En el Boletín Oficial de Santa Cruz de Tenerife de hoy se ha publicado en las páginas 2399 y siguientes:
Anuncio referente a la convocatoria para proveer, en
propiedad, tres (3) plazas de Policía Local, mediante
el procedimiento de oposición, turno libre, del Excmo.
Ayuntamiento de Santa Cruz de La Palma.
Por el Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento
de Santa Cruz de La Palma, con fecha 24 de enero
de 2011, se ha dictado la siguiente Resolución:
“Vistas las Bases de la convocatoria aprobadas, mediante
Resolución de la Alcaldía de fecha 16 de abril
de 2009, para la provisión en propiedad, de dos plazas
de empleo de Policía ampliadas a tres (tres), de conformidad
a las base Segunda de las mismas, vacantes
en la plantilla de Personal funcionario, pertenecientes
al Grupo C1, y encuadrada en la Escala Administración
Especial, Subescala de Servicios Especiales, Cla-
se Policía Local, del Excmo. Ayuntamiento de Santa
Cruz de La Palma, mediante el procedimiento selectivo,
por el turno libre de oposición, incluidas en la Oferta
Pública de Empleo para el año 2007 (aprobada por
Resolución de la Alcaldía de fecha 28 de septiembre
de 2007 y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia
número 153, de fecha 12 de septiembre de 2007)
y publicadas en su integridad en el Boletín Oficial de
la Provincia de Santa Cruz de Tenerife número 123, de
fecha lunes, de 29 de junio de 2009.
Considerando que, la Base Quinta regula la composición
del Tribunal Calificador, previéndose en la misma
que uno de los vocales sea un Policía Local, a designar
por la Junta de Personal del Ayuntamiento de
Santa Cruz de La Palma, que represente a uno de los
Sindicales de mayor implantación y representatividad
en el territorio de la Comunidad Autónoma de Canaria,
y visto que dicha designación está proscrita por el
artículo 60 apartado 3 del la Ley 7/2007, de 12 de abril,
se ha de modificar la misma, en lo referente a dicha designación,
por entenderse que la integración que la designación
de un miembro que represente a una organización
sindical u órgano de representación de los
empleados públicos podría suponer perturbar la objetividad
del proceso de selección, siendo que la mencionada
prohibición actúa como garantía del derecho
fundamental al acceso a la función pública en condiciones
de igualdad y para reforzar los principios de
transparencia, imparcialidad y profesionalidad e independencia
que rigen todo la selección.
Considerando que, en la mencionada Base Quinta se
establece la necesidad de la publicación en el Boletín
Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, y en
el tablón de anuncios de la Corporación, de la composición
de los integrantes del Tribunal, tanto titular como
suplente, de los asesores que ha de asistir al Tribunal
en los ejercicios de aptitud física, en la prueba
psicotécnica y en la voluntaria de inglés, así como de
los tres facultativos debidamente colegiados que habrán
de realizar el reconocimiento médico de los aspirantes,
de conformidad a la Base Séptima de la convocatoria.
Esta Alcaldía, en uso de las atribuciones que le confiere
el artículo 21.1.s) de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local, así como
lo preceptuado en el artículo 41.14.d) del Reglamento
de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico
de las Entidades Locales, de 28 de noviembre de 1986,
y demás legislación aplicable, ha resuelto:
Primero.- Rectificar la Base Quinta, referente a la
composición del Tribunal Calificador, de las bases que
han de regir la convocatoria para la provisión en propiedad,
de tres plazas de Policía Local, Escala de Administración
Especial, del Excmo. Ayuntamiento de
Santa Cruz de La Palma, mediante el procedimiento
selectivo de oposición por el turno libre, publicadas en
el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife
nº 123, de fecha 29 de junio de 2009, en los siguientes
términos:
Donde dice: “Quinta.- Tribunal calificador. El Tribunal
Calificador de esta oposición quedará constituido
en la forma siguiente:
* Presidente: un funcionario público de carrera de
cualquier Administración Local de Canarias con conocimientos
necesarios para poder enjuiciar a los candidatos
designado por la Alcaldía.
* Vocales:
- Un representante de la Academia Canaria de Seguridad.
- Un representante del Departamento de la Administración
Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias
competente en materia de coordinación de policías
locales designado por la Dirección General con
competencias en materia de seguridad y emergencias.
- Un representante de la Administración Pública de
la Comunidad Autónoma de Canarias, designado por
el Director General con competencias en materia de
función pública.
- Un Policía Local, a designar por la Junta de Personal
del Ayuntamiento de Santa Cruz de La Palma, que
represente a uno de los Sindicales de mayor implantación
y representatividad en el territorio de la Comunidad
Autónoma de Canarias.
*Secretario: el de la Corporación o funcionario de
carrera de la misma en quien delegue que actuará con
voz pero sin voto.
…”
Debe decir: “Quinta.- Tribunal calificador. El Tribunal
Calificador de esta oposición quedará constituido
en la forma siguiente:
* Presidente: un funcionario público de carrera de
cualquier Administración Local de Canarias con conocimientos
necesarios para poder enjuiciar a los candidatos
designado por la Alcaldía.
* Vocales:
- Un representante de la Academia Canaria de Seguridad.
- Un representante del Departamento de la Administración
Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias
competente en materia de coordinación de policías
locales designado por la Dirección General con
competencias en materia de seguridad y emergencias.
- Un representante de la Administración Pública de
la Comunidad Autónoma de Canarias, designado por
el Director General con competencias en materia de
función pública.
- Un Policía Local, designado por la Alcaldía-Presidencia,
entre funcionarios de carrera de cualquier Policía
Local Canaria, pertenecientes al mismo empleo o
superior al de la plaza convocada.
* Secretario: el de la Corporación o funcionario de
carrera de la misma en quien delegue que actuará con
voz pero sin voto.
…”
Segundo.- Designar al Tribunal Evaluador que ha de
valorar las pruebas selectivas convocadas para la provisión
en propiedad como funcionarios de carrera, mediante
el procedimiento de oposición libre, de tres (3)
plaza de Guardia de la Policía Local del Excmo. Ayuntamiento
de Santa Cruz de La Palma, vacantes en la
plantilla del Personal funcionario, encuadradas en la
Escala Administración Especial, Subescala de Servicios
Especiales, Clase Policía, pertenecientes al grupo
C, Subgrupo C1 de titulación, (artículo 76 de la Ley
7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado
Público), con la siguiente composición:
- Presidente: * Titular: don Eduardo Pérez Pérez, funcionario
de carrera, Subinspector-Jefe de la Policía Local
del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de La Palma.
* Suplente: don Miguel Ángel Mediana Martín, funcionario
de carrera, Oficial de la Policía Local del Excmo.
Ayuntamiento de Santa Cruz de La Palma.
- Secretario:* Titular: D. Miguel R. Perdigón Cabrera,
Técnico de La Administración General de los
Servicios Generales de Secretaría del Excmo. Ayuntamiento
de Santa Cruz de La Palma, por delegación expresa
de Dª Ursina González de Ara Parrilla, Secretaria
accidental del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz
de La Palma.
- Vocales:
* Designados por la Academia Canaria de Seguridad:
* Titular: Don Víctor Ramón Borges, funcionario
de carrera, Policía Local, con empleo de Oficial-Jefe
del Ayuntamiento de Arafo. * Suplente: Don Francisco
Javier Sánchez Plaza, funcionario de carrera, Agente
de la Policía Local del Ayuntamiento de la Villa de
Santa Brígida.
* Designados por la Dirección General de seguridad
y emergencias de la Consejería de Presidencia, Justicia
y Emergencias del Gobierno de Canarias: * Titular:
Don Antonio Andrés Piñero Martín,, funcionario
de carrera, Oficial de la Policía Local del Ilustre Ayuntamiento
de la Villa de Breña Alta. * Suplente: Don Pedro
Evelio Toledo Pérez , funcionario de carrera, Oficial
de la Policía Local del Ayuntamiento de la Villa y
Puerto de Tazacorte.
*Designados por la Dirección General de la Función
Pública de la Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad
del Gobierno de Canarias: * Titular: Dª. Rita
Herrera Almenara, funcionaria de la Dirección General
de la Función Pública, Consejería de Presidencia,
Justicia y Seguridad.* Suplente: Dª. Sandra María Hernández
Gómez, funcionaria de la Dirección General
Pública, Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad.
* Designados por la Alcaldía-Presidencia, entre funcionarios
de carrera de cualquier Policía Local Canaria,
pertenecientes al mismo empleo o superior al de la
plaza convocada: * Titular: Don Víctor M. Pérez Ortega,
funcionario de carrera, Policía Local del Excmo.
Ayuntamiento de Santa Cruz de La Palma .* Suplente:
Don José Ramón Acosta Montesinos, funcionario
de carrera, Policía Local del Excmo. Ayuntamiento de
Santa Cruz de La Palma.
A efectos de lo dispuesto en el artículo 30 del Real
Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones
por razón del servicio, el Tribunal Evaluador es
calificado con la categoría segunda.
Tercero.- Nombrar asesores que ha de asistir al Tribunal
en los ejercicios de aptitud física, en la prueba
psicotécnica y en la voluntaria de inglés, de conformidad
a la Base Quinta de la Convocatoria a los siguientes:
Prueba de Aptitud Física.
Titular: Coordinador de la pruebas físicas: D. Carlos
Hugo Pérez Francisco, Director Técnico de Deportes
del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, Licenciado
en Educación Física.
Suplente: María Isabel González Gutiérrez, Licenciado
en Educación Física.
Colaboradores del asesor: Dª María Esther Corujo
Barreto y Dª María Ascensión Rodríguez Castro, miembros
del Centro Insular de Atletismo de La Palma.
Prueba Psicotécnica.
Titulares: Dª María Alicia Pérez Bravo, funcionaria
de carrera de la Dirección Insular de La Palma, con la
categoría profesional de Psicóloga, Don Fco. Javier
Neris de Paz, Jefe de los Servicios Sociales, con la categoría
profesional de Psicólogo y Don Miguel Rodríguez
Martín, Psicólogo, ambos del Excmo. Ayuntamiento
de Santa Cruz de La Palma.
Suplentes: Dª María del Carmen Rodríguez Castro,
funcionaria de carrera del Excmo. Cabildo Insular de
La Palma, con la categoría profesional de Psicóloga.
Prueba de Idiomas.
Titular: Dª Raquel Carmen Díaz Brennan, profesora
de la Escuela Oficial de Idiomas de Los Llanos de Aridane.
Suplente: Dª María del Carmen Pérez Martínez, profesora
de la Escuela Oficial de Idiomas de Los Llanos
de Aridane.
Prueba de informática.
Titular: D. Abel Pérez Rodríguez, funcionario de carrera
con la categoría profesional del Profesor de Informática
del I.E.S. Virgen de Las Nieves.
Suplente: Dª. Clara Isabel Robayna Hernández, funcionaria
de carrera con la categoría profesional de Profesora
de Informática del I.E.S. Virgen de Las Nieves.
Cuarto.- Nombrar a los tres facultativos colegiados
que compondrán el Tribunal Médico y que realizarán
las pruebas clínicas, analíticas y complementarias necesarias
para comprobar que los aspirantes se adecuan
al cuadro de aptitud médica para el servicio en la Policía
local, que realizarán el quinto ejercicio de la fase
de oposición, y que estará compuesto por los siguientes
especialistas:
Tribunal Médico.
*Dra. Carmen Pérez de la Torre, Directora Médica
de Atención Primaria del Servicio Canario de Salud,
de la Dirección Área de Salud de La Palma.
*Dr. José Francisco Ferraz Jerónimo, Médico del Servicio
Canario de Salud, de la Dirección Área de Salud
de La Palma.
*Dr. Carmelo González Rodríguez, Médico del Servicio
Canario de Salud, de la Dirección Área de Salud
de La Palma.
Suplente: Dra. Carmen Eva de Paz Pérez.
Quinto.- Convocar al tribunal evaluador, a los asesores
de las pruebas físicas y a los aspirantes admitidos
definitivamente en la oposición, para la realización
de los cinco ejercicios de las pruebas de aptitud físicas,
consistentes en Salto al frente con los dos pies juntos
o Salto Horizontal, Carrera de velocidad (60 metros
lisos) y Resistencia aeróbica (Test de Cooper), en
la “Ciudad Deportiva de Miraflores”, sito en La Dehesa
s/n en Santa Cruz de La Palma, el día, jueves, 3
de febrero de 2011, a las 10:00 horas, para seguidamente
realizar los otros dos ejercicios físicos de la oposición,
Resistencia aeróbica (Test de Cooper) y Natación
(50 metros estilo libre), a la hora que convoque el
Tribunal en el complejo deportivo municipal Baltavida,
sito la calle La Constitución número 39, del municipio
de Breña Alta.
Los aspirantes deberán presentarse provistos de atuendo
deportivo adecuado para la realización de los ejercicios
físicos así gorro de natación para la prueba de
natación y de su D.N.I. a efectos identificativos.
El llamamiento será único para todos los aspirantes,
siendo excluidos del proceso selectivo quienes no comparezcan,
salvo en los casos alegados y justificados con
anterioridad a la realización del ejercicio y libremente
apreciados por el Tribunal.
La ejecución será pública, de carácter obligatorio y
eliminatorio para todos los aspirantes. La calificación
global de este ejercicio será apto o no apto; siendo aptos
aquellos aspirantes que superen la totalidad, en su
conjunto, de las pruebas de las que consta este ejercicio.
Quinto.- De conformidad con lo dispuesto en las Bases
de la convocatoria, la abstención y recusación de
los miembros del Tribunal y de sus asesores se efectuará
de conformidad con las causas determinadas en
el artículo 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sexto.- Notificar la presente Resolución a los miembros
designados para constituir el Tribunal de Selección
de las pruebas selectivas, a los nombrados como
asesores y al Tribunal Médico, así como a la Academia
Canaria de Seguridad, a la Dirección General de
la Función Pública y a la Dirección General de Seguridad
y Emergencias del Gobierno de Canarias, para
su conocimiento y demás efectos, así como publicar su
designación, la fecha, lugar y hora de comienzo del primer
ejercicio de la oposición en el Tablón de Anuncios
de la Corporación y en el Boletín Oficial de la Provincia
de la Provincia, indicando los recursos que caben
contra la misma.
Contra la presente Resolución, que es definitiva en
vía administrativa, podrá interponerse Recurso Contencioso-
Administrativo en el plazo de 2 meses contados
a partir del día siguiente de su notificación, ante el
Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contenciosa-Administrativa. No obstante, podrá interponer
Recurso Potestativo de Reposición, en el plazo
de 1 mes contado a partir del día siguiente de su notificación,
ante el mismo órgano que dictó el acto, de
conformidad con lo previsto en el artículo 116 de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, modificada por la Ley
4/1999, de 13 de enero, sin perjuicio de que pueda ejercitar
cualquier otro que estime procedente.
Animo!!!
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