Advertido error en la Resolución de 20 de marzo de 2019 de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Ingenieros Aeronáuticos, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» del 29 de marzo, se formula a continuación la oportuna rectificación:
En el anexo II, Materias generales, b) Marco general, donde dice: «Tema 21. Plan Global CNS/ATM de OACI; concepto CNS/ATM; antecedentes y objetivos», debe decir: «Tema 21. Documento 9750, Plan Mundial de Navegación Aérea (GANP) de OACI; antecedentes y objetivos.».
Donde dice: «Tema 24. Marco legal e institucional comunitario en materia de Seguridad Operacional. La Comisión Europea y el Parlamento y la Agencia Europea de Seguridad Aérea (EASA) y Eurocontrol. Funciones asignadas a EASA y a las autoridades nacionales de los Estados miembros. Estructura de la regulación y proceso de creación de reglamentación. Reglamento Base de EASA, Reglamento 216/2008», debe decir: «Tema 24. Marco legal e institucional comunitario en materia de Seguridad Operacional. La Comisión Europea y el Parlamento y la Agencia Europea de Seguridad Aérea (EASA) y Eurocontrol. Funciones asignadas a EASA y a las autoridades nacionales de los Estados miembros. Estructura de la regulación y proceso de creación de reglamentación. Reglamento Base de EASA, Reglamento (UE) 2018/1139 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre normas comunes en el ámbito de la aviación civil y por el que se crea una Agencia de la Unión Europea para la Seguridad Aérea.».
En el anexo II, Materias específicas, a) Aeronaves y sus operaciones aéreas, donde dice: «Tema 33. Aeronaves civiles pilotadas por control remoto. Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia. Operación de aeronaves civiles pilotadas por control remoto. Requisitos de operador, aeronave y piloto. Limitaciones operacionales y tipos de operación», debe decir: «Tema 33. Real Decreto 1036/2017, por el que se regula la utilización civil de las aeronaves pilotadas por control remoto. Operación de aeronaves civiles pilotadas por control remoto. Requisitos de operador, aeronave y piloto. Limitaciones operacionales y tipos de operación.».
En el anexo II, Materias específicas, c) Navegación aérea, donde dice: «Tema 48. Reglamento (UE) 923/2012 SERA y normativa asociada: Reglamento de la Circulación Aérea (contenido y relación con Anexos y Documentos de OACI), Real Decreto 552/2014 y modificaciones», debe decir: «Tema 48. Reglamento (UE) 923/2012 (SERA) de la Comisión por la que se establecen el Reglamento del aire y disposiciones operativas comunes para los servicios y procedimientos de navegación aérea y normativa de desarrollo asociada. Real Decreto 1180/2018. Real Decreto 57/2002: Reglamento de la Circulación Aérea (contenido y relación con Anexos y Documentos de OACI), y modificaciones posteriores.».
Donde dice: «Tema 51. Navegación basada en prestaciones (PBN).», debe decir: «Tema 51. Navegación basada en prestaciones (PBN). Doc. 9613 de OACI, Manual de Navegación basada en las performances (PBN). Reglamento de Ejecución (UE) 2018/1048 de la Comisión, por el que se establecen los requisitos de utilización del espacio aéreo y los procedimientos operativos en relación con la navegación basada en la performance».
Donde dice: «Tema 53. Planes de vuelo; presentación; IFPS. Normativa aplicable incluyendo el Reglamento (CE) 1033/2006 y el Reglamento (UE) 428/2013.», debe decir: «Tema 53. Planes de vuelo; presentación; IFPS. Normativa aplicable incluyendo el Reglamento (CE) 1033/2006».
Donde dice: «Tema 54. Servicios de Gestión de Afluencia del Tránsito Aéreo (ATFM). Reglamento (UE) 255/2010; Concepto de demora. Sistema ATFM europeo. Función de red del ATM y los Reglamentos (UE) 677/2011 y 970/2014. Gestor de la Red (NM).», debe decir: «Tema 54. Servicios de Gestión de Afluencia del Tránsito Aéreo (ATFM). Reglamento (UE) 255/2010 de la Comisión por el que se establecen normas comunes sobre la gestión de afluencia del tránsito aéreo; concepto de demora. Sistema ATFM europeo. Función de red del ATM y el Reglamento de ejecución (UE) 2019/123 de la comisión por el que se establecen disposiciones de aplicación de las funciones de la red de gestión del tránsito aéreo (ATM) y por el que se deroga el Reglamento (UE) 677/2011. Gestor de la Red (NM)».
Donde dice: «Tema 56. Interoperabilidad de los Sistemas y Medidas de Ejecución asociadas. Reglamento (CE) 552/2004 y Reglamento (UE) 1070/2009», debe decir: «Tema 56. Interoperabilidad de los Sistemas y Medidas de Ejecución asociadas. Reglamento (CE) 552/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la interoperabilidad de la red europea de gestión del tránsito aéreo (Reglamento de interoperabilidad). Escenario tras Reglamento (UE) 2018/1139».
Donde dice: «Tema 65. La Seguridad en la Navegación Aérea; Sistemas de Gestión de Seguridad (SGS) y análisis de riesgos ante cambios funcionales ATM. Reglamentos (UE) 1034/2011, 1035/2011 y 448/2014 de la Comisión Europea.
66. El sistema de evaluación del rendimiento para los servicios de navegación aérea y las funciones de red, Reglamento (UE) 390/2013. La tarificación en el sistema de navegación aérea. Reglamento (UE) 391/2013.
67. Licencias de controladores de tránsito aéreo y certificación de proveedores de formación ATS. Reglamento (UE) 805/2011. Real Decreto 1516/2009 y Orden Ministerial 1841/2010. Reglamento (UE) 2015/340».
Debe decir: «Tema 65. La Seguridad en la Navegación Aérea; Sistemas de Gestión de Seguridad (SGS) y análisis de riesgos ante cambios funcionales ATM. (Reglamento (UE) 2017/373).
Tema 66. El sistema de evaluación del rendimiento para los servicios de navegación aérea y las funciones de red, Reglamento de ejecución (UE) 2019/317 de la comisión por el que se establece un sistema de evaluación del rendimiento y de tarificación en el cielo único europeo y se derogan los Reglamentos de Ejecución (UE) 390/2013 y (UE) 391/2013.
Tema 67. Licencias de controladores de tránsito aéreo y certificación de proveedores de formación ATS: Reglamento (UE) 2015/340 de la Comisión por el que se establecen requisitos técnicos y procedimientos administrativos relativos a las licencias y los certificados de los controladores de tránsito aéreo. Real Decreto 1516/2009 por el que se regula la licencia comunitaria de controlador de tránsito aéreo y Orden FOM/1841/2010 por la que se desarrollan los requisitos para la certificación de los proveedores civiles de formación de controladores de tránsito aéreo».
Madrid, 25 de abril de 2019.–El Subsecretario de Fomento, Jesús M. Gómez García.
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