En el Boletín Oficial de Santa Cruz de Tenerife de hoy se ha publicado en las páginas 9105-9106:
Habiéndose comunicado por la Sala de Gobierno
del Tribunal Superior de Justicia de Canarias la situación de “vacante” en el cargo de Juez de Paz Sustituto del Municipio de Vallehermoso, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.1 del Reglamento
nº 3/95, aprobado por el Pleno del Consejo General
del Poder Judicial de 7 de junio de 1995, el Pleno del
Ayuntamiento en sesión celebrada el día 16 de marzo de 2011, acordó anunciar públicamente dicha situación mediante la oportuna convocatoria pública,
con el fin de que por los posibles interesados se presenten las oportunas solicitudes, de acuerdo a lo siguiente:
A) Requisitos de los solicitantes:
1.- Tener la nacionalidad española.
2.- Ser mayor edad.
3.- Ser residente en el Municipio de Vallehermoso.
4.- Carecer de antecedentes penales.
5.- No hallarse incurso en ninguna causa de incapacidad de las previstas en el artículo 303 de la Ley
6/85, de 1 de julio, Orgánica del Poder Judicial.
B) Documentación a presentar: los interesados deberán presentar la correspondiente instancia, en elmodelo que se les facilitará por el propio Ayuntamiento, acompañada de los siguientes documentos:
1.- Fotocopia del D.N.I.
2.- Certificación de residencia.
3.- Declaración jurada acreditativa de no hallarse
incurso en ninguna causa de incapacidad de las previstas en el artículo 303 de la Ley 6/85, de 1 de julio, Orgánica del Poder Judicial.
4.- Título académico u otro documento oficial que
acredite el mismo. (La presentación de esta documentación será opcional. En caso de no aportarse se
considerará que el solicitante carece de estudios en
el supuesto de que el Pleno del Ayuntamiento, a la
hora de proceder a la elección de los candidatos, considere el mayor nivel académico como mérito preferente).
(La certificación negativa de antecedentes penales
será tramitada de oficio por el Tribunal Superior de
Justicia de Canarias).
C) Presentación de solicitudes: en el Registro del
Ayuntamiento de Vallehermoso o por cualquiera de
los medios admitidos en la Ley 30/92 de 26 noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
D) Plazo de presentación de solicitudes: en el plazo de 15 días a contar desde la publicación del correspondiente Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, del 5 al 21 de abril del 2011.
E) Subsanación: la documentación presentada será subsanable, en su caso, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/92, de 26 noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
F) Elección. Finalizado el plazo de presentación de
solicitudes y, en su caso, el de subsanación, se someterán las que hayan sido presentadas a la consideración del Pleno del Ayuntamiento para proceder
a la elección de los cargos con el quórum de la mayoría absoluta legal. La elección se realizará libremente entre las solicitudes que se declaren admitidas por reunir los requisitos exigibles. Podrá no
obstante valorarse como mérito preferente el mayor
nivel académico. Todo ello sin perjuicio de que se
opte por declarar desierta la convocatoria en los siguientes supuestos:
* Si no se hubiesen presentado solicitudes o las presentadas no se hubiesen admitido por no reunir los
requisitos exigibles, dándose cuenta al Pleno del Ayuntamiento para que adopte el acuerdo que proceda.
* Si ninguno de los solicitantes obtuviese el voto
favorable de la mayoría absoluta del Pleno del Ayuntamiento.
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