Primero.- Por Resolución nº 9 de la Presidencia del ICIA, de 24 de enero de 2020 (BOC nº 23, de 4.2.2020), se convocó proceso selectivo para la urgente contratación de un Titulado Superior para realizar los trabajos para dar cumplimiento al Proyecto de Investigación "Conservación y gestión de los palmerales insulares macaronésicos mediante el aprovechamiento sostenible", código MAC2/4.6d/230 y bajo el acrónimo de Guarapo, concedido en el marco de la segunda convocatoria de proyectos del Programa Operativo de Cooperación Territorial Interreg V-A España-Portugal (MAC) 2014-2020, dentro del Proyecto de Inversión P.I. 196G0333 "Proyecto Guarapo" con cargo a la partida presupuestaria 47.01.467A.6402010 de los Presupuestos del Instituto Canario de Investigaciones Agrarias para el ejercicio 2020.
Segundo.- Con fecha 7 de enero de 2020, el Colegio Oficial de Ingenieros de Montes, presenta escrito en el registro de este Organismo por en el que se advierte error detectado en las titulaciones exigidas para optar a la plaza de Titulado Superior convocada por Resolución nº 9, de la Presidencia del ICIA, de 24 de enero de 2020 (BOC nº 23, de 4.2.2020).
Tercero.- La Dirección Científica del ICIA, advertido el error, propone en informe de 10 de enero de 2020, su corrección, en el punto primero del resuelvo, en la base primera del Anexo I y en el Anexo II "Plaza convocada" todos ellos de la citada Resolución de la Presidencia del ICIA de 24 de enero de 2020 (BOC nº 23, de 4.2.2020), incluyendo ademas de las contempladas en la citada Resolución las de Grado, Máster o Ingeniero en Montes, o equivalentes, así como otras titulaciones universitarias cuyos titulares puedan acreditar haber recibido formación equivalente a la que se especifica en el punto 1 del Anexo II del Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios -Ministerio de la Presidencia (BOE nº 223, de 15.9.12-).
CONSIDERACIONES JURÍDICAS
Primera.- El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas dispone: "Las Administraciones públicas podrán asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos".
Segundo.- El articulo 32.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas también dispone que la administración podrá conceder de oficio una ampliación de los plazos que no exceda de la mitad de los mismos.
Tercero.- Es competente la Presidencia del ICIA para dictar la presente Resolución, en virtud de las facultades que le son conferidas por el artº. 7 de la Ley 4/1995, de 27 de marzo, de Creación del Instituto Canario de Investigaciones Agrarias y del Consejo Asesor de Investigaciones Agrarias.
En base a los antecedentes de hecho y consideraciones jurídicas alegadas,
R E S U E L V O:
Primero.- Corregir la Resolución de la Presidencia del ICIA nº 9, de 24 de enero de 2020 (BOC nº 23, de 4.2.2020), por la que se convocó proceso selectivo para la urgente contratación de un Titulado Superior para realizar los trabajos para dar cumplimiento al Proyecto de Investigación "Conservación y gestión de los palmerales insulares macaronésicos mediante el aprovechamiento sostenible", código MAC2/4.6d/230 y bajo el acrónimo de Guarapo, en el punto primero del resuelvo, en la base primera del Anexo I y en el Anexo II, de la siguiente forma:
Punto primero del resuelvo:
Donde dice: "Convocar procedimiento selectivo para la contratación de un Titulado Superior (Máster, Grado, o Licenciado en Biología o Máster, Grado, o Ingeniero en Agronomía, o equivalente)".
A de decir: "Convocar procedimiento selectivo para la contratación de un Titulado Superior (Máster, Grado, o Licenciado en Biología, Grado, Master o Ingeniero en Agronomía, Grado, Máster o Ingeniero en Montes, o equivalentes, así como otras titulaciones universitarias cuyos titulares puedan acreditar haber recibido formación equivalente a la que se especifica en el punto 1 del Anexo II del Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios -Ministerio de la Presidencia BOE nº 223, de 15.9.12-)".
Base primera del Anexo I:
Donde dice: "Regular procedimiento selectivo para la contratación de un Titulado Superior (Máster, Grado, o Licenciado en Biología o Máster, Grado, o Ingeniero en Agronomía, o equivalente)".
A de decir: "Regular procedimiento selectivo para la contratación de un Titulado Superior (Máster, Grado, o Licenciado en Biología, Grado, Master o Ingeniero en Agronomía, Grado, Máster o Ingeniero en Montes, o equivalentes, así como otras titulaciones universitarias cuyos titulares puedan acreditar haber recibido formación equivalente a la que se especifica en el punto 1 del Anexo II del Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios -Ministerio de la Presidencia BOE nº 223, de 15.9.12-).
Anexo II:
Donde dice: "TITULACIÓN EXIGIDA: Máster, Grado, o Licenciado en Biología o Máster, Grado, o Ingeniero en Agronomía, o equivalente"
A de decir: "TITULACIÓN EXIGIDA: Máster, Grado, o Licenciado en Biología, Grado, Master o Ingeniero en Agronomía, Grado, Máster o Ingeniero en Montes, o equivalentes, así como otras titulaciones universitarias cuyos titulares puedan acreditar haber recibido formación equivalente a la que se especifica en el punto 1 del Anexo II del Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios -Ministerio de la Presidencia BOE nº 223, de 15 de septiembre de 2012-.
Segundo.- Ampliar el plazo de presentación de solicitudes en 5 días más al plazo de publicación de la convocatoria.
San Cristóbal de La Laguna, a 10 de febrero de 2020.- El Presidente, Juan Francisco Padrón Rodríguez.
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