Terminado el plazo de subsanación de defectos previsto en el punto segundo de la Resolución de esta Dirección General de 25 de abril de 2019 (BOC nº 90, de 13.5.19), por la que se aprueba y se ordena la publicación de la lista provisional de personas admitidas y excluidas a las pruebas selectivas para ingresar, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo Administrativo (Grupo C, Subgrupo C1), de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, convocadas por Resolución de la Dirección General de la Función Pública de 10 de abril de 2018 (BOC nº 75, de 18.4.18).
Examinadas las subsanaciones presentadas ante esta Dirección General, de acuerdo con lo establecido en el artículo 11 de las bases generales aprobadas por Orden de la extinta Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad (actualmente Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad), de 21 de diciembre de 2016 (BOC nº 252, de 29.12.16) y conforme a lo establecido en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, esta Dirección General,
R E S U E L V E:
Primero.- Aprobación de la lista definitiva de personas aspirantes admitidas y excluidas a las pruebas selectivas.
Aprobar la lista definitiva de personas aspirantes admitidas y excluidas a las pruebas selectivas para ingresar, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo Administrativo (Grupo C, Subgrupo C1), de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, convocadas por Resolución de la Dirección General de la Función Pública de 10 de abril de 2018 (BOC nº 75, de 18.4.19), que se contiene en el anexo a la presente Resolución.
Segundo.- Lugares, fecha y hora de celebración del primer ejercicio.
1. El primer ejercicio de la fase de oposición se celebrará en los siguientes lugares:
- Provincia de Las Palmas:
Universidad de Las Palmas de Gran Canaria
Campus Universitario de Tafira (Edificio de Ciencias Económicas y Empresariales).
Código Postal 35017-Las Palmas de Gran Canaria.
- Provincia de Santa Cruz de Tenerife:
Universidad de La Laguna.
Campus Universitario de Guajara (Aulario General y Facultad de Derecho).
Calle José Luís Moreno Becerra.
Código Postal 38205-San Cristóbal de La Laguna.
2. En ambos lugares, se convoca a las personas aspirantes el día 23 de noviembre de 2019, a las 10:00 horas, momento a partir del cual, comenzará a realizarse el llamamiento por aquella persona cuyo primer apellido comience por la letra "Q", según lo previsto en la base 8.2 de la convocatoria y Resolución de 15 de marzo de 2019, de la Secretaría de Estado de Función Pública (BOE nº 66, de 18.3.19).
3. Conforme a lo previsto en la base 9 de la convocatoria, las personas aspirantes deberán comparecer en la sede que corresponda a la provincia que hayan indicado en su solicitud de participación. En el caso de aquellas personas aspirantes que no hubieran cumplimentado este trámite, deberán comparecer en la provincia determinada por esta Dirección General.
4. Las personas aspirantes deberán comparecer provistas de su Documento Nacional de Identidad, o cualquier otro documento que acredite fehacientemente su identidad y que se encuentre vigente.
Asimismo, deberán portar para el desarrollo de la prueba lápiz del número 2 y goma.
Tercero.- Adaptación de pruebas por razón de discapacidad.
De acuerdo con la base 3.3 de la convocatoria, y a los efectos de la correcta interpretación de los listados que figuran en el anexo, las personas aspirantes que hayan solicitado adaptación para la realización de las pruebas en las que figure si junto a su nombre debe interpretarse como aceptada su solicitud.
Sin embargo, para los que figure junto a su nombre el NO debe interpretarse que su solicitud no ha sido aceptada, como consecuencia de que no se haya aportado la documentación o que habiéndose aportado no fuese suficiente para su acreditación. También aparecerán como NO todos aquellos que aun aportando documentación no hayan consignado en la instancia de participación la solicitud de adaptación.
Cuarto.- Cumplimiento de requisitos para el acceso al empleo público.
La admisión de las personas aspirantes para participar en este proceso selectivo, y en caso de resultar seleccionadas, para su nombramiento como personal funcionario de carrera, no presupone el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 7 de las bases generales aprobadas por Orden de 21 de diciembre de 2016, de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad (BOC nº 252, de 29.12.16).
Tales requisitos deberán ser acreditados en el trámite correspondiente previo a su nombramiento como personal funcionario de carrera.
Quinto.- Protocolo General de Actuación.
Será de aplicación lo establecido en el Protocolo General de Actuación para el desarrollo de pruebas selectivas de personal funcionario y laboral en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias, publicado por Resolución de 19 de febrero de 2018 (BOC nº 41, de 27.2.18), modificado por Resolución de 20 de marzo de 2018 (BOC nº 66, de 5.4.18) y por la Resolución de 10 de octubre de 2018 (BOC nº 213, de 5.11.18). Su texto consolidado se encuentra publicado en la siguiente dirección: http://www.gobiernodecanarias.org/cpj/dgfp/index.jsp
Sexto.- Publicidad.
La presente Resolución y su anexo se publicarán en el Boletín Oficial de Canarias.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, a tenor de lo regulado en el artículo 10.1.a), en relación con el artículo 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
No obstante, a criterio de la persona interesada, podrá interponer en vía administrativa recurso potestativo de reposición ante esta Dirección General, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, en los términos previstos en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En el caso de presentarse recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que se pudiera interponer.
Santa Cruz de Tenerife, a 3 de octubre de 2019.- La Directora General de la Función Pública, Laura María Martín Pérez.
Ver anexo en las páginas 36349-36804 del documento Descargar
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