miércoles, 22 de enero de 2020

ANUNCIO de 23 de diciembre de 2019, relativo a la modificación de las bases que han de regir la convocatoria para la provisión de ocho plazas de Policía Local, mediante el sistema de oposición libre. (ARRECIFE)

En el BOC del 9/01 se ha publicado:


Vistas las bases que han de regir la convocatoria para la provisión en propiedad por el sistema de oposición libre de ocho (8) plazas de Policía Local del Excmo. Ayuntamiento de Arrecife publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia nº 127, de fecha de 21 de octubre, y de corrección de errores en el Boletín Oficial de la Provincia nº 134, de 6 de noviembre de 2019, así como su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, nº 207, de fecha 25 de octubre de 2019, por medio del presente;
R E S U E L V O:
Primero.- Aprobar la modificación de las bases que han de regir la convocatoria para la provisión en propiedad por el sistema de oposición libre de ocho (8) plazas de Policía Local del Excmo. Ayuntamiento de Arrecife publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia nº 127, de fecha de 21 de octubre, y de corrección de errores en el Boletín Oficial de la Provincia nº 134, de 6 de noviembre de 2019, consistentes en corrección de errores de las mismas, y de igual manera publicadas en el Boletín Oficial de Canarias nº 207, de fecha 25 de octubre de 2019, procediéndose a modificar lo siguiente:
- Primera: en la base segunda "Normativa aplicable", se procede a añadir la Orden de 24 de marzo de 2008, por la que se desarrolla el Decreto 178/2006, de 5 de diciembre, que establece las condiciones básicas de acceso, promoción y movilidad de los miembros de los Cuerpos de la Policía Local de Canarias.
- Segunda: en la base tercera se modifica. "Requisitos y condiciones de participación":
Apartado j): De conformidad con lo recogido en el artículo 8.1, apartado j) del Decreto 178/2006, de 5 de diciembre, por el que se establecen las condiciones básicas de acceso, promoción y movilidad de los miembros de los Cuerpos de la Policía Local de Canarias: "El índice de corpulencia exigible a los aspirantes no podrá ser superior al 28, calculado como peso (en kilogramos)/altura (al cuadrado, en metros)".
- Tercera: en la base séptima se procede a modificar el "Tribunal de Selección":
Apartado 7.1) "Composición" en referencia a Secretario/a, que actúa con voz pero sin voto, a tales efectos se ha de considerar lo recogido en el artículo 10.4 de Decreto 178/2006, de 5 de diciembre, por el que se establecen las condiciones básicas de acceso, promoción y movilidad de los miembros de los Cuerpos de la Policía Local de Canarias.
Apartado 7.5) "Asesores/as Especialistas" se ha de tener en cuenta que el nombramiento de "asesores especialistas" se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) de acuerdo a lo establecido en el artículo 2.4 de la Orden de 24 de marzo de 2008.
- Cuarta: en la base novena "Sistema de Selección":
Apartado 1.1) "Prueba de Aptitud Física":
- Se regirá por el Anexo III de las bases y según lo establecido en el Anexo I de la Orden de 24 de marzo de 2008.
- Se elimina el siguiente párrafo, ya que es de aplicación únicamente a los empleos de Oficial, Subinspector e Inspector, de conformidad con lo recogido en la Orden de 24 de marzo de 2008: "El párrafo cuarto donde dice "Las aspirantes que no pudieran realizar las pruebas físicas establecidas en la convocatoria por embarazo o parto, debidamente acreditados, realizaran todas las demás y, en caso de superar las mismas, quedará condicionado su ingreso en el Centro de Formación a la superación de aquellas y a que, de acuerdo con la calificación global en la convocatoria, en relación con la de los demás aspirantes, del proceso selectivo, le corresponda".
- Quinta: las "Pruebas Médicas" se regirán según lo previsto en el artículo 3.6 y Anexo VI de la Orden de 24 de marzo de 2008.
- Sexta: en la base novena "Sistema selectivo", en relación a la "Acreditación de requisitos" donde dice "el Tribunal Calificador para su nombramiento como Policía en práctica presentará en el Área de Recursos Humanos, dentro del plazo de veinte días naturales" debe decir "veinte días hábiles".
- Séptima: en la base décima: "Propuesta final y nombramiento definitivo", se procede a modificar que el nombramiento de "funcionario/a de carrera" requiere su publicación en el Boletín Oficial de Canarias (BOC), en lugar del de el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas (BOP) como se determina en las bases, y de acuerdo a lo establecido en el artículo 226.5 del Decreto 178/2006, de 5 de diciembre.
- Octava: en el Anexo IV de las bases y de acuerdo con el Anexo II de la Orden de 24 de marzo de 2008 , por la que se desarrolla el Decreto 178/2006, de 5 de diciembre, que establece las condiciones básicas de acceso, promoción y movilidad de los miembros de los Cuerpos de la Policía Local de Canarias se modifica lo siguiente:
- Donde dice "Estabilidad Emocional: Alta" debe decir "Estabilidad Emocional: Alta-Muy Alta".
- Donde dice "Integridad: Alta" debe decir "Integridad: Alta-Muy Alta".
- Donde dice "Orientación a la Seguridad: Alta" debe decir Orientación a la Seguridad: Alta-Muy Alta":
- Se debe añadir que donde Muy Alta se corresponde con puntuaciones decatipos de 10.
- Novena: en el Anexo VII "Pruebas Médicas" ha de considerarse igualmente la Orden PCI/154/2019, de 19 de febrero, publicada en el Boletín Oficial del Estado el 20 de febrero de 2019.
Segundo.- Publicar la modificación de las bases expuestas en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas (BOP), en el Boletín Oficial de Canarias (BOC), en el tablón de anuncios del Excmo. Ayuntamiento de Arrecife.
Lo que se hace público para su general conocimiento.
Arrecife, a 23 de diciembre de 2019.- La Alcaldesa-Presidenta, Astrid María Pérez Batista.

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