «ejemplar para el interesado», que servirá como justificante de pago y el «ejemplar para la administración»
• El «ejemplar para la administración» de esta solicitud deberá entregarse en alguno de los registros indicados en la convocatoria, que también sellarán el «ejemplar para el interesado». Este sello del Registro servirá como justificante de la presentación.
• Las solicitudes presentadas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares correspondientes. A las mismas se acompañará el justificante bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta que figure en la convocatoria.

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