sábado, 8 de junio de 2019

RESOLUCIÓN de 20 de mayo de 2019, por la que se procede a publicar la Oferta Pública de Empleo para el Personal de Administración y Servicios Funcionario, referida al año 2019. (UNIVERSIDAD LA LAGUNA)

En el BOC del 4/06 se ha publicado:


BOC Nº 105. Martes 4 de junio de 2019 - 2759

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Universidad de La Laguna

2759 RESOLUCIÓN de 20 de mayo de 2019, por la que se procede a publicar la Oferta Pública de Empleo para el Personal de Administración y Servicios Funcionario, referida al año 2019.
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Los Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, en aplicación de la previsión contenida en el artículo 134.4 de la Constitución, y en el artículo 38.1 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, han sido prorrogados de forma automática.
La Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, dispone en su artículo 19 que a lo largo del año la incorporación de nuevo personal a las administraciones públicas estará sometida a los límites establecidos en la misma, determinándose por ámbitos y sectores la tasa de reposición.
La Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018 establece en el artículo 19. 2. que "Las Administraciones Públicas que en el ejercicio anterior hayan cumplido los objetivos de estabilidad presupuestaria y deuda pública y la regla de gasto, tendrán una tasa de reposición del 100 por cien. Adicionalmente, podrán disponer de una tasa del 8 por ciento destinada a aquellos ámbitos o sectores que requieran un refuerzo de efectivos, siempre dentro del marco de la estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera. Este porcentaje adicional se utilizará preferentemente cuando se dé, entre otras, alguna de las siguientes circunstancias: establecimiento de nuevos servicios públicos, incremento de actividad estacional por la actividad turística o alto volumen de jubilaciones esperadas."
Asimismo, la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018 establece el procedimiento de cálculo de las tasas de reposición de efectivos, a efectos de aplicar el porcentaje máximo en cada caso, no computando las plazas que se convoquen para su provisión mediante procesos de promoción interna.
En el ámbito de la Universidad de La Laguna, el artículo 24 del Decreto 89/2004, de 6 de julio, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de La Laguna, recoge que la oferta general o particular de plazas deberá ser aprobada por el Consejo de Gobierno, previo informe de los órganos de representación del personal.
Por otra parte, el artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, señala que las necesidades de recursos humanos, con asignación presupuestaria, que deban proveerse mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso serán objeto de la Oferta de empleo público, lo que comportará la obligación de convocar los correspondientes procesos selectivos para las plazas comprometidas dentro del plazo improrrogable de tres años. La Oferta de empleo público o instrumento similar podrá contener medidas derivadas de la planificación de recursos humanos.
Para calcular la tasa de reposición de efectivos referida al PAS Funcionario, se ha aplicado el porcentaje de tasa máximo fijado sobre la diferencia resultante entre el número de PAS funcionario fijo que, durante el ejercicio presupuestario anterior, han dejado de prestar servicios en la Universidad de La Laguna y el número de PAS funcionario fijo que se ha incorporado, en el referido ejercicio, por cualquier causa, excepto los procedentes de ofertas de empleo público, o reingresado desde situaciones que no conlleven la reserva de puestos de trabajo. A estos efectos, se han computado los ceses en la prestación de servicios que en su caso se han producido por jubilación, retiro, fallecimiento, renuncia, declaración en situación de excedencia sin reserva de puesto de trabajo, pérdida de la condición de funcionario de carrera o en cualquier otra situación administrativa que no suponga la reserva de puesto de trabajo o la percepción de retribuciones con cargo a la Administración en la que se cesa.
No han sido computadas dentro del límite máximo de plazas derivado de la tasa de reposición de efectivos las plazas que han sido convocadas para su provisión mediante procesos de promoción interna,
Por todo ello, dentro del límite de la tasa de reposición correspondiente a las plazas de PAS Funcionario y previa negociación con los órganos de representación del personal, la Gerencia eleva al Consejo de Gobierno de esta Universidad, en su sesión celebrada el día 9 de mayo de 2019, la propuesta de Oferta de Empleo Público para el PAS funcionario referida al ejercicio 2019, la cual es aprobada en la citada sesión y se concreta en lo siguiente:
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Por todo ello, y en virtud de las competencias que me han sido delegadas mediante la Resolución del Rector de 3 de octubre de 2016, modificada por la Resolución de 14 de febrero de 2017 (BOC nº 39, de 24.2.17) y por la Resolución de 30 de abril de 2018 (BOC nº 90, de 10.5.18), por la que se aprueban la delegación de competencias del Rector y las suplencias de la Universidad de la Laguna,
D I S P O N G O:
Publicar en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Canarias la Oferta de Empleo Público para el Personal Funcionario de Administración y Servicios de la Universidad de La Laguna para el año 2019, que se concreta en lo siguiente:
Ver anexo en la página 21114 del documento Descargar
San Cristóbal de La Laguna, a 20 de mayo de 2019.- La Gerente, Lidia Patricia Pereira Saavedra.

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