domingo, 13 de octubre de 2019

Convocatoria para la generación de lista de reserva de personal laboral temporal de operarios de instalaciones deportivas para interinidades y contrataciones temporales del Instituto Municipal de Deportes (LAS PALMAS DE GRAN CANARIA)

En el BOP del 25/09 se ha publicado en las páginas 8765 y ss:



A los efectos de los artículos 43 y 45 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, se hace pública la
Resolución número 498/2019, de 19 de septiembre,
del Presidente del Instituto Municipal de Deportes de
Las Palmas de Gran Canaria, por la que se aprueba
la convocatoria para la generación de lista de reserva
de personal laboral temporal de operarios de instalaciones
deportivas para interinidades y contrataciones temporales
del Instituto Municipal de Deportes de Las Palmas
de Gran Canaria, cuyo tenor literal es el siguiente:
“Resolución del Presidente del Instituto Municipal
de Deportes por la que se aprueba la convocatoria para
la generación de lista de reserva de personal laboral
temporal de operarios de instalaciones deportivas
para interinidades y contrataciones temporales del Instituto
Municipal de Deportes de Las Palmas de Gran Canaria.
En relación con el expediente de referencia, y de
acuerdo con los siguientes:
I. ANTECEDENTES
Primero. Con fecha 28 de diciembre de 2017, la Junta
de Gobierno de la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria,
en sesión ordinaria, adoptó acuerdo por el que se
aprobó la Relación de Puestos de Trabajo del Instituto
Municipal de Deportes de Las Palmas de Gran Canaria
(BOP número 23, 21 de febrero de 2018).
Segundo. Con fecha 28 de junio de 2019, el Jefe
de la Unidad Técnica de Actividades Deportivas del
IMD, con la conformidad de la Gerente de dicho
Organismo Autónomo, emite informe de necesidad
y oportunidad por el que propone la generación de
lista de reserva de operarios de instalaciones deportivas,
al encontrarse vacantes en la actualidad los 28 puestos
de la Relación de Puestos de Trabajo del Instituto
Municipal de Deportes de Las Palmas de Gran Canaria.
Tercero. Con fecha 7 de agosto de 2019, la Junta
Rectora del Instituto Municipal de Deportes de Las
Palmas de Gran Canaria, en sesión extraordinaria, acordó
la aprobación de las bases para la generación de lista
de reserva de personal laboral temporal de operarios
de instalaciones deportivas para interinidades y
contrataciones temporales del Instituto Municipal de
Deportes de Las Palmas de Gran Canaria (BOP
número 97, 12 de agosto de 2019).
Cuarto. Con fecha 13 de agosto de 2019, el
Vicepresidente del IMD dicta Providencia para incoar
el expediente de convocatoria del proceso selectivo
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 116, miércoles 25 de septiembre de 2019
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para la generación de lista de reserva de operario de
instalaciones deportivas.
Quinto. Con fecha 13 de agosto de 2019, se incorpora
al expediente orden superior del primer teniente
Alcalde, en ausencia del Alcalde, en la cual se dispone
la tramitación preferente para la emisión del informe
de fiscalización previa de Intervención General y
para su impulso posterior, al objeto de que se pueda
llevar a cabo el procedimiento de la convocatoria
para la configuración de lista de reserva de operario
de instalaciones deportivas.
Sexto. Con fecha 13 de agosto de 2019, el jefe de
sección de Administración y Gestión, con la conformidad
de la gerente del IMD, emite informe justificativo de
los créditos, las retribuciones, las plazas en plantilla
y la titulación requerida.
Séptimo. Con fecha 19 de septiembre de 2019, se
incorpora al expediente informe de conformidad por
la Intervención General.
II. NORMATIVA APLICABLE
• Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases
de Régimen Local, en su redacción dada por la Ley
57/2003.
• Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre,
por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público (en adelante,
TREBEP).
• Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que
se aprueba el Reglamento General de ingreso del
personal al servicio de la Administración General
del Estado y de provisión de puestos de trabajo y
promoción profesional de los funcionarios civiles de
la Administración General del Estado.
• Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril,
por el que se aprueba el Texto Refundido de las
disposiciones legales vigentes en materia de régimen
local.
• Reglamento Orgánico del Gobierno y de la
Administración del Ayuntamiento de Las Palmas de
Gran Canaria (BOP, número 89, 23 de julio de 2004).
• Estatutos del Instituto Municipal de Deportes del
Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria (BOP
número 66, 2 de junio de 2000).
• Bases que regirán el proceso selectivo de generación
de lista de reserva de operarios de instalaciones
deportivas (BOP número 97, 12 de agosto de 2019).
• Bases generales para la generación de listas de reserva
de personal interino o temporal del Ayuntamiento de
Las Palmas de Gran Canaria (BOP número 124, 27-
9-2013 y BOP número 21, 17-2-2016), y las normas
de su funcionamiento (BOP número 27, 27-2-2015).
III. CONSIDERACIONES JURÍDICAS
I. Sobre el objeto del procedimiento.
La presente convocatoria se incluye en el proceso
selectivo para la generación de lista de reserva al
objeto de seleccionar personal laboral temporal con
la categoría de operario de instalaciones deportivas
mediante el sistema de oposición libre, para el Instituto
Municipal de Deportes de Las Palmas de Gran Canaria,
cuyas Bases específicas han sido aprobadas por
acuerdo de la Junta Rectora del IMD en fecha 7 de
agosto de 2019 y publicadas en el Boletín Oficial de
la Provincia de Las Palmas, número 97, el día 12 de
agosto de 2019.
El presente proceso selectivo tiene su base en la urgencia
de acudir a la contratación temporal mediante listas
de reserva de operario de instalaciones deportivas
debido a la necesidad perentoria acreditada mediante
Informe de necesidad urgente e inaplazable de
generación de lista de reserva suscrito por el jefe de
la unidad técnica de actividades deportivas y la gerente
del IMD, de fecha 28 de junio de 2019, obrante en
el expediente de aprobación de las bases, donde señala
la falta de personal existente en dicha unidad técnica
para atender el importante volumen de tareas propias
de los puestos objeto de la convocatoria, al tener
adscritas en la actualidad en gestión y uso, más de cien
instalaciones deportivas municipales.
Asimismo obra en el expediente Orden Superior del
primer teniente Alcalde, en ausencia del Alcalde, de
fecha 13 de agosto de 2019, en la cual se dispone la
tramitación preferente para la emisión del informe de
fiscalización previa de Intervención General y para
su impulso posterior, al objeto de que se pueda llevar
a cabo el procedimiento de la convocatoria para la
configuración de lista de reserva de operario de
instalaciones deportivas.
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Mediante la generación de una lista de reserva se
podrá proceder a la cobertura con la máxima agilidad
y adecuación posible a las necesidades de la unidad
técnica de actividades deportivas, garantizando así la
prestación de un eficiente y eficaz servicio público.
II. Sobre la necesidad y oportunidad de proceder a
la convocatoria.
Dada la urgencia y necesidad perentorias explicadas
con anterioridad, se precisa de un procedimiento
selectivo ágil y eficaz, ya que lo que se pretende es
la contratación temporal a través de lista de reserva
de personal laboral temporal operario de instalaciones
deportivas, tal proceso incluye una única fase de
oposición libre, para garantizar en todo momento los
principios de igualdad, mérito y capacidad que han
de regir el acceso al empleo público, y que están
recogidos en el artículo 23.2 de la Constitución, y demás
normativa vigente.
III. Desarrollo y aprobación de la convocatoria
Una vez aprobadas y publicadas las bases que rigen
el presente proceso selectivo, procede llevar a cabo
la convocatoria, de modo que los aspirantes interesados
en participar en este proceso selectivo pueden presentar
sus instancias, dando comienzo así el proceso selectivo.
Dicho plazo será de DIEZ DÍAS HÁBILES y se
abrirá este plazo a partir del día siguiente al de la
publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial
de la Provincia de Las Palmas.
Debe tenerse en cuenta que la convocatoria se regirá
por lo dispuesto en las bases para la generación de
lista de reserva de personal laboral temporal de
operarios de instalaciones deportivas para interinidades
y contrataciones temporales del Instituto Municipal
de Deportes de Las Palmas de Gran Canaria (BOP
número 97, 12 de agosto de 2019).
Vistos los antecedentes expuestos, las disposiciones
legales de aplicación y las consideraciones jurídicas
expuestas, de acuerdo con la propuesta de resolución,
de fecha 13 de agosto de 2019, del jefe de la unidad
técnica de actividades deportivas, por vacancia de la
jefatura de sección de administración y gestión, con
la conformidad de la gerente, y teniendo en cuenta
lo previsto en el artículo 15 I) de los Estatutos del IMD,
el Presidente del IMD.
RESUELVE
Primera. La aprobación de la convocatoria del
proceso selectivo para la generación de lista de reserva
de personal laboral temporal, por oposición libre, de
los puestos con códigos AID-L-45 - AID-L-72,
denominados operarios de instalaciones deportivas,
vacantes en la Relación de Puestos de Trabajo del Instituto
Municipal de Deportes de Las Palmas de Gran Canaria.
Segunda. Dicha convocatoria se regirá por lo
dispuesto en las bases para la generación de lista de
reserva de personal laboral temporal de operarios de
instalaciones deportivas para interinidades y
contrataciones temporales del Instituto Municipal de
Deportes de Las Palmas de Gran Canaria (BOP
número 97, 12 de agosto de 2019).
Tercera. El plazo para la presentación de instancias
será de DIEZ DÍAS HÁBILES contados a partir del
día siguiente al de la publicación de la presente
convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de
Las Palmas.
Régimen de recursos. Contra el acto expreso que
se le notifica, que es definitivo en vía administrativa,
podrá interponer en el plazo de DOS MESES, contados
desde el día siguiente al de la recepción de su
notificación, Recurso Contencioso-Administrativo
ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo
de Las Palmas que por reparto corresponda, a tenor
de lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-
Administrativa, en concordancia con el artículo 123.1
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
No obstante, con carácter potestativo y previo al Recurso
Contencioso-Administrativo, señalado en el párrafo
anterior, contra el acto expreso que se le notifica,
podrá usted interponer Recurso de Reposición, ante
el mismo órgano que lo ha dictado, en el plazo de UN
MES, que se contará desde el día siguiente al de la
fecha de la recepción de la presente notificación, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 124.1 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
A tenor del apartado 2 del artículo 124 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
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Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el plazo máximo para dictar y notificar la resolución
del recurso será de UN MES; transcurrido dicho plazo sin haberse notificado resolución expresa, de conformidad
con el artículo 24.1, párrafo tercero, de la Ley referida, se producirá silencio administrativo desestimatorio, y
podrá interponer Recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de SEIS MESES, computados a partir del
día siguiente a aquel en el que el Recurso Potestativo de Reposición debe entenderse desestimado por silencio
administrativo.
Todo ello sin perjuicio de cualquiera otra acción o recurso que estimare oportuno interponer para la mejor
defensa de sus derechos.
Las Palmas de Gran Canaria. El Presidente del Instituto Municipal de Deportes de Las Palmas de Gran Canaria,
(P.D. Decreto 29508/2019, de 9 de julio), Aridany Romero Vega.
Dada con la intervención del Secretario del Instituto Municipal de Deportes, de conformidad con lo establecido
en la Disposición Adicional 8ª de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y
81.3 en relación con el artículo 28.3. e) del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento
de Las Palmas de Gran Canaria (ROGA).
Las Palmas de Gran Canaria. El Secretario del Instituto Municipal de Deportes de Las Palmas de Gran
Canaria (Por vacancia, Resolución 2656/2017, de 30 de enero) El Oficial Mayor, Domingo Arias Rodríguez.
Este acto administrativo ha sido PROPUESTO de conformidad con lo establecido en el artículo 19, apartado
a), de los Estatutos del Instituto Municipal de Deportes de Las Palmas de Gran Canaria, y en relación con lo
establecido en el artículo 88 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento
de Las Palmas de Gran Canaria, en Las Palmas de Gran Canaria, La Gerente del Instituto Municipal de Deportes
de Las Palmas de Gran Canaria.
(Acuerdo de la Junta de Gobierno, de 15 de marzo de 2018), Leticia López Estrada”.
En Las Palmas de Gran Canaria, a veinte de septiembre de dos mil diecinueve.
EL SECRETARIO DEL INSTITUTO MUNICIPAL DE DEPORTES DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA
(Por vacancia 2656/2017, de 30 de enero). EL OFICIAL MAYOR, Domingo Arias Rodríguez.

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