sábado, 13 de abril de 2013

Bases de la convocatoria pública para Juez de Paz Sustituto (LA ALDEA)

En el Boletín Oficial de Las Palmas de ayer se ha publicado en las páginas 6648-6649:



 Se hace de público conocimiento que por acuerdo
de la Corporación en Pleno de este Ayuntamiento,
adoptado en sesión ordinaria celebrada el día 26 de
marzode2013,se aprobólasbasesde la convocatoria
pública para la elección por el Pleno Municipal del
Juez de Paz Sustituto de este Municipio, en los
términosliterales que a continuación se transcriben:

BASES DE LA CONVOCATORIA PÚBLICA
PARA EL JUEZ DE PAZ SUSTITUTO DEL
AYUNTAMIENTO DE LA ALDEA DE SAN
NICOLÁS.
1.OBJETO.Es objeto de la presente convocatoria
regular elprocedimientopara la elecciónpor elPleno
del Ayuntamiento delJuez de Paz SUSTITUTO de
este Municipio, que será nombrado para un período
de cuatro(4) añosporlaSaladeGobiernodelTribunal
Superior de Justicia de Canarias, de conformidad
conlodispuestoenelartículo5.1delReglamentonúmero
3/1995, de 7 de junio, de losJueces de Paz (BOEde
13 de junio).
2.CONDICIONESDELOSASPIRANTES.Para
serJuez de Paz Sustituto se requiere:
• Ser español.
• Mayor de edad.
• No estar incurso en las siguientes causas de
incapacidadqueestableceelartículo303delaL.O.P.J.:
Losimpedidosfísicaopsíquicamentepara la función
judicial, los condenados por delito doloso mientras
no hayan obtenido la rehabilitación, los procesados
o inculpados por delito doloso en tanto no sean
absueltososedicte autode sobreseimiento,ylosque
no estén en pleno uso de sus derechos civiles.
•Noestarincursoencausade incompatibilidadpara
el ejercicio de accionesjudiciales.
3. PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE
INSTANCIAS.Lasinstanciassolicitandotomarparte
de lapresente convocatoria sedirigiránalPresidente
de laCorporaciónydeberánpresentarse enelRegistro
GeneraldelAyuntamientoduranteelplazodeQUINCE
DÍASNATURALES,contadosapartirdeldíasiguiente
al que aparezca publicada esta convocatoria en el
Boletín Oficial de la Provincia. Dichas instancias
deberánacompañarsede la siguientedocumentación:
1. Declaración responsable en la que consten los
siguientes extremos:
a) Que no ha sido condenado por delito doloso o,
en su caso, que se ha obtenido la rehabilitación.
b)Quenoestáprocesadooinculpadopordelitodoloso.

c) Que está en pleno ejercicio de sus derechos
civiles.
d)Que es español,mayorde edad,noestá impedido
física o psíquicamente para la función judicial y que
va a residir en esta localidad,salvo autorización de
laSaladeGobiernodelTribunalSuperiorde Justicia.
e)Que no está incurso en ninguna de las causas de
incapacidad,incompatibilidadoprohibiciónprevistas
enlos artículos389a397de laLeyOrgánicadelPoder
Judicial.
2.Copia compulsada del D.N.I.
3.Documentos acreditativosde losméritosotítulos
que se aleguen.
4. PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN. La
selección de Juez de Paz Sustituto se efectuará por
el Pleno del Ayuntamiento con el voto favorable de
lamayoríaabsolutadesusmiembros,entrelaspersonas
que,reuniendo losrequisitoslegales, asílo hubieran
solicitado.
Sinohubierasolicitudes, elPlenoElegirálibremente
consujeciónalosmismosrequisitosdelprocedimiento..
5.NORMASDEAPLICACIÓN.Paralonoprevisto
en lasBases de esta convocatoria,será de aplicación
lo dispuesto en los artículos 99 a 103 de la Ley
Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial,
reformada porlasLeyesOrgánicas 4/1987, de 15 de
julio; 7/1988, de 28 de diciembre y 7/1992, de 20 de
noviembre, así como lo dispuesto en elReglamento
número 3/1995, de 7 de junio, de losJueces de Paz.
6.IMPUGNACIÓN.EstasBases,la convocatoria,
y cuantos actos administrativos se deriven de la
mismayde la actuacióndelPlenoMunicipal,podrán
serimpugnadosporlosinteresadosenloscasosyformas
establecidas en laLey 30/1992, de 26 de noviembre,
deRégimenJurídicode lasAdministracionesPúblicas
y del Procedimiento AdministrativoComún.
ContralaspresentesBasespodrápresentarseRecurso
Contencioso-Administrativo, en el plazo de DOS
MESES a contar desde su publicación en el Boletín
Oficial de la Provincia.

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